REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.
Barinas, 21 de Febrero de 2013
202º y 153º
Vencido como se encuentra la reanudación de la presente causa, tal y como fue acordada en el auto de abocamiento del Abogado JOSE JOAQUIN TORO SILVA, el cual corre inserto al folio (99) del presente expediente; y de una revisión exhaustiva se pudo observar que se encuentra vencido el lapso para la apelación contra la sentencia dictada en fecha 20/04/10, sin que las partes hayan ejercido tales recursos; En consecuencia, se declara firme la sentencia dictada en fecha 20/04/10 mediante la cual este Tribunal declaro CONSUMADA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA Y EXTINGUIDO EL PROCESO EN LA PRESENTE SOLICITUD, se ordena el archivo del presente expediente y su remisión con oficio al Archivo Judicial correspondiente.-
EL JUEZ,
Abg. JOSE JOAQUIN TORO SILVA
LA SECRETARIA,
Abg. JENNIE WALKIRIA SALVADOR PRATO.
En la misma fecha se registró su archivo en el libro respectivo bajo el Nº 1.139, constante de una pieza de Ciento Catorce (114) folios útiles y un Cuaderno de Medidas constante de Un (01) folio útil. Conste.-
Scria.
JJTS/JWSP/ah
Exp. Nº 4.765-05.-