REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA

Socopó, 04 de julio de 2013.
203° y 154º

Visto el anterior escrito de subsanación de la demanda de Acción Posesoria de Perturbación a la Propiedad y Posesión Agraria, interpuesta por el ciudadano PEDRO JOSÉ POVEDA ARDILA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 22.688.767, debidamente asistido por la abogada en ejercicio, Nancy Ramona Mora Hernández, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 16.070.473, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 105.563; en contra de la ciudadana, ISABEL HERNÁNDEZ ALVARADO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 4.954.590. Este Tribunal ADMITE a sustanciación, cuanto lugar en derecho se refiere, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley la presente acción, en consecuencia, se ordena citar a la parte demandada, ya identificada, para que comparezca por ante este Juzgado Agrario dentro de los cinco (5) días de despacho, siguientes a la constancia que repose en autos de su citación, de conformidad con el artículo 200 de la Ley de Reforma Parcial de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, dentro de las horas de despacho comprendidas de ocho y media de la mañana (8:30 a.m.) a tres y treinta de la tarde (3:30 p.m.) a los fines que proceda a dar contestación a la demanda incoada en su contra. Líbrese Boleta de citación, y entréguense al Alguacil de este despacho encargado de practicarla.
El Juez,
LEONARDO JIMÉNEZ MALDONADO.

La Secretaria,
ELIANA JIMÉNEZ MEZA


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el Auto anterior; conste.


La Secretaria, ELIANA JIMÉNEZ MEZA


Exp.A-0.038-13
LJM/ej/gb.-