Expediente MDll-V-2012-000166

Acta de Sesion Incial de la Fase de Sustanciación de la
Audiencia Preliminar/Desistimiento legal

Siendo el día 12-06-2013 a las hora 09:00 PM, día y hora fijada para que tenga lugar
la Sesión Inicial de la audiencia preliminar en fase de sustanciación. en la presente
causa de COLOCACiÓN FAMILIAR (FAMILIA DE ORIGEN AMPLIADA), se anunció
dicho acto por el alguacilazgo de este Tribunal, al cual no comparecieron los
demandantes ciudadanos: DENAVIO NAYBIR SOSA MORENO Y ROSA MILAGRO
ORTIZ, titulares de la cedula de identidad N° V- 17.204.771 y V-18.290.119,
respectivamente, ni por si ni por medio de apoderado judicial. Tampoco compareció la
demandada ciudadana SOBEIDA YASMIN SOSA MORENO, titular de la cédula de
identidad números: V-12.554.760, ni por si ni por medio de apoderados. En
consecuencia de conformidad con el articulo 477 LOPNNA que reza"no
comparecencia a la sustanciaclón en la audiencia preliminar. Si la parte
demandante o la demandada no comparecen sin causa justificada a la fase de
sustanciación de la audiencia preliminar, se debe continuar ésta con la parte presente
hasta cumplir con .su finalidad. si ambas partes no comparecen. se termina el
proceso mediante sentencia oral. reducida a un acta que se publicará el mismo
día; éste TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN,
SUSTANCIACIÓN y EJECUCION" en nombre de la República Bolivariana de
Venezuela y por autoridad de la ley, resulta forzoso declarar desistida la misma.y así
se decide. Diaricese y cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la Jueza Segunda de
Primera Instancia de Mediación y Sustanciación y de la Secretaria. . En la misma
fecha se libraron copias certificadas de Ley. Conste: Sigue firma ilegible de la
Secretaria. Quien suscribe Leandra Armario Blanco en mi carácter de secretaria del
este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de esta
Circunscripción Judicial, CERTIFICO que anterior traslado es copia fiel y exacta de sus
originales, cursantes al Expediente MD11-V-2012-000166, todo de conformidad con
el articulo 112 del Código de procedimiento Civil.