REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia


COMISION No. 5.688.-

En el día de hoy, 05 de Junio del año dos mil trece, siendo las 11:50 AM de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la Empresa INTERCABLE, ubicada en Calle 100, Sabaneta, diagonal a la Urbanización El Varillal, jurisdicción del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, objeto de llevar a efecto la medida preventiva de Embargo decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 03. EXP: No. 23.241. Con motivo del Juicio de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN seguido por la ciudadana DAYANA KARINA MATHEUS RUIZ, portadora de la Cédula de Identidad No. V- 19.845.621, en beneficio del xxxxxxxxxxxxxxxxxx, en contra del ciudadano KEWUIS ENRIQUE VILLA MOLINARES, portador de la Cédula de Identidad No. V- 16.298.526.- En este estado presente el ciudadano (a): JOSEGLYS RIOS, titular de la Cédula de Identidad No. V- 15.560.709, quién se identifico con el carácter de ANALISTA DE RECURSOS HUMANOS. El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa decretó Medida de Embargo Preventivo ordenando retener: A) EL VEINTE POR CIENTO (20%) del ingreso mensual que percibe el obligado ciudadano, KEWUIS ENRIQUE VILLA MOLINARES, antes identificado.- B) EL VEINTE POR CIENTO (20%) sobre la cantidad de dinero que le pueda corresponder al ciudadano antes mencionado por concepto de BONO VACACIONAL O VACACIONES.- C) EL VEINTE POR CIENTO (20%) sobre la cantidad de dinero que le pueda corresponder al ciudadano antes mencionado por concepto de utilidades o bonificación especial de fin de año.- D) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) sobre las Prestaciones Sociales, Fideicomiso y Caja de Ahorro que le pueda corresponder al obligado de autos.- E) EL CIEN POR CIENTO (100%) sobre primas por hijos o útiles escolares, en caso de gozar de este beneficio.- ESTE TRIBUNAL PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA EMBARGADO PREVENTIVAMENTE las siguientes cantidades: A) EL VEINTE POR CIENTO (20%) del ingreso mensual que percibe el obligado el ciudadano, KEWUIS ENRIQUE VILLA MOLINARES, antes identificado.- B) EL VEINTE POR CIENTO (20%) sobre la cantidad de dinero que le pueda corresponder al ciudadano antes mencionado por concepto de bono vacacional o vacaciones.- C) EL VEINTE POR CIENTO (20%) sobre la cantidad de dinero que le pueda corresponder al ciudadano antes mencionado por concepto de utilidades o bonificación especial de fin de año.- D) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) sobre las Prestaciones Sociales, Fideicomiso y Caja de Ahorro que le pueda corresponder al obligado de autos.- E) EL CIEN POR CIENTO (100%) sobre primas por hijos o útiles escolares, en caso de gozar de este beneficio.- Las cantidades a retener en los conceptos establecidos en los literales “A, B, C, D y E” deberán ser remitidos en Cheque de Gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 03. EXP No. 23.241.- En este estado el (la) notificado (a), anteriormente identificada con el carácter antes indicado, expuso: En nombre de mí representada, me doy por notificado (a) de la presente Medida, a reserva de verificar si el ciudadano demandado, antes identificado presta o prestó servicios para la Institución que represento, a los fines de dar perfecto cumplimiento a la medida decretada por el Juzgado de la causa de las cuales doy a mi representada por notificada. Este Tribunal Ejecutor deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido los artículos 26, 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, así lo hacen constar las partes intervinientes.- Se ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 12:50 PM.


LA JUEZ

DRA. MARTHA ELENA QUIVERA


EL NOTIFICADO (A) EL SECRETARIO:


ABOG. ANIBAL A. PERNIA P.-