REPUBLlCA BOLlVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCiÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
DE LA CIRCUNSCRIPCiÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE
MEDIACiÓN, SUSTANCIACIÓN y EJECUCION
Barinas, 26 de Febrero de 2013.
202° Y 153°
Por examinados detenidamente la solicitud de DECLARACiÓN DE UNICOS y
UNIVERSALES HEREDEROS, que antecede suscrita por la ABG. MORAIMA PEREZ
DUGARTE, INPREABOGADO NRO. 165.682, actuando como Abogado Asistente de la
ciudadana MILAGROS LlLIANA SANDOVAL DE RENDON, venezolana, mayor de edad,
titular de la Cédula de Identidad Nro 14.399.724, actuando en su condición de madre y
representante legal de los niños y adolescentes se omiten , de 13 y 09 años de edad, respectivamente Oídos los testigos MARIA CONCEPCION QUIROZ MENDOZA Y ELlS BETAIDA VILLAMIZAR BRICEÑO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad personal N° V.-3.729.059
y V.-11.710.190, respectivamente, los cuales manifestaron poder declarar y leídoles los
particulares de la solicitud contestaron con respecto al particular PRIMERO:Conocer de
vista, trato yo comunicación a la ciudadana MILAGROS LlLlANA SANDOVAL DE RENDON y
a su difunto esposo CARLOS MANUEL RENDON MATHEUS, así como a sus hijos
CARLOS RAUL Y THANIA REBECA RENDON RONDON; CARL.OS MANUEL. RENDON
AZUAJE, CAREN YENNIREE RENDON LEON, CARLOS ENRIQUE Y CARLOS JAVIER
RENDON SANDOVAL. SEGUNDOSaber y Constarles que los Únicos y Universales
Herederos del ciudadano CARLOS MANUEL RENDON MATHEUS, son su esposa
MILAGROS LlLIANA SANDOVAL DE RENDON Y sus hijos CARLOS RAUL Y THANIA
REBECA RENDON RONDON; CARLOS MANUEL RENDON AZUAJE, CAREN YENNIREE
RENDON LEON, se omiten .
TERCERO:Saber y constarles que el ciudadano CARLOS MANUEL RENDON MATHEUS,
falleció sin dejar testamento ni instituir herederos el día 21/09/2012. Este TRIBUNAL
SEGUNDO de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de -la
Circunscripción Judicial del Estado Barinas, de conformidad con los artículos 936 y 937 del
Código de Procedimiento Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por
Autoridad de la Ley considera dichos testimoniales y recaudas bastantes y suficientes por lo
que en consecuencia DECLARA UNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS, del de cujus
CARLOS MANUEL RENDON MATHEUS, CI V-4485.207, a su Esposa, ciudadana
MILAGROS LlLIANA SANDOVAL DE RENDON, C.I Nro. V.-14.399.724, y a sus hijos
CARLOS RAUL Y THANIA REBECA RENDON RONDON; CARLOS MANUEL RENDON
AZUAJE, CAREN YENNIREE RENDON LEON, (mayores de edad) y a los niños y
adolescentes se omiten , de 13 y 09
años de edad, respectivamente; DEJANDO A SALVO EVENTUALES DERECHOS DE
TERCEROS. Devuélvanse original con sus resultas al solicitante. Anótese su salida en el
libro respectivo. Diarícese y Cúmplase Siguen firmas ilegibles de la Jueza Segunda de
Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución, Abog. Eviluz Cabeza y de la
Secretaria. En la misma fecha se libraron las copias certificadas de Ley Conste La
secretaria. QUIEN~,!JSCRIBE La Secretaria del Circuit9~€l'e~'eJ~ción de Niños, Niñas y
Adolescente ,:"~~i¡,;¡ ,nscripción Judicial, CERTJ..I?:t~D que él"ap.t~rior traslado es copia
fiel y exa . .' COl1}g, Cursante al folio/:~p:et.:Ex,.pedi~9t~:M 11-J-2013-000088,
certific ~ ~S8elfW8 y~ "~ .' soníorrn idad con elll,é'~f:Cl¿l{~!i~1"12 deT'''~'Qdi':\' de procedimiento
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