CIRCUITO DE PROTECCiÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA
CIRCUNSCRIPCiÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE
MEDIACiÓN, SUSTANCIACIÓN y EJECUCiÓN
Barinas,03 de Julio de 2013.
203° Y 154°
Por examinados detenidamente la solicitud de PERPETUA MEMORIA, que antecede
suscrita por la ciudadana MARíA AURORA PÉREZ VIVAS, C.I.V-6.591.232, oídos los testigos
ALBA MERCEDES CARRASCO DE OSPINO y MARíA DEL CARMEN GONZÁLEZ, portadores
de las cedulas de identidad Nros. V-11.194.558; V-15.537.530; respectivamente, los cuales
manifestaron poder declarar y leídoles los particulares de la solicitud contestaron con respecto al
particular PRIMERO:Conocer a los niños se omiten . Con respecto al particular: SEGUNDO:Conocer
al difunto YENDER JOSUE MEZA PÉREZ. Con respecto al particular: TERCERO:Dar fe de que
el difunto YENDER JOSUE MEZA PÉREZ, era el padre de los niños ya mencionados. Con
respecto al particular: CUARTO:Constarle que los niños YENDERSON JOSUE MEZA CRESPO,
YENDERLlN NATHALI MEZA CRESPO, YERMELlS ALEXANDRA MEZA CRESPO, YENDER
JOSUE MEZA QUERALES y EDWARD JOSUE MEZA MOLlNA son los únicos y universales
herederos del prenombrado causante. Con respecto al particular QUINTO Constarle que el
prenombrado causante falleció sin haber otorgado testamento. Con respecto al particular SEXTO:
Saber y constarle que el difunto YENDER JOSUE MEZA PÉREZ, era funcionario activo de la
policía del Estado Barinas. Es e Tribunal de conformidad con los artículos 936 y 937 del Código de
Procedimiento Civil, en nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la Ley considera
dichos testimoniales y recaudas bastantes y suficientes por lo que en consecuencia DECLARA
UNICOS y UNIVERSALES EREDEROS, del difunto YENDER JOSUE MEZA PÉREZ, G.I W V-
20.011.151, a sus hijos se omiten (niños) de 04, 02, 01, 01 Y 03 años de edad, respectivamente,
DEJANDOSE A SALVO EVE TUALES DERECHOS DE TERCEROS. Devuélvase original con
sus resultas a los salici an es. Anótese su salida en los libros respectivos. Diarícese y Cúmplase.
Siguen firmas ilegibles de la Juez Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Abg. Yolanda F. Guerrero y Secretario (a). En la misma fecha se libraron copias certificadas de
Ley. Conste: Sigue firma ilegible de la Secretaria. Quien suscribe La secretaria del este Tribunal
Primero de Primera Instancia de Mediación y SustancLación de esta Circunscripción Judicial,
CERTIFICO que anterior traslado es copia fiel y exacta dlsu,s originales, cursantes al Expediente
MD11-J-2013-000478, todo de conformidad C~OI~I:;'liGUí91~t~~el Código de procedimiento Civil