REPUBLlCA BOLlVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCiÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y
ADOLESCENTES CIRCUNSCRIPCiÓN JUDICIAL BARINAS
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE
MEDIACiÓN, SUSTANCIACIÓN y EJECUCiÓN
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De una revisten exhaustiva de la presente causa de PARTICiÓN y
LIQUIDACiÓN DE COMUNIDAD HEREDITARIA (AMISTOSA), suscrita por las
ciudadanas ROSA ALBINA ZAMBRANO DURAN, venezolana, mayor de edad,
titular de la cédula de identidad número: V-14.180.957, obrando en su propio
nombre y en representación de las adolescentes se omiten ,
colombiana, mayor de edad, CC N° 43.976.639, MARIA EUGENIA RAMIREZ
ROJAS, venezolana, mayor de edad, venezolana, mayor de edad, titular de la
cédula de identidad numero: V-14.712.090, obrando en nombre y
representación de su hijo el adolescente MAICOL NOE GIL RAMIREZ , todos
herederos del causante JAIRO DE JESÚS GIL OSORIO; consta al folio 52 de
la segunda pieza principal Acta de Sesión Inicial de la Fase de Sustanciación
de la Audiencia Preliminar en asunto de jurisdicción Voluntaria, mediante la
cual se hizo oposición a la partición de Herencia, fue declarado EL
SOBRESEIMIENTO DEL ASUNTO INTRODUCIDO COMO DE
JURISDICCiÓN VOLUNTARIA y terminado remitiendo a las partes a la
tramitación a través de la vía contenciosa; En consecuencia éste TRIBUNAL
SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN, SUSTANCIACIÓN y
EJECUCiÓN Ordena el CESE DEL PROCEDIMIENTO Y EL ARCHIVO DEL
EXPEDIENTE, para lo cual devuélvanse los originales cursantes a autos
consignados por las partes previa su certificación por secretaría. Remítanse
las presentes actuaciones al Archivo Judicial en un lapso prudencial de un (01)
año calendario al presente auto. Diarícese y Cúmplase. Quien suscribe Abg.
Leandra armario Blanco, secretaria del este Tribunal Segundo de Primera
Instancia de Mediación y Sustanciación de esta Circunscripción Judicial,
CERTIFICO que anterior traslado es copia fiel y exacta de sus originales,
cursantes al folio 127 del Expediente MD11-T-2011-000001, todo de
conformidad con el artículo 112 del Código de procedimiento Civil.
La Secretaria
Abg, Leandra Armario Blanco