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ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICiAL DEL ESTADO BARiNAS
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y
SUSTANCIACION.
fiJªriflei. li de ~r1t~l1e d~ Zl01::1,
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Vistes les térmiFH3$ €fel seuerde de ~l!éSIMi!N oE eONVIV~NeIA
FAMILIAR,proveniente de Defensoria de niños, niñas y adolescentes del Estado
Barinas, alcanzado por los ciudadanos MARCEL ANDRES MONCADA y KAREN
ANDREINA GARCIA SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las
cédulas de identidad personales Nros V-20.240.022; V-19.517.845
respectivamente, padres del niño se omite, de 06 meses de nacida,
EN EL CUAL ACUERDAN: "UN REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR
AMPLIO" EL PADRE VISITIRA A SU HIJO EN LA RESIDENCIA DE LA MADRE,
POR ESPACIO DE TRES (03) HORAS, DADA SU CORTA EDAD REGIMEN QUE
SE CUMPLlRA HASTA QUE EL NIÑO CUMPLA (18) MESES, LUEGO DE LO
CUAL COMENZARA ALTERNARSE LOS FINES DE SEMANA. PREVIO
ACUERDO DE LOS PADRES. Por no ser contraria al orden público a las buenas
costumbres y a ninguna disposición expresa de la Ley, SE ADMITE CUANTO HA
LUGAR EN DERECHO, DESE LE ENTRADA y EL CURSO DE LEY
CORRESPONDIENTE.CONFORME EL ARTíCULO 177 PARAGRAFO
SEGUNDO LITERAL "L" REFORMA LOPNNA, por el procedimiento de jurisdicción
voluntaria (Art. 511 al 517~ibidem). Por la naturaleza del asunto que se presenta se
obvia la fase de mediación y sustanciación de la audiencia preliminar y se procede
a dictar la correspondiente resolución. En consecuencia en Nombre de la
República y por Autoridad de la Ley conforme el artículo 518 LOPNNA, este
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y
SUSTANCIACION IMPARTE HOMOLOGACION AL PRESENTE ACUERDO. SE
ACUERDA EL CESE Y ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES. Expídanse las copias
certificadas de Ley de la presente homologación. Devuélvanse los originales
consignados a autos previa su certificación de autos por la secretaria. Remítanse
las presentes actuaciones al Archivo Judicial en un lapso prudencial de un año
(01) calendario a partir de la fecha de dicha sentencia, de lo cual tómese nota por
el archivo de este Tribunal. Diarícese y Cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la
Juez Segunda de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación y la Secretaria.
En la misma fecha se libraron copias certificadas de Ley. Conste: Sigue firma
ilegible de la Secretaria. Quien suscribe La secretaria del este Tribunal segundo
de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de esta Circunscripción
Judicial, CERTIFIC:O que •. ~~;r\l~.c: ' ado es copia fiel y exacta de sus origin~les,
cursantes a los fallos cL~ ,~~p;e~qellt/l ~ 11-H-2012-001353', todo de conformidad
con el articulo 112 de ~ 9-~~'d~A~f'Q~~~~ lento Civil.