CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y
SUSTANCIACION.
Barinas,Ji de Junio de 2013.
203 o y 154 o
Vistos los términos del acuerdo de REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, proveniente
de la Defensoría Educativa del Niño, Niña y Adolescente "Por Mi Identidad" del Municipio
Barinas del Estado Barinas, alcanzado por los ciudadanos JOSE OCTABIO ANGEL
BRICEÑO y ARACELlS MAYERLlN GONZALEZ CRUZ, venezolanos, mayor de edad,
titulares de las cédulas de identidad personales Nros V-16.513.344; V-22.686.261
respectivamente, padres de la niña se omite, de 11 años de edad, EN EL
CUAL ACUERDAN: "UN REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR AMPLIO
ALTERNANDO FINES DE SEMANAS Y VACACIONES. Por no ser contraria al orden
público a las buenas costumbres y a ninguna disposición expresa de la Ley, SE ADMITE
CUANTO HA LUGAR EN DERECHO, DESE LE ENTRADA y EL CURSO DE LEY
CORRESPONDIENTE. CONFORME EL ARTíCULO 177 PARAGRAFO SEGUNDO
LITERAL "L" REFORMA LOPNNA, por el procedimiento de jurisdicción voluntaria (Art.
511 al 517 ibidem). Por la naturaleza del asunto que se presenta se obvia la fase de
mediación y sustanciación de la audiencia preliminar y se procede a dictar la
correspondiente resolución. En consecuencia en Nombre de la República y por Autoridad
de la Ley conforme el artículo 518 LOPNNA, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA
INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y SUSTANCIACION IMPARTE HOMOLOGACION AL
PRESENTE ACUERDO. SE ACUERDA EL CESE Y ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES.
Expídanse las copias certificadas de Ley de la presente homologación. Devuélvanse los
originales consignados a auto previa su certificación de autos por la secretaria. Remítanse
las presentes actuaciones al Archivo Judicial en un lapso prudencial de un año (01)
calendario a partir de la fecha de dicha sentencia, de lo cual tómese nota por el archivo de
este Tribunal. Diarícese y Cúmplase. Quien suscribe La secretaria del este Tribunal
Tercero de Primera Instancia g.e~ Judicial, CERTIFICO que al,)te'rior Jra~l.ado'''~s copia fiel exacta de sus originales,
cursantes a los folios del Exp~dt~nt~;••MD.11-H:.2G,~ 3-000425, todo de conformidad con el
articulo 112 del Código de
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Exp. N° MD11-H-2013-000425 /
DVG/ms
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