REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO
CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
EN SU NOMBRE
Barinas, 05 de junio de 2013
Años 203º y 154º
Nro. 13-06-02.
Vistas las anteriores actuaciones y la diligencia suscrita en fecha 30 de mayo del año en curso, por el apoderado judicial de la parte actora, abogado en ejercicio Rito Remigio Gulfo Álvarez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 50.378, mediante la cual desiste del procedimiento con motivo de la demanda de Daños material y moral derivados de accidente de tránsito intentada por la ciudadana Nilka Vanessa Ruiz Márquez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.839.253, contra el ciudadano José Enrique Terán Picón, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.986.820, y llenos como se encuentran los extremos a que se contraen los artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil y estando el apoderado judicial de la parte actora facultado para desistir a tenor de lo dispuesto en el artículo 154 ejusdem, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte la homologación al desistimiento del procedimiento, y le da valor de cosa juzgada.
En consecuencia, y por cuanto se observa que las actuaciones cursantes a los folios del 11 al 57 ambos inclusive conforman la solicitud signada con el Nº 12-13.903 de la nomenclatura particular llevada por el Juzgado Primero del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, es por lo que se ordena su devolución, previa su certificación en autos, insertándose al pie de los documentos que se devolverán copia certificada del presente auto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Para la elaboración de la mencionada copia se autoriza suficientemente al Alguacil de este Tribunal, ciudadano Juan Carlos Toledo Marquina, titular de la cédula de identidad Nº 13.947.103.
La Juez Titular
Abg. Reina Chejín Pujol. La Secretaria Titular
Abg. Karleneth Rodríguez Castilla.
Exp. N° 13-9750-T
jams.
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