CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIOi'J DEL NIÑO, NIÑJ\ Y DEL ADOLESCENTE DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA !NSTANCIA DE MEDIACiÓN Y
SUSTANCIACION
Barinas,10 de Enero de 2013.
2010 y 1520
Vistos los términos del acuerdo de REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR,
proveniente de la Defensoria de niños, niñas y adolescentes "Cuidando Futuro" del Estado
Barinas, alcanzado por los ciudadanos CARLOS ALBERTO BUITRIAGO PUENTES y
NAILETH CAROLINA CAMEJO QUINTERO, venezolanos, mayor de edad y adolescente,
titulares de las cédulas de identidad personales Nros V-15672.343 y V-16791211
respectivamente, progenitores de la niña SE OMITE de 05 años de edad, EN EL
CUAL ACUERDAN: "UN REG!MEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR AMPLIO.
COMPRENDIDO LOS FINES DE SEMANA LOS PERIODOS VACACIONALES SIEMPRE
QUE NO ALTERE LAS HORAS DE DESCANSO DE LA NIÑA" Por no ser contraria al
orden público a las buenas costumbres y a ninguna disposición expresa de la Ley, SE
ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO, DESELE ENTRAD/\. y EL CURSO DE LEY
CORRESPONDIENTE CONFORME EL ARTiCULO 177 PARAGRAFO SEGUNDO
LITERAL "L" REFORMA LOPNNA, por el procedimiento de jurisdicción voluntaria (Art. 511
al 517 ibidem) Por la naturaleza del asunto que se presenta se obvia la fase de mediación
y sustanciaciónde la audiencia preliminar y se procede a dictar la correspondiente
resolución. En consecuencia en í\Jornbre de la República y por Autoridad de la Ley
conforme el artículo 518 LOPNNA, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACiÓN Y SUST/\NCIACION IMPARTE HOMOLOGACION AL PRESENTE
ACUERDO. SE ACUERDA EL CESE Y ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES. Expídanse las
copias certificadas de Ley de la presente hornoloqación. Devuélvanse los originales
consignados a autos previa su certificación de autos por la secretaria Remítanse las
presentes actuaciones al Archivo Judicial en un lapso prudencial de un año (01) calendario
a partir de la fecha de dicha sentencia, de lo cual tómese nota por el archivo de este
Tribunal. Diarícese y Cúmplase Siguen firmas ilegibles de la Jueza Tercera (s) de Primera
Instancia de Mediación y Sustanciación y la Secretaria En la misma fecha se libraron
copias certificadas de Ley Conste: Sigue firma ilegible de la Secretaria. Quien suscribe La
secretaria del este tribunal tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de
esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO que anterior traslado es copia fiel y exacta de
sus originales, cursantes a los folios del Expediente MD11-H-2012-001275, todo de
conformidad con -' articulo 112 del Código de procedimiento Civil