REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Corte de Apelaciones Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 1 de julio de 2013
203º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2007-011844
ASUNTO : EP01-R-2013-000065
PONENTE: DRA. VILMA MARIA FERNANDEZ
SOLICITANTE: FRANCESCO LIPARI GRATTOOGGI Y JESUS ANTONIO FRORES.
ABOGADOS APODERADOS: ABGS. CARLOS DAVID CONTRERAS Y YEXI ELENA TAPIA.
RESPRESENTACION FISCAL: ABG. RICARDO DIAZ
FISCAL DEL MINISTERIO PUBLICO
MOTIVO: SOLICITUD DE ENTREGA DE VEHICULO
PROCEDENCIA: TRIBUNAL DE CONTROL Nº 04
MOTIVO DE CONOCIMIENTO: APELACIÓN DE AUTO. (ADMISIBILIDAD)
Visto el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada Yexi Elena Tapia Cordoba, en su condición de apoderada Judicial del Ciudadano Francesco Lipari Grattoggi; contra la decisión dictada en fecha 14.11.2013, por el Tribunal Cuarto de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual acordó notificar al ciudadano Francesco Lipari para que coloque el vehiculo a la orden del Tribunal. Esta Corte de Apelaciones a los fines de pronunciarse sobre la Admisibilidad del recurso; observa:
Primero: Que el Recurso de Apelación fue interpuesto, por una de las partes a quien la Ley reconoce expresamente el derecho a recurrir, como es la apodera judicial Yexi Elena Tapia. Segundo: Que el recurso se interpuso en el lapso legal correspondiente, como se observa de la certificación de días de audiencia, inserta al folio trece (13) del presente recurso. Tercero: Que la decisión recurrida, encuadra en lo dispuesto en el artículo 439 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo tanto es recurrible. En consecuencia, estando llenos los extremos legales, antes señalados, por mandato del artículo 442 ejusdem, el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada Yexi Elena Tapia en su condición de apoderada judicial, debe ser declarado admisible. Así se decide.
DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; DECLARA ADMISIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la abogada Yexi Elena Tapia Cordoba, en su condición de apoderada Judicial del Ciudadano Francesco Lipari Grattoggi; contra la decisión dictada en fecha 14.11.2013, por el Tribunal Cuarto de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual acordó notificar al ciudadano Francesco Lipari para que coloque el vehiculo a la orden del Tribunal; se acuerda dictar la correspondiente decisión dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha del presente auto de admisión. Notifíquese a las partes.
LA JUEZA DE APELACIONES PRESIDENTA
DRA. ANA MARIA LABRIOLA
LA JUEZA DE APELACIONES EL JUEZ DE APELACIONES
DRA. VILMA MARIA FERNANDEZ DR. TRINO RUBEN MENDOZA
PONENTE
LA SECRETARIA,
DRA. JEANNETE GARCIA
Asunto: EP01-R-2013-000065
AML/TRM/VMF/JG/ggalindez.-
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