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REPUBLlCA BOLlVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y SUSTANCIACIÓN
Barinas, 22 de Mayo de 2013.-
2030 Y 1540
Por recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito en
fecha 14/05/2013, diligencia en la cual la ciudadana MARIA GABRIELA SANCHEZ GUERRERO,
venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.- 23.038.208, asistida en este
acto por la abogado KALlDIA SANT ANDER BALOA, titular de la cedula de identidad N° V.-
10.669.830, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 58.482, Defensora Pública Primera con
Competencia en Materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, expuso: "Por cuanto cumplí
la mayoría de edad, solicito respetuosamente se me entreguen los haberes que me corresponden y
el cese de la causa. Consigno copia de mi cédula de identidad". Se acuerda agregar. Hechas las
verificaciones sobre su mayoridad y por cuanto no existe ningún otro beneficiario en la presente
causa. Se ordena: PRIMERO: La entrega total de los haberes que están bajo la administración de
Tribunal a la ciudadana MARIA GABRIELA SANCHEZ GUERRERO, venezolana, mayor de edad,
titular de la cedula de identidad N° V.- 23.038.208 y la Cancelación de la respectiva cuenta de
ahorros. SEGUNDO:El Cese del Procedimiento y el Archivo del Expediente. En consecuencia, se
acuerda PRIMERO: Oficiar al Gerente del Banco Bicentenario Agencia Barinas 013, a los fines de
solicitarle se sirva emitir Cheque de Gerencia a nombre de la ciudadana MARIA GABRIELA
SANCHEZ GUERRERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.-
23.038.208, por el total del saldo actualizado a la fecha de la Cuenta de Ahorros signada con N°
0175-0013-99-0010165865,la cual esta a nombre de este Tribunal y de MARIA GABRIELA
SANCHEZ GUERRERO Y CANCELAR DICHA CUENTA, por haber alcanzado su mayoridad.
SEGUNDO: EL CESE DEL PROCEDIMIENTO Y EL ARCHIVO DEL EXPEDIENTE. Líbrese Oficio.
Diarícese y Cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la Juez Segunda de Primera Instancia de
Mediación y Sustanciación Abg. Eviluz del V. Cabeza F. La Secretaria (fdo.). En esta misma fecha
se libró las copias cerflflcadas de ley. Conste: La Secretaria (fdo.). Sigue firma ilegible. QUIEN
SUSCRIBE: La Secretaria (fdo.) del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y Adolescente de
esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO: Que el anterior traslado es copia fiel y exacta de su
original, cursante al folio ¡
conformidad con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.
Exp. N° TI1-S-2007-007669
EVCF/jt
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