REPUBLlCA BOLlVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y SUSTANCIACIÓN
Barinas, 13 de Junio de 2013.-
203° Y 154°
Por recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito
Judicial en fecha 11/06/2013, diligencia en la cual la ciudadana TILSA VIOLETA GÓMEZ,
venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.185.283, madre de la Niña
se omite de 07 años de edad, asistida en este acto por la abogado
DALlLA GUTIERREZ MARCANO, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.859.176, inscrita en el
Inpreabogado bajo el N° 44.416, Defensora Pública Segunda con Competencia en Materia de
Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Barinas, expuso: "Consigno en un (01) folio
útil original de presupuesto por la cantidad de DOS MIL NOVECIENTOS BOLlVARES (Bs. 2.900,00),
para la compra de un (01) colchón en beneficio de mi hija, a objeto de que ese Despacho autorice la
entrega respectiva". Por cuanto la cantidad de dinero solicitada por la diligenciante es mayor a los
haberes que administra este Tribunal a favor de la Niña se omite y por
cuanto no queda ningún otro beneficiario en la presente causa de ADMINISTRACiÓN DE BIENES.
De conformidad con los artículos 30 LOPNNA y 267 del Código Civil, se ordena a la Oficina de
Control de Consignaciones PRIMERO: La entrega de la cuota parte de los haberes administrados
por este Tribunal en beneficio de la Niña se omite de 07 años de edad y
la Cancelación de la respectiva Cuenta de Ahorros. SEGUNDO:El Cese del Procedimiento y el
Archivo del Expediente. En consecuencia, se acuerda PRIMERO: Oficiar al Gerente del Banco
Bicentenario Agencia Barinas 013, a los fines de solicitarle se sirva emitir Cheque de Gerencia a
nombre de la ciudadana TILSA VIOLETA GÓMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula
de Identidad N° V-11.185.283, por el total del saldo total actualizado a la fecha de la Cuenta de
Ahorros signada con el N° 0175-0013-98-0060957178 la cual esta a nombre de este Tribunal y de la
Niña se omite Y CANCELAR DICHA CUENTA. SEGUNDO:EL CESE
DEL PROCEDIMIENTO Y EL ARCHIVO DEL EXPEDIENTE. Líbrese Oficio. Diarícese y Cúmplase.
Siguen firmas ilegibles de la Juez Segunda de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación Abg.
Eviluz del V. Cabeza F. LaSecretaria (fdo.). En esta misma fecha se libró las copias certificadas de
ley. Conste: La Secretaria (fdo.). Sigue firma ilegible. QUIEN SUSCRIBE: La Secretaria (fdo.) del
Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y Adolescente de esta Circunscripción Judicial,
CERTIFICO: Que el anterior traslado es copia fiel y exacta de su original, cursante al íoíio N° 54 del
Expediente TI1-S-2009-010736, certificación que se hace de conformidad con el artículo 112 del
Código de Procedimiento Civil.
Exp. N° TI1-S-2009-010736
EVCF/jt
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