CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE
MEDIACIÓN, SUSTANCIACION Y EJECUCION.

Barinas 13 de Noviembre de 2013.
203 ° y 154 °

Vista la celebración de la audiencia de Jurisdicción Voluntaria de fecha 28/10/2013, cursante al folio 07, en la solicitud de CURATELA, presentada por la ciudadana FABIOLA CAROLINA MORENO MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V.-17.376.665, en su condición de madre y representante legal de la niña KEILA PAOLA POLACRE MORENO, de 08 años de edad, asistida en este acto por la Defensora Pública Quinta, ABOG. MARISOL D' AMIGO, y vista la comparecencia de los ciudadanos FABIOLA CAROLINA MORENO MARQUEZ y ALI ALEXIS POLACRE, C.I NROS V-17.376.665 y V.-11.243.977, respectivamente, padres biológicos de la niña de autos y la ciudadana HELIDE HERMINIA HERNANDEZ JEREZ, C.I N° V-3.914.139, como postulada para ejercer el cargo de Curador Ad-Hoc, así como la Defensora Pública, en la cual la solicitante expone las circunstancias por las cuales realiza tal pedimento, este Tribunal para proveer analiza los recaudos presentados por la parte solicitante de manera cuidadosa, y determina que están llenos los extremos de ley, toda vez que en la audiencia de jurisdicción voluntaria, las partes manifestaron su aceptación, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en uso de sus facultades legales, de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, acuerda discernir en la ciudadana HELIDE HERMINIA HERNANDEZ JEREZ, C.I N° V¬3.914.139, el cargo de CURADOR AD-HOC a los fines de que resguarde los derechos de la niña KEILA PAOLA POLACRE MORENO, de 08 años de edad. Expídanse copias certificadas y la devolución de los originales que cursan en autos, corriendo dicho importe a cargo del solicitante. Y ASI SE DECIDE. Diarícese y Cúmplase.

Juez Tercera de Primera Instancia de
Mediación, Sustanciación y Ejecución
Abog. Dayana Vivas Guiza

La Secretaria.

En La misma fecha se cumplió lo ordenado, conste:

La Secretaria.


Exp. N° MD11-J-2013-000747
DVG/deyci.-