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y DEL ADOLESCENTE CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL BARINAS
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE
MEDIACiÓN Y SUSTANCIACION
Barinas, 14j. de Enero de 2,013
2d2° y 1530
Vistos los términos del acuerdo de RESPONSABILIDAD DE CRIANZA (HOG)
proveniente de la Defensoría Pública de Niños, Niñas y Adolescentes del
Estado Barinas, alcanzado por los ciudadanos EDWIN JOSE VILLANUEVA
RIVAS y NAYLA ALEJANDRA NOVOA HERRERA, venezolanos, mayores de
edad, titulares de las cédulas de identidad personales Nros V-17.204.401 y V-
15.671.869 respectivamente, padres de la niña SE OMITE, de 08 años de edad, ACUERDAN: "QUE EL PADRE
EDWIN JOSE VILLANUEVA RIVAS, EJERCERA LA CUSTODIA JUDICIAL,
DE SU HIJA LA NIÑA EUDIMAR PAOLA VILLANUEVA NOVOA, POR
CONSIGUIENTE EL CONTACTO DIRECTO Y CONVIVENCIA DIARIA QUE
DICHO ATRIBUTO REQUIERE, GARANTIZANDOSELE A LA MADRE UN
REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR AMPLIO. Por no ser contraria, al
orden público a las buenas costumbres y a ninguna disposición expresa de la
Ley, SE ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO, DESE LE ENTRADA y
EL CURSO DE LEY CORRESPONDIENTE, CONFORME EL ARTíCULO 177
PARAGRAFO SEGUNDO LITERAL "L" REFORMA LOPNNA, por el
procedimiento de jurisdicción voluntaria (Art. 511 al 517 ibidem). En
consecuencia por la naturaleza del asunto que se presenta óbviese la fase de
mediación y sustanciación de la audiencia preliminar y se procede a dictar la
correspondiente resolución. En consecuencia en Nombre de la República y por
Autoridad de la Ley conforme el artículo 518 LOPNNA,este TRIBUNAL
TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y SUSTANCIACION
IMPARTE HOMOLOGACION AL PRESENTE ACUERDO. En consecuencia SE
ACUERDA EL CESE Y ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES. Expídanse las
copias certificadas de Ley de la presente homologación. Devuélvanse los
originales consignados a autos previa su certificación en autos por la
coordinadora de secretarias, luego de lo cual remítanse las presentes
actuaciones al Archivo Judicial en un lapso prudencial de un año (01)
calendario a partir de la fecha de dicha sentencia, de lo cual tómese nota por el
archivo de este Tribunal. Diarícese y Cúmplase .. Siguen firmas ilegibles de la
Jueza (s) Tercera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación Abg.
Lesbia Ferrer y la (el) Secretaria (o). En la misma fecha se libraron copias
certificadas de Ley. Conste: Sigue firma ilegible de la (el) Secretaria (o). Quien
suscribe en mi carácter de secretaria (o) del Tribunal Tercero de Primera
Instancia de Mediación y Sustanciación de esta Circunscripción Judicial,
CERTIFICO que anterior tr~slado es copia fiel y exacta de sus originales,
cursantes a los folios #~
conformidad con el a ,f@Ú:ja~jrt2'd (d")~' j o de Procedimiento Civil.
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