CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE
MEDIACiÓN, SUSTANCIACIÓN y EJECUCiÓN.
Barinas, 05 de Junio de 2.013
203° Y 154°
Exp. N° MD11-J-2013-000352
Vista la anterior solicitud de Divorcio 185-A de fecha 26/04/2013, suscrita por los
ciudadanos UBALDINA DEL CARMEN FERNANDEZ FERNANDEZ y HECTOR JOSE
BOHORQUEZ GARCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de
Identidad Nros. V.-12.895.196 y V.-13.330.016, respectivamente, asistidos en este acto
por el abogado WILFREDO JOSE GARRIDO MONSON, INPREABOGADO NRO.
62.645, padres del niño se omite de 11 años
de edad. Vista la Audiencia de Jurisdicción Voluntaria celebrada en fecha 30/05/2013, a
la cual comparecieron los solicitantes, ciudadanos UBALDINA DEL CARMEN
FERNANDEZ FERNANDEZ y HECTOR JOSE BOHOROUEZ GARCIA, venezolanos,
mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nros. V.-12.895.196 y V,-
13.330.016, respectivamente, y el Fiscal del Ministerio Público, ABOG. ADRIAN
GOMEZ COA, en la cual se le concedió el derecho de palabra a la ciudadana
UBALDINA DEL CARMEN FERNANDEZ FERNANDEZ, identificada en autos, quien
manifestó que no leyó el ácta de 'solicitud que firmo, y visto que el Fiscal del Ministerio
Público, ABOG. ADRIAN GOMEZ COA, emitió opinión desfavorable, en virtud de lo
expuesto por la ciudadana antes mencionada y por no existir acuerdos con respecto a
las Instituciones Familiares, ESTE TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACiÓN, SUSTANCIACIÓN y EJECUCiÓN, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN
NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLlVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD
DE LA LEY, DECLARA SIN LUGAR la acción interpuesta por los ciudadanos
UBALDINA DEL CARMEN FERNANDEZ FERNANDEZ Y HECTOR JOSE
BOHORQUEZ (JARCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de
Identidad Nros. V.-12.89'5.196 y V.-13.330.016, respectivamente, y en consecuencia
DECLARA TERMINADO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO, SE ORDENA EL CESE Y
ARCHIVODEL E)(PEDIENTEde conformidad con el Articulo 185-A del Código Civil de
Venezuela: en su parte in fine, el cual expresa" ... Si el otro cónyuge no compereciere
personeimente o si al comparecer negare el hecho, o si el Fisca! del Ministerio Público
lo objetare,se declarará terminado el procedimiento y se ordenará el archivo del
expediente". (subrayado nuestro) Y ASI SE DECIDE. En la ciudad de Barinas a los (05)
días del mes de Junio de 2.013. Años 203° de la Independencia y 154° de la
Federación. Diarícese y Cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la Juez Tercera, ABOG.
DAYANA VIVAS GUIZA y de la Secretaria. Quien suscribe La secretaria del este
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de esta
Circunscripción Judicial, CERTIFICO que anterior traslado es copia fiel y exacta de sus
originales, cursantes a los folios del Expediente MD11-J-2013-000352, todo de
conformidad con el artículo 112 del Código de procedimiento Civil.
Exp. N° MD11-J-2013-000352
DVG/deyci.-