CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOI ESCENTE DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACION.
BARINAS, 12 de Noviembre de 2013
203 º y 154 º
Expediente: MD11-V-2013-000513
Acta de Sesión de Mediación de la Audiencia Preliminar/Desistimiento Legal
Siendo hoy 12-11-2013 a las (9:00 a.m.) Día y hora señalados para que tenga lugar la Fase de Mediación de la Audiencia Preliminar, en la presente causa de REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, se anunció dicho acto por el alguacilazgo de este Tribunal, no compareció el accionante ciudadano ANGEL IGNACIO BUITRAGO MORON, titular de la cedula de identidad Nº V- 16.189.639 ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, no se presentó la accionada ciudadana KLEHINYS ALEXANDRA PAREDES CONTRERAS, titular de la cedula de identidad Nº 15.672.998 ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno padres de la niña Kleangelys Gabriela Buitrago Paredes de 7 años de edad. En consecuencia de conformidad con el artículo 472 lopnna. Que reza: "Si la parte demandante no comparece personalmente o mediante apoderado o apoderada sin causa justificada a la fase de mediación de la audiencia preliminar se considera desistido el procedimiento., se termina el proceso mediante sentencia oral que se reducirá en un acta y debe publicarse en el mismo día. Este desistimiento extingue la instancia, pero la parte demandante no podrá volver a presentar su demanda antes que transcurra un mes. No se considerará como comparecencia la presencia del apoderado o apoderada en aquellas causas en las cuales la ley ordena la presencia personal de las partes. Subrayado y resaltado nuestro). Resulta forzoso en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declarar desistida la misma. Y así se decide.
Juez Tercera de Primera Instancia de
Mediación, Sustanciación y Ejecución. La Secretaria.
Abg. Dayana Vivas Guiza.
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