REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA

Socopó (23) de Mayo de dos mil trece (2.013).
203º y 154º
Vista la diligencia del 20/05/2013, presentada por la ciudadana: MARTA MARIA BARRIOS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.171.392, miembro activo de la Asociación Cooperativa “BRISAS DEL RIO LA ACEQUIA” Registrada en la Oficina de Registro Público de los Municipios Autónomos Pedraza y Sucre del estado Barinas, quedando anotada en el documento N° 18, Protocolo Primero, Tomo Cuarto (04), Folio 132 al 138 Fte, Principal y Duplicado, Segundo Trimestre de fecha 04/05/2009, asistida por el abogado Francisco Sanguinetti Mejias, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 31.242, mediante la cual solicita 'me avoque' al conocimiento del presente asunto, se acuerda en conformidad, en vista, que en reunión del 10/04/2013, la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, aprobó el traslado de la abg. Evelyn Katherine Beltran Zerpa, al Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, y en la misma fecha, fui trasladado del Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Aragua y designado como Juez de éste Tribunal, tomando posesión del mismo el 26/04/2013, previa juramentación por ante la Rectoría del estado Barinas, en la misma fecha; en consecuencia, me aboco al conocimiento del presente asunto, y visto que la parte oponente, Asociación de Cooperativa “BRISAS DEL RIO LA ACEQUIA” en la persona de la ciudadana: MARTA MARIA BARRIOS, ya se encuentra notificada, se ordena la notificación a la parte solicitante y/o de su(s) apoderado(s), informándole(s) que una vez que conste en autos la notificación y transcurridos los diez (10) días de Despacho previstos en el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, comenzará a correr el lapso previsto en el artículo 90 eiusdem, y vencido el mismo sin que las partes hubieran hecho uso de tal derecho, comenzarán a correr los lapsos correspondientes. Líbrese boleta.
El Juez,
LEONARDO JIMÉNEZ MALDONADO.
La Secretaria,
ELIANA JIMÉNEZ MEZA.
En esta misma fecha, se cumplió con lo ordenado en el auto anterior, conste.

La Secretaria,
ELIANA JIMÉNEZ MEZA.
Exp. 5332-11
LJM/EJ/GB.