CIRCUITO DE PROTECCiÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA
CIRCUNSCRIPCiÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA DE INSTANCIA DE
SUSTANCIACIÓN y MEDIACiÓN
Barinas, 28 de Enero de 2013
2020 Y 1530
Visto el Desistimiento de fecha 24/01/2013 inserto al folio 48, suscrita
por la abogada ANGELA RODRíGUEZ, Fiscal Séptima Especializada de
Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Barinas, y la ciudadana
MARíA VIRGINIA TRIVIÑO CASTILLO, C.I.v-16.514.201, parte actora,
mediante la cual solicita el desistimiento, en la presente demanda de
OBLIGACiÓN DE MANUTENCiÓN (CUMPLIMIENTO), por cuanto de la
revisión detallada de las actas procesales no consta en autos Contestación de
la demanda SE HOMOLOGA CUANTO HA LUGAR EN DERECHO DICHO
DESISTIMIENTO, POR LO QUE SE DECLARA DESISTIDA LA PRESENTE
CAUSA de conformidad con el artículo 263 y 264 del C.P.C. Ordenándose en
consecuencia el CESE DEL PROCEDIMIENTO Y EL ARCHIVO DEL
EXPEDIENTE, para lo cual devuélvanse los originales cursantes a autos
consignados por las partes previa su certificación por secretaría corriendo dicho
importe a cargo de la parte interesada, luego de lo cual remítanse las presentes
actuaciones al Archivo Judicial en un lapso prudencial de un año (01)
calendario a partir de la fecha del presente auto, de lo cual tómese nota por el
archivo de este Tribunal. Diarícese y cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la
Jueza Primera de Primera Instancia de Sustanciación y Mediación Abg. Yolanda F.
Guerrero G. La Secretaria. En esta misma fecha se libró las copias certificadas de ley.
Conste: La Secretaria Sigue firma ilegible. QUIEN SUSCRIBE La Secretaria del
Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial
del Estado Barinas, CERTIFICO: Que el a rior traslado es copia fiel y exacta de su
original, cursante al Expediente TI -200 011678, certificación que se hace de
conformidad con el artícul0.J.l4:4~ Código d Procedimiento Civil
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