EXP4877-13- Sent-076-13

JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.-

Maracaibo, veintisiete (27) de febrero de 2013
202° y 154°
Recibida de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Poder Judicial del Estado Zulia la anterior Solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, conjuntamente con sus anexos, constantes de trece (13) folios útiles. En virtud de la entrada en vigencia de la Resolución No. 2009-0006, de fecha 18-03-09, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial No. 39.152, de fecha 02-04-09, es competente este órgano jurisdiccional para la tramitación procesal de este asunto. Désele entrada, fórmese expediente y numérese. Se admite cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, la mencionada solicitud presentada por el ciudadano EURO ANTONIO HERNÁNDEZ TROCONIS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No 2.739.573, con domicilio en esta ciudad y municipio Maracaibo del estado Zulia, actuando en su propio nombre y en nombre de JOYCE MAYELA SCOPE PAZ, asistido en ese acto por la abogada en ejercicio MARIA PATRICIA PRIETO, inscrita en el Inpreabogado bajo el No 77.733, y solicita se le declaren las anteriores diligencias, titulo suficiente que le acrediten a él, y a la hija de su cónyuge ciudadana JOYCE MAYELA SCOPE PAZ, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad No. 18.744.701, ut supra, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la ciudadana MARITZA DEL CARMEN PAZ CHAVEZ, quién en vida fuera venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-4.525.637, con domicilio en el municipio Maracaibo del estado Zulia, fallecida ab-intestato el día treinta (30) de enero del año 2013, tal como se evidencia de la acta de defunción No.821, expedida por la Unidad de Registro Civil de la parroquia Olegario Villalobos del municipio Maracaibo del estado Zulia, que corre inserta a los folios siete (07) y ocho (08) de la presente solicitud, en copia debidamente certificada. Ahora bien, los solicitantes además acompañaron los siguientes recaudos: copia certificada del acta de Matrimonio de la difunta MARITZA DEL CARMEN PAZ CHAVEZ y de EURO ANTONIO HERNÁNDEZ TROCONIS, signada bajo el No 65, expedida por la Unidad de Registro Civil de la parroquia Bolívar del municipio Maracaibo del estado Zulia, inserta a los folios cinco (05) y seis (06) de este expediente; acta de nacimiento certificada de la ciudadana JOYCE MAYELA SCOPE PAZ, signada bajo el No. 1541, inserta al folio nueve (09); copias fotostáticas de los solicitantes y justificativo de testigos, evacuado por ante la Notaría Segunda de Maracaibo del Estado Zulia, de fecha (22) de febrero de 2013, que corre inserta desde el folio diez (10) hasta el folio trece (13) ambos inclusive, donde los ciudadanos RITA MARGARITA VARGAS DE MUÑOZ y CELIMRA JOSEFINA OCHOA, plenamente identificadas en dicho instrumento, quienes están contestes y conformes con el interrogatorio al cual fueron sometidas.
En vista de lo expuesto en la solicitud y de los documentos acompañados a la misma, es por lo que se constata el parentesco que existe entre el solicitante, con su difunta cónyuge, la filiación materno entre la ciudadana JOYCE MAYELA SCOPE PAZ, con la de cujus y por considerar que la documentación es suficiente para otorgar lo solicitado, es por lo que esta Juzgadora le da pleno valor probatorio a los mismos. En consecuencia este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, e igualmente de acuerdo con lo establecido en el artículo 936 y siguiente del Código de Procedimiento Civil, declara como UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS de la de-cujus MARITZA DEL CARMEN PAZ CHAVEZ, quién en vida fuera venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-4.525.637, con domicilio en el municipio Maracaibo del estado Zulia, fallecida ab-intestato el día treinta (30) de enero del año 2013, a su esposo ciudadano EURO ANTONIO HERNÁNDEZ TROCONIS, y a su hija ciudadana JOYCE MAYELA SCOPE PAZ, plenamente identificados ut supra, DEJANDOSE A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.

Devuélvanse estas actuaciones originales con sus resultas a la parte interesada, dejándose previamente certificadas en las actas todas y cada una de las actuaciones. Asimismo se expidieron por secretaría siete (07) juegos de copias certificadas de la presente solicitud. ASÍ SE DECLARA.

PUBLIQUESE Y REGISTRESE
Dada, sellada y firmada en la Sala de este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a los veintisiete (27) días del febrero del año dos mil trece (2013). 202 de la Independencia y 154° de la Federación.

Abg. ALEJANDRINA ECHEVERRIA CORONA
JUEZA TEMPORAL

LA SECRETARIA,
Abg. JOANNA MARÍA CAMPOS CORDERO

En la misma fecha, siendo las once y treinta y dos minutos de la mañana (11.30 a.m), se dicto y publicó bajo el No. 076-13.

LA SECRETARIA,