REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA

Socopó, 24 de Mayo de 2.013.
203º y 154º

Vista la diligencia del 21/05/2013, suscrita por el ciudadano: YOBANY PEREZ BELANDRIA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-13.831.787, asistido en este acto por el abogado en ejercicio: ADRIÁN YOBANNY ZAPATA LOZANO, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 135.223, asimismo, vista la diligencia del 22/05/2013, suscrita por el abogado en ejercicio: CESAR ALEXIS CÁRDENAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.368.929, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 173.211, quien actúa como Apoderado Judicial de los ciudadanos: FERNANDO ARTURO TORRES PEÑALOZA, NEPTALÍ TORRES PEÑALOZA Y EDGAR ALTUVE TORRES PEÑALOZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-9.184.742, V-4.544.624 y V-4.956.215, respectivamente, (parte demandada), mediante la cual solicitan 'me avoque' al conocimiento del presente asunto, se acuerda en conformidad, en vista, que en reunión del 10/04/2013, la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, aprobó el traslado de la abg. Evelyn Katherine Beltrán Zerpa, al Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, y en la misma fecha, fui trasladado del Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Aragua y designado como Juez de éste Tribunal, tomando posesión del mismo el 26/04/2013, previa juramentación por ante la Rectoría del estado Barinas, en la misma fecha; en consecuencia, me aboco al conocimiento del presente asunto, y visto que las partes se encuentran notificadas; es motivo por el cual, se advierte a las mismas que a partir del día de despacho siguiente al presente auto, comenzará a transcurrir los diez (10) días de Despacho ha que se refiere el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, y vencido el mismo, se dejará transcurrir el lapso previsto en el artículo 90 eiusdem, asimismo, vencidos los anteriores lapsos sin que las partes hicieran uso de tal derecho, comenzaran a transcurrir los lapsos correspondientes.
El Juez,
LEONARDO JIMÉNEZ MALDONADO.

La Secretaria,
ELIANA JIMÉNEZ MEZA.
Exp: 0.015-12.
LJM/ejm/ca.