En el día de hoy Veinte (20) de Mayo de Dos Mil Trece, fue presentado a este
Despacho una persona que Juramentada legalmente dijo ser y llamarse como queda
escrito: DANNUBY DEL PILAR CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la
cédula de identidad personal N° V.-14.550.668, domiciliada en la Población de
Libertad, Municipio Rojas del Estado Barinas, Barrio la Arboleda, Calle Araguaney
con Roble, Casa N° 75 Y hábil quien impuesto del motivo de su comparecencia y de
las disposiciones de la Ley, relativas a la inhabilidad de testigos manifestó poder
declarar y leídoles los particulares de la solicitud contesto con respecto al particular.
PRI.fy1ERO: Si los conozco y me consta que sus hijos SEGUNDO: Si lo conocí, viví
un tiempo en la misma casa con el TERCERO: Si son los únicos y Universales
Herederos CUARTO: Si me consta. Fue todo se leyó y conformes firman. Siguen
firmas ilegibles de la Jueza Tercera de Primera Instancia de Mediación,
Sustanciación y Ejecución, Abog. Dayana Vivas y de la Secretaria. En la misma
fecha se libraron las copias certificadas de Ley. Conste: La secretaria. QUIEN
SUSCRIBE La Secretaria del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
de esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO que el anterior traslado es copia fiel y
exacta de su original, Cursante al folio __ del Expediente MD11-J-2013-000354,
certificación que se hace de conformidad con el artículo 112 del Código de
procedimiento Civil. .
En el día de hoy Veinte (20) de Mayo de Dos M¡ATik~,e,'<;ft~é'~~re~~~JaJo a' este
Despacho una persona que Juramentada legalmente\~.ij~.ie.r y HaTIfaFS~:~cOr,t,o queda
escrito: YESSICA CAROLINA NIETO CASTILLO, vené,~,ojáó.~, mayo«s:e,~'e~ad, titular
de la cédula 'de identidad 'personal N° V.-17.290.883, dÓFQ)fl1~(lj:a;~~Q::tªjPoblación de
Libertad, Municipio Rojas del Estado Barinas, Barrio la ArlJdle&f~e:gne Los Robles,
Casa N° 02, Y hábil quien impuesto del motivo de su comparecencia y de las
disposiciones de la Ley, relativas a la inhabilidad de testigos manifestó poder
declarar y leídoles los particulares de la solicitud contesto con respecto al particular,
PRIMERO: Si los conozco y me consta que son sus hijos SEGUNDO: Si lo conocí.
TE'RCERO: Si me consta. CUARTO: Si me consta. Fue todo se leyó y.conforrnes
firma:~guen firmas ileqibles de la Jueza Tercera de Primera Instancia de
Mediación, Sustanciación y Ejecución, Abog. Dayana Vivas y de la Secretaria. En la
misma fecha se libraron las copias certificadas de Ley. Conste: La secretaria. QUIEN
SUSCRIBE La Secretaria del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
de esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO que el anterior traslado es copia fiel y
exacta de SL,I original, Cursante al folio _, _ del Expediente MD11-J-2013-000354,
certificación que se hace de conformidad con el artículo 112 del Código de
procedimiento Civil.
Exp. MD11-J-2013-000354
DVG/deyci.-
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