REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA
Socopó (18) de Julio de dos mil trece (2.013).
203º y 154º
Vista la diligencia del 27/06/2013, suscrita por el ciudadano Jenrry Antonio Medina Mora, Inscrito en el inpreabogado bajo el N°143.546, con el carácter de co-apoderado judicial de la parte demandante ciudadana OLGA LAVIANO BARRIOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°V-9.682.185, mediante la cual solicita 'me aboque' al conocimiento del presente asunto, se acuerda en conformidad, en vista, que en reunión del 10/04/2013, la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, aprobó el traslado de la abg. Evelyn Katherine Beltrán Zerpa, al Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, y en la misma fecha, fui trasladado del Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Aragua y designado como Juez de éste Tribunal, tomando posesión del mismo el 26/04/2013, previa juramentación por ante la Rectoría del estado Barinas, en la misma fecha; en consecuencia, me aboco al conocimiento del presente asunto, y visto que la parte demandante ya se encuentra notificada, se ordena la notificación de la parte demandada y/o de su(s) apoderado(s), informándole(s) que una vez que conste en autos su notificación y transcurridos los diez (10) días de Despacho previstos en el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, comenzará a correr el lapso previsto en el artículo 90 eiusdem, y vencido el mismo sin que las partes hubieran hecho uso de tal derecho, comenzarán a correr los lapsos correspondientes. Ahora bien, en virtud de que se evidencia según oficio S/N del 17/11/2011 que obra desde el folio ciento noventa y uno (191) al folio ciento noventa y seis (196), proveniente del Servicio Administrativo Identificación Migración y Extranjería, que el ciudadano Valerio Laviano Danielli, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°V-7.226.156, parte co-demandada en la presente causa, registra salida del país hacia la ciudad de Toronto- Canadá el 06/09/2011, sin que se registre reingreso al país, esta Instancia Agraria en aras de garantizar el debido proceso y el Derecho a la Defensa, acuerda oficiar al Servicio Administrativo de Identificación Migración y Extranjería del estado Barinas, a los fines de que informe el movimiento migratorio del precitado ciudadano. Líbrense boletas, exhorto de comisión y oficio respectivo.
El Juez
LEONARDO JIMÉNEZ MALDONADO.
La Secretaria
Eliana Jiménez Meza.
EXP: Nº 5.310-11
LJM/ejm/sm.-