CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA
INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y SUSTANClACION.
BARINAS, 19 de Junio de 2013
202 Q Y 153 Q
M Dll-V-2013-000120.
ACTA SESION INICIAL DE LA FASE DE MEDIACION/ ACUERDOS TOTALES
Siendo las (9:00 a.m.) de 19 de Junio de 2013 día y hora señalados para que tenga lugar la
Sesión inicial de la Fase de Mediación de la audiencia preliminar, en la presente causa de
Obligación de Manutención, se anunció dicho acto por el alguacilazgo de este tribunal,
compareciendo la Accionante ciudadana Yeisi Desiree Brito Buitriago, titular de la cedula de
identidad C.I NQ V-16.980.303; compareció también el Accionado ciudadano Samael Golfredo
Albornoz Rivas, titular de la cedula de identidad C.I NQ V- 16.655.464, padres de los niños
se omiten de 10 y 08 años de edad; presente la
abogado Marisol D Amico Defensora Publica Quinta con competencia En Materia de
Protección del Niño Niña y Adolescente; la Accionante solicita Mil 1.000 bolívares mensuales
como bonificación especial del mes de Septiembre Tres Mil 3.000 bolívares y como
bonificación en el mes de Diciembre 3.000 Bs; el 50% de los gastos de medicina. Los mismos
manifestaron su disposición de llegar acuerdos a favor de sus hijos, bajo comedíacción entre la
jueza de este tribunal alcanzándose en efecto entre las partes en los siguientes términos: el
padre aportara la cantidad de ochocientos Bolívares mensuales 800 a razón de 400 quincenal,
para el mes de Septiembre como bonificación especial la cantidad de dos mil Bolívares 2.000
Bs y para el mes de Diciembre la Cantidad de Dos Mil Bolívares 2.000 Bs y el 50% de los gastos
de Medicina, dichos montos serán depositados directamente por el progenitor en cuenta de la
progenitora que en este mismo acto se comprometen a apertura en el banco Provincial;
acuerdos que este Tribunal homologa por no contrariar disposiciones legales ni el interés
superior de los niños de autos en este sentido el tribunal queda en espera de que consignen
las partes el número de cuenta para realizar los depósitos es todo. Termino se leyó y
conformes firman. Sigue firma ilegible de la secretaria. Quien suscribe,
en mi carácter de secretaria del este tribunal tercero de primera instancia de mediación y
sustanciación de esta circunscripción- judicial, certifico que anterior traslado es copia fiel y
exacta de sus originales, cursayte~-al folio •••"-..Ct~expediente MDll-V-2013-000120, es todo
de conformidad con el artícu~<1U2d~lcódigo de procedimiento civil.