REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Circuito Judicial Penal con Competencia en DVM Tribunales de Primera Instancia en funciones de Juicio, Edo Barinas.
Barinas, 25 de noviembre de 2013
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2012-020847
ASUNTO : EP01-P-2012-020847

SENTENCIA ABSOLUTORIA


JUEZA: ABG. IRLENY ELIZABETH TOLEDO RODRIGUEZ

SECRETARIO: ABG. ENRIQUE CHALBAUD

VICTIMA: Violeta Del Carmen Villafañe de Martínez.

ACUSADOR: Fiscal Décimo Séptimo del Ministerio Público, Abg. Carlos Miguel Ramírez.

QUERELLANTES: Abg. Cesar Quiroz Sepúlveda y Abg. Gerardo Uzcategui Tazzo.

ACUSADO: FRANCISCO JAVIER CONTRERAS RAMIREZ, Venezolano, titular de la cédula de identidad V- 9.660.566, Nacido en Maracay Estado Aragua, de 41 años de edad Fecha de nacimiento 03/09/1.971, hijo de Julia de Contreras (V) y de José Contreras (V), de ocupación u oficio Coordinador Regional del Instituto Geográfico de Venezuela Simon Bolívar, residenciado: Barrio La Candelaria, Callejón San José, 52-81 teléfono 0273-552.59.30/0426-517.12.35. Barinas Estado Barinas.

DELITO: ACOSO U HOSTIGAMIENTO, previsto y sancionado en el Artículo 40 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Corresponde a este Tribunal publicar el texto integro de la Sentencia Definitiva recaída en el presente Asunto, cuya parte dispositiva fue leída en Audiencia oral y pública realizada en fecha 23 de octubre de 2.013, en presencia de todas las partes intervinientes, conforme a lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y fijada su publicación dentro de los Cinco (05) días hábiles siguientes al pronunciamiento de la dispositiva a tenor del contenido de la parte in fine del artículo 107 ejusdem, esta instancia procede a hacerlo en los términos que se indican a continuación:

PUBLICIDAD EN EL DEBATE

Conforme a lo dispuesto en el artículo 8 numeral 7 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, el juicio debe ser público, salvo que a solicitud de la Mujer Víctima de Violencia el tribunal decida que éste se celebre total o parcialmente a puerta cerrada, debiendo informársele previa y oportunamente a la mujer que puede hacer uso de ese derecho. Este principio se encuentra desarrollado en similares términos en el artículo 106 de la Ley Orgánica Especial, cuando dispone textualmente: “…El debate será oral y público, pudiendo el juez o jueza decidir efectuarlo, total o parcialmente a puerta cerrada, previa solicitud de la víctima. El juez o la jueza deberá informar a la víctima de este derecho antes del inicio del acto…”.Al momento de dar inicio el debate encontrándose presente la victima, fue impuesta de este derecho y la misma manifestó: “Deseo que el juicio se haga de manera Pública”. El Tribunal oído lo expuesto por la víctima, estima que lo procedente y ajustado a derecho, se ordenó que el Juicio se celebrara en su totalidad de manera Pública, conforme a lo dispuesto en el artículo 106 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y atendiendo a un parámetro objetivo como lo es el contenido en el artículo 316 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 64 de la Ley Orgánica Especial.

ENUNCIACION DE LOS HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS
QUE HAN SIDO OBJETO DEL JUICIO

Celebrada la audiencia del Juicio Oral y Público, el hecho objeto del debate tal como lo expuso el Dr. Carlos Miguel Ramírez, Fiscal Décimo Séptimo del Ministerio Público del Estado Barinas, fue el siguiente:

“En fecha 21 de Octubre del año 2011, la ciudadana VIOLETA DEL CARMEN VILLAFAÑE, comparece ante ese despacho fiscal y mediante escrito de denuncia en contra del ciudadano FRANCISCO JAVIER CONTRERAS RAMIREZ, manifestó: Desde el mes de mayo del presente año y en forma sistemática, y en reiteradas oportunidades he venido siendo objeto de un trato vejatorio y humillante por parte del ciudadano FRANCISCO JAVIER CONTRERAS RAMIREZ, quien se desempeña como Representante del Instituto Geográfico de Venezuela Simon Bolívar sede Barinas; en un principio al dirigirse a la ciudadana Violeta Villafañe quien es trabajadora de ese instituto desde hace varios años, según lo manifestado por la misma, lo hacia en tono de voz alto, y con palabras no consónas con las que debe darse el ambiente de trabajo, para dar un ejemplo.. “Usted es una persona muy problemática, mejor váyase para su casa, no venga mas a trabajar, para mi es mejor así…”, y así como en este caso, en otras oportunidades al dirigirse a ella, lo hacia con voz alta y de una manera amenazante delante de otras personas, incluso de personas que se encontraban realizando las obras de remodelación.”…

El anterior hecho lo calificó el Fiscal del Ministerio Público por la comisión del delito de ACOSO U HOSTIGAMIENTO, previsto y sancionado en el Artículo 40 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

CIRCUNSTANCIAS OBJETO DEL DEBATE

En cuanto a las circunstancias objeto del debate consta que el día 16-07-2013 se dio inicio a la Audiencia del Juicio Oral y Pública, en la causa seguida al acusado FRANCISCO JAVIER CONTRERAS RAMIREZ.

Constituido el Tribunal de Juicio Unipersonal se declaró expresamente abierto el debate oral y público, tal como lo prevé el segundo aparte del artículo 106 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, encontrándose todas las partes necesarias, el Tribunal advierte a las partes sobre la importancia y el significado del acto; así mismo informa a las partes le obligación establecida el artículo 317 del Código Orgánico Procesal Penal, y según jurisprudencia de la Sala de Casación Constitucional, de fecha 05-08-05, expediente Nº 05-572, Sentencia N° 2501, el cual durante el Juicio debe efectuarse el registro de lo acontecido, mediante un medio de reproducción que de no hacerse podría quebrantarse una forma sustancial de su celebración, se procede en este acto por no disponer la Jueza de los instrumentos adecuados para registrar el debate, acordar el registro mediante el acta que redacta el secretario, con la inmediación de la Jueza, donde las partes podrán solicitar al tribunal se deje constancia de alguna circunstancia de relevancia. Acto seguido la Jueza pregunta a las partes si tienen alguna objeción para que conozca del presente Juicio, no habiendo objeción por las partes, sigue conociendo la jueza.

Se le concedió el derecho de palabra al Fiscal Décimo Séptimo del Ministerio Público del Estado Barinas Dr. Carlos Miguel Ramírez para que expusiera su acusación, así lo hizo ratificando en toda y cada una de sus partes la acusación presentada en su oportunidad legal del presente asunto, y expone las circunstancias de modo tiempo y lugar en que ocurrieron los hechos. Así mismo ratificó los medios de prueba testimoniales y documentales, que fueron admitidos junto con la acusación en su oportunidad por ser los mismos útiles, necesarios y pertinentes para el debate oral, tanto documentales como testimoniales explicando cada una de ellas en este acto; solicita la apertura de juicio oral y publico por último solicitó el enjuiciamiento público del acusado Francisco Javier Contreras Ramírez, Venezolano, titular de la cédula de identidad 9.660.566, por la presunta comisión del delito de Acoso U Hostigamiento, previsto y sancionado en el artículo 40 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, respectivamente, en perjuicio Violeta Del Carmen Villlafañe De Martínez, de probar la responsabilidad del acusado esta representación fiscal solicita la respectiva condena del mismo por la comisión de los hechos ya narrados; se reserva el derecho de ampliar o modificar la acusación si en el transcurso del debate se presentara necesario de conformidad con el Artículo 334 del COPP. Solicito que se escuche al Querellante y se pronuncie el tribunal a la Querella interpuesta por el Mismo. Es todo”.

Seguidamente el Tribunal le concede la palabra al Abogado Querellante Cesar Quiroz: Buenas tardes, en mi condición de querellante apoderado de la victima, tomando en consideración que se encuentra en su oportunidad de conformidad con el articulo 106 de la Ley especial, oída la exposición del Ministerio Público, estoy de acuerdo en la acusación presentada por el mismo, pero ratifico escrito acusatorio particular propia, la cual fue admitida en Control en su oportunidad legal, gran cantidad de elementos se corresponde a la acusación fiscal, solo aclarare sobre los nuevos elementos promovidos por la parte querellante, explanó las circunstancias de modo tiempo y lugar de manera detallada, por las cuales la victima denuncio al hoy acusado estas circunstancias desarrollaron una afectación emocional que no le permitía desenvolverse de manera normal en su esfera laboral, ella era cuentadante en el instituto, ella se negó a firmar unos gastos injustificados, lo que genero en el acusado una actitud negativa hacia ella, quería hacerla a un lado, todo esto se probara en el desarrollo del debate, tenemos el acta de denuncia, informe psicológico, informe psiquiátrico, el cual diagnostica episodio depresivo actas de entrevistas en general todas las pruebas admitidas en su oportunidad legal las ratifico en esta oportunidad, por lo que hay elementos de convicción para enjuiciar al acusado y probar el tipo penal, Acoso U Hostigamiento, previsto y sancionado en el artículo 40 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en el auto de apertura a juicio no menciono unas pruebas testimoniales, pero al ser admitida totalmente la acusación se toma los medios de prueba, por lo que solicito que se evacuen en el transcurso del juicio, solicito el Enjuiciamiento del ciudadano Francisco Javier Contreras Ramírez, Venezolano, titular de la cédula de identidad 9.660.566, por la presunta comisión del delito de Acoso U Hostigamiento, previsto y sancionado en el artículo 40 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, respectivamente, en perjuicio Violeta Del Carmen Villlafañe De Martínez por cuanto una vez examinados lo elementos de convicción, se pruebe y se condene al acusado. Es todo”.

Posteriormente el Tribunal le concede la palabra al Defensor Privado Abg. Rafael Mitilo Véliz, quien expone: Buenos tardes a todos los presentes oída la exposición del Ministerio público y al querellante, esta defensa imagina que la discusión que se dará en este juicio, la Ley especial busca a enaltecer ala mujer en su condición en el área laboral, no se puede tergiversar la Ley, al oírlos creemos que nos conduce a la anarquía en la administración pública y la empresa privada, supuestamente mi defendido produjo trastornos en la supuesta victima, aquí no se ha probado nada, en el transcurso del debate demostrará una por una las evidencias, las cuales se derrumbaran, mi defendido, practica el cristianismo desde la adolescencia, la conducta de mi defendido, no se ajusta a lo manifestado por el Ministerio Público y el querellante, adquiere el compromiso de desvirtuar lo referido por el Ministerio Público y el querellante, rechazo niego y contradigo los escritos acusatorios, manifiesto al Tribunal que mi defendido, se declara inocente y en el trascurso del Debate Oral y Público por la inmediación de las partes se lograra comprobar la inocencia de mi defendido, ratificó los medios de prueba testimoniales y documentales, que fueron admitidos en su oportunidad legal, no me opongo a las pruebas que el querellante dijo se omitieron en el Tribunal de Control, por el contrario la verdad es la única prueba, estoy seguro que una vez evacuadas todas las pruebas la Sentencia será Absolutoria. Es todo.

Acto seguido el Tribunal toma la palabra y procede a imponer al Acusado Francisco Javier Contreras Ramírez, de los hechos objeto de este proceso y en los que se fundamenta la acusación fiscal; de conformidad con lo establecido en el artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal, procedió a explicarle los derechos al acusado, previstos en el citado articulo, en el artículo 49 numeral 5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el artículo 127 y 133 del Código Orgánico Procesal Penal, explicándole con palabras clara y sencillas el hecho que se le atribuye, advirtiéndole que puede abstenerse de declarar, declarar total o parcialmente, sin que su silencio lo perjudique, con su declaración puede desvirtuar lo expuesto por el Fiscal del Ministerio Público, si decide o no declarar, esto no significa que deba interpretarse como una aptitud culpable, o que admita con su silencio los hechos que la fiscal expuso en esta audiencia, pues su declaración debe utilizarse única y exclusivamente como mecanismo para su defensa; asimismo se le explica lo relacionado con la el Principio de Presunción de Inocencia contenido en el artículo 08 ejusdem, el contenido del artículo 49 ordinales 2do y 5to de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Finalmente, se le informó que existe un Procedimiento Especial de Admisión de los Hechos, previsto en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, que le da la oportunidad de admitir los hechos y obtener una rebaja en la pena a imponer. Se le interrogó acerca de sus datos personales, a los fines de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 128 y 129, ambos de la ley adjetiva penal, a lo que respondió ser y llamarse Francisco Javier Contreras Ramírez, Venezolano, titular de la cédula de identidad 9.660.566, Nacido en Maracay Estado Aragua, de 41 años de edad Fecha de nacimiento 03/09/71, hijo de Julia de Contreras (V) y de José Contreras (V), de ocupación u oficio Coordinador Regional Del Instituto Geográfico De Venezuela Simon Bolívar, residenciado: Barrio La Candelaria, callejón San José,52-81 teléfono 0273/5525930-0426/5171235 Barinas Estado Barinas. Manifestando libre de juramento, coacción y apremio, lo siguiente: “Me acojo al precepto Constitucional No declaro en este Momento, no admito hechos. Es todo.

En el desarrollo de la Audiencia de Juicio manifestó: “Querer declarar”, lo cual le fue concedido en la oportunidad que lo solicitó, manifestando lo siguiente: El Instituto Geográfico es el ente rector en catastro, facilita toda la información del territorio, ingrese en el año 2007, fui nombrado en el 2009 como coordinador regional, llevo toda la coordinación, en cuanto al funcionamiento de la oficina, entiéndase con la gobernación, alcaldía, básicamente sobre la información del territorio, la cual se encontraba en abandono, ratifico en este tribunal que el sol y la luna resplandece, así como la verdad, nunca jamás en la vida he maltratado ni maltratare a una mujer, vengo de una mujer, puesto que la mujer es dadora de vida, pues ratifico mi declaración desde el inicio del proceso. Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de hacer preguntas al Ministerio Público, a lo que el acusado contesto entre otras cosas: ¿Quién era el Coordinador al momento de usted ingresar? R: el geógrafo José Gregorio Mora, solo mes y medio, luego la coordinación se le otorgo al ingeniero Lucio, la relación de trabajo con el era buena, cordial de colaboración, comprensión. ¿Entro como profesional III que significa? R: no es de mi competencia, desconozco, en el manual de cargo dice que tiene la responsabilidad de laborar con el Coordinador, tiene la competencia de relaciones públicas. ¿Elaboro algún proyecto? R: con el Ing. Lucio Díaz, en la Asamblea Legislativa. ¿Qué cargo tenia al momento de ingresar usted la ciudadana Violeta? R: profesional III, estábamos al mismo nivel, intercambiábamos ideas, ella cumplía funciones de administración, se le daba como tarea todo lo referido a los gastos, calculaba a los costos, nunca tuve ningún altercado mientras estábamos trabajando ya declararon testigos al respecto. ¿Cómo le notificaron del cargo de coordinador? R: llego la resolución, la providencia, el Ing. Lucio se incapacito, fue por incapacidad. ¿A partir del 2009 como fue su relación con los empleados? R: siempre fue buena, mucha comprensión, de total entendimiento. ¿Cuál fue el motivo de los memos hacia ella? R: observaciones que no tenían ningún fin sino que ella revisara los procedimientos, fueron dirigidos a la revisión de los procesos para la rendición del fondos. ¿Hubo reclamo de ella que pensara que fuera justificado? R: no, ninguno, incluso usted entrevisto a Wiliberto Ramírez que puede dar fe de ello. ¿Al presentar reposo la ciudadana con certificados de incapacidad, que hablaban de síndrome de Mobbing, que hizo usted? R: enviarlo a talento humano caracas, como dice el manual, jamás solicite le destitución de la ciudadana, no tengo la potestad para ello, en el 2011 creo que en talento estaba la Lic. Maritza, en ningún momento me comunique con ella para solicitarle el despido de la ciudadana Violeta. ¿Ocurrió algún evento fuera de lo común, discusión con la ciudadana Violeta, mientras se remodelaba el instituto? R: en ningún momento, solo yo iba al trabajo de calle, hay pruebas de que se entrego el catastro al Gobernador de portuguesa, yo andaba con la gente de las comunidades, solo regresaba a la oficina para firmar un cheque o para un memo que se necesitara en caracas. ¿Cuándo se reincorporo ella al trabajo? R: Ella solicito una comisión de servicio, la cual se encuentra en estudio, Inpsasel, esta a cargo de eso, cuando ella regresa del año de reposo, se reúne conmigo, me exige la comisión de servicio, no siendo mi competencia hacerlo, eso le compete a talento humano. La primera fase ya concluyo, de hecho no hay recursos asignados para ninguna oficina, si ella desea área administrativa que va a administrar, desconozco como va la investigación de Inpsasel. ¿Se le a aperturado un procedimiento de despido o lo ha solicitado? R: desconozco, jamás. ¿Tiene la ciudadana un lugar asignado actualmente? R: tiene un computador un escritorio. Acto seguido se le concede el derecho de hacer preguntas al Abogado Querellante, Abg. Cesar Alberto Quiroz a lo que el acusado contesto entre otras cosas: ¿Diga quién es la secretaria que elaboraba los Memos? R: yo los elaboraba y mi secretaria Maigualida los transcribía, no se cuantos. ¿Cuántos Memorándum redactó y pasó para que Maritza transcribiera, en el año 2011? R: recuerdo tres (03) memos. ¿Suscribió esos instrumentos originales como jefe? R: Si. Recuerda usted el contenido del Memo de fecha 21/2011, recuerda usted que el memo 070, fue una contestación al descargo que hizo la Lic. Del memo 071. ¿En su rol de jefe recuerda si cumplió con la ley de estatuto de la función pública, cuando emitió y contesto el memo de la Lcda? R: no soy especialista en leyes, pero los memos hablaban del funcionamiento de la oficina. ¿Esos memos fueron redactados y pasados a la Lcda. Violeta, en ese lapso cuando se estaban haciendo remodelaciones al Instituto? R: solamente uno, a finales de Julio, porque los demás tienen fecha de septiembre. ¿Informe si usted tiene conocimiento de un oficio suscrito por el Presidente 26/12/2012, donde el presidente del Instituto informa a la Lcda. Que la comisión de servicio quedaba suspendida? R: Si, para que Inpsasel pudiera actuar. ¿Recuerda la fecha de reincorporación, luego de los reposos médicos en el año 2012? R: finalizando Octubre, se reincorpora, conversa conmigo, haciéndome la exigencia de que le diera la comisión de servicio, yo me comunique con talento humano reporte la reincorporación y enseguida iniciaron los tramites para la misma, ella tenia limitaciones porque lo dice un informe donde los médicos tratantes, decían que le cambiaran las actividades que realizaba, yo envíe eso a Caracas, la respuesta fue que esperara que se le tramitara la comisión de servicio. ¿Volvió ella a su sitio de trabajo al reincorporarse? R: ella hizo tareas sencillas, compaginando documentos, con la Sra. Gloria, Henry Ramírez, además a ella se le ofertó la posibilidad de ir a la sala cartográfica, para que se encargara del sistema, no lo acepto, solo se quedo compaginando documentos, la fiscalía dicto una medida, la cual no podía haber ningún tipo de acercamiento. ¿Ese trabajo que realizaba usted se lo paso por escrito? R: No ella estaba esperando la comisión. ¿Posterior a esa notificación de que no le darían la comisión de servicio porque la aislaron? R: ella nunca ha sido aislada, en ningún momento, se le ha aislado, ni los compañeros tampoco, siempre ha habido trabajo en equipo, compañerismo, me le acercaba en algún momento para explicarle algunas cosas, siempre respetando la medida impuesta por el Ministerio Público. ¿Si ella estuvo en esa área especial, hasta que fecha? R: hasta la Secretaria de Gobierno, el Alcalde se han sentado allí, a trabajar, construir, proponiendo. ¿Al momento de la remodelación cuantos trabajadores había? R: Julio Colmenares, Ramiro Contreras, los cuatro antiguos y un grupo de personas nuevas. ¿La Sra. Dania Viles? R También, con sus limitaciones, yo estaba en Portuguesa, haciendo trabajo de campo, solo venia a firmar un cheque, muy poco solo lo que tarda uno en poner una rúbrica. ¿Cuál era el trabajo del Sr. Luis Nieves y en la remodelación? R: no se que labor cumplían. ¿La Lcda. Violeta manifestó que la descalificaba con frases como bájate de esa nube, no eres inamovible? R: no recuerdo, ya los testigos declararon acá. ¿Recuerda si en la remodelación habían dos objetivos, el cambio de alfombra y adaptarlo al plan nacional de catastro, usted le envío una notificación escrita a la Lcda. sobre ese asunto? R: No. ¿Luego de la remodelación hubo mobiliario nuevo, allí se presentó un inconveniente sobre un escritorio, donde le manifestó a la Lcda. que ese no era su sitio de trabajo que ella no podía hacer lo que le diera la gana? R: había un mobiliario nuevo y un mobiliario recuperado, nunca pudo existir eso porque previamente nos sentamos a decidir en una mesa con mi equipo, ha llegar a un consenso, como iba a quedar la distribución de los ambientes, no había mas que discutir, jamás veje. Ni discutí con la Lcda. ¿Quién era la persona encargada de calcular los viáticos en la sede del instituto? R: antes de irse de reposo la Lcda. Jamás se manejo efectivo. ¿Recuerda usted que en una oportunidad reclamó usted unos viáticos que no tenían el soporte debido? R: nunca, jamás y menos que estuvieran fuera de alcance, incluso respeto a los proveedores, solo coordino al equipo. Para avanzar, lograr objetivos, alcanzar metas. ¿Aparte de usted, existe otra persona que de órdenes? R: viendo la estructura jerárquica, después de mí, los coordinadores técnicos, las decisiones se tomaban en equipo, nos reuníamos para ello, desde el año 2009 no tomo vacaciones. ¿Actualmente cuantos trabajadores permanecen bajo sus ordenes en la sede del Instituto? R: creo que como nueve (09) personas. ¿Indique cuando se inicio y culmino el plan Catastro? R: marzo 2011 y no ha concluido, cerramos la primera parte, el año que viene iniciamos la parte rural. ¿Recuerda usted a Ana Ibarra que hacia en el Instituto? R: Administradora del Plan Nacional de Catastro, finalizo su trabajo el 31/07/2013, al cerrar la primera fase. ¿La Lcda. Ana Ibarra también era la administradora en ausencia de la Lcda. Violeta? R: No, ella era la administradora del Plan Nacional de Catastro, tratamos que hiciera la suplencia pero Caracas lo negó. ¿En ausencia de la Lcda. Violeta, quién asumió el rol de ella? R: nadie, eso duro días solo, a los días ingreso la Administradora del Plan Nacional de catastro, solamente, el instituto no tenia recursos, para ello. ¿Quiere decir que ante una eventualidad, no hay partidas para viáticos? R: cada quién costea de su propio bolsillo. Seguidamente se le concede el derecho de hacer preguntas a la otra parte Querellante Abg. Gerardo Uzctegui Tazzo a lo que el acusado contesto entre otras cosas: ¿Tiene conocimiento de que cursa por Inpsasel una nueva denuncia por Mobbing laboral Acoso? R: la Lcda. dijo acá que no ha concluido la investigación. No tengo conocimiento si cursa nueva denuncia ¿Hizo señalamiento en el memorándum 070, de que hubo negligencia en el trabajo de la Lcda.? R: yo redacte el memorándum con accesoria de talento humano y consultoría jurídica, ellos deben herramientas para la elaboración de los memorándum. ¿Qué lapso tiene el patrón o el supervisor una vez que el amonestado le da respuesta a la amonestación? R: No se a que se refiere con su pregunta, yo el primer memo, hice una amonestación, no hay maltrato, no hay vejación, mucho respeto, hice observaciones en cuanto al rendimiento del fondo de funcionamiento. ¿Usted levanta un acta de un supuesto presunto memo 109 de fecha 21/09/2012, un mes después levanta un acta sin estar presente ella? R: porque estaba de reposo. ¿Sabe el significado de una persona misógina? R: No. ¿Por qué razón no le emitió usted un acto administrativo circunstanciado y motivado, como rige la Ley de la Función Pública, al no darle respuesta al memo 109? R: porque no tengo ninguna mala intensión con mis compañeros de trabajo, no era la intención que la despidiera, solo observaciones, que se hiciera una revisión del fondo de funcionamiento. ¿Por qué no le emitió acto administrativo por el memo 170? R: yo consulte con talento humano, he hice la transcripción del documento, no había mala intención. ¿Todos los memos enviados fueron respondidos contundentemente, porque le envío un nuevo memo `por el mismo tema? R: le hago sugerencia que sigo observando, que el procedimiento, no esta cónsono a la realidad que llevábamos adelante. ¿No cree usted que una persona negligente y en esas condiciones despreciativas, no merecen que usted le hubiere hecho el procedimiento que le corresponde? R: jamás me he referido de esa manera despectiva, ni con ninguna otra persona, no tengo porque la Lcda. No hacia su trabajo bien, solo porque aumento el volumen de trabajo, quería que todos estuviéramos al mismo ritmo de trabajo, pero en ningún momento, me he referido mal de la compañera Violeta Villafañe, es mas éramos y seguimos siendo una familia, de manera de comentario, al momento de venir alguien de caracas, se quería quedar por la excelente relación de trabajo, si esas personas dijeron eso no se porque lo dirían. ¿La Lcda. desde que usted no tiene ningún memo ni amonestación antes de su asenso cual fue el motivo al momento de iniciar el Plan Nacional de catastro? R: No había discordia, incluso el Instituto paso a cumplir una importante función pública para el estado, creció el trabajo, aunque esto no perjudico las relaciones, entendíamos que somos seres humanos, había un gran compromiso. ¿Antes de mayo 2011 que presupuesto manejaba el instituto? R: muy mínimo, a punto de cerrar la oficina estuvimos, solo existían dos (02) Regiones Barinas y Zulia, una pequeña oficina en Carabobo. ¿Los viáticos se solicitaron cuando aumento el presupuesto? R: cuando había viático se solicitaban, si no de nuestro propio peculio, en esa época el único que salía era yo, dando charlas en los municipios auspiciado por el INE, demostrando la importancia de conocer su territorio. Se le concede el derecho de hacer preguntas a la defensa Abg. Rafael Mitilo Veliz, el acusado entre otras cosas respondió: ¿Quién ordeno el Plan nacional de catastro? R: el presidente de la República Hugo Rafael Chávez. ¿Si le tocara definir que es el plan nacional de catastro? R: instrumento que le permitió al estado Venezolano la articulación de los entes relacionados de una u otra manera a la necesidad cartográfica, es el inventario o radiografía para poder saber, que tengo, que necesito y como implemento las soluciones, para las necesidades ¿Cuándo se incremento el volumen de trabajadores solo se debió al plan? R: si ¿Qué hace Fanny Avilez? R: es la de servicios generales, pero atiende al personal, excelente ¿que opinión tiene de Maigualida? R: muy buena tiene nueve años siendo la secretaria de coordinación. ¿Qué opinión tiene de la Lcda. Violeta? R: excelente persona, profesionalmente bien, somos una familia pequeña. ¿Qué opina de lo que dijeron los pintores y trabajadores de la remodelación? R: no se porque dijeron eso yo soy muy respetuoso con el personal, todos, solo por respeto a las leyes. Se le concede el derecho de hacer preguntas a la defensa, Abg. Susana Gamboa el acusado entre otras cosas respondió ¿Recuerda usted la situación a la que la Lcda. Violeta fue enviada a Caracas? R: si me solicitaron que la Lcda. Fuera a caracas para ser evaluada por el Seguro social. ¿La comisión evaluadora del Instituto del seguro social, le solicito al Dr. Que estaba viendo a la Lcda. Que no la viera? R: no, ella presento un 3% de incapacidad, por lo que tenia que incorporarse, cosa que no hizo. ¿Envío usted oficio solicitando que el Dr. No viera más a la Lcda? R: No. ¿Sabe usted porque la Lcda. se encuentra esperando algo en el instituto? R: cuando se reincorporo llame a talento humano, me dijeron que le suministrara el numero telefónico para que la Lcda. se comunicara con ellos, no tengo conocimiento de lo que ha sucedido desde entonces. Es todo. El Tribunal Pregunta a lo que el acusado contesto transcribió, en el año 2011 entre otras cosas. ¿Explique como era el instituto antes de que se aplicara el Plan nacional de catastro y luego del plan? R: ya el instituto lo iban a liquidar, me reuní con el equipo, les dije que era el sostén de nuestras familias, que trabajáramos hicimos un gran esfuerzo, yo iba haciendo una delimitación de los consejos comunales, empezamos a darle vida al Plan Nacional de catastro, el consejo federal de gobierno decide inyectarle dinero. ¿En el antes laboraban 4 personas, que funciones desempeñaban? R: Maigualida, Administrativa, Lcda. Violeta Profesional III, funciones administrativas, la Sra., Fanny, funciones generales, preparaba el café, yo como coordinador. ¿Qué funciones cumplía la Lcda? R: no se hacia nada, solo cumplir horario, no se manejaba recursos, en un tiempo, cuando había recursos lo poco que alcanzaba de viáticos y pago de agua potable e hidroandes. ¿Quién paga la nomina? R: Caracas. ¿Existe o no un cargo de Administradora? R: dentro de los manuales de cargo las funciones administrativas se lleva por un geógrafo, es muy poco el recurso que se maneja. ¿Qué procedimiento se le sigue a un trabajador que incumple las funciones? R: enviamos a Caracas, talento humano, nos orientan como debe ser la proporción. ¿Cuenta el instituto con un manual de desempeño de funciones? R: Si, eso es correcto. ¿Al ausentarse quién quedaba encargado de la oficina? R: nadie, yo regresaba si había algo que requiriera mi firma, un cheque un memorándum. ¿Al culminar la primera fase quién lleva la parte administrativa? R: nadie, no hay recursos. ¿Durante el año de reposo de la Lcda. Tuvo usted un contacto telefónico o a través de terceros con la Lcda. Violeta? R: No en ningún momento. ¿Recuerda que funciones tiene el profesional III, dentro del Instituto según el manual? R: elaborar proyectos y propuestas, dar talleres a todo público, instituciones, al Poder popular, brindar asesoramiento a las personas que van a la oficina, visitas guiadas, asistir técnicamente a las alcaldías de los Municipios, brindarle todo el apoyo al Coordinador funcional. ¿Cómo quedo el puesto de trabajo de la Lcda. Violeta? R: cada quién colaboro con el diseño, todo quedo en una sola área. ¿Considera usted que la Lcda. Violeta es una persona problemática? R: No, de hecho compartimos mucho, antes de la medida de protección, la llevaba a terapia. ¿Considera la denuncia realizada por la Lcda. Se desprende a raíz de los memorándum? R: he tenido inquietudes, no se porque, pero cuando escuche a su esposo al momento que usted le hizo una pregunta, si ella tenia miedo de perder su trabajo, el contesto que si, yo comprendí en ese momento el porque de esta lamentable situación, en el instituto todo el mundo la trata bien, incluso me le acercaba para informarle sobre la comisión de servicio, omitiendo la medida de la Fiscalía, siempre que hubiera otras personas. Es todo.

El tribunal de acuerdo al artículo 321 y 322, en concordancia con el artículo 336 del Código Orgánico Procesal Penal procede con la recepción formal de las pruebas a los efectos de su incorporación en el debate oral, recepcionando las siguientes:

DECLARACIÓN DE LA EXPERTA LICENCIADA ANA LOURDES PARRA MANZANO, haciéndole lectura de los artículos 242 y 245 del Código Penal y se le pregunta si tiene alguno parentesco con el acusado, una vez juramentado e impuesto de las generales de ley se identifico como venezolana, titular de la cedula de identidad V.-8.134.740, Psicóloga adscrita al Ministerio Popular de Salud, en el Ambulatorio de los Pozones, con 28 años de experiencia, de inmediato pasó a declarar el conocimiento que tiene sobre el presente asunto y sobre su actuación en el mismo. En éste orden se deja constancia que por haber sido admitida para ser exhibida a la Experta deponente en este Juicio Oral y Público, consiste en: Informe Psicológico de fecha 25/10/2011, suscrito por ella misma, realizado a la victima Violeta Del Carmen Villlafañe De Martínez que riela en el folio veintiséis 26 de la presente causa, para que reconozca el contenido y firma, inmediatamente manifiesta que reconoce el contenido y firma y procede a incorporar por su lectura. Comentarios y sugerencias: Persona sin trastorno de personalidad, colaboradora y atenta, presenta el síndrome de Mobbing, por parte de su jefe, lo cual le produce depresión, ansiedad, angustia, hipertensión problemas físicos, deteriorando su calidad de vida, es sostén económico de su familia actualmente se encuentra en crisis con depresión y puede producir un trastorno emocional permanente en ella de continuar esta situación. Se sugiere seguir con Psicoterapia, mejora en su ambiente laboral y asesoria legal. Es Todo. Terminada su exposición de seguidas la ciudadana Jueza sede el derecho de palabra al ciudadano Fiscal 17º del Ministerio Público, a los fines de que realice preguntas, a lo que la experta contesto entre otras cosas: ¿Cuál fue el motivo de la consulta? R: depresión y que se sentía muy mal por la situación laboral que presentaba, ¿Qué tratamiento le sugirió? R: que asistiera a la parte psiquiatrita a los fines de que le recetaran medicamento en virtud de yo no estoy facultada para medicar. ¿Qué es Exploración psicológica explique? R: todo sobre el individuo, con su entorno, en cuanto al acoso laboral se trata de un Mobbing, ¿Explique el cuestionario lipf-60? R: consta de una cantidad de preguntas que se realizan, son actividades desde 1989, porque el acoso laboral es nuevo en Venezuela, esta persona hizo un trabajo y lo limito en publicación de contacto visual, las preguntas son sobre como se desenvuelve en la esfera laboral, esto tiene un puntaje, de 1 a 11, en este caso estaba muy alto el LIPF-60, indudablemente, no es fácil, según el relato, de la paciente constante, el Mobbing, tiene que pasar tres meses para poder saber si existe el Mobbing, podemos contactar si la persona esta bajo amenaza de Mobbing, si el puntaje es alto, si la persona solicita el puntaje se le proporciona ¿pudiera estar simulando en este caso al aplicarle la prueba? R: No, en este caso porque se va aplicando después de una serie de sesiones además fue a varias sesiones. ¿Explique el síndrome de Mobbing? R: el acoso es directo entre el jefe y la persona, un cambio de lugar de trabajo, vejaciones, humillación, esto conlleva que la persona padezca depresión ansiedad, problemas físicos, tal como en este caso ¿Ella ha vuelto con usted como tratamiento por la parte pública? R: si ella la estoy tratando actualmente. ¿Durante los 28 años de experiencia ha visto varios casos donde se compruebe el Mobbing? R: desde los años 90, se ve el Mobbing, pero se dejaba pasar, acá en Venezuela, en el años 2000, luego de los avances tecnológicos, empiezan a verse este tipo de conducta, desde hace cinco años se ha acentuado este tipo de acoso, se mantiene y va en aumento, pero no hemos atacado, tenemos a Inpsasel, que es el encargado de revisar este tipo de conducta. ¿En este caso todo lo que ha manifestado a partir de que circunstancia se produjo? R: no recuerdo cual fue el detonante, puede haber muchas situaciones detonantes. ¿Llego a la conclusión de que hubo un acoso laboral o síndrome de Mobbing? R: ¿Con sus años de experiencia se hubiera dado cuenta si la victima estuviera fingiendo? R: si totalmente Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de hacer preguntas al Abogado querellante Gerardo Uzcategui Tazzo, a lo que la experta contesto entre otras cosas: ¿Puede determinar si la paciente acudió por exigencia laboral por estrés? R: todos sufrimos estrés en un momento determinado, pero cuando es reiterativo, constante, donde se empieza a maltratar, vejar, como trabajador, que va en detrimento del trabajador, esto en tres meses, acoso laboral, definitivamente, no acudió por estrés, sino por acoso laboral ¿Puede usted como experta notar cuando una persona puede manipular con una sintomatología completa? R: en el área física no puedo saber, pero en el área psicológica si presento una condición emocional deteriorada, por tanto acoso por parte del jefe, se apartan los compañeros de trabajo por miedo al jefe ¿A que nivel de ansiedad puede llegar una `persona bajo un acoso laboral determinado? R: a la muerte. Es todo. Posteriormente se le concede se le concede el derecho de hacer preguntas al Defensor Privado Abg. Susana Gamboa, a lo que la experta contesto entre otras cosas: ¿Conoció usted de dos solicitudes de comisión de servicio? R: ella dijo que iba a solicitarlas pero no se a donde ¿Ella dijo si había aceptado las comisiones? R: no recuerdo ¿Pregunto usted si fue cambiado de puesto? R: ella dijo que la cambiaron y que estaba aislada de los demás ¿El ministerio público le solicito a usted la valoración, fue usted al sitio laboral, para corroborar el dicho de la victima? R: la idea seria visitar, pero no podía porque primero tenia que bajar los niveles de deterioro emocional, que para mi es mas importante, porque teniendo tendencias, puede producir un infarto, un suicidio, para ese tipo de visitas se encuentra Inpsasel, que tiene la potestad ¿Basto solo el dicho de la victima? R: tenemos que tener las herramientas necesarias, como lo son los test, evaluaciones psicoterapias, no es que basta, yo hice mi estudio psicológico, basándome en la condición que presentaba ¿Le hubiese gustado visitar el sitio de trabajo? R: No porque en un ambiente laboral, se es más fácil ser mentiroso, porque puede aparentar que todo se encuentra perfectamente. ¿Usted podría haber solicitado que fueran los trabajadores a su consulta? R: no puedo obligar a nadie, pero si se puede requerir ¿Tiene consulta privada, la victima asiste a su consulta privada? R: No, ella asiste por la parte pública, continuo viéndola por la fundación pero no cobro ¿Cómo se evalúa el Mobbing? R: se evalúa con los test, el paciente, por tres meses, su parte laboral y su parte interna, lo ideal seria que pudiéramos tener el contacto con las empresas, pudiéramos asistir a Inpsasel, para que ellos conozcan la situación, ellos están facultados para eso, el diagnostico de estos es importantísimo ¿Me puede indicar como seria lo correcto del diagnostico de Inpsasel? R: no puedo saber como es lo correcto de Inpsasel, solo he prestado mi servicio, ellos tienen la facultad para solicitar el apoyo ¿Quiénes son los actores del área laboral? R: la parte mobiliaria, infraestructuras, el personal, estructuras organizacionales, los jefes, esto debe funcionar armónicamente, con las diferencias profesionales, manejándose en un ambiente ecuánime, a los fines de que se desenvuelva armónicamente ¿Pregunto a la paciente si antes tuvo problemas del mismo índole? R: manifestó que era la primera vez, no recuerdo si hablo de antecedentes. ¿La Sra. Violeta fue al nuevo sitio de trabajo? R: ella fue al frente de la Clínica Varyná, le dije que fuera la atendí en mi consultorio privado, porque estaba de permiso en ese momento. El Tribunal realiza Preguntas, a lo que la experta contesto entre otras cosas: ¿Cuál seria el requisito indispensable para que se considere un Mobbing Laboral? R: que el acoso sea por tres meses, luego que el trabajador, presente enfermedades repentinas, inician las ausencias laborales, luego inicia el deterioro emocional, depresión, insomnio, se pierde la calidad de vida. ¿Noto usted alteración en la estabilidad emocional en la paciente? R: crisis de ansiedad eran demasiado altas, por lo que le sugerí que asistiera a la parte psiquiatrica. ¿El organismo actúa como mecanismo de defensa esto seria como un estrés postraumático? R: El organismo actúa de acuerdo a las situaciones, en este caso es una depresión reactiva, porque es constante, en cambio el estrés postraumático, pasa y deja secuelas. ¿Usted como experta podría determinar si la alteración psicológica era producto de la situación laboral o por miedo a perder su trabajo? R: el perder su trabajo no era lo relevante, sino la conducta o el maltrato que su jefe tenia con ella ¿Para que se configure el Mobbing, se diagnostica evaluando a la persona o hacerlo en conjunto, ambiente laboral? R: si el paciente presenta esta situación lo ideal seria acudir a las empresas, para eso esta Inpsasel, que se encarga del estudio en un ambiente laboral. ¿Usted como experta seria determinante evaluando a la persona? R: es determinante evaluando la persona, sin trasladarme al sitio de trabajo. ¿Cuál es el puntaje para determinar el Mobbing? R: del 1 al 11, seria el 4, al sumar los ítems, no recuerdo el resultado. Es todo.

DECLARACION DEL EXPERTO DR. JOSE LUIS ACOSTA GARCIA, se le pregunta si tiene alguno parentesco con el acusado, quien manifestó que no y una vez juramentado e impuesto de las generales de ley se identifico como venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-8.047.469, es Medico Psiquiatra, con 20 años de experiencia como medico y 20 como psiquiatra, labora en el Hospital Luis Razetti y en el Hospital Materno Infantil, seguidamente se le exhibe el informe psiquiátrico realizado a la Victima Violeta Villafañe, en fecha 08/11/2011, que riela en los folios Nº veintisiete (27) y veintiocho (28) de la presente causa, para que reconozca, su contenido y firma, manifestando que es su firma y si es el contenido; posteriormente, se incorpora la presente documental por su lectura. Seguidamente se le concede el derecho de hacer preguntas a la Fiscalía Décima Séptima del Ministerio Público a lo que el experto contesto entre otras cosas: ¿Cuánto tiempo tiene trabajando en estas instituciones? En el hospital 3 y en el materno desde que se inauguro. ¿Recuerda cual fue el motivo de la referencia? La primera vez, ella iba a convalidar un reposo, de un psicólogo, y le dije que yo no podía validar ese reposo, ese día yo vi muy mal a la Sra. Violeta, le dije que fuera al medico psiquiatra, y yo le convalidada ese reposo, allí fue donde empecé a trabajar con ella estaba bastante tocada emocionalmente. ¿Cuanto tiempo usted trato como psiquiatra a la Sra. Violeta? Como un año, yo la empecé a ver como una paciente porque era una paciente bastante afectada. ¿Para que se indique esto medicamentos? El prozac en un antidepresivo y el alprazolam, es el ayuda con el sueño, la depresión es un cuadro conde hay una alteración donde se presenta depresión, puede llegar a perder el interés en el arreglo personal inclusive en el higiene personal, aislamientos. ¿La depresión es una enfermedad mental? La depresión es una enfermedad mental, y puede convertirse en un trastorno psiquiátrico. ¿Qué quiere decir episodio depresivo moderado depresión laboral? Cuando es este caso se hace una revisión a la persona para determinar el trastorno, se buscan antecedentes familiares que expliquen un poco, los problemas familiares y cuando no consigue antecedentes en el paciente buscamos factores desencadenantes y posiblemente lo que le estaba produciendo este malestar era su situación el trabajo. ¿Dice episodio de ansiedad generalizada? Igual que la depresión si no hay antecedentes, la ansiedad es un detonante, cuando hay una situación estresante empiezan a aparecer esos síntomas de ansiedad, los síntomas se van manteniendo por que es un alerta que tiene el organismo como mecanismo de defensa, y es por ellos que se mantiene este síntoma en la paciente. ¿Considera usted que si ella hubiese regresado a su sitio de trabajo ella hubiese empeorado? Si, por eso le di reposo, porque las depresiones tienen un grado de gravedad, es cuando la persona se vuelve loca, en ese estado de la Sra., Violeta, era muy alto, por eso yo le sugerí un cambio en la actividad laboral. ¿Esa depresión que tenia la Sra. Violeta puede afectar otro ámbito? Si todos los hábitos los afecta. ¿Usted realizo a la Sra., Violeta para el momento en que volviera a su sitio de trabajo? Había que tener claro si iba a cambiar su ambiente laboral o su sitio de trabajo. ¿Qué es un síndrome de Mobbing? Es cuando aparecer diferentes síntomas en una persona, por ejemplo ella tenia un síndrome de ansiedad, un síndrome de temor de regresar a su sitio de trabajo, ella estaba siendo alterada por su jefe, en cuanto a su cambio de trabajo, descalificar las actividades que realice, poner en contra al persona, eso es síndrome de Mobbing. ¿Para que haya síndrome de Mobbing puede ocasionarlo una sola persona? Si, lo produce una sola persona, y generalmente esa persona que causa el Mobbing se cuida de que los demás no los vean. ¿Dentro de su experiencia como medico el Mobbing es algo nuevo? Nuevo porque nunca sale ha dada importancia porque siempre ha existido ¿de otras instituciones a referido pacientes con este Síndrome? Si he tenido muchas y no solo con instituciones públicas. ¿Es imprescindible para diagnosticar ese síndrome, ir al sitio de trabajo y hable con los compañeros de trabajo? Uno es clínico, para eso esta semiología ¿Si la Sra. Violeta hubiese cambiado de actividad laboral? Si, porque si ella sale de esa situación es lógico que los síntomas desaparecen. ¿A ella el reposo a ella le servia para mejorar? Si. Es todo. Seguidamente se le concede se le concede el derecho de hacer preguntas a la parte querellante Abg. Cesar Quiroz, a lo que el experto responde entre otras cosas: ¿Me puede indicar la fecha de ese informe medico? En 08/11/12, ¿Cuántas entrevistas le había realizado a la paciente al emitir ese informe? No lo recuerdo, ya había pasado tiempo. ¿Recuerda usted en cuantas oportunidades tuvo usted a la Sra., Violeta para diagnosticarla? Al principio la veía casa 15 días, pero hubo un problema que tuve que interrumpir este procedimiento, porque recibí un oficio de caracas que decía que no podía seguir atendiendo, le dije que yo no podía pero que ella podía ir a otro medico porque es su derecho. ¿Cuándo usted le sugirió a la Sra., Violeta lo hizo porque usted percibo que estaba afectada? Claro ella estaba todavía afectada. ¿Cuándo usted refiere que era objeto de un acoso laborar, usted pudo constatar dicha información clínicamente? Si porque primero no habían antecedente en la paciente y segundo porque era lo que podía desencadenar este detonante, tercero yo valore al esposo y al hijo y través de ellos, pude entender que ellos no estaban afectado, si no que era la Sra. la que estaba trayendo problemas a su casa. ¿Qué realizo? Nosotros realizamos una entrevista, y vimos una materia que se llama semiología allí aprendemos todos los síntomas que se presentan en el paciente y a través de estos síntomas se puede diagnosticar, es por ellos que di ese diagnostico en el informe. ¿En alguna ocasión usted pudo constatar rasgos de mitomanía en la Sra. Violeta? Una paciente con. ¿Esas entrevista que usted realizo cada 15 o 20 días cuanto tiempo duraban? Lo normal de la consulta son 30 a 45 minutos pero con la Sra. Violeta yo duraba hasta una hora o mas. ¿Recuerda cuantas entrevistas u horas dedico usted como medico a la paciente Violeta Villafañe? Supongamos que la vi ocho meses, luego se interrumpió la consulta, seria como 8 entrevistas y si le dedicada una hora aproximadamente serian 8 horas aproximadamente. ¿El Mobbing puede causar la muerte? Es que porque hay diferente síntomas emocionales, estos síntomas sicóticos pueden llevar a suicidio, ven el mundo tan oscuro, no ven respuesta a la situación que están viviendo no buscan ayuda familiar y para ellos la salida es la muerte ¿a que nivel o fase llego ella como paciente? Ella en ningún momento me manifestó que quería morir, pero yo me enfoque más en la parte afectiva, si en algunas ocasiones me manifestó que quería renunciar. ¿Puede existir acoso laboral sin que exista Mobbing laboral? Es difícil que haya una cosa sin que haya la otra. ¿En el caso de la Sra. Violeta que daño o secuelas produjo ese acoso laboral que usted pudo diagnosticar? Daño emocional que de no ser controlado puede llevar a una, un depresión crónica que con el trascurrir de los años puede generar un Alzheimer, daño de salud orgánico debido a que generalmente todas las personas ansiosas sufren de ACB, infartos, yo creo que esos dos son los mas importantes. ¿Usted se entrevisto con el psiquiatra Abilio Marrero para tratar el asunto concerniente a los estudios referente a la Sra. Violeta? No fue una entrevista, trabajamos juntos, y entre nuestras conversaciones salió a relucir el tema de la Sra. Violeta porque era paciente de los dos. ¿El le manifestó sus impresiones de lo que percibía en el análisis de la Sra. Violeta? Aja. ¿Quisiera que me informara las diferencias o los síntomas de la persona neurótica y la persona psicóticos? Neuróticas se llamaba a las paresota que tienen capacidad bromista, que tiene la capacidad de llamar a atención, a los demás y en el caso del hombre gritan echan broma, eso ya desapareció desde el punto de vista psiquiátrico y psicótico, es un síntoma de ideas delirante, todo lo relacionan con la parte religiosa, adema tiene lo que son las alucinaciones que se relacionan con los 5 sentidos. ¿Usted como medico tratante percibió en la Lcda. Violeta algún rasgo psicótico? No, hasta el momento no. ¿Cuándo se entrevistó con el esposo y el hijo de la Lcda. Violeta le informaron sobre alguna depresión de la estabilidad emocional, recreativa de la Sra. Violeta? Si ellos manifestaron los cambios que estaba presentando dentro del hogar, los cambios presentados en la pareja, todos esos cambios los reflejaron. ¿La conducta de es persona acosadora trata de evadir que se obtenga una forma en su contra? Estas personas pueden por lo menos las cosas más fuertes o mas graves la pueden hacer a escondidas de otras personas, lo más comprometedor siempre lo hacen en ausencia de un testigo. ¿Usted manifiesta que recomienda a la paciente un cambio en su sito de trabajo, cual fue el fundamento desde el punto de vista clínico para emir esa sugerencia? Me base en el supuesto foco que estaba presenciando en el ámbito laboral y por eso le sugerí para que trabajara de una manera mas tranquila. ¿El Mobbing laboral puede llevarse a cabo por el acosador a través de memorándum bien sean fundado o infundados? Puede ser, pero generalmente el acusador tiene que ver más con la parte de ignorar, de sacarla de su sitio de trabajo sin que tenga nada que hacer. ¿La Sra. Violeta le manifestó que la habían sacado de su puesto de trabajo y que la había aislado a un mesón? Si, incluso me comento que llegaba, saludaba y nadi el respondía, pedía algo y no se lo daban, pasaba el día llorando o leyendo eso es Mobbing. ¿Eso quiere decir que aun cuando regresa a su sitio de trabajo sigue habiendo mobbing? Si. Es todo. Seguidamente se le concede se le concede el derecho de hacer preguntas a la parte querellante Abg. Gerardo Tazzo, a lo que el experto responde entre otras cosas: ¿El acosador puede tener síntomas psicóticos? El acosador esta al tanto de lo que esta haciendo, debería esta consiente de lo que esta haciendo. Es todo. Seguidamente se le concede se le concede el derecho de hacer preguntas la Defensa Privada Abg. Rafael Mitilo, a lo que el testigo respondió entre otras cosas ¿Qué es síndrome? Es una serio de síntomas clínicos que se presentan en una personas con diferentes patologías, pero como se presentan en una sola persona hacen un síndrome, pasa a ser una enfermedad, una patología ¿Por qué se llama de mobbing? Eso fue escrito por un psicólogo en los años 90, que se puso a trabajar y a investigar sobre los problemas de acoso laboral, pero etimológicamente el significado de la palabra mobbing no se lo sabía decir. ¿Qué es semiológica? Es la ciencia que se encarga de estudia todos los síntomas y signos que nos permiten conocer y orientarnos en la patología y nos permite la exploración en la persona ¿Qué se entiende por síndrome de Diógenes? No lo recuerdo. ¿Y síndrome de Estocolmo? Es de otros países y esta relacionado con la victima que termina aceptando al victimario en todo el daño que le haya a hecho, creo que ese es, es donde en la ciudad de estocombria la victima termina enamorándose del agresor. ¿El tratamiento a un paciente psiquiátrico es el mismo que tiene que hacer un traumatólogo? Por su puesto y no es necesario ser medico pero existen protocolos para todos los problemas, las dos cosas son problemas clínicos, todo es clínica a nivel del ser humano. ¿Usted es experto en mobbing laboral? Que sepa no existe esa especialización pero si he leído mucho porque recibo mucho de eso en mi trabajo. ¿Qué dirá usted si la mayoría de los trabajadores que comparten con la Sra. Violeta, cual seria su diagnostico? Cuando había mobbing no era para todo el personal, sino para una sola persona, son tres tipos de mobbing trabajador, simétrico, cuando es entre compañeros de trabajo jefe trabajador. ¿Conoce usted a la institución denominada Inpsasel? La conozco desde que estudia pero nunca me he acercado a esa empresa, se los objetivos pero directamente no se como funciona. ¿Desconoce que Inpsasel crea los parámetros para determinar el mobbing laboral? Lo desconozco. Es todo. Seguidamente se le concede se le concede el derecho de hacer preguntas la Defensa Privada Abg. Susana Gamboa, a lo que el experto responde entre otras cosas: ¿Desde la primera consulta que estuvo con la Sra. Violeta usted determino el Mobbing Laboral? No. ¿El reposo que se envío del Instituto de los seguros sociales dice que es de fecha 24/10/2012, fecha que usted diagnostico quien lo saco? Ella lleva un reposo. ¿Conoce usted el síndrome de burnett? Lo he leído pero no lo recuerdo. ¿Es posible que suceda que la victima inculpe a una persona sin querer es posible que eso suceda? Se basaba e la clínica medica, tenemos criterios diagnósticos que son las cie10 y el dsm5, en los criterio diagnósticos no aparecen esos síndromes, el síndrome de mobbing no es diagnósticos son categorías que se vas a agregando a ciertas patologías. ¿Es posible fundamentándonos en el síndromes de burnett y pensé que esa patología piense que se lo este ocasionando su jefe? Creo recordar que son síntomas de diferentes patológicos, y en la paciente no hay síntomas así. ¿Cuándo una persona tiene depresión y se retira del agente depresivo puede mejorar? No inmediatamente pero si, puede ser durante un año. ¿Es posible que la Sra. Violeta por la carga de trabajo que tenia le haya generado ansiedad, ella pensó que podía perder su trabajo puede desencadenar la depresión? Todo eso es motivo y causa ansiedad es como tal la patología. ¿Cómo hace el medico para verificar lo que esta contando el paciente es cierto? Uno interroga al paciente con todos sus antecedentes, familiares laborales, inclusive explora patologías diferente, a veces estos problemas pueden desencadenar problemas y luego yo invite a su esposo para corroborar lo que me había dicho y si coincide todo y lo que me queda es el problema laboral allí es donde yo me enfoco, o habían problemas afectivos, emocionales. ¿Pudiese ser el sitio laboral o el patrón el culpable? Hay que indaga de cómo es su empeño laboral, la única persona que ella narraba, era con su jefe, no tenia problemas con sus compañeros de trabajo que la maltrataran verbalmente. ¿La ciudadana le manifestó que tuvo otro problema con su antigua jefe Claritza Carvajal? No me manifestó. ¿Es posible que la Sra. Violeta se siente presionada puede ocasionar que esos síntomas sean detonante? Si es así puede ser que al llegar otra persona, puede ocasionar sensibilidad en ese caso. ¿Los problemas que haya tenido problemas con su anterior pareja puede ser detonante de este problema? No, porque la pareja nada tiene que ver con la relación laboral, son ámbitos muy apartes, si hay un antecedente anterior con otro patrón si pudiese ocasionar este detonante. ¿Eso quiere decir que de acuerdo a los que usted percibió la Sra. Violeta presenta mobbing laboral? Si. Es todo. El tribunal pregunta, a lo que el experto contesta entre otras cosas: ¿Qué significa que una paciente presente episodio reactivo moderado? Hay dos tipos de depresiones la endógena y las exógenas, las endógenas es que la paciente se deprime y no sabe porque y la exógenas es cuando algo le produces algún trastorno. ¿Y moderado? Es depende de los síntomas, moderado ya es llanto fácil, empieza a presentar insomnio, a presenta interés. ¿Qué significa episodio de ansiedad generalizada? Eso es otro problema emocional presenta la paciente, esa molestia de sentirse insegura las taquicardia, a veces temblores en el cuerpo, presentan síntomas orgánicos, pueden haber mareos. ¿Cuáles son las características de un Mobbing laboral? Es cuando existe una persona, que ocasiona maltratos laborales, aislamiento de la persona de su sitio de trabajo evitar el contacto de la persona con sus compañeros de trabajo, reclamar siempre que lo que esta haciendo no esta bien no presta atención a la persona cuando quiere manifestar sus inconvenientes, puede darse malas palabras, amenaza de despido bajarlos de rango o de categorías, descalificar. ¿Cuáles serian las características que presenta una persona agresora? Una apariencia pasiva hacia las demás personas, quieren siempre mantener el estatus superior, porque se sienten amenazados por las demás personas, generalmente hay una alianza en el sitio de trabajo con una persona que el considere que es aliada de el, son envidioso, trogloditas, son personas que tienen tendencia a tratar a otros bien, para no aparentar que es agresor. ¿Esta patología es producto de la situación laboral? Si. ¿La Sra. Violeta le manifestó que se sentía acosa por el Sr. Francisco? Si, ella lo manifestó. ¿En esta situación que usted describe cual fue el problema principal que ella le manifestó? Yo ahorita no recuerdo que fue lo que ella manifestó, ella me comento todo y todo lo plasmo pero no recuerdo ahorita. ¿En el oficio que recibió de Caracas para que no sugiera evaluando a la Sra. Violeta quien se lo envío? Creo que fue del sitio donde ella laboraba, inclusive traía un anexo de donde ella laboraba. ¿Si la Sra. Violeta esta de reposo aproximadamente 6 meses Cesaria estas patología que usted indico? Cuando un problema afectivo, eso se mantiene por mucho tiempo, y ese es uno de los problemas puede variar pero si dejarían de presentarse una menoría. ¿Al estar reactivo moderado si la paciente es sacada de su ámbito laboral presentaría mejora? ella puede mejorar, pero si ella sale en reposo y sabe que va a regresar al mismo sitio de trabajo vuelve a recaer. ¿Si ha existido un episodio entre el patrono y un trabajador y producto de este episodio se produce rompimiento de la comunicación esto podría generar que exista trastorno emocional al pensar que dadas las relaciones existentes entre ambos se pudiera perder el trabajo? Si. Es todo. Seguidamente se le exhibe el informe psiquiátrico evolutivo realizado a la Victima Violeta Villafañe, en fecha 28/15/2012, que riela en los folios Nº veintinueve (29) de la presente causa, para que reconozca, su contenido y firma, manifestando que es su firma y si es el contenido, Posteriormente, se incorpora la presente documental por su lectura. Seguidamente se le concede el derecho de hacer preguntas a la Fiscalía Décima Séptima del Ministerio Público a lo que el experto contesto entre otras cosas: ¿Este informe lo elaboro posteriormente del primer informe? Si ¿Pudiera explicarnos que significa esto? Que la paciente no ha presentado mejorías y esta pasando a un stress post traumáticos, además que tiene problemas con los sueños, yo la tuve en tratamientos pero al pasar 6 meses pude ver que existía stress postraumático. ¿El stress postraumático tiene que ver co la depresión? Al mantenerse la depresión, ya allí se empieza hablar de un stress post traumático. ¿Por qué incorporo otros medicamentos más? Porque se estaba agudizando. Seguidamente se le concede se le concede el derecho de hacer preguntas a la parte querellante Abg. Cesar Quiroz, a lo que el experto responde entre otras cosas: ¿Cuántas sesiones había dedicado a la paciente para diagnosticar ese problema? 7 o 8 evaluaciones. ¿Indique en que momento se empieza a producir el daño en la Lcda. Violeta producto del acoso que evidencio? No lo puedo precisar, ya tenia síntomas clínicos cuando llego a la consulta. ¿Si la Lcda. Violeta no solicita ayuda medica que hubiese desencadenado? Tuviese ideas deliberantes, suicidas, se va agudizando empeora su situación. ¿Cuándo se utiliza la frase impresión diagnostica, seria una conclusión del informe? Es el diagnostico. ¿Cómo llega al diagnostico? Por el conocimiento científico que tengo sobre la materia. Se deja constancia que ni la Defensa Privada, ni el Tribunal ejercieron el derecho de hacer preguntas.

DECLARACION DEL EXPERTO DR. DR. ABILIO NICOLAS MARRERO VALERO, haciéndole lectura de los artículos 242 y 245 del Código Penal y se le pregunta si tiene alguno parentesco con el acusado, una vez juramentado e impuesto de las generales de ley se identificó como venezolano, titular de la cedula de identidad V.- 3.916.287, Psiquiatra forense adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas del Estado Barinas, con experiencia 24 años como medico y 22 años como psiquiatra, de inmediato pasó a declarar el conocimiento que tiene sobre el presente asunto y sobre su actuación en el mismo. En éste orden se deja constancia que por haber sido admitida para ser exhibida al Experto deponente en este Juicio Oral y Público, consiste en: Examen Medico Psiquiátrico Forense Nº 9700-143-120, de fecha 17-07-2012, practicada a la victima que riela en los folios 36 y 37 de la presente causa, para que reconozca el contenido y firma, inmediatamente manifiesta que reconoce el contenido y firma y procede a incorporar por su lectura. Concluyendo que padece de Acoso laboral (síndrome de Mobbing) y Depresión. Es Todo. Terminada su exposición de seguidas la ciudadana Jueza sede el derecho de palabra al ciudadano Fiscal 17º del Ministerio Público, a los fines de que realice preguntas, a lo que el experto contesto entre otras cosas, ¿Cuánto años tiene como psiquiatra forense? R: 14 años. ¿Ha trabajado casos de acoso? R: en la parte pública y en la parte de medicina forense, son muy pocos, he visto. ¿Qué importancia tiene la experticia psiquiatrita? R: muy importante, porque se va a evaluar y realizar una serie de registros, que conllevan a un diagnostico, determinar la afectación de un hecho que la desequilibre mentalmente. ¿En la experticia hace referencia a una serie de antecedentes, explique en que consiste? R: como toda historia clínica que se realiza, esta la investigación de los antecedentes familiares, para ver que tipo de antecedentes hay de enfermedades Pre-mórbidas, para ver si hay un elemento que pueda desencadenar en una morfología, en este caso manifestó que ya estaba siendo evaluada por un psiquiatra, estaba recibiendo tratamiento farmacológico, psicoterapeuta y eso contribuyo a su mejoría. ¿Constato usted el tratamiento que recibía, le explico la victima quién le indico el tratamiento? R: ella busco ayuda psiquiatrita, con un colega conocido y yo como psiquiatra al ver los medicamentos se lo que puede padecer, se busca una mejora en el estado de animo, la apatía. ¿En que consiste el examen mental? R: ver el estado de los ítems, como están señale elementos que presentaba de ansiedad y el llanto. ¿Qué tiene que ver el entorno familiar? R: tiene que ver con el entorno emocional del paciente, la emocionalidad de la persona, si no hay circunstancia de llanto lo refleja, efecto labil. ¿Hubiera reflejado otra enfermedad si la hubiera? R: totalmente. ¿Llego a la conclusión de que hubo un acoso laboral o síndrome de Mobbing? R: el acoso y el síndrome de Mobbing, van de la mano, por todo el relato que manifestó y expreso, como quedo reflejado, producto de eso el trastorno depresivo, manifiesta la situación que vive en el entorno laboral, el hostigamiento, el acoso, por parte del victimario, en este caso llegue a la conclusión por la intensidad y persistencia que refleja la victima del acoso u hostigamiento y lo otro, es que ya había un antecedente como lo es la consulta psiquiatrita. ¿Con sus años de experiencia se hubiera dado cuenta si la victima estuviera fingiendo? R: si totalmente. Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de hacer preguntas al Abogado Querellante Cesar Quiroz, a lo que el experto contesto entre otras cosas: ¿Informe que método utilizo para practicar el examen a la victima? R: entrevista clínica. ¿Diagnostica depresión explique el tipo que padecía la victima que influía en su ámbito de vida? R: Depresión producto de una situación vivida, que repercute en su entorno laboral y social, disminuye la asistencia al trabajo, hay ausentismo. Es todo. Seguidamente se le concede se le concede el derecho de hacer preguntas al Defensor Privado Abg. Rafael Mitilo Véliz, a lo que el experto contesto entre otras cosas: ¿El psiquiatra forense muy diferente al psiquiatra clínico? hay una serie de requisitos exigidos, no todos los psiquiatras tienen el don para ser forense, el entrenamiento es en el instituto de ciencias forenses, la responsabilidad es mas grande, yo no soy funcionario del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas del Estado Barinas actualmente. ¿El examen practicado quién lo solicito? R: en este caso fue el tribunal. ¿Qué aspectos iban dirigidos a precisar su personalidad? R: indudablemente, la personalidad es neurótica, no psicótico, la diferencia es que el psicótico no tiene capacidad de discernir. ¿En este caso la familia es normal? R: el victimario no es evaluado con esta ley especial, pero si debería de ser evaluado, su carácter. ¿Qué elementos recopilo usted? R: de la recopilación de datos, en este caso la conversación con el psiquiatra que la veía, el tenia una noción en la parte clínica, tiene una estructura de la paciente, si mentía o no, me dio su versión y esto me hizo concluir. ¿Le manifestó la consultante el tiempo que tenía laborando en ese sitio? R: No recuerdo si lo hizo. ¿Le manifestó si tuvo problemas similares con el anterior jefe? R: mantuvo una relación laboral armoniosa, que el salio por enfermedad. ¿Qué es la mitomanía? R: es una patología que debe recibir trato. ¿En este caso pude notar que no es mitómana? R: cuando al psiquiatra no le cuadra la primera evaluación, se necesita hacer una segunda evaluación. ¿Cómo se manifiesta la depresión? R: son muy variables, describir una depresión es un paciente que ha pasado por otros médicos que no son psiquiátricos, con pruebas realizadas y lo remiten a un psiquiatra, el paciente que no come, hay hechos relevantes de que la persona cambia en su estado emocional. ¿Cuántas sesiones tuvo usted? R: una sola, todo psiquiatra, diagnostica con una buena evaluación, es de certeza, podría tener un margen de error. ¿Diferencia entre psicólogo y psiquiatra? R: el psicólogo no medica, el psiquiatra si. ¿Observo usted que estaba en recuperación si ella no le informo si seguía tomando fármacos? R: si por la manera que se desenvolvía ella, la entrevista duro 45 minutos aproximadamente, tiempo suficiente para determinar su estado. Es todo. El Tribunal realiza Preguntas, a lo que el experto contesto entre otras cosas, ¿Noto inestabilidad emocional en la paciente? R: el llanto, resonante al momento de relatar la experiencia vivida. ¿Depresión reactiva? R: reactiva es producto de una enfermedad medica, por una diabetes, hipertensión. ¿Hay un trastorno reactivo? R: No hay una enfermedad medica de base, pudo haber sido un trastornó laboral. ¿Noto alguna otra alteración? R: No. Es todo.

DECLARACION DE LA CIUDADANA VIOLETA DEL CARMEN VILLAFAÑE MONTILLA, quién manifestó no tener ningún vinculo ni parentesco con el acusado, se juramentó, se identifico como venezolana, titular de la cedula de identidad Nº 9.388.295, de profesión licenciada en Administración, trabajo en el Instituto Geográfico de Barinas, residenciada en Barinas, inmediatamente paso a declarar “Al ingreso del geógrafo del año 2006, una vez que me evalúo, solicito que me promovieran de cargo a Profesional III, en el año 2007 ingresa el Ing. Francisco Contreras, como Profesional III, el Jefe presentaba enfermedad, actitud muy pasiva, motivo de preocupación, era una persona de carácter muy apacible y al tiempo de estar en el 2009, los compañeros de trabajo nos dimos cuenta del trato que le daba el Ing. Contreras al Coordinador Lucio, que se mantuvo en actitud pasiva, a pesar de los insultos y vejaciones que le profería, al salir el coordinador por reposo iniciaron los maltratos al personal, una vez hubo una reunión con dos compañeras de trabajo y mi persona tratándonos muy mal, una de mis compañeras la Sra. Fanny, le reclamo el porque nos trataba mal y el dijo que ahora el jefe era el, la Sra. Fanny cayó al suelo con un bronco espasmo, siempre le decíamos que cambiara, que no arremetiera contra los empleados, en el 2010, arremetió con la Sra. Maigualida Vivas, que le estaba haciendo un trabajo en el INE, le dijo que se apurara con el trabajo en el 2011 comenzamos a remodelar por una alfombra que estaba contaminada, se hizo una inspección de Inpsasel, inicio la remodelación, se movió el mobiliario, hacia un lado, solo estábamos pendientes de los obreros, Maigualida le propuso que hiciéramos turnos en la mañana y tarde, el me dijo delante de Maigualida y el Sr. Avilez, que el no tenia tiempo de llevar propuestas a Caracas, que el era un hombre muy ocupado, que me fuera a mi casa, que yo era muy problemática, a los cuatro días me dijo que me mudara al INE en la mañana y en la tarde en el Instituto, en el mes de Julio se tenia un personal contratado para la remodelación, el Ingeniero de manera grosera pregunto a la Sra. Fanny que hacia el escritorio de la Sra. Violeta en ese sitio, dijo que no podía hacer lo que me diera la gana, que el escritorio se quedaba con el de la Sra. Fanny, paso eso al siguiente día, llegue y dije buenos días, el no quería ni verme, me dijo mire Sra. usted es una mal educada, entro cantando y no saludo, yo le dije que si, pero que no me escucho, me dijo que yo no iba a hacer lo que me diera la gana a pesar del cargo que tenia, me dijo que actúe, que fuera al Instituto de la Mujer, que el tenia influencia en todas partes, por su trabajo, me reto que lo hiciera, en alto tono de voz, gesticulando, Luís Nieves se encontraba allí, el pensó que me iba a golpear, yo también, yo sentía taquicardia, espasmos, yo no quería llegar a mi trabajo, me sentía muy mal, no conciliaba el sueño, tenia pesadilla, insomnio, no sabia porque sentía todo eso, le decía a Maigualida ella me decía que yo era una persona flexible, en una oportunidad me dijo que el calculara unos viáticos con pernota a Sócopo, le dije que no porque no había 160 Km. de ida y vuelta, solo el bono de alimentación, me dijo delante de mis compañeros “quién es el jefe aquí”, en varias oportunidades me pidió viáticos que no eran procedentes. Mi esposo me dijo que lo citara y arreglara todo con una conciliación, lo llame y me dijo que si que no había problema que hablaríamos, lo hicimos fuera del INE, le solicite respeto, le dije que si le caía mal, que no me descalificara, humillara ni vejara delante de nadie, que yo era mujer, que tenia vacaciones vencidas, no las había tomado para no dejarlo solo, por la coyuntura, siempre hice y hago mi trabajo a cabalidad, le dije que dejáramos todo atrás, que trataría de mejorar, que lleváramos una relación armoniosa, el me dijo que tenia un problema, que le faltaba mucho, me dijo que tenia la razón pero me dijo que me pasaría una amonestación escrita, pensé que era solo una amenaza, a los cinco días, fue al INE y formalizó un memorándum con observaciones infundadas, me vi en la obligación de responderle, haciendo mis soportes de prueba, me pasa una contra respuesta, donde no aceptaba los soportes, me sentía mal, no sabia que hacer para mejorar la relación laboral, me pasa otro memo, para que le responda un memo que nunca me paso, me dijo que no estaba haciendo seguimiento a las revisiones que se hacen para Caracas, todo infundado, se me acerco y me pregunto que había pasado con el memo, le pregunte porque solo me pasas memos a mi, dijo en voz muy fuerte para que todos escucharan que me pasaba memos porque yo era muy problemática. No aguante mas y denuncie, me sentía muy mal, taquicardia constante, sudor de manos y pies, cuando se me acercaba era para descalificarme. El 24/10/2011, me hace referencia al memo para que se lo responda, pero me dijo que quería todos los memos que me había entregado, toda la mañana fue una constante presión, lo hizo a titulo personal y de manera sintomática, ese día salgo muy mal en una crisis, llame a mi esposo llorando, me dijo se volvió a meter el tipo contigo, fui a la clínica tenia 160/110 presión arterial, me hospitalizaron, acudí luego a la psicóloga Ana Parra, me dieron reposo, me sentía perdida, me preguntaba como regresaría a mi trabajo, Ana Parra me dijo que no me reincorporara a mi trabajo me dio una constancia, me mandaron a valorar con el Dr. Acosta en el Materno, después de la valoración me dio reposo de 15 días, tuve un periodo de 08 meses, donde me receto fármacos y psicoterapia, no me pudo seguir tratando porque el jefe le dijo que no me diera mas reposos, me evaluaron en el centro nacional de salud de los seguros sociales en Caracas una junta medica, que confirmara si usted se encuentra afectada, lo hice 01/06/2012, solamente me trato un medico, me dijo cual es su problema, no me valoro, solo me pidió el informe del Dr. Acosta, me dijeron que esperara afuera, al hacerme entrar me dijo que tenia que reincorporarme al trabajo, yo llamo al Dr. Acosta y me dijo que iba a hacer lo posible para ayudarme, fui a buscar otra alternativa, fui donde el Dr. Tálamo, a sugerencia de la Dra. Rosa Virginia, empecé con las terapias con el Dr. Tálamo, le dije que quería regresar a mi trabajo, me dijo que porque quería asumir ese riesgo, le dije que yo trabajaba desde los 16 años de edad, que tuve mi primer hijo, siento que tengo una pared y que no podía romperla, soñaba que regresaba y que estaba sentada en un piso, me dijo que iniciáramos el proceso de psicoterapia, ejercicios mentales, que los hiciera en casa, tuve tres (03) sesiones con el la ultima terapia me ayudo mucho, mi hijo me ayudo mucho, me decía que llegara a la puerta de mi trabajo, yo le decía que no podía hacerlo que el me llevaba de la mano, que yo era una luchadora, que lo tuve de quince años, yo tengo un hijo estudiando en Colombia, pensé mucho en el, me arregle muy bien entre, busque al coordinador y no estaba, un día le pedí a dios que me diera la fuerza para entrar, lo hice y el no estaba, le pedí a mi esposo que me acompañara, fuimos entre lo mire y no levanto la mirada, lo logre, el 22/10/2012, me reincorpore a mi sitio de trabajo, llegue estaba el ing. Francisco, a las 8:15 AM. Fue muy duro para mi para confrontarlo después de un año de reposo, el estaba acompañada de su abogada la cual me dijo que no podía quedarme en las instalaciones por el bien de todos, le dije que me explicara el porque, yo quería incorporarme me dijo vamos a hacer una acta donde dejáramos constancia que me reincorporara y me fuera, yo le dije que no que yo quería incorporarme hasta que la institución me responda, llame a mi apoderado, le explique, nos reunimos, ella insistió que llegáramos a un acuerdo, Quiroz le dijo que yo estaba en mi derecho de reincorporarme, que la institución tenia que darme una respuesta, luego desde el 24/10/2012, estoy confinada en un sitio cumpliendo horario, me tienen apartada, la fiscalía me recomendó que denunciara ante Inpsasel, del trato humillante y vejatorio que tenia el Ing. Hacia mi, a los 04 meses, se hizo la primera inspección de Inpsasel, la gente que esta allí no me conoce, no me tratan, piensan que soy la mala de la película, hoy día estoy confinada sin absceso a ningún tipo de información, la Psicóloga de Inpsasel, María Otalvaro, me dijo que era un acto de denigración, en la muerte de Chávez, se reunieron y me dijeron que me retirara, estoy totalmente apartada, la segunda inspección la hizo Inpsasel y me consiguieron en el mismo sitio, no reincorpore luego de mis vacaciones por un problema en un menisco, con una caída. Es todo. Terminada su exposición de seguidas la ciudadana Jueza sede el derecho de palabra al ciudadano Fiscal 17º del Ministerio Público, a los fines de que realice preguntas a la víctima, a lo que esta responde entre otras cosas: ¿Diga al tribunal cuando ingreso a trabajar el Ing. Francisco? R: febrero del 2007, con el cargo de Profesional III, en el área técnica, el Instituto es autónomo, adscrito al Ministerio del Ambiente, el Coordinador cumplía con el deber de mandar los currículos Caracas, cuando estábamos en el trabajo antes de ser Coordinador la relación era buena, el Sr. Lucio era el Coordinador en esa época, al Ing. Contreras le dan la Coordinación en el año 2009, el Sr. Lucio salio de reposo, por leucemia, lo incapacitaron. ¿Qué personas trabajaban en el Instituto al momento que se encarga el Ing. Contreras? R: La Sra. Fanny Ramona Avilez, Maigualida Antonieta Vivas Limongi y mi persona, estas personas presenciaron todos los inconvenientes, luego ingresaron Wiliberto Ramírez, Carlos que no recuerdo el apellido. ¿Considera que su trabajo encargada del área administrativa cumplía con los requisitos exigidos? R: totalmente, demostrado por las auditorias internas, nunca me hicieron alguna objeción, falta de fondo, retrazo en la ejecución de mi trabajo, al reincorporarme, se me acerco la ciudadana Ana Ibarra, me saludo se me presento, con su asistente, me dijo duro delante de todos, no se que problemas puedan tener con el Ing. pero mi trabajo lo he realizado por los soportes que dejo usted. ¿Durante su estadía en el Instituto algún otro Coordinador le ha pasado memorándum? R: No. ¿El Ing. ha tratado mal a otro empleado aparte de usted? R: No solo a mí. ¿Explique el trato que le daba el Ing. Contreras? R: un trato injusto, jamás falte a mi trabajo, sentía que era a titulo personal, pienso que quería salir de mí. ¿Le exigió la renuncia el ing. a usted? R: a una compañera de trabajo no fue a mí. ¿Esas expresiones verbales que manifiesta acá iban acompañadas con actos o gestos? R: si se mofaba delante de los obreros, se burlaba sobre mi religión, Maigualida le decía que se controlara al momento de realizarme un memo el los hacia cuando yo estaba en el INE, yo la consideraba mi amiga. ¿En algún momento se sintió chantajeada por el Coordinador? R: me sentí amenazada, porque me vejaba delante de todo el mundo. ¿A Cuántos médicos acudió antes de acudir a la fiscalía? R: la Dra. Pinto, cardióloga, tuve problemas con mi pareja, yo me fui a otro cuarto, no quería estar con nadie, ni ver a nadie. Ana parra me dijo que no me reincorporara al trabajo, me refirió al seguro social, me valoro el Dr. Acosta. Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de hacer al Abogado Querellante Cesar Quiroz, a lo que la victima contesto entre otras cosas, ¿Cuántas veces fue objeto de vejaciones por parte del Ing. Francisco Contreras? R: muchísimas oportunidades, delante de mis compañeros me hacia mofa, se burlaba de mi decía que mi trabajo estaba mal ¿Mencione las palabra o frases utilizadas por el ciudadano para desprestigiarla o intimidarla en su sitio de trabajo? R: mejor váyase para su casa, no venga a trabajar, mas para mi mejor, usted es una persona muy problemática, la reto a que me denuncie a donde usted le de la gana, usted cree que tiene un cargo inamovible, bájese de esa nube conmigo no va a poder, la reto a que actúe porque si no lo hace yo si voy a actuar, vaya al instituto de la mujer cuando le de la gana, yo tengo influencias allí, en la gobernación, me he dado a conocer, usted es una persona mentirosa , que no saluda, mal educada y le digo todas estas cosas delante de todos para que se enteren, se burlaba y me hacia mofa, se refería de acuerdo a mis creencias religiosas, mofándose. ¿Recuerda el contenido de los memos que le paso el Ing.? R: observaciones infundadas, para hacerme sentir amenazada, en otro me amenaza diciendo que era una amonestación escrita y después me dio otro, fueron tres en total ¿Qué objetivo tenían para usted esos memos? R: sentí que quería sacarme de mi cargo, para abrirme un expediente administrativo, para hacerme votar, era la única forma de hacerlo. ¿Hacían referencia a una falta en su gestión como funcionaria en el instituto Geográfico? R: eran infundadas, falsas. ¿En la remodelación utilizaron obreros recuerda los nombres? R: Ildebrando Galaviz, José Adán Pirela y el Sr. Luís Nieves. ¿Explique que sucedió con el impase sobre los viáticos? R: fue en tres oportunidades que el me reclamo que le calculara viáticos abultados, cancelándole con pernocta, mas de lo que le correspondía, solo el viático de alimentación, en virtud de que no ameritaba. ¿Cuánto tiempo paso usted calculando viáticos? R: 02/04/2002 hasta el 24/10/2011. ¿Tuvo usted inconveniente con otra persona con el cálculo de viáticos? R: Nunca. Es todo. Posteriormente se le concede se le concede el derecho de hacer preguntas al Defensor Privado Abg. Rafael Mitilo Véliz, a lo que el experto contesto entre otras cosas, ¿Diga exactamente las fechas, sitios y hora? R:05/2011, a mediados de mes, estaban Maigualida Vivas, Fanny, Wiliberto Ramírez y Carlos no recuerdo el apellido no recuerdo, fue en horas de la tarde, me mando a la casa el día, 06/2011, no recuerdo la fecha y hora en la Oficina Regional Barinas, en el área de trabajo, estaban los trabajadores que remodelaban Ildebrando Galaviz, José Adán Pirela y en otra ocasión el Sr. Luís Nieves, también en Julio de 2011, a mediados de mes, no recuerdo la fecha exacta, en la mañana entrando a la oficina. ¿Esas personas son conocidas de usted? R: los obreros solo cuando iniciaron el trabajo, la Sra. Fanny desde el 2003, la Sra. Maigualida desde 10/2005, mi relación con ella era normal. ¿Al ingresar el ingeniero hubo situaciones donde se sintió incomoda? R: bueno sobre el maltrato al Coordinador Lucio Abelardo Díaz, me salí porque no soporte el maltrato. ¿Francisco Contreras le pidió que suscribiera viáticos irregulares? R: para mi era irregular, porque como cuentadante administraba los recursos, si me dice que le tramita viáticos con pernocta donde el manual de normas y procedimientos administrativos del instituto Geográfico me dice que no amerita las pernoctas no lo iba a hacer. Tengo que apegarme al manual porque yo no iba a caer en un ilícito administrativo, le hice el cheque de acuerdo a los procedimientos sin perchota, el dijo que el jefe era él. ¿Eso ocurrió tres veces? R: solo una vez fue muy fuerte, las otras dos el sabia que no le aprobaría las perchotas si no las ameritaban. ¿Puede decir al tribunal si el Ing. Quería cobrar un dinero que no le correspondía? R: yo le dije que para eso estaba el manual, en otras ocasiones me decía porque no me lo calcula, yo le respondía que no le correspondía. ¿No denuncio usted al Ing.? R: No se materializo ningún ilícito, al mes que me fui de reposo se hizo una auditoria donde no hubo ningún tipo de ilícitos. ¿Hubo tres memos? R: si. ¿Dijo usted que con tres memos la destituirían? R: tengo el conocimiento que con tres memos se le abre una investigación al funcionario, yo me encontraba mal de salud, venia trabajando con mucha presión, estaba desequilibrada emocionalmente, hasta con mi pareja, tuve problema, yo lo que creía era que el lo que quería era que yo me saliera de mis casillas para reclamarle. ¿Usted acudió a consultarse con Abilio Marrero? R: el Ing. le pidió a la Fiscalía 17 que me evaluara un psiquiatra forense, fui una vez donde el Dr. Duro como una hora aproximadamente, me pregunto que me pasaba, el problema que tenia en el trabajo, fui donde Ana Parra a petición de la Fiscalía, cuando estaba en proceso también acudí a ella de manera privada una sola vez, frente a la Clínica Varyná, segundo piso, no recuerdo el día ni la hora, no hubo pago. ¿Cuándo llegó el ing. Contreras estaba estudiando? R: ya había terminado los dos teníamos el mismo rango. ¿Por lógica le tocaba el acenso? R: no. ¿Solicito un traslado, en comisión de servicio? R: Si lo solicite, para Intravial, mientras estuve de reposo medico, esa solicitud no se materializo nunca me dio respuesta el Instituto, una vez que me reincorpore un mes después, me aprobaron el traslado a Intravial, el cual no acepte. ¿En el INE estuvo trabajando? R: mientras remodelaban la oficina, como funcionaria activa del Instituto Geográfico, el Ing. me envío para hacer mi trabajo. ¿La envío o lo solicito usted? R: el me envío. ¿Tuvo problemas con otro jefe de ningún modo ni manera? R: no nunca tuve problemas. Es todo. El Tribunal Pregunta, a lo que el experto contesto entre otras cosas, ¿Los memos a que se refieren específicamente a qué? R: el primero observaciones relacionadas a la ejecución de mi trabajo, que no estaba haciendo las rendiciones de fondo de forma oportuna, el segundo que era una desestimación a todas y cada una de las aclaratorias que le hice, el tercero te decía que le respondiera a otro memorándum que nunca me envío. ¿Cuánto tiempo duro la remodelación de la oficina? R: Tres meses ¿Por qué la envío al INE el Ing.? R: porque no había espacio, todo el mobiliario se apiló. ¿Usted en algún momento informo de la situación en la sede en Caracas? R: No. ¿El cargo de administrador es un cargo de libre nombramiento y remoción? R: cuando ingreso a la oficina necesitaban un administrador de la oficina, mi perfil me contrataron, como profesional III, nunca fui designada como Administradora. ¿En algún momento el Ing. le manifestó que cesara en sus funciones como administradora y realizaría otra función? R: No, de hecho cuando me fui de reposo, el me pregunto que problema tenia, si tenia alguna enfermedad, que me sucedía que pensara bien las cosas, me dijo cuidado con lo que esta haciendo, le dije que todo tiene un limite, una se cansa de que le den por todos lados, el dijo que lo mandaron hace tiempo a que la botara. ¿Se siente intimidada por el Ing.? R: si por el trato de humillación, me vejaba, delante de la gente, trabajaba con zozobra, cuando se me acercaba me desequilibraba emocionalmente, me sentía vigilada, yo sentía que hasta por todos lo que entraban nuevos me miraban como un monstruo, sentí el bloqueo todo para dañar mi imagen con comentarios, eso fue lo que yo sentí. ¿Señale que distancia había desde su oficina a la del Ing. Contreras? R: como 4 metros, espacio abierto, son tabaquerías bajitas todos nos vemos, prácticamente al frente de donde yo estaba, la Sra. Maigualida estaba conmigo en un cubículo. ¿Al momento de llegar pasaba cuantos cubículos? R: eran como cinco metros de su oficina. ¿Qué parte de su vida familiar afecto la situación? R: cuando se afecta la salud emocional, es inevitable que pase a la familia, llegaba estresada a la casa, vivo con mi mama, mi esposo y mi hijo, ellos vieron como me aislaba, hasta con mi esposo, me encontraba muy deprimida, deje de salir, de acompañar a mi esposo a sus reuniones familiares, ellos colaboraron en mi recuperación. ¿Su depresión nace del acoso o de la preocupación de perder su trabajo? R: por ambas cosas, ese daño que el me provocaba, hacia que sintiera que iba a perder mi trabajo, me sentía amenazada. ¿Por qué usted si se sentía tan mal no acepto la comisión de servicio aprobada? R: porque yo ya tenía un mes, tenia que esperar por instrucciones de Inpsasel, tenía que esperar la inspección. Yo no la solicite, en la fiscalía me dijo la Dra. Nádales que me dirigiera a Inpsasel, porque el problema era laboral, en Inpsasel me dijeron que cuando me reincorporara iban a practicar la inspección. ¿Le manifestó al fiscal cuando le aprobaron la comisión de servicio? R: no recuerdo bien, le comente a mis abogados, ellos me dijeron que la aprobaron tarde, que fue extemporánea, eso fue a manera de comentario, Inpsasel debía hacer la inspección al momento de reincorporarme. ¿Cómo se sentía usted al reincorporarse? R: al momento de llegar, me sentía relegada, como una delincuente, lloraba, eso fue las dos primeras semanas, la Psiquiatra emitió un informe a Inpsasel donde solicitaba que trabajara a medio turno, hasta el sol de hoy no he tenido respuesta. ¿Qué respuesta espera usted de Inpsasel? R: que se haga justicia, que se determine que hubo Mobbing laboral, según la LOPCYMAT se me esta violando mis derechos laborales, por cuanto no estoy en un ambiente adecuado, no me han llamado en Inpsasel, no me han informado de nada, estoy esperando, que quede claro que la fiscalía me dijeron que me dirigiera a Inpsasel, las dos veces que ha ido la psicóloga de Inpsasel, me ha conseguido sentada, sin realizar ningún tipo de actividad. Es todo.

DECLARACION DEL CIUDADANO JOSE ADAN TOVAR PIRELA, se le pregunta si tiene alguno parentesco con el acusado, quien manifestó que no, una vez juramentado e impuesto de las generales de ley se identificó como venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-15.828.450, trabaja como electricista por cuenta propia, quien manifestó: “Trabajé en el ING en el mes de junio y julio del año 2011, cuando ya habíamos empezado a realizar los trabajos cuando vemos que la Sra. Violeta se refiere al Sr. Francisco para trabajar medio turno y el otro medio turno y el Sr. Francisco le dijo que eso no se podía hacer que todos tenia que estar laborado que se fuera apara su casa a leer la Biblia, en otra ocasión ya estábamos colocando la electricidad, y allí llego la Sra. Violeta y le dijo a la Sra. Fanny que si ese escritorio era de ella, y el Sr. Francisco le dijo que ese escritorio era de el que ella no podía hacer allí lo que se diera la gana que si ella quería que lo denunciara por donde ella quisiera, que si ella no actuaba el si lo iba a hacer, ella solamente exigía respeto, que ella no merecía ser tratada así, que ella solamente estaba preguntando por el escritorio que porque la agredía, duraron un rato discutiendo, que ella no tenia ningún cargo inamovible que ella hiciera lo que le diera la gana, y en tres o cuatro ocasión que me dijo el Sr. Ildebrando que el si la trataba a ella con cierta indiferencia, y en varias ocasiones note que el trataba de ponerla a ella mal con los demás compañeros de trabajo”. Es todo. Seguidamente se le concede se le concede el derecho de hacer preguntas a la Fiscalía Décima Séptima del Ministerio Publico a lo que el testigo respondió ¿En cuantas oportunidades presencio usted eso que le dijo? En dos ocasiones. ¿Esa remodelación de la parte eléctrica se realizó adentro del ING? Si por supuesto. ¿Durante los sucesos estaban presentes otros compañeros de trabajo? Si estaba la Sra. Fanny, llego la Sra. Maigualida quien les dijo que por favor no hicieran esas cosas delante de las persona ajena a la Oficina. ¿A quien le dijo eso la Sra. Maigualida? A ellos dos específicamente. ¿Quién lo contrato a usted para realizar eso? Yo fui allí por un amigo que es amigo, a el lo buscaron en decoceca, y hablo con el y eso de la semana siguiente, el Sr. Francisco hablo conmigo para que fuera hacerle la remodelación al ING. ¿Pudo escuchar si en esas dos oportunidades el Sr. Francisco le dijo a la Sra. Violeta? fue por un escritorio, y una oficina y el primer encuentro fue por el horario que le había planteado la Sra. Violeta. ¿Durante el tiempo que usted estuvo allí pudo presenciar algún otro altercado con otro trabajador? Durante el tiempo, no presencie ningún otro altercado. Es Todo. Posteriormente se le concede se le concede el derecho de hacer preguntas a la parte querellante, a lo que el testigo responde entre otras cosas:¿Me puede indicar en que fecha inicio a realizar el trabajo de electricidad en el ING? En junio y julio. ¿Qué horario cumplía allí en ese trabajo? De 8:30 a 11:30 y me iba a un cuarto para las 5. ¿Recuerda usted el tono de voz en que se dirigió el Sr. Francisco a la Sra. Violeta? en tono de voz alto, el le dijo que hiciera lo que le diera la gana que el iba a actuar. ¿Recuerda usted si el Ing. Francisco Contreras realizó algunos gestos expresiones hacia la Sra. Violeta? Motivado, le dijo mire Sra. Violeta aquí usted no hace lo que le da la gana, si quiere denúncieme que si usted no actúa yo si voy actuar, ese fue el segundo encuentro el primero fue por el horario. ¿Qué le manifestó en ese caso el Sr. Ildebrando? Una vez el me dijo fue que ella no servia para ese trabajo y en otras ocasiones el me dijo que cuando ella lo saludaba no respondía, que cuando se dirigía a ella lo hacia de forma despectiva no como lo hacia con el demás personal, eso fue en varias ocasiones allí en la sede. ¿Logro usted observar u oír algún otro comentario del Ing. Francisco sobre la Lic. Violeta? Si en cuanto o cinco oportunidades donde el le decía a los demás que no sabia que hacia ella allí que era muy problemática, pero lo que mas decía era que porque no se iba para la casa a leer la Biblia, eso fue dentro de la institución no sabría decirle en que parte, fue como a dos tres metros de la entrada. ¿Qué personas se encontraban presente en ese momento que usted oyó el comentario? La Sra. Maigualida, la Sra. Fanny, la Sra. Nuris, yo estaba allí cerca. ¿El Sr. Ildebrando que función cumplía? Era ayudante mío. ¿A que distancia se entraba usted del Ing. Francisco y de la Lcda. Violeta? Como a metro y medio dos metros algo así. ¿En el segundo incidente a que distancia se encontraba uste? Como a 4 metros. ¿Me puede describir las características fisonómicas del Sr. Francisco? Si, alto, blanco, cabello canoso, perfilado y se encuentra en esta sala. ¿Recuerda usted el horario de trabajo de la Sra. Violeta? Había días que ella abría la oficina, otros abría la Sra. Maigualida, después habían días que ella cumplía solo medio día, y el otro mediodía creo que lo trabajaba en algo así como el INE, ¿Qué hacia ella posterior a lo que le decía el Sr.,. Francisco? Lo que le pedía ella era respeto, y que la respetara como trabajadora de ese lugar, duraba llorando como media hora y de allí se iba ¿indíqueme la dirección de ubicación de la sede del ING? Eso queda a media cuadra de la plaza bolívar, por la calle Márquez del pumar creo. ¿Recuerda usted el horario de la Sra. Maigualida? Ella siempre se quedaba allí, yo siempre la veía pero no se a que hora se iba. ¿La Sra. Maigualida iba a cumplir horario? Si ella siempre estaba ¿El Ing. Francisco cumplía un horario de oficina? Si, pero me imagino que como es el jefe tenia que estar viajando, la factura de mi pago salía a nombre de un Sr. llamado Sinato y el os pagaba a nosotros. ¿Usted declaro en la fiscalía sobre los hechos que ha manifestado en este Tribunal? Si. Es todo. Consecutivamente se le concede se le concede el derecho de hacer preguntas la Defensa Privada ¿Manifestó usted que la Sra. Maigualida estuvo presenten los incidente? Ella estuvo en el segundo, el primero fue el junio mas o menos ¿Qué personas presenciaron el primer incidente? Mi persona el Sr. Ildebrando, y la Sra. Nuris. ¿Quién le pidió a usted que viniera a declarar en este juicio? La fiscalía me llamo. El Tribunal pregunta, a lo que el testigo responde entre otras cosas ¿Quiénes eran esas personas que comentaban eso que pasó entre la Sra. Violeta y el Sr. Francisco? De los demás compañeros de trabajo del Sr. Francisco de hecho lo escuche de la Sra. Maigualida y la Sra., Fanny, que el Sr. francisco era muy grosero y que había veces que se pasaba, de hecho eso me lo dijo la Sra. Maigualida ¿Qué observo usted durante las dos veces que manifestó el Sr. Francisco en la institución? El era totalmente diferente con ella en relación a los demás empleados que laboraban allá, el es como todo jefe pero el a ella le hablaba en un tono de voz mas elevado, eso era lo que se veía en ese tiempo. ¿Lo que lo lleva a decir eso a usted fue por lo que presencio? Fue por porque eso se veía, ella era muy pasiva, con su tono de voz bajo, nunca oí una grosería de ella. Es todo.

DECLARACION DEL CIUDADANO LUIS ENRIQUE NIEVES VARGAS, se le pregunta si tiene alguno parentesco con el acusado, quien manifestó que no, una vez juramentado e impuesto de las generales de ley se identificó como venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V-14.330.334, oficio Pintor, trabajó en el Instituto Nacional Geográfico, junio y julio del año 2011, de inmediato pasó a declarar: “En el mes de junio del año 2011, presencie una discusión muy fuerte del Sr. Francisco y la Sra. Violeta, donde la trato de inmadura, ella le exigía respeto y le dijo que la podía denunciar por ese trato y el Sr. Francisco le dijo que hiciera lo que quisiera que el cargo de ella era inamovible, que actuara que el también iba a actuar, eso fue lo que observe, fue la única vez” .Es todo. Seguidamente se le concede se le concede el derecho de hacer preguntas a la Fiscalía Décima Séptima del Ministerio Público a lo que el testigo respondió ¿Usted trabaja por su propia cuenta? Trabajo para un Sr. que se llama David Rodríguez. ¿Durante cuanto tiempo se hizo el trabajo de pintura? durando 2 semanas ¿Dónde se encontraba usted en el momento de la discusión? Por la puerta en el instituto. ¿Quiénes estaban presentes? Una señora de limpieza, el Sr. Ildebrando. ¿Puede repetir que palabras escucho usted? Estaban discutiendo por un escritorio, le dijo que estaba cansado de que ella actuara como niña que el estaba cansado, y ella le dijo que la respetara y el Sr. Francisco le dijo que su cargo era inamovible, yo estaba cerca de ellos. ¿Qué hicieron después de la discusión? El Sr. Francisco tiro el brazo y salio y la Sra. Violeta estaba bastante nerviosa, todo se quedo en silencio. Es todo. Posteriormente se le concede se le concede el derecho de hacer preguntas a la parte querellante, a lo que el testigo responde entre otras cosas: ¿Qué horario cumplía usted en ese sitio de trabajo al momento de los hechos? En eso de las 7 y 8 que llegaba la Sra. Violeta y de 1:30 a 5:00 PM. ¿Recuerda usted el horario que cumplía la Sra. Violeta? A veces venia un día en la mañana y a veces en la tarde, la Sra. Violeta abría la puerta y cuando no lo hacia ella lo hacia la Sra. Maigualida, eso era siempre. ¿Qué pinto específicamente? Pinte todo completo, hasta un deposito, la tabaquería la pinto otra persona porque es pintura mas delicada ¿Podría decir cual fue su gesto corporal? Se le acerco de una manera violenta y se fue, ¿Usted recuerda si logro en ese momento cual fue el motivo de esa discusión? Fue por un escritorio, eso oí. ¿Recuerda quien inicio la discusión? La voz que se oía alterada era la del Sr. Francisco, la Sra. Violeta solo le exigía respeto. ¿La subida de voz fue como? Fue una subida de voz muy fuerte. ¿A que distancia se encontraba la Sra. Violeta de la Sra. francisco? Estaba relativamente cerca. ¿Recuerda el día de esa discusión? A mediados de julio del 2011, como a las 9:30 a 10:00am. ¿Me puede iniciar la dirección del Instituto Nacional Geográfico? A media cuadra de la plaza bolívar. ¿Me indica el lugar de los hechos? Cerca de la entrada, por el pasillo de entrada. ¿Las otras personas que presenciaron los hechos recuerdan que cargo tenían? Los señores de electricidad, la Sra. Maigualida, estaba en una oficina y la Sra. que limpia estaba por ahí limpiando ¿Cuál era el trabo de la Lcda. Villafañe? En si no se ella estaba pendiente del trabajo que se realizaba. ¿Qué cargo tenia el Sr. Francisco? Oí en una oportunidad que era el coordinador. ¿Qué labor había el ahí? Pues era el jefe, lo veía en una oficina frente a una computadora, salía pero si lo veía. ¿Usted en otra oportunidad logro observar otra discusión como la que presencio? No, solo oí que el Sr. Francisco era fuerte de carácter pero eso fue lo que oí. ¿Usted en esos dos meses laboraba a tiempo completo de lunes a viernes? No todos los días porque habían veces que me decían que tenia que ir a arreglar unos cables en otro lugar, pero trabaje ahí mas que todo, porque tenia que estar todo rápido. Es todo. Consecutivamente se le concede se le concede el derecho de hacer preguntas la Defensa Privada ¿Quién le pidió a usted que declare en este juicio? La fiscalía. ¿Usted declaro en la fiscalía? Si declare ¿Cuándo declaro en la fiscalía estaba presente la Sra. Villafañe? No. ¿Trabaja para el Instituto Nacional? No. ¿La Lcda. Villafañe la observo relacionarse con otros compañeros? Yo lo veía todo normal, lo único que se veía fastidioso era ese problema, que fue fuerte. ¿La relación de los demás compañeros de trabajo como era con el Sr. Francisco? No se porque el Sr., estaba serio a veces. ¿La observo usted deprimida? No ella salía a veces porque tiene problemas con el polvo, pero entraba y salía. ¿Presencio usted un cumpleaños reunión con los compañeros? No nunca, allí no estaban trabajando del todo solo estaba trabajando el personal de limpieza y la Sra. Nuris. ¿La Sra. Violeta en algún momento supo que usted seria testigo? No, lo se hasta ahorita. ¿En el tiempo que estuvo en el Instituto conversaba con la Sra. Violeta? Saludaba. ¿La Sra. Maigualida estaba retirada de la discusión? Estaba de espalda al incidente, pero si no oyó dios santo porque las paredes son bajiticas. ¿Recuerda el apellido de la Sra. Maigualida? No. ¿Tiene conocimiento si ella laboraba allí? Yo siempre la veía. ¿Cuántos eras ustedes? Éramos dos electricistas y yo, pero ellos trabajaban para otra empresa, mi jefe se llama David el trabaja independiente, yo pinte solo. ¿Describa el instituto? Es grande, atrás tiene una mezzanina, eso tiene sus tiempos allí, le hicieron mantenimientos. Es todo. El Tribunal pregunta, a lo que el testigo responde entre otras cosas: ¿Cuántos trabajadores observo en el instituto? La Sra. Maigualida, la Sra. Nuris la Sra. Violeta, 8 personas. ¿En cuantas oportunidades presencio discusiones ente el Sr., Francisco y la Sra. Violeta? Una sola. ¿Usted presenció esa discusión desde su inicio? Si, estaba presente. Es todo.

DECLARACION DE LA CIUDADANA MARIA ISAULENY RAMIREZ ARIZA, se le pregunta si tiene alguno parentesco con el acusado, quien manifestó que no, una vez juramentado e impuesto de las generales de ley se identifico como venezolana, titular de la cedula de identidad Nº V-17.545.850, oficio TSU en Informática, Digitalizadora del Instituto Nacional Geográfico, con dos años de experiencia, de inmediato pasó a declarar: “Yo comience en el instituto geográfico hasta julio de este año, cuando comencé escuche el rumor escuche el rumor de que la Sra. Violeta, había demandado al señor Francisco por Acoso cosa que en ningún momento note irregular”.Es todo. Seguidamente se le concede se le concede el derecho de hacer preguntas la Defensa Privada Abg. Rafael Mitilo, a lo que el testigo respondió entre otras cosas. ¿Usted ingreso en que fecha al ING en que fecha? 31/07/2013, de 8:00 a 5 de la tarde. ¿Bajo las ordenes de quien trabajaba usted? Del Ing. Francisco. ¿En esos años que laboro usted allí el Sr. Francisco se dirigió a usted de forma grosera? No. ¿Cuál era su trabajo? Eso consiste en dibujar las parcelas en el programa, de los sectores. ¿Conoce usted a la Lcda. Violeta Villafañe? La conozco del instituto ¿Cómo observo la conducta de trabajo de la Sra. Violeta? Nora, socializaba con ustedes y ustedes con ella. ¿Observo usted en esos casi dos años al Ing. Francisco discutiendo con el Sr. Francisco Contreras? No en ningún momento. ¿A que distancia estaba su puesto de trabajo estaba su puesto de trabajo del de la Lcda. Villafañe? Como a cinco metros. ¿Observo usted en ese tiempo a la Lcda. Villafañe aislada de su puesto de trabajo? No ella tenía su puesto junto con el de la secretaria. ¿Durante el tiempo que estuvo allí participaron en reuniones? Si participamos ¿En esas actividades participaron el Sr. Francisco y la Sra. Villeta? Si, de hecho ella estuvo en el desayuno de fin de año. ¿Cómo se comportaban la Sra. Villafañe y el Sr. Francisco? Bien se comportaban. ¿Sabe usted que área de trabajo desempeñaba la Sra. Violeta Villafañe? Si en el Área de Administración. ¿Presencio usted al ing. Francisco Contreras dirigirse a ella? La comunicación con ella era de trabajo, a entregarle cualquier documento. Es todo. Seguidamente se le concede se le concede el derecho de hacer preguntas a la Fiscalía Décima Séptima del Ministerio Público a lo que el testigo respondió: ¿En que sitio de trabajo desempeñaba usted la parte de informática? Esta primero la secretaria y de otro lado esta la Sra. Violeta, había una media pared y estamos los digitalizadores. ¿Usted le consta si la Sra. Violeta estuvo de permiso o de reposo? Ella estuvo de reposo pero eso fue después de la denuncia, como de casi un año. ¿Qué persona le indico si fue un rumor? Se escucho eso en la oficina, fue del grupo de compañeros ¿usted se entero de que se trataba la demanda? No. ¿En algún momento el Sr. Francisco le informo a la parte técnica que la Sra. Violeta había hecho alguna denuncia? No. ¿Presencio usted alguna discusión entre la Sra. Fanny y el Sr. Francisco? No. ¿Su trabajo en el Instituto tenia relación con la Sra. Violeta? No el trabajo de nosotros no tenía nada que ver con la administración. ¿Durante ese tiempo de trabajo usted fue invitada a reuniones labores? Si ¿En esa reuniones participaba la Sra. Violeta? No porque era reuniones que hacíamos con los coordinadores ¿Quiénes participaban y quienes no iban? Principalmente el coordinador técnico Edwin Buitrago, Gilbert Camacho y mis compañeros de la parte técnica y las presidía el Ing. Francisco Contreras, a veces solamente el grupo de la parte técnica para discutir el trabajo a veces no nos necesitaban. Es todo. Posteriormente se le concede se le concede el derecho de hacer preguntas a la parte querellante, a lo que el testigo responde entre otras cosas ¿Indique si usted manejaba parte de recurso dentro del Instituto Geográfico? No. ¿Tiene conocimiento usted si en la parte de acceso al publico del IGSB, existe un mesón de uso para el publico? Si. ¿Usted alguna vez vio a la Sra., Violeta sentada en ese mesón? Si. ¿Por cuanto tiempo? No recuerdo. ¿Conoce usted a la Abg. Susana Gamboa? Conozco que ella es la Abg. Del Sr. Francisco. ¿Ella cumplía alguna función dentro del Instituto? No. ¿Con que frecuencia veía usted a la Abg. Susana Gamboa? Cada 15 días más o menos. ¿Tuvo conocimiento si en el mes de octubre del año 2012, la Abg. Susana Gamboa y el Ing. Contreras le informaron a la Lcda. Villafañe que no podía ocupar su puesto de trabajo? No. ¿Tuvo usted conocimiento que el puesto de la Lic. Violeta Villafañe estuvo ocupando la Sra. Ana Ibarra? Si. ¿Desde que fecha la funcionaria Ana Ibarra ejerció ese cargo de administradora? No recuerdo creo que fue al principio del año 2012 ¿A partir de que momento la Lcda. Ana Ibarra asume el cargo de administradora? Principio del 2012 no recuerdo. ¿Nos puede indicar si para el año 2012 ocupaba el cargo la Lcda. Ibarra? Si. ¿Observo usted si la Lcda. Villafañe ocupaba en un sitio no acorde con el puesto de trabajo de la Administración? Si, disculpe ella para esos días estaba de reposo. ¿Me puede indicar si usted tenía conocimiento de quienes administraban los recursos del Instituto Geográfico? La Sra. Ana Ibarra. ¿Tuvo conociendo de unos memorándum que le entrego el Ing. Francisco Contreras a la Lcda. Violeta en los meses de Septiembre y octubre del año 2011? No tuve conocimiento. ¿Realizaba usted trabajo de campo? No, mi trabajo siempre fue allí fuera de la oficina. ¿Conoció usted la causa de reposo medico, que según usted por espacio de un año de la Lcda. Violeta? No. ¿Cuándo inicio usted en el ING, cuantos trabajadores había? Aproximadamente como 12 personas. ¿Cuándo usted responde que 12 persona, esos funcionarios cumplían horario en el instituto? Si. ¿Cuántas de esas personas realizaban trabajo de campo? Había como tres que cumplían doble función. ¿Esas personas que tiempo le dedicaban a la oficina? Medio día. ¿Qué días? Fuera eran como 2 o 3 días de la semana. El Tribunal pregunta, a lo que el testigo responde entre otras cosas: ¿Observo usted una conducta abusiva por parte del Sr. Francisco a la Sra. Violeta? No. ¿Por qué fue contratado su servicio en el Instituto? Porque se necesitaba persona en la parte técnica, para trabajar en el programa realizando las parcelas. ¿Para el momento que usted ingreso en el Instituto la Sra. Violeta estaba de permiso o laborando? Si, Estaba laborando. ¿Como observaba usted el trabajo de la Administradora normal o abundante? Normal. ¿En el Instituto trabajan bajo presión? No. Es todo.

DECLARACION DE LA CIUDADANA AIMARA MARIAELENA GARCIA SEGOVIA, se le pregunta si tiene alguno parentesco con el acusado, quien manifestó que no, una vez juramentado e impuesto de las generales de ley se identificó como venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-15.071.975, Ingeniera Agrónomo, trabajo en el Instituto Nacional Geográfico desde el 15/07/2011 hasta el 31/07/2013, de inmediato pasó a declarar: “Trabaje en el ING como Coordinadora, también para la oficina de Barinas desde el 2011 hasta el 2013”.Es todo. Seguidamente se le concede se le concede el derecho de hacer preguntas la Defensa Privada Abg. Rafael Mitilo, a lo que la testigo respondió entre otras cosas: ¿Bajo las órdenes de quien trabajo allí? Del Ing. Francisco Contreras. ¿Conoce usted al Sr. Francisco? Si. ¿Presenció usted tratar al Sr. Francisco Contreras tratar de forma vejatoria a la Lcda. Violeta? No. ¿Qué función cumplía usted allí? Yo realizaba trabajo de Coordinadora. ¿Esos dos días que usted venia a Barinas? Siempre teníamos que venir, a entregar la minuta. ¿Su trabajo ameritaba relación directa con la Sra. Violeta? Si, cuando solicitaba Viáticos. ¿Tuvo usted algún problema con la Sra. Violeta por el retrazo de un viático? Una sola vez que iba para guanarito y se retrazo el viático. ¿Cómo era el trato del Ing. Francisco con el personal? Normal. ¿Cómo era el trato con usted? Normal, siempre hablamos de las metas que debíamos cumplir y que teníamos que hacer. ¿En las oportunidades que usted venia en que puesto veía usted trabajar a la Sra. Violeta? La oficina de la Sra. Violeta estaba en frete de la oficina del Sr. Francisco, después que ella se incorporo del reposo si vi que ella se sentaba en el mesón, no escuche que le dieran esa orden de sentarse allí. ¿Cordializaba ella con los demás trabajadores? Si, trataba a todos normal. ¿Estaba aislada allí la Sra. Villafañe? No, aislada como tal no. ¿Observaba usted a la Lcda. Villafañe deprimida? No, en ningún momento la observe llorando. ¿Estuvo usted presente en alguna reunión dentro del Instituto? Si el ultimo cumpleaños mío que fue el 19 de mayo. ¿Participaron la Sra. Violeta y el Sr. Francisco en ese Cumpleaños? Si. ¿Usted llego al ING, durante o después de las remodelaciones? Estaban ya casi terminando. ¿Recuerda cuanto duro el reposo de la Sra. Villafañe? Se que fue algunos meses no recuerdo exactamente cuantos. ¿Le ordeno a usted o algún funcionario del ING, que no le hablaran a la Lcda. Violeta? No. ¿Presenció u escuchó que ente la Lcda. Violeta o el Sr. Francisco hubiera una discusión acalorada? No ni la presencie, ni la vi. ¿Cuál es la forma característica de tratar al personal el Ing. Francisco? Normal siempre nos planteaba las metas envidad de caracas, mas o menos no decía como podíamos cumplir esa meta, normal, ¿conoce usted a la Lcda. Maigualida? Si. ¿Trabaja ella todavía allí? Si ella es asistente administrativa. Es todo. Seguidamente se le concede se le concede el derecho de hacer preguntas a la Fiscalía Décima Séptima del Ministerio Publico a lo que el testigo respondió ¿Usted ingreso el 15/07/2011, cual era su trabajo en el ING? Las dos cosas los coordinadores de área, teníamos que entregar resulta ¿Qué zona tenia usted? Guanarito- Portuguesa. ¿Tenia usted sede en Guanare? En estos últimos meses, si, pero para todo teníamos que venir a Barinas. ¿Usted vive en portuguesa? Si. ¿La Sra. Violeta estaba de reposo cuando usted llego? No recuerdo cuanto tiempo estuvo ella de reposo, pero fueron varios meses. ¿Se enteró usted de algún altercado entre la Sra. Violeta y el Sr. Francisco? No me entere. ¿Pudo observar el regreso de la Sra. Violeta a su puesto de trabajo? Si pude observarlo. ¿En lugar o espacio físico en el mismo que estaba cuando llego de reposo? Yo vi que ella se sentó en el mesón. ¿Se entero usted de algún altercado que haya habido en esos día? No. ¿En algún momento se entero si la Sra. Violeta presto servicio en otro Instituto? Si en el INE, para que prestara sus servicios. ¿Cuál fue el motivo de la terminación de trabajo de usted con el Instituto? Se termino el contrato, se termino la primera fase. ¿Cuándo fue la última vez que usted acudió al ING? 31/07/2013.¿Cuando fue la ultima vez que usted tramito un viático? Hace poco como en junio, porque estábamos haciendo el trabajo mas que todo en el Eje. ¿Esa ultima vez a quien se los solicito? A la Sra. Ana. ¿Por qué se lo solicito a ella? Porque ella era la administradora del Instituto Nacional de Catastro. Posteriormente se le concede se le concede el derecho de hacer preguntas a la parte querellante, a lo que el testigo responde entre otras cosas ¿Usted tenia empleados bajo su mando? Este año en febrero 2013. ¿Antes tenia personal a su cargo? Si las unidades técnicas, y a partir de 2013 es que se abren las oficinas. ¿Cuántos trabajadores tenia a su cargo? Luis Tovar, María Chirino, Edgar Márquez. ¿Conoce usted al Sr. Don Simon? Si el era el coordinador de ejes. ¿Coincidió usted en el ING, con el geógrafo Don Simon en cuando horario? Si. ¿Ustedes hacían trabajo de eje pero las resultas la tenían en la oficina? Si ¿Cuánto tiempo permanecían en la oficina? Por lo general dos veces a la Semana, los que residían en Barinas, iban todos los días a la oficina. ¿Conoció a la administradora Ana Ibarra recuerda usted la fecha de ingreso de ella al ING? No recuerdo. ¿Nos puede indicar si a Sra. Ana Ibarra cumplía en cargo de Administradora? Si. ¿Qué cargo desempeñaba a la Sra. Ana Ibarra? Era la Administradora a nivel Nacional. ¿A quien le solicitaba usted los viáticos? A la Sra. Ana, primero se hacían unos cheques para que la Sra. Violeta los firmara. ¿La que le suministraba los viáticos al personal era la Sra. Violeta? Si claro. ¿Durante cuando tiempo fue eso? Como tres meses. ¿Recuerda en que fecha se incorporó la Sra. Violeta Villafañe? No lo recuerdo. ¿Cuándo ella se reincorporo al ING, que sitio ocupo? La veía en un mesón, pero la parte de los viáticos los estaba haciendo la Sra. Ana, ese mesón quedaba al lado de la de la Sra. Maigualida y frente a la del Sr. Francisco. ¿Ese mesón es de acceso al público? No es para nosotros hacer presentaciones. ¿Cuándo llega personal donde lo atiendes? Casi siempre es con el Ing. Francisco. ¿Cómo esta estructurada la Sede? Hay varios escritorios. ¿Existe área para atender a público? No, como le dije allí casi no se recibe gente y si es así se pasa a mesón. ¿Cuántos trabajadores fijos había en la sede? Estaba Don Simon, Wiliberto, Maigualida, Violeta, Fanny, Julio, Francisco, como 9, 10. ¿Cuántos trabajadores realizaban el trabajo de remodelación? Como 4. ¿Ellos cumplían horario de oficina? No, como tal, si permanecían bastante tiempo en la oficina. ¿Compartía usted fuera de la oficina trabajo con el Ing. Francisco? Cuando íbamos a alguna reunión. ¿Quién le indico usted que tenia que declarar en este juicio? Susana la Abogada. ¿Cómo conoce usted a la Abg. Susana? Ella trabajo como 3 meses en la Oficina. ¿Cuánto tiempo ella laboraba allí? Todos los días, ella llegaba como a las 10:00am. ¿Ella era la abogada del Ing. Francisco Contreras? Claro. ¿Tuvo usted conocimiento de la orden que la Abg. Susana Gamboa y el Ing. Francisco le dieron a la Lcda. Violeta de no trabajar en su puesto de trabajo? Nunca había escuchado eso. ¿Llego usted algún momento a dialogar con la Abg. Susana de este problema? No. ¿Tuvo conocimiento de algunos memorándum que le dio el Sr. Francisco a la Sra. Violeta? Si oí algo de eso. ¿En alguna oportunidad usted presencio algún funcionario de Inpsasel en el ING? No se si era para eso, pero si observe, se estaba haciendo una análisis de las condiciones de trabajo, no fui entrevistada. ¿Recuerda usted el cargo de esos funcionarios de Inpsasel? No. ¿Cuántos funcionarios eran? 2 ó 3. El Tribunal pregunta, a lo que la testigo responde entre otras cosas: ¿Usted por que es contratada por el ING? porque estaban haciendo el programa nacional de catastro, eso consistía en los comité de tierras, la parte de auxiliares catastrales, siempre estábamos trabajando con las comunidades. ¿En que consisten esos dos programas? Una es el persona del PNC y el personal del IGB, el PNC es aprobado por el Concejo Federal de Gobierno, tenia su dinero aprobado para eso estaba bajo la supervisión del IGB. ¿Había dos administradores? Si unos para cada uno para el PNC y para el ING. ¿Esos recursos fueron progresivos? Progresivamente los iban bajando. ¿Ese programa tenia un tiempo para cumplirse? Si, como 2 años aproximadamente. ¿Ese trabajo en el Plan Nacional de Catastro era bajo presión? La presión vino estos últimos meses, pero era normal. ¿Esos últimos meses desde cuando? Desde febrero hasta julio del 2013. ¿Quienes participaban en el plan? El Ing. Francisco a veces y otra con solo nosotros. ¿Cuándo hacían las reuniones con todo el personal `participaba la Sra. Violeta Villafañe? Si. ¿Cómo veía la comunicación del Sr. Francisco con la Sra. Violeta? Normal, ella le entregaba los viáticos, los cheque para que los firmara. ¿Cómo describe usted el ambiente de trabajo en el ING? Allí cada quien esta metido en su trabajos, todo normal. ¿Para el momento que usted ingresa en el instituto la Sra. Violeta? Esta de vacaciones. ¿Notó usted alguna conducta abusiva llámese gritos por parte del Francisco con la Sra. Violeta? No. ¿Tiene conocimiento cual era la función de la administradora del Instituto? Eso lo llevaba la Sra. Violeta, pero no se. Es todo.

DECLARACION DEL CIUDADANO DON SIMON ENRIQUE SULBARAN VIVAS, se le pregunta si tiene alguno parentesco con el acusado, quien manifestó que no, una vez juramentado e impuesto de las generales de ley se identificó como venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V-14.267.792, Oficio Geógrafo, soy comerciante e inmediato pasó a declarar: “Estoy aquí en función de la demanda que hay en contra del Sr. Francisco Contreras, del primero de septiembre del año 2011 al 2013, lo que observe en el tiempo que estuve allí, hubo un trato cordial y conforme con todos los trabajadores que allí estuvimos”. Seguidamente se le concede se le concede el derecho de hacer preguntas la Defensa Privada Abg. Rafael Mitilo, a lo que el testigo respondió entre otras cosas: ¿Usted es geógrafos egresados de donde? De la universidad de los andes, labore en el Instituto Geográfico durante ese años. ¿Durante el tiempo que estuvo trabajando allí puedo observar la cotidianidad del Sr. Francisco y la Sra. Violeta? Una relación normal. ¿En ese tiempo que trabajo allí observo a la Lcda. Villafañe deprimida o estaba incorpora con el resto del personal? No estaba aislada, socializaba con el resto del personal. ¿Cómo era el Sr. Francisco con ustedes? Era normal, nos daba directrices emanadas de Caracas todo normal. ¿Presencio usted una reunión entre los compañeros de trabajo? Si cuando cumplía años alguien reuníamos comprábamos la torta. ¿La Sra. Violeta trabajaba en otro lugar? Si, en el Instituto Nacional de Estadísticas, ¿Por qué? Porque el Instituto Nacional de Estadísticas estaba en remodelación. ¿Conoce usted a la Sra. Maigualida? Si Maigualida Vivas, ella es como la secretaria de instituto recibe a la gente. ¿Durante el tiempo que usted estuvo allí, cuantos obreros laboraron allí? 5 ó 6, los coordinadores, la Sra. Maigualida estaba en el momento de la remodelación. Seguidamente se le concede se le concede el derecho de hacer preguntas a la Fiscalía Décima Séptima del Ministerio Público a lo que el testigo respondió: ¿Cuándo ingreso usted? El 01 de septiembre del año 2011, estaba en la fase fina de la remodelación. ¿Cuál era su cargo especial? Coordinador técnico del eje andino. ¿Cuál era su horario de trabajo? Horario de oficina de lunes a viernes. ¿Durante ese horario y la jornada semana, cuantas veces se ausentaba de la sede del Instituto? Eso dependía del trabajo de campo, que se presentara, yo llegaba al instituto y luego me iba al trabajo de campo. ¿Usted trabajo en el Instituto Geográfico en Guanare? No en ningún momento. ¿En que ciudades pernoctaba? Sócopo, Santa Bárbara, duraba un día de pernocta, al otro día regresaba. ¿Cuando estaba en la sede física cual era su trabajo? Me sentaba en una mesa con la computadora a ordenar el trabajo que hacia. ¿Quiénes compartían ese tipo de trabajo con usted? Los coordinadores médicos sobretodo. ¿Cuándo termino la remodelación, usted pudo visualizar el tipo de trabajo de la Sra. Violeta? Si, estaba ella, al lado la Sra. Maigualida, en la primera entrada el Sr. Francisco. ¿Usted presenció la reubicación de la Sra. Violeta? No. ¿Cuándo la Sra. Violeta salía del Instituto eso era en que fecha? Dos semanas más o menos, la Sra. Violeta hubo un tiempo que se ausento, creo que fue por un permiso, no recuerdo el tiempo exacto. ¿Cuándo se reincorporo trabajaba usted en el Instituto? Si. ¿Cuándo se retiro usted del Instituto? Trabaje desde septiembre hasta el 31/07/2013, porque se termino el contrato y era por tiempo determinado. ¿Cuándo usted estaba presencio usted un tipo de reclamo del Sr. Francisco hacia la Sra. Violeta? No. ¿Durante ese tiempo observo usted si a la Sra. Violeta se le fue entregado algún tipo de memo? No. ¿Se entero usted si algún tiempo ella estuvo de reposo medico? Si esa vez que le dije, pero no recuerdo el tiempo. ¿Le pidió alguna persona que viniera al juicio? La citación si, me informo el Ing. que había llegado, y tuve que venir. ¿Actualmente tiene alguna relación de amistad con el Sr. Francisco Contreras? No. Posteriormente se le concede se le concede el derecho de hacer preguntas a la parte querellante, a lo que el testigo responde entre otras cosas: ¿Me puede indicar cual era su trabajo específico? Consiste en diversas tareas que involucran la planificación y la relación con otros entes, y yo como representante de ese ente para trabajar como geógrafo. ¿Qué tiempo le dedicaba al trabajo de campo y de oficina? En porcentaje era 40% de campo y 60% de oficina. ¿Parte de ese horario lo ejecutaba usted en ese trabajo de campo? Si. ¿Usted manifiesta que se trasladaba a poblaciones, ese tiempo que uste tomaba para trasladarse, a esos lugares se encuentra incluido en ese horario de trabajo? Si. ¿En la ciudad de Guanare realizó algún trabajo de campo? No. ¿Fue usted al Instituto Geográfico de Guanare? No. ¿Fue usted al INE? Si, en fecha noviembre, a solicitar información cartográfica, estábamos en el censo. ¿Usted sabia que la Sra. Violeta trabajo en el INE? Si, había escuchado, que ella estuvo allá en el INE. ¿Cuándo inicio el trabajo en el ING, observo a la Sra. Violeta trabajando allí? Si, la observe, que ella estaba allí. ¿Hasta que momento observo que ella trabajo allí? Hasta que ella se ausento por el permiso, el tiempo exacto no lo se. ¿Recuerda en que fecha ella se reincorporo en el trabajo? No recuerdo la fecha. ¿Usted observo trabajadores laborando allí? Si como tres obreros, detalles de limpieza, para entregar la obra. ¿Tuvo Contacto con los obreros de la remodelación? No. ¿Cuántos trabajadores tenia el ING, en la sede trabajando? 8 y conmigo 9. ¿Esos trabajadores permanecieron allí siempre? Si, luego el instituto ingreso más gente. ¿Recuerda usted el trabajo que realizaba la Sra. Violeta Villafañe? Si de administración, nuestro trato era de compañeros de trabajo, y con el Sr. Francisco era una relación normal de compañeros de trabajo. ¿Su relación con el ing. Francisco como es? Lo conozco pero nada pues, normal. ¿Quién le dijo a usted que debía presentarse en el Tribunal? El Ingeniero Francisco hace una semana. ¿Suministró usted alguna vez sus datos para ser promovido como testigo? Si mi cedula al ingeniero Francisco, no recuerdo la fecha. El Tribunal pregunta, a lo que el testigo responde entre otras cosas: ¿Usted presencio una conducta abusiva por parte del Sr. Francisco con la Sra. Violeta? No. ¿Presenció discusión entre ellos? No. ¿Cuántas veces a la semana para lo que usted denomina el eje andino? Eso dependía de lo que uno planificara, dos días a la semana, había semanas que no se salía. ¿Cuándo tiempo permanecía usted el Instituto? Tres días, dos días cinco días. ¿Dónde estaba ubicada la mesa que usted señalo con respecto al puesto de trabajo de la Sra. Violeta? Estaba detrás, al final de la oficina, hay un mesón, imaginemos que esta sala es la oficina, el escritorio de la Sra. Violeta esta el estrado, la mesa estaba en la puerta, los dividía una pared. ¿Qué distancia había del puesto de trabajo de usted con respecto al `puesto de trabajo de la Sra. Violeta? Siete metros. ¿Cómo era la relación laboral del Sr. francisco con respecto a los demás trabajadores? Respetuosa acorde, dentro de una conducta normal. ¿Cómo era la relación de la Sra. Violeta con los demás trabajadores? Normal, armoniosa, amistosa, cariñosa. ¿Llego usted a notar algo anormal entre el Sr. Francisco y la Sra. Violeta? No, se acercaban hablaban dejaba algunos papeles, solicitaban papeles, con tono de voz sereno. Es todo.

DECLARACION DE LA CIUDADANA GIORBELIS VIGDALIA MARQUEZ, se le pregunta si tiene alguno parentesco con el acusado, quien manifestó que no, una vez juramentado e impuesto de las generales de ley se identificó como venezolana, titular de la cedula de identidad Nº V-11.922.544, en su condición Gerente del Instituto Nacional de Estadísticas, con de experiencia de ocho (8), de inmediato pasó a declarar: “lo único que conozco del caso es que el compañero Francisco, en una oportunidad se me solicito colaboración de manera institucional ya que el ING, iba a realizar remodelación en sus espacios, ella estuvo allí por un lapso de tres (3) meses y medos mientras nosotros realizamos el censo, y se le cedió un espacio donde trabaja mi administradora que es una mesa que esta al lado de la mía, le asignamos un mesón, y yo la veía laborar cuando estaba en mi oficina porque salgo y entro sucesivamente, y la vea laborar ”. Es todo. Se deja constancia que la Defensa Privada Abg. Rafael Mitilo no realizó preguntas. Es todo. Seguidamente se le concede se le concede el derecho de hacer preguntas a la Fiscalía Décima Séptima del Ministerio Publico, a lo que la testiga contesta entre otras cosas. ¿Durante el tiempo que estuvo la Sra. Violeta, estuvo enviada por una comisión de servicio? No, ella simplemente se le cedió una un espacio para que realizara el trabajo de allá. ¿Cual fue el motivo para que se cediera ese espacio? El instituto estaba siendo remodelado. ¿Por cuánto tiempo? Aproximadamente por tres meses y medios. ¿Observo usted si el Ing. Francisco asistió al INE, a tener algún tipo de contacto con la Sra. Violeta? Si ¿Presencio usted algún tipo de conversación entre ellos? No. Inmediatamente se le concede se le concede el derecho de hacer preguntas a la parte querellante, a lo que la testigo responde entre otras cosas: ¿Quién le solicito ese espacio institucional? El representante del ING, fue quien me solicito ese espacio el Sr. Francisco Contreras. ¿Recuerda usted el horario de trabajo que cumplía la Sra. Violeta en el INE? El que ella ejercía no, pero si estaba entre los horarios normales. ¿Recuerda si la Lcda. Violeta alternaba su horario de trabajo? No, desconozco si cumplía el horario de trabajo en el ING, mientras laboraba en el INE, cuando estaba en mi oficina la veía en el Escritorio que le cedí. ¿Usted la veía allí? Con frecuencia yo entro y salgo de mi oficina, no estoy todo el tiempo. ¿Recuerda el inicio en ese trabajo que realizo la Sra. Violeta? No recuerdo el inicio creo que fue en el mes de mayo, pero no recuerdo, no se cuando termino, le digo que fueron tres meses y medios ya para el mes de agosto ella ya no frecuentaba mi oficina. El tribunal pregunta, a lo que el testigo contesta entre otras cosas: ¿En el tiempo que permanecía en la oficina llego a permanecer con el Sr. Francisco? Si. ¿Noto usted alguna conducta inadecuada en relación del Sr. Francisco con la Sra. Violeta? No. ¿Cómo era la relación entre ellos? La verdad es que era muy cordial, llegaban saludaban y es normal. Es todo.

DECLARACION DE LA CIUDADANA LIDIA CAROLINA MANRIQUE UMAÑA, y se le pregunta si tiene alguno parentesco con el acusado, quien manifestó que no, una vez juramentado e impuesto de las generales de ley se identifico como venezolana, titular de la cedula de identidad Nº V-13.946.085, Profesión, Economista, Actualmente es Coordinadora Instituto Nacional de Estadísticas, años de experiencia seis (6) de inmediato pasó a declarar: “ Me preguntaron sobre la ciudadana Villafañe, estuvo trabajando 3 meses en el Instituto se le dio trabajo porque donde ella trabajaba no habían condiciones para trabajar, trabajó allí, cumplía su horario, la supervisaban cuando tenían que hacerlo” .Es todo. Seguidamente se le concede se le concede el derecho de hacer preguntas al Defensor Privado Abg. Rafael Mitilo a lo que la testigo contesto entre otras cosas: ¿Usted es funcionaria del Instituto Nacional de estadísticas, conoce al Ing. Francisco Contreras? si hace 6 años. ¿Desde cuando? Desde que empecé mis labores en el Instituto. ¿El instituto tiene alguna dependencia con el Instituto geográfico? Ninguna. ¿Es usted subalterna de Ing. Francisco Contreras? No. ¿Conoce a la Lcda. Violeta Villafañe? Si. ¿Recuérdale lapso en que estuvo trabajado en esa sede? Estuvo de junio a agosto del año 2011 en el Instituto Nacional de Estadísticas. ¿En esa sede del INE el Ing. Francisco Contreras tuvo alguna relación de trabajo con la Lcda. Villafañe? El es el jefe si. ¿Presencio usted en la sede del INE esa relación laboral entre Francisco Contreras y la Lcda. Villafañe? Si. ¿Cómo era esa relación? Era una relación normal entre un jefe y un empleado. ¿En cuantas postunidades si lo recuerda vio usted esa comunicación laboral entre la Lcda. Villafañe y el Ing. Contreras? La mayoría de las veces que el fue a la oficina. ¿Vio usted alguna vez al Ing. Francisco Contreras tratar en forma humillante a la Lcda. Violeta Villafañe? No. ¿Vio usted en aluna oportunidad tratar el Ing. Francisco a la Lcda. Violeta Villafañe con gritos y ofensas? No. ¿En las postunidades que los vio laborado juntos estaban de pie o a distancia? Ella tenia un sitio su escritorio, y cuando el ing. Iba era a firmar papeles, documentos. ¿Durante ese tiempo que estuvo la Lcda. Villafañe en la sede del INE conversaba con ella? Si. ¿En alguna oportunidad le manifestó la Lcda. Villafañe a usted las razones por las que estaba en la sede INE? no me lo comento mi jefe que había una nueva persona, en ese puesto de trabajo. ¿Le comento su jefa las razones? Porque había una remodelación y no era un lugar apto para los empleados. ¿Vio usted durante ese lapso de tiempo a la Lcda. Villafañe deprimida en su espacio de trabajo? No, ella hacia su trabajo. ¿Es usted amiga del Ing. Francisco? No, somos compañeros de trabajo. ¿Es usted amiga de la Lcda. Villafañe? No somos compañeras de trabajo. Posteriormente se le concede se le concede el derecho de hacer preguntas a la Fiscalía Décima Séptima del Ministerio Público, a lo que la testiga contesta entre otras cosas: ¿Tiene el cargo de Coordinadora de estadística, si podía aclararnos quien es su jefa? La gerente es Yosbelis Márquez, y yo soy la coordinadora de estadísticas, estadal y municipal. ¿Pudo usted ver la solicitud hecha por la ciudadana Villafañe por escrito? no mi jefa me lo comento. ¿No le comento su jefa en que condición ella iba a esta allí? Ella dijo que se le iba a ceder un espacio para que laboraran allí, pero del Instituto Geográfico no de Nosotros. ¿El INE es un instituto Autónomo de quien depende? De la Secretaria de la presidencia. ¿La Lcda. Villafañe estuvo desde que tiempo? Mayo junio y julio del año 2011, recuerdo que fue en esos meses porque estábamos haciendo el censo de población y vivienda. ¿Ella colabora de una forma en ese trabajo de censo de población y vivienda? No. ¿Cuantas veces presencio usted esa relación del ing. Francisco y la Lcda. Villafañe? No recuerdo con precisión porque también tengo trabajo y no sabría decirle cuantas. ¿Usted llego a escuchar lo que ellos se comunicaban? El iba a firmar cheques o bauches, de lo que ella llevaba, era normal, un jefe dándole instrucciones a su empleado. ¿Usted conoce la sede de Instituto Geográfico acá en Barinas? Si la conozco. ¿Se traslado allá a la sede Instituto Geográfico en los meses en que estuvo realizándose la remodelación? No. ¿Conoce el sitio de trabajo de la Sra. Violeta Villafañe? No, bueno decir que es uno en específico, no porque hay muchos. ¿La Sra. Violeta Villafañe le comento en algún momento que existía alguna denuncia en contra del Ing. Francisco Contreras? No. ¿La Lcda. Violeta Villafañe le manifestó en algún momento de que fuera trasladada al Instituto Nacional de Estadística? No. ¿Durante ese tiempo que estuvo en el INE presento algún reposo? Que yo sepa no. Posteriormente se le concede se le concede el derecho de hacer preguntas a la parte querellante, a lo que el testigo responde entre otras cosas: ¿Me puede indicar la dirección de la sede del INE? Detrás del parque la carolina, entre Calle Cedeño y calle del parque. ¿Me puede indicar donde queda el Instituto de Geografía? Detrás de la plaza Bolívar. ¿En los meses junio julio estuvo la Lcda. Violeta, que horario tenia ella allí, o que días ella cumplía esa función de trabajo en esa sede? En horario de oficina de lunes a viernes, ella estaba todo el día, yo siempre la veía. ¿Usted como coordinadora de INE tiene a Cargo que Personal? aproximadamente 7 personas. ¿El resto del personal trabajaba en el Instituto Nacional de Geográfico Simon Bolívar? Yo se que ella estaba en el INE, porque donde ella estaba no había condiciones para trabajar, no se lo desconozco. ¿Cuándo usted manifestó que hacia trabajo fuera de oficina, que tiempo permanecía esa oficina sin su presencia? No mucho 30, 40 minutos. ¿En sus respuestas anteriores quiere decir que la Lcda. Villafañe trabajo solo en INE nada mas? si ella trabajo allí nada mas. ¿El Sr. Francisco Contreras es su compañero de trabajo? Si. ¿Hay alguna relación de información entre la oficina del INE con el ING? Si porque trabajamos con cartografía y ellos son el ente encargado de la cartografía. ¿A través de que medio se produce el intercambio de información? A través de mi gerente Yosbelis Márquez. ¿Describa el sitio exacto donde desempañaba su labor la Lcda. Villafañe? Tenía un escritorio al lado de María Guzmán. ¿Es un ambiente donde podemos vernos las caras? No, es un ambiente cerrado. ¿Esta gerente tenia la posibilidad de cerrar una puerta y tener un ambiente cerrado? Tiene dos puertas una que da a la sala, permanecían las puertas abiertas. ¿Esas divisiones son de paredes o de vidrios? Paredes. Consecutivamente se le concede se le concede el derecho de hacer preguntas a la parte querellante Abg. Querellante Gerardo Tazzo, a lo que el testigo responde entre otras cosas: ¿En su Organismo INE que mecanismo de control de asistencia llevan? Todos los días firmamos una hoja cuando llegamos, cuando nos vamos al medio día y cuando nos vamos. ¿La Lcda. Villafañe trabajaba un horario completo en el INE ella firmaba la asistencia allí en ese organismo? No porque ella no labora para el INE, allí solo firma el persona que labora allí. ¿La Lcda. Violeta para los meses que laboraba en el INE prestaba un turno alternativo? Yo recuerdo que ella iba todos los días desconozco si era alterno pero yo la veía todos los días. El Tribunal pregunta, a lo que el testigo responde entre otras cosas ¿Podría explicar donde quedaba su puesto de trabajo con respecto a la ubicación que tenia la Lcda. Villafañe? Eso es como una casa ella estaba como a cinco metros de donde estaba yo, que era donde estaba el administrador. ¿Explíqueme esos cinco metros? La sala esta donde esta usted, a la sala de testigo, es muy lejos, lo divide una puerta, compartía oficina con la administradora? conmigo no. ¿La Sra. Villafañe y el Ing. Francisco porque dice eso? Porque los amigos salen comparten y ellos no hacen eso. ¿Tiene conocimiento cuanto tiempo tiene el Sr. Francisco en el INE? No, cuando llegue ya el estaba. ¿A cual oficina? Al Instituto Nacional de Estadísticas. ¿La Lcda. Villafañe compartió con usted, tuvo algún funcionario inconveniente con la Sra. Villafañe? No. ¿Cómo vio usted el desempeño de la Lcda. Villafañe? Yo la saludaba, ella siempre estaba haciendo su trabajo, normal. Es todo.

DECLARACION DE LA CIUDADANA NORIS JOSEFINA GARABOTE RODRIGUEZ, con cedula de identidad número: 8.067.984 trabajo en Ipostel del estado portuguesa quien manifiesta: fui notificada el día viernes la relación que he tenido con el instituto geográfico fue en el 2010 donde Ipostel tiene relación en vista que nosotros trabajamos con la cartografía el cual el instituto geográfico es retor del nivel nacional, a raíz de estas charlas tiene que ver con la parte de cartografía a nivel nacional fuimos convocados todos hacer un levantamiento cartográfico en el estado Portuguesa se hicieron con el instituto geográfico, alcaldía e Ipostel. Seguidamente se le concede se le concede el derecho de hacer preguntas la Defensa Privada Abg. Rafael Mitilo, a lo que el testigo respondió entre otras cosas: ¿Conoce a francisco? Si nunca dependí de el porque era interés de ambas partes. ¿Ha venido a trabajar en la sede de Barinas? He venido varias veces a la oficina a hacer trabajos de cartografía. ¿Conoces a Violeta Villafañe? Si. ¿Que trato presenciaste ente Francisco y la victima? Compañeros de trabajo. Seguidamente se le concede se le concede el derecho de hacer preguntas a la Fiscalía Décima Séptima del Ministerio Público a lo que el testigo respondió: ¿Desde cuando conoce a Violeta? Desde el 2011 la conocía de la oficina. ¿Como la conociste? Porque trabajaba en la parte administrativa, converse solo cosas triviales queda en el sector del centro vine 3 veces. ¿Recuerda las fechas? En el año 2011. Posteriormente se le concede se le concede el derecho de hacer preguntas a la parte querellante, a lo que el testigo responde entre otras cosas: ¿En el 2010 se llevaron conferencias en la jurisdicción de portuguesa Ipostel? Si y otras instituciones. ¿Quien presidía esas charlas? El ingeniero Francisco. ¿Usted dice que conoce a Violeta en cuantas oportunidades estuvo en un dialogo con ella? Dialogo como tal las reuniones se hacían con el ingeniero Francisco solo eran saludos. ¿Que tipo de concertaciones triviales? De cómo se siente, como va el trabajo. ¿Y que le respondía la ciudadana Violeta? Ella se mantenía en su puesto y respondía que bien. ¿En que año fue? En el 2011, no te puedo precisar el mes. ¿Cuando comienzan esas participaciones de Ipostel en el plan de cartografía nacional? en el 2010. ¿Usted dice que conoció al ciudadano Francisco que le manifestaba de la administradora Violeta? No había ninguna manifestación. ¿Le llego a comentar Francisco sobre la forma en que realizaba el trabajo la administradora? No. ¿Usted tenía comunicación directa con el ciudadano Francisco. Si. ¿Como no te enteraste de la situación si tenias comunicación con Francisco? No porque no manteníamos conversación de la parte administrativa. ¿De jefe a jefe no se comentan el rendimiento de los trabajadores? No solo era de la planificación de los trabajadores porque hacíamos trabajo de calle. ¿Te permitió tener conversaciones triviales? Si porque a todos se saluda, la señora Violeta siempre fue de trato amable por lo menos conmigo. ¿Tiene usted interés que Francisco sea condenado? No ninguno. El Tribunal pregunta, a lo que el testigo responde entre otras cosas: ¿Cuando uste iba hasta la sede cuanto tiempo permanecía hay? 2 horas cuando máximo. ¿Cuantas veces fue en el 2011? como 3 veces aproximadamente. Y en el 2012 a finiquitar el trabajo geográfico. ¿Cuantas veces fuiste al 2012? Dos veces. ¿Las veces que usted fue la señora Violeta se encontraba en esa cede? No recuerdo. ¿Llego usted a presenciar las veces que fue el trato de Francisco y Violeta? Amable cortes. Es todo.

DECLARACION DE LA EXPERTA MARIA ALEJANDRA OTALVARO LOPEZ, y se le pregunta si tiene alguno parentesco con el acusado, quien manifestó que no, una vez juramentada e impuesta de las generales de ley se identificó como venezolana, titular de la cedula de identidad Nº V-18.424.264, Profesión Psicóloga, actualmente labora en INPSASEL, desde hace un (01) año y tres (03) meses, con experiencia de tres años (03) de inmediato pasó a declarar: “Los hechos ocurren cuando la ciudadana Violeta va, a colocar la denuncia, y efectivamente decía que existía un acoso psicológico en la institución, la valore, se le apertura una historia medica, porque presentaba reposos en el área de psiquiatría en el área laboral, reporte que hace por su hijo porque, no doy mas detalles porque es confidencial, luego se emitió una orden para una inspección hasta el sitio de trabajo, me dirijo al lugar en compaña del inspector actuante Leones Briceño, que emprendía la función de Inspección, de prevención, mi área es determinar si existían algún mobbing con respecto a acoso laboral, hice tres visitas, entrevistando con los trabajadores que trabajan en el lugar, uno por uno, entrevistándole, y bueno ellos nos respondían todo, se le pregunto, como se sentían en el lugar del trabajo, se sentían acosados en el puesto de trabajo, luego se les aplico a ellos un Tes. para determinar si existía acoso, y las pruebas arrojan que no existe acoso por parte de los patronos, se constato que el Sr. francisco y no solo con el, porque es muy permisivo, y hay un clímax de trabajo estable, no menciono los trabajadores porque el algo confidencia, pero se recomienda en estos caso realizar un estudios para llevar un mejor clímax de trabajo, en cuanto a la historia clínica, realizada a la Sra. Violeta. Es cuestión de realizar una valoración mas profunda,” .Es todo. Seguidamente se le concede se le concede el derecho de hacer preguntas la Defensa Privada Abg. Susana Gamboa, a lo que el testigo respondió entre otras cosas: ¿Usted egreso como psicóloga hace cuanto? Hace tres años, en la Universidad Central de Venezuela, me fui por psicología clínica industrial. ¿Tiene un año y tres meses en Inpsasel, el acoso laboral en que consiste? Hablamos de frecuencia duración e intensidad, donde el empleador debe abstenerse a realizar conductas intimidatorias, producir conductas inadecuadas, por ello tenemos preceder, se le hizo la solicitud, cuando llegue no existía psicólogo, y en ese tiempo, había una persona adicional en la empresa, pero no formaban parte de la nomina, realmente no es mi criterio, son personas que son foráneas. ¿En que estado esta investigación? En la inspección que se hizo, por allí ya se puede cerrar el caso porque ya se hizo lo necesario de riesgo psico-social, no encontré un acoso por eso no ordene a la institución, por eso no ordene que esa minoría que estaba allí y tenia un clímax de trabajo según el exceso de trabajo. Con la Sra. Violeta falta realizarle el origen de enfermedad, ya hay algo adelantado, porque ya le realice la entrevista personal, nosotros tenemos que evaluar ciertos parámetros, si se realizo examen para empleo, y de ser así seria el Instituto Nacional no el Ing. Francisco, tendríamos que evaluar la institución y no al Ing. Porque la mayoría informa que todo esta bien. ¿Determina el caso de Violeta Villafañe en una sola entrevista? Ameritaría de 3 a 4 entrevista, de repente en 45 minutos no podría determinarlo pero las pruebas ayudan mucho. ¿Por su experiencia puede determinar si la Sra. Violeta Villafañe puede con una sola no con tres o cuatro? Si. ¿Es indispensable el examen al entorno de trabajo? Es necesario porque se debe realizar investigaciones, para determinar que el ambiente de trabajo y los factores, anteriormente note que me puedo fijar en las conducta, porque ya a sus compañeros de trabajo. ¿INPSASEL es voz oficial en esa materia? Si, en lo que respecta a acoso labora, relación empleado – trabajo, en materia personal no. ¿En el caso de Violeta Villafañe quien hizo la denuncia? Fue el trabajo de la institución, el día que hice las entrevista ella no estaba, y la vez que fue estaba acompañada con su hijo. Se deja constancia que la Defensa Privada Abg. Rafael Mitilo no realizó preguntas. ¿Me podría indicar cual es el procedimiento? Me dirigí con el Sr. Leonel Briceño, Íbamos a evaluar el clímax de trabajo. ¿Cuándo habla de evaluar se refiere a? en si existen delegados de pruebas, si cuenta con los mecanismos para prevenir algún accidente laboral, yo me dedico a la parte psico- social, en ese momento yo me voy a un sito, esa parte tiene vidrios se podía ver de adentro para afuera y de afuera para adentro, entreviste a todos no había oposición por parte de ellos, en la segunda entrevista me dirigí al lugar pero como ellos estaban en plan de catastro era difícil entrevista a todos en la tercera visita me dirigí con un compañera Liandra Hernández, y estábamos mas focalizas, en el problema, pero entrevistamos, después que realizo esto las tabulo, vaceo los datos. ¿A que conclusiones ha llegado al momento? En el sitio de trabajo no hay un mal clímax de trabajo. ¿Cuántas veces vio a la Sra. Violeta? La vi en su sitio de trabajo, las tres veces que fui, a veces me quedaba hablando con ella. ¿La evalúo a ella? Si. ¿Tuvo alguna reacción en cuanto a lo que estaba ocurriendo? Ellos fueron muy receptivos, en ningún momento vi que existiera alguna relación extra entre ellos, percibí conductas que habría que evaluar con otros estudios, eso se debe determinar, Estudiando a la persona como tal, para determinar si era una conducta que ella traía o se le formo en el ambiente laboral. ¿Ese procedimiento que aplica de donde lo saca? Me dirijo en el sitio de trabajo, me faltarían aplicarle dos pruebas mas para determinar, y esos son factores que ya viene preestablecido es la mejor manera entrevistando a la trabajadora y a la persona que hace el acoso, en las tres oportunidades que fue solo entreviste a los trabajadores, en ningún momento me reuní con el Sr. Francisco, no debía entrevistarlo en ese momento. ¿Si hubiese Mobbing laboral que hubiese evidenciado? Si es una persona que recibe el acoso, esa persona lo va a presentar pero el resto de los trabajadores, no presentaban ningún tipo de acoso, pero lo que si surgió en eso fue el clímax de trabajo que no había clímax de trabajo, porque el Sr. Francisco era muy permisivo, estoy hablando de que en nomina me presentaron 22 y entreviste a 19 persona. Seguidamente se le concede se le concede el derecho de hacer preguntas a la Fiscalía Décima Séptima del Ministerio Publico, a lo que el testigo contesta entre otras cosas ¿Cuándo empezó a trabajar en INPSASEL? 30 de junio de 2012. ¿Este es su primer trabajo en una institución? siempre he trabajado a nivel publico, manejaba todas las áreas, como violencia de genero, en todas las áreas, problemas, de maltrato infantil, luego trabaje en la UNA dure 9 meses. Tiene conocimiento como se realizo el procedimiento? si, se que anteriormente iba y le decían que no había psicólogo, en otra oportunidad estaba haciendo inspecciones. ¿Cuándo fue la primera vez que conoció del caso de la Sra. Violeta? En fecha en si no la recuerdo, y alrededor del miércoles o jueves yo empiezo, hacer inspección de casos que no se habían cerrados, luego determine el de la Sra. Violeta notando que tenia reposos. ¿Cuándo hizo la denuncia manifestó que ya existía una denuncia? En razón de ellos no debo pero no lo deje en el informe. ¿Considero necesario enviar o consignar un informe a la impresa? Te repito trabajo en la parte laboral, no puedo enviar, porque ellos no están a diario en su sitio de trabajo. ¿En base a esto fue remita a la Institución por el Dr. Reinado Milán? Cuando veo que la Sra. Violeta presenta reposos convalidados por el seguro social se le manda a abrir un investigación en virtud de los reposos, lo que note es que el que lleva la materia no es especialista, eso lo debo corroborar cuando haga investigación de origen de enfermedad cuando haga la valoración. ¿Estaban validados por el seguro social? Si todos, incluso note que había unos validados por otos estados y no por Barinas. ¿Usted puede certificar el reposo emitido por un medico psiquiatra? Cuando llegue el momento tengo que dirigirme con cada especialista para notar que hicieron o que pruebas practicaron, para determinar ese mobbing laboral pero si uniendo lo de cada medico y determinar si es una depresión que determino una explosión laboral, que condiciones tenia la institución como tal. ¿Usted se comunico de alguna forma con las persona que realizaron esas inspecciones? No, porque yo si una orden de trabajo no puedo proceder, con la autorización de caracas, no lo he hecho cuando me lo generen yo acudo a esos médicos que la trataron si aplicaron la pruebas necesarias, el Dr. no se puede meter en mi área ni yo en las de el y yo me aboco en la parte psico- social. ¿Le consta que ella fue vista por el medico Reinaldo Milado? Si me consta, yo lo llevo en los informes, el es medico cirujano, esta realizando un estudio en traumatología, pero como esa es un área psico-social, el solo apertura la historia medica ocupacional. ¿Dice que no existe acoso laboral, en el caso de la Sra. Violeta existe acoso laboral? Yo no digo que no, la gran mayoría manifiesta que no existe acoso laboral, no puedo determinar si la Sra. Violeta es victima de acoso laboral, para llegar a eso hay que hacerle una valoración psico-social, y dice los que siente ese acoso que era por parte de otro coordinador no del ing. Francisco. ¿De 22 trabajadores se entrevisto con 19 recuerda cuales ingresaron recientemente y los mas antiguos? Les preguntaba cuantos tiempo tenia en la institución y como era la relación con sus jefes inmediatos, y muchos decían que cuando ellos llegaron la situación no estaba, ni se hacia rumores en el sitio de trabajo, entreviste a la Sra. Violeta si habían trabajadores que estuvieron presente para el momento del problema, y ella manifestó que no estaba presente en el momento en que eso detono, de esos tres o cuatro, fueron nuevos pero ellos no manifestaron ver ningún tipo de acusa a la trabajadora. ¿Puede recordar si esos trabajadores estaban presentes es el momento que ocurrió todo? no lo recuerdo, yo aquí no vengo a decir nombres, sino que hablo de la gran mayoría. ¿En el Mobbing laboral se puede la situación de acoso a una sola persona? Si puede ser, pero de acuerdo a las pruebas. ¿Esos trabajadores ingresaron cuando ella estaba de reposo? Si, puedo decir que si, pero cuando ella regreso ellos estaban pero manifiesta que ella llega esta en el sitio que tiene que estar, y que no tiene ninguna conducta que sea objeto de acoso. ¿El sitio de trabajo de la Sra. Violeta donde era? Cuando llegue ella estaba afuera en un mesa larga, ella esta ahí porque no puede estar en el área de administración, pero no tiene prohibición de acceso, en ocasiones no podían entablar conversaciones por el exceso de trabajo, pero ella se sentaba allí porque ella quería, y en algunas oportunidades compartía con sus compañeros y le prestaban el apoyo. ¿Pudo verificar si hubo un cambio en las condiciones de trabajo o si el sitio de trabajo desmejoro? Para llegar a eso tengo que realizar el origen de enfermedad, ahí yo determinare si hubo no degradación pero por ahorita no puedo determinarla. Ella tenía acceso, pero no puedo determinar si hubo cambios en su condición laboral. ¿En cuanto tiempo trascurrió esto en la institución con la Sra. Violeta? Ella me comento que la situación fue que estando en remodelación el ING. Hubo un altercado una discusión entre ellos y eso detono, cuando yo voy al sitio de trabajo y ellos como testigo no reconocen un acoso, eso es un episodio, tendría que evaluarlo para determinarlo. ¿Pudo tener acceso a los memorándum entregados a la Sra. Violeta? No vi memorándum, vi notificaciones tanto de un lado como del otro, pero no lo vi llamándole la atención, no lo vi una sola vez que ella había pedido un permiso, y la dejaron inasistente y ella acoto que pidió permiso, se hizo la acotación y ya. ¿Se hizo la inspección con el Sr. Leonel Briceño pudo constatar si las condiciones ambientales estaban dadas de acuerdo a la LOPSIMAT? Eso tendría que responderlo el, yo tengo la rama psico social. Posteriormente se le concede se le concede el derecho de hacer preguntas a la parte querellante, a lo que el testigo responde entre otras cosas ¿Indíquenos si dentro de ese estudio pudo constatar si la Lcda. Violeta era invitada a las reuniones de trabajo? En el tiempo que yo fui no habían una reunión de trabajo, una vez llegue y estaban reunidos, pero decir que la excluían no se. ¿Ella manifestó que no la invitaban a las reuniones de trabajo? Si me lo manifestó pero cuando estuve allá no lo constate. ¿Recuerda la fecha de la primera entrevista que realizo a la Sra. Violeta? Con exactitud no, pero en mi registro, en mis anotaciones, esta escrito a lápiz, tengo el informe allí, si me permiten las leo pero con exactitud no lo recuerdo, en las dos primeras fui sola y tercera fui acompañada. ¿En es primera entrevista que realizo a la ciudadana Violeta, ella estaba desplazada? Ella llegaba allí porque ella adapto ese sitio de trabajo, nadie la obligo a sentarse allí. ¿Usted le manifestó eso? No lo dije. ¿Recuerda usted cuando ocurrieron los hechos que la Lcda. Violeta? No lo recuerdo, esta escrito en los libros. ¿Cómo puedo notar que el Sr. Francisco no tenía problema con la Sra. Violeta? Si ella estaba siendo objeto de acoso los demás compañeros debería mostrase algo aunque sea para determinarlo, pero de lo contrario no, pero en líneas generales no lo tiene pero tendría que evaluar pero con ese personal no hubo ninguna actitud por parte del Sr. Francisco con ella. ¿Según los estudios de Inpsasel estamos en un frente un estudio incluso? Son varios estudios, y faltaría asignarle el origen de enfermedad de la Sra. Violeta, son o no originada por el sitio de trabajo, esta la investigación, no existe un acoso por parte de los trabajadores, esta concluido un procedimiento, pero ellos es aislados uno de otro, cuando termina una inicia el otro, las instituciones publicas se manejan con presupuestos, la realidad con la que contamos tenemos que hacer. ¿Qué estudios faltan para terminar este estudio concluido? falta generar una orden de trabajo, por factor de riesgo psico-social y seria para la institución no para una persona en especial, después de determinar la enfermedad, faltaría realizar otras pruebas a ella, en este caso pruebas psicológicas, las pruebas serian la emocional, un bajo la lluvia, establecer un bacter, en la parte personal, el Itzá 21 el riego psico social u una hoja de observaciones generales, ¿Qué faltaría para concluir este procedimiento? La entrevista al Sr. Francisco y la Sra. Violeta. ¿Hay un acto inconcluso en esta investigación? No, hay un acto inconcluso. ¿Puede existir acoso laboral sin que exista Mobbing labora? El Mobbing no es la patología, y un acoso en el área de trabajo es para determinar si existe el Mobbing, un acoso es un síntoma. ¿Qué nos indica esa norma como tal? Habla de que el empleado debe abstenerse a realizar cualquier conducta de acoso, por realizar actos no adecuado al trabajador ¿Cuáles son las características de Mobbing? Es que la persona no puede recuperarse si esta el agente agresor, una de las cosas que yo observo es que si existe lo que recomiendo es que concluya la relación laboral. Es todo. ¿Cuándo un jefe ha incurrido en Mobbing laboral y es denunciado el cambia su actitud? Según mi experiencia no ha sucedido, lo primero que sucede es que lo destituyan y el solicite un reenganche, en mi parte persona todavía no lo he visto. ¿Inpsasel le el mismo tratamiento a un empresa privada y a un organismo públicos? Trato especial por ser publica, no de repente los lapsos cambian pero el tratamiento que se aplica es el mismo. ¿Los trabajadores que se encontraban en el Instituto estaban al momento que se presento el problema con la Sra. Villafañe? Ellos conocían lo que se suscito pero no lo vivieron ¿Cuándo tiempo permanecieron ellos allí laborando al incorporarse la Sra. Villafañe? Si alrededor de dos meses. Consecutivamente se le concede se le concede el derecho de hacer preguntas a la parte querellante Abg. Querellante Gerardo Tazzo, a lo que el testigo responde entre otras cosas: ¿Tiene usted alguna especialidad? Por ahorita no. ¿Si hay un solo trabajador y un solo jefe como calificaría un mobbing laboral? Tendría que ir al sitio de trabajo y deben haber testigos, pero aplico pruebas, hago la investigación y quien certifica lo realiza, yo no hago cuestionario, yo hago pruebas que el trabajador responde sin presión, ella me pregunto es tu prueba, tenia error, y ella la corrigió, cuando hay uno y uno, hay amerita de salida del centro de trabajo o amerita una incapacidad, cuando se mandan a atrabajar cosas que no le corresponden. ¿Cuándo entrevista a la Sra. Violeta que le manifiesta ella? Se le hizo un ficha, la atendí en el área de administración, porque no había espacio, le pregunte por la parte familiar, su edad si estaba casada o no, por su profesión, y que en ese momento estaba de reposo primero por psiquiatría y luego por otra patología. ¿Que cargo ocupaba la Sra. Violeta para el momento que suceden los hechos? Era administradora. ¿Cuándo entrevista a la Sra. Violeta observo que estaba realizando labores de administración? cuando yo fui no, cuando yo fui yo indago eso, cuando ella sale de reposo por el plan de catastro contratan a una persona, cuando ella se incorpora a su puesto de trabajo y no había donde colocarla, debía estar en contacto con el Ing. Por la orden que ya le había llegado. ¿Qué es lo que dice la orden con respecto a la relación o a los actos que deben ejecutar Francisco y la Sra. Violeta Villafañe? No lo se eso lo indague, yo me apego a Inpsasel, no tengo acceso a eso, no los vi en contacto, yo veía el entorno, ella venia e iba pero en físico constate que no hay relación, se dirigen a ella y la rechazan, y la gran mayoría comenta que están en contra de ella. ¿Considera usted que una vez reincorporada la Sra. Violeta a su trabajo existen conductas de aislamiento por no estar ocupando su puesto de trabajo? A ella no le dijeron que ese era su sitio de trabajo, ella misma lo asumió, ella tenia acceso al ING, las veces que yo fui ¿usted manifestó como debe ser la reincorporación y el objetivo que se persigue que es la rehabilitación en el sitio de trabajo, allí se esta cumpliendo lo ordenado por Inpsasel? Yo no ordene, porque no tengo conocimiento de eso, pero ella no estuvo aislada de su puesto de trabajo, ella llegaba se sentaba, el personal la saludaba, pero ahilada como tal no la vi. ¿Que tipo de ocupación le dan a la Sra. Villafañe? Ningún tipo de asignaciones. ¿Considera eso un carácter del mobbing laboral? Si estamos hablando de una degradación y ella estaba bajo todas las condiciones de los demás compañero de trabajo, no he realizado pruebas para determinarlo. ¿Usted observo asignaciones de tarea ni que ella realizara labores propias como administradora? Eso lo voy a determinar, pero seria desde caracas no el Sr. Francisco. ¿Las órdenes se las dan de caracas? Yo no dije eso, el jefe inmediato es el Sr. Francisco, pero hay normas que debe cumplir, el trabajo era fuerte, pero si ella venia predispuesta había mucho trabajo hay que determinar la patología. ¿Puede determinar el perfil del acosador? El acosador debe ser una persona que los demás no toleren, un persona déspota, y entre esas pocas no la note en el Sr. francisco, yo no voy hablar de un mobbing laboral y en ese caso no se ve. ¿En el momento de los hechos hizo investigaciones hacia el pasado antes de haberse suscitado ese antecedente? Si lo hice, con dos trabajadores que son los que estaban, uno estaba de reposo, son de sexo femenino, y ninguna de las dos menciona ser testigo de acoso ni tener pruebas, ese Sr. se ha brindado a los trabajadores, y no estaba presente en el momento del conflicto, no presenciaron el episodio, pero no han sido testigos de conflictos. Es todo. El Tribunal pregunta, a lo que el testigo responde entre otras cosas: ¿Cuál es el procedimiento que tiene establecido Inpsasel? Para el procedimiento por acoso, hay dos procedimiento, el primero un oficio de advertencia, si no se envía, se realiza un inspección focalizada, ese es el procedimiento de una denuncia, para una investigación de un posible Mobbing laboral, lo produce una enfermedad común como esquizofrenia, por un acoso depresión reactiva a situación labora, sobrecarga de trabajo, fatiga, síndrome de burnout es que son capacidades intelectuales no son propias con la capacidades del medio, se dirige al sitio de trabajo, se aplican esas investigaciones, en base a lo que se presente, realizo entrevistas y realización de test a la persona afectada en particular, luego se realiza un informe, que se lea ambas parte, pasaría al medico y es el quien determina lo que falto, y lo certifica. ¿En este factor de riego que usa Inpsasel? Apertura clínica, Se genera una orden de erigen, emanan esa orden al inspector, se llama al trabajador, y se procede hacer el trabajo, trabajar el criterio clínico, para clínico que va especialmente al trabajador. ¿Cuáles criterio realiza usted? Clínico, para clínico. ¿Si el medico determina o certifica? Ya estaríamos frente al Mobbing laboral como patología ¿en el caso de la Sra. Violeta no encontramos frente a que? Habría que hacer lo demás que contiene el procedimiento. ¿Qué es para el Inpsasel el acoso laboral? Evitar todo acoso, de aislamiento entendido como cero comunicaciones con el personal, no permitirle el acceso, abuso sexual, físico esos son los criterios. ¿El hecho de no determinar una función como trabajadora eso se puede determinar como un acoso laboral? Tendría un factor de riesgo, que puede llevar a un acoso laboral. ¿Usted manifestó que había dos personas que manifestaron que no tenía tareas asignadas? Para aquel entonces había una persona que tenia cargo de jefe, y a esa persona no la podía llamar para entrevistarla por eso no se porque estabas así ellos. ¿Es normal para Inpsasel es normal que un trabajador luego de regresar de un reposo no llegue a su puesto de trabajo? Eso tendría que determinarlo Inspectoría del trabajo. ¿Para que se ese factor de riesgo influya? El factor es que se en su conjunto para que exista el factor. ¿Usted realizo una entrevista individual a la Sra. Villafañe? Si, más de una, específicamente en tres oportunidades. ¿Qué limitaciones eran esas? Que tenían que trabajar media jornada laboral entre ellas. ¿Usted noto alteración de los sentimientos producto de un acoso? Estaba siendo medicada por un acoso laboral, que me causo impresión fue que aun estando fuera del lugar de trabajo o el agente agresor no mostraba mejoras. ¿Le manifestó la Sra. Villafañe que se sentía acosada y vigilada por el Sr. Francisco? No lo manifestó. ¿Noto que esa inestabilidad que presento en ese momento era producida porque? Era producida por factor estresantes, factores ambientales, por lo menos había bastante estrés en relación a las denuncias, realizadas, y por las instancias diferentes. ¿Ese episodio fue reiterado? Ella manifiesta que fue uno, y eso detono, y a raíz de eso ella procede hacer la denuncia. Es todo.

DECLARACIÓN DEL CIUDADANO JOSE BOANERGES MARTINEZ FRIAS, se le pregunta si tiene alguno parentesco con el acusado, quien manifestó que no, pero es esposo de la víctima, una vez juramentado e impuesto de las generales de ley se identificó como venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-4.285.378, economista, comerciante, tengo 10 años con la Sra. Violeta, quien manifestó “Soy esposo de Violeta, hemos tenido una muy buena relación como pareja, en el mes de mayo del 2011 cuando ella comenzó a manifestar algunas inquietudes que uno como pareja tiene a discutir, algunos problemas que se presentaban con el Sr. Francisco, yo como pareja trate de oírla, y ayudarla a solucionar ese transe, pero el problema se fue suscitando y cada ves era mas notorio, esto nos empezó a preocupar, mayormente fue producto de la forma de tratar que mas le preocupaba, y posteriormente producto de unos memorándum que el Sr. Francisco Contreras le había pasado, a parte el maltrato el acoso que elle tenia en su trabajo y pues ella llego un momento me manifestó que no tenia mas alternativa que formular una denuncia, a raíz de toda esta situación desbordo que la hospitalizaran, yo fui inmediatamente y bueno esto fue lo que desencadeno luego de mucha depresión, fue necesario consulta periódicas con el psicólogo, yo siempre la acompañe a sus consultas, tanto aquí en Barinas como en Barquisimeto, y en Acarigua, el problema siguió digamos a nivel familiar, somos una familia muy unida, y siempre ha sido cordial, sn embrago este problema, la encerró en su Habitación, hablamos con ella su mama y yo, sin embargo esta depresión, producto de los tratamientos le determinaron que ella tenia el Mobbing laboral, me preocupo bastante esta situación, luego de tanto tiempo alrededor de un año de reposo, cuando ella se reincorpora, sigue siendo la preocupación porque no la incorporaron en su sitio de trabajo sino en un rincón como niña castigada, y pues nosotros esto nos preocupa, nos ha causado problemas en nuestra relación, de pareja de trabajo, un tema, porque siempre me ha tocado estar con ella en la vida personal y familia” Seguidamente se le concede se le concede el derecho de hacer preguntas a la parte querellante, a lo que la testigo responde entre otras cosas: ¿En qué fecha inició su relación de pareja con la Sra. Violeta Villafañe? Como pareja en el 2003. ¿En que fecha se dieron estos problemas que ella del indicó? Más o menos en el 2011, me empieza a manifestar. ¿Por cuánto tiempo se mantuvo? La situación de ella se mantiene, ella ha tenido mejoría por tratamiento, mas que todo del Dr. Tálamo, le mando una terapias que la mejoro bastante ella se pudo reincorporar a la vida familiar, pero yo considero que eso la afecto porque de allí en adelante la vida nos cambió. ¿Qué les cambió? Tuve la suerte y la dicha, y la suerte de estar con ella esos años, salíamos a bailar, a compartir, salíamos en familia, empezamos desde abajo junto, tenemos una casa que para mi es la mejor casa, pero a raíz de esto todo cambio bastante, hemos tenido problemas por eso digo que salimos afectados. ¿Hubo un cambio en la estabilidad de la Sra. Violeta? Totalmente, pero producto de esta situación nos cambio la vida, entonces no entiendo porque después de haberse reincorporado el la sigue marcando, porque la empresa Inpsasel, porque esa empresa dice que no existe acoso si ella esta en un puesto de trabajo que no es adecuado, esto sigue marcando nuestra vida en todos los aspectos. ¿En relación a los hechos que usted menciona en su declaración que dieron lugar a una alteración a nivel emocional en su pareja, explíquenos que hechos le produjeron esa situación a la Sra. Villafañe? Ella me manifestó que el Sr. Contreras, le alzaba la voz, le reclamaba cosas que no tenia sentido, ni que ver con el trabajo, ella es muy dedicada en su trabajo, ella a veces yo tenia que buscarla a las 6 7 a su trabajo, ella me manifestó que el Sr. Francisco la maltrataba, y ella eso la hacia sentir mal. ¿Usted observaba a la Sra. Violeta deprimida? Si digamos que cuando todo esto aflora y cuando toma la decisión ya eso le empieza el problema de depresión. ¿Ameritó tratamiento médico y farmacológico esa situación? Si, a ella le mandaban sus pastillas, digamos que tomaba medicamentos, incluso a la fecha ella todavía sigue tomando esos medicamentos para controlar esa ansiedad, todavía no hay una recuperación total. ¿Recuerda usted si la Sra. Violeta le comentó las frases o palabras que usaba el Sr. Francisco? Intimidatorias, que si ella quería denunciarlos que se atuviera a que el tenía contacto, ella trataba de decirle que porque no la ubicaba en otro sitio y el le decía que se quedara allí, porque allí era donde la estaba mandando. ¿Tuvo usted conocimiento porque el Sr. Francisco tenía este trato con ella? Ella me comentó que cuando comenzaron que el Organismo debería ser fortalecido, como ella tiene firma autorizada para movilizar, tengo entendido que el Sr. Francisco tena que hacer eso para que le pagaran los viáticos, pero ella tenía que regirse por normas, y el sr francisco quería que los viáticos fuesen mas ponderados con pernocto pero ella no podía hacer eso porque tenía reglas que cumplir. ¿Recuerda usted en los meses de Junio y Julio donde trabajó la Sra. Violeta? En esos tiempos hicieron unas mejoras en el Instituto y en varias oportunidades la dejaba allá, alternaba con la Sra. Maigualida, y esas fueron las instrucciones que le dieron. ¿Recuerda usted la fecha del primer reposo médico de la lic. Violeta Villafañe? Esto sucedió que ella por la misma situación de presión que se suscitó, tuvo que ir a la clínica y la dejaron hospitalizada, a partir de allí fue que comenzaron sus reposos ¿a través de que organismo se validaron esos reposos? A través del Seguro Social esa era la norma, yo me encargaba de llevar ese reposo generalmente lo hice yo, por año y pico. ¿Anterior a la fecha que sucedió esto ella había padecido de algún problema o había requerido entrevistas con Psicólogo o Psiquiatra? No para nada, que yo sepa no, nunca había tenido problemas de este tipo. ¿Recuerda que médicos Psiquiatras la tuvieron a ella como paciente? El Dr. Acosta y el Dr. Tálamo, fueron médicos fundamentales que le dieron tratamiento. ¿Su grupo familiar como está integrado? Tengo 4 hijos y Violeta que es mi esposo, tres hijos con mi primera esposa de 20años y un hijo con Violeta, actualmente vivimos con nuestro hijo, la mamá de Violeta, Violeta y yo. ¿En qué ha afectado su grupo familiar? Como dije nos a afectado directamente, a nivel de pareja Violeta a presentado mucho insomnio que no ha podido controlar, a veces se despierta alterada, trata descansar en otra habitación, para respetar mi sueño, la mamá de ella le he explicado aunque no entienda lo que es un Mobbing, se le ha explicado cuando Violeta se encuentra en estados depresivos, tenía muchos momento que llamaban a atención y la mamá se preocupaba y eso afecta todo a nivel familiar. Es todo. Consecutivamente se le concede el derecho de hacer preguntas a la Fiscalía Décima Séptima del Ministerio Público, a lo que el testigo contesta entre otras cosas. ¿De esos 10 años, cuántos tienen casados? 3 años. ¿Cuándo la Sra. Violeta ingresa al ING ya estaba con usted? Estaba digamos recién. ¿Antes de que ocurrieran estos hechos usted observó que ella tuvo que visitar a un Psicólogo por otras razones? No, de hecho ella ingresó a la Institución fue por su hoja de vida, ha sido intachable, se reconoce su trabajo como profesional ¿Antes de que comenzaran los problemas en su trabajo ella le hacía comentarios de cómo está su trabajo? Si, ella siempre me comentaba, la institución pasó por un período de bajo perfil, estaba la Sra. Fanny, Maigualida, mi esposa, el Sr. Francisco y un Sr. que el era el jefe antes, luego ella me comentó que la institución la habían dotado de más recursos. ¿En esas conversaciones ella le manifestó si había tenido problemas con su anterior jefe? Ella siempre me comentaba que se llevaba bien con su anterior jefe y con sus compañeras. ¿Cuándo ella empieza a comentarle que tiene problemas en su trabajo? Desde mayo 2011. ¿Cuánto tardó desde que se materializó esa primera visita de Inpsasel al instituto? Lo que le dijeron al ella era que mientras ella estuviera de reposo Inpsasel se no podía tomar su denuncia, pero si pasó bastante tiempo para que actuara Inpsasel. ¿Ella mejoró en el tiempo de reposo en el ámbito familiar? Si, mejoró más las terapias mandadas por el Dr. Tálamo. ¿Cómo se entera usted que cuando ella se incorpora la cambian de su sitio de trabajo? Ella me comento que tuvieron una reunión con el Sr. Francisco y una Abg. y le manifestaron que había que levantar un acta, y le asignaron un rincón, y ella me dijo que no le parecía eso. Posteriormente se le concede el derecho de hacer preguntas la Defensa Privada Abg. Rafael Mitilo, esta defensa se abstiene de interrogar al testigo, por haber manifestado que es el cónyuge de la Sra. Violeta. Primero, por respeto a la relación personal y a la situación subjetiva que manifiesta vivir y segundo porque de acuerdo a las reglas del proceso penal venezolano, la condición natural del testigo no conozca en el plano de interés manifiesto en las resultas del proceso. El Tribunal pregunta, a lo que el testigo responde entre otras cosas: ¿Recuerda cuando fue el primer reposo de la Sra. Violeta? En Octubre del año 2011. ¿Los reposos otorgados fueron porqué patología? Hasta donde fue por ansiedad por la parte psiquiátrica. ¿Todos los reposos son por el área de psiquiatría? Si. ¿Qué desencadenó esa situación laboral? Lo que ella me manifestó fue el incremento de la manera como el Sr. Francisco Contreras la trataba, ella se sentía muy mal y que varias oportunidades ella se lo manifestó. ¿Al momento de incorporarse el médico le dio limitaciones para incorporarse? Que debía ser de una manera progresiva, se incorporó de manera limitada. ¿Llegó a notar usted si el Sr. Francisco se comunicaba con ella durante su reposo? No la llamaba, la relación patrono trabajador se rompió. ¿Cuándo ella estaba laborando antes del reposo el Sr. Francisco se comunicaba con ella posterior a la jornada laboral? Hasta donde yo recuerdo, si lo hizo no me lo manifestó, yo no llegué a notar nada. ¿Recuerda si su esposa le manifestó si el Sr. Francisco tenia problemas con otras compañeros de trabajo? Si, incluso en un episodio que ella me contó que un día la Sra. Fanny producto de la discusión fuerte, se desmayo y ella fue quien la auxilió. ¿Le manifestó la Sra. Violeta si tenía miedo de perder su empleo? Si es lógico que tuviera miedo porque ella es una persona trabajadora, y de repente producto de esos memorando eso fue motivo para botarla del trabajo. ¿En algún momento se dejaron de comunicar el Sr. Francisco y la Sra. Violeta? Si, ella me manifestó que ella trataba en lo posible que la comunicación fuera meramente laboral. ¿En que fecha se produjo el cambio con el jefe anterior con el actual? No lo recuerdo, no tengo fecha de cuando el tomó el cargo. Es todo.

DECLARACIÓN DE LA CIUDADANA MAYGUALIDA ANTONIETA VIVAS LIMONGI, se le pregunta si tiene alguno parentesco con el acusado, quien manifestó que no, una vez juramentado e impuesto de las generales de ley se identificó como venezolana, titular de la cedula de identidad Nº V-6.860.006, es Asistente Ejecutivo dos del Instituto Nacional Geográfico, con de experiencia desde Octubre del 2005, de inmediato pasó a declarar: “Asisto a este juicio con el fin de aclarar algunas dudas que hay”.Es todo. La Fiscalía solicita el derecho de palabra y una vez concedido este manifestó a este Tribunal en funciones de Juicio Nº 01, con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, que la ciudadana Maigualida Antonieta Vivas Limongi, estuvo presente en la Audiencia de inicio del presente debate, cuando se recepcionó la declaración de la ciudadana Violeta Villafañe, en su condición de víctima. Acto seguido la defensa Privada solicitó el derecho de palabra el cual le fue concedido y solicitó al tribunal respetuosamente que de conformidad con lo previsto en el Art. 338 último aparte del Código Orgánico Procesal Penal, sea valorada la testigo a criterio del tribunal. Seguidamente solicita el derecho de palabra la parte querellante, y una vez concedida esta manifestó que la ciudadana Maigualida, no se encuentra en la lista de los testigos admitidos por la Jueza de Control, Audiencia y Medidas, y de igual forma sucedió con la testigo Nuris Molina, y el Tribunal, acordó que solo se iban a admitir los que estaban en el Auto de apertura a juicio y en esa oportunidad la parte querellante no hizo la salvedad como si lo hizo la defensa privada, con los testigos promovido que no apareciera. La Jueza una vez oído lo manifestado por las partes, en relación a la omisión involuntaria, que contiene el Auto de Apertura a Juicio, con respecto a la promoción de pruebas de la defensa donde se omitió la testimonial de algunos ciudadanos (as), en razón de ello esta Juzgadora en virtud de que los testigos que fueron promovidos por la defensa y admitidos en la Audiencia preliminar en su totalidad, corrige el error al considerar que es un error simple y no modifica la acusación, conforme lo establece el Artículo 335 del Código Orgánico Procesal Penal y acogiéndose al criterio tomado por la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, y se reserva su valoración para el momento oportuno en relación a esta testigo. Seguidamente se le concede se le concede el derecho de hacer preguntas la Defensa Privada Abg. Rafael Mitilo, a lo que el testigo respondió entre otras cosas: ¿Cuánto tiempo tiene trabajando el ING? en Octubre de este año cumplo 8 años. ¿Qué cargo desempeña? Abstente ejecutivo II. ¿Su trabajo tiene que ver directamente con el del Ing. Francisco Contreras? Si. ¿Presenció usted en algún momento al Ing. Francisco Contreras darle un trato ofensivo y vejatorio a la Sra. Violeta? No. ¿Qué clase de trabajadora es la Sra. Violeta? Es una buena trabajadora, eficiente y ha cumplido con el trabajo. ¿Qué clase de jefe es el Ing. Francisco Contreras? Es un trato equitativo con todo el mundo, no es grosero, es más bien una persona agradable. ¿Presenció usted en algún momento alguna discusión entre el Ing. Francisco Contreras y la Sra. Violeta? No. ¿Oyó usted en el ING, alguna discusión entre ellos? No ¿presenció usted, alguna celebración u fin de año? Si por supuesto, en todas. ¿Tiene conocimiento de que la Sra. Violeta Villafañe hizo una denuncia en contra del Sr. Francisco? Si ¿tiene conocimiento de la razón del por qué hizo la denuncia? si por el Síndrome de Mobbing. ¿Presenció usted con posterioridad, la presencia de la Sra. Violeta y el Sr. Francisco? Hubo un desayuno de fin de año, se le convocó que fuera a la fiesta de fin de año y no estuvo presente la Sra. Violeta, el Sr. Francisco estuvo presente el la cena de fin de año. ¿Fue confinada por orden del Sr. Francisco la Sra. Violeta a una mesa aislada? Que yo sepa no. ¿Tiene conocimiento de que la lic. Violeta estuvo fuera del ING, en la sede del INE? Si. ¿Por qué razón? Porque estábamos en períodos de remodelación en la oficina, unas tardes estaba yo, otras estaba ella. ¿Cómo era su relación de usted con la Sra. Violeta? Era muy buena relación, de compañeras de trabajo. ¿Ella le comentó alguna vez que se sentía acosada por el Ing. Francisco? No. ¿Cómo le consta a usted, que Violeta y el Sr. Francisco compartieron en una reunión? Tengo algunas fotos que bajé, fotos de la cena de navidad, donde compartimos las tengo en mi bolso, hace objeción la Fiscalía, donde manifiesta que esas fotos son una prueba documental y que deben ser promovida y se le debe realizar una experticia en el tiempo hábil correspondiente, a lo que la Defensa privada objeta, insisto en que la testigo exhiba las fotografía a la ciudadana Juez en razón de que no lo esta haciendo como una prueba, sino como una manera de ilustrar sus dichos lo cual esta perfecta y claramente establecido en el Código Orgánico Procesal Penal cuando establece que siempre y cuando lo autorice el Juez el testigo puede servirse de datos, fechas que aun no teniendo el rango de prueba sirve para ilustrar sus dicho. A nadie mas que a la Fiscalía que es quien hace la objeción le interesa la búsqueda de la verdad ya que es “parte de buena fe” tal como lo establece el Código Orgánico Procesal Penal, el Fiscal Art. 263, establece que esta obligado a traer a la investigación y en consecuencia al proceso, no solo lo que inculpa, sino además lo que exculpa. Por esta razón solicitó respetuosamente al Tribunal permita a la testigo que le exhiba las fotografías que tiene en su poder. Es todo que la prueba es necesaria y que la Fiscalía de es todo. Tiene el derecho de palabra la parte querellante, quien manifiesta que formula objeción a la solicitud de la defensa, concerniente a la exhibición de unas fotografías, que tiene en su poder la testigo que es objeto de examen en este acto, por cuanto dichas fotografías no determinan las circunstancias de tiempo a los fines de precisar si se trata de hechos que se corresponden a los hechos denunciados, en segundo lugar por ser estas fotografías, documentales que debería ser promovidas en su oportunidad, en ercer lugar porque el testimonio del testigo debe ser sobre hecho que percibió a través de sus sentidos y en cuarto lugar lo fundamente con la teoría del derecho que dice establece la prohibición del testigo de examinar datos para su declaración, así como suministrar elementos nuevos a todo el proceso y por último con fundamento en el Art. 322 que establece lo siguiente que solo podrán ser incorporados por su lectura al juicio los testimonios , o experticias que hayan recibido por su lectura, cualquier elemento de convicción que se incorpore por su lectura, al juicio no tendrá valor alguno, salvo que las partes o el tribunal manifiesten expresamente su conformidad, en tal virtud solicito sea declarada con lugar esta objeción. Este Tribunal en funciones de Juicio Nº 01, con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, una vez oído lo manifestado por las partes, procede a continuar la declaración de la testigo declarando sin lugar la solicitud de exhibición de las fotografías, en virtud de que no fueron ofrecidas en la oportunidad legal correspondiente. Acto seguido se continúa con el interrogatorio la defensa. ¿Tuvo usted conocimiento en un incidente en el que perdió el conocimiento la Sra. Fanny? Si. ¿Es cierto que ese desmayo que tuvo la Sra. Fanny fue producto de una discusión que tuvo con el Sr. Francisco? Ella sufre de asma, y había estado días antes con un proceso de contaminación que había en las alfombras que había allá. Posteriormente se le concede el derecho de hacer preguntas a la Fiscalía Décima Séptima del Ministerio Público, a lo que el testigo contesta entre otras cosas. ¿Qué tipo de labores realiza? Soy asistente del Ing. Francisco y del personal que labora allá en el Instituto. ¿Dentro de esas funciones usted ha llevado funciones de administración? No. ¿Presenció usted si a la Sra. Violeta se le entrego un memorándum para llamar la tensión? No el memorando fue para mejorar sus labores como administradora. ¿En cuántas oportunidades le mandaron memorándum a la Sra. Violeta? Dos veces. ¿Usted elaboraba los memorándum? No, el los redactaba y yo los transcribía. ¿Cómo le consta usted que el desmayo de la Sra. Fanny fue por asma? Porque yo estaba allí. ¿La Sra. Fanny le manifestó a usted que se había desmayado por el asma? Ella venía en un proceso de infección respiratoria por la alfombra contaminante que teníamos en la oficina, ella siempre a sufrido de asma. ¿Presenció usted antes de ese evento algún tipo de reclamo del Sr. Francisco hacía la Sra., Fanny? No. ¿Dónde ejercía usted sus funciones? En algunos momentos iba al Instituto, Nacional de la Mujer, porque estábamos en planes de censo de catastro, otras veces me llevaba la Canaima de mi hijo para la oficina y trabajaba en eso, tanto así que fueron fin de semana, vacaciones, días de fiesta nacional. ¿Cuánto años tiene funcionando el ING en el esto Barinas? Desde el 2002. ¿Desde la fecha de su ingreso cuantos coordinadores ha tenido el Instituto? El Ingeniero José Montenegro, el Ing. José Mora, el Ing. Lucio Díaz y el Ing. Francisco Contreras. ¿Los jefes o coordinadores habían tenido problema con un tipo de denuncia? No, ninguno de los 4. ¿Cómo se entera usted que había una denuncia en contra del Sr. Francisco Contreras? Cuando llegue de mis vacaciones que empiezan a llegar notificaciones a Instituto. ¿En algún momento la Sra., Violeta le manifestó que tenía malestar con el Sr. Francisco y que iba a proceder a denunciarlo? No. ¿Le consta si en alguna oportunidad la Sra. Violeta había estado de reposo cual? Si, había estado de reposo, por la tensión, una alergia. ¿El reposo que tuvo la Sra. Violeta fue por el Síndrome de Mobbing como le consta a usted eso? Porque eso era lo que decía el reposo. ¿Las funciones y el lugar de trabajo de la Sra. Violeta cambiaron cuando llegó del reposo? Si, a ella se le había preparado una mesa con su computadora, y cuando se reincorporo ocupo otro espacio. ¿Y las funciones que realizaba cambiaron? Lo que pasa es con los fondo de catastro las funciones cambiaron, y en eso entro la Sra. Ibarra ocupó su cargo le estaba haciendo la suplencia, los fondo del ING, eran usados por el plan de catastro. ¿Cuáles son las funciones de ING? No, ella no labora allá. ¿A presenciado usted a la Abg. Susana Gamboa en el Instituto? Si. ¿Tiene conocimiento si la Abg. Susana Gamboa le indicó a la lic. Violeta, que no se reintegrara a sus funciones? No. ¿Cómo es la relación de los empleados actualmente con el Ing. Francisco? Normal, una relación de trabajo. ¿Durante el reposo de la Sra. Violeta, cuantos ingresos o contratos de trabajo hubo durante el reposo de la Sra. Violeta?. Cuanto no sé, pero si fueron varios. ¿Cuántas persona trabajaban en el Instituto? Fanny Avilez, Gilberto Ramírez, Julio Contreras, Don Simon Sulbaran, Nuris Molina, Aymara García, Karla Suárez, no se cual mas ¿Y cuantos ingresaron luego? Allí si pierdo la cuenta fueron bastantes, todos esos ingresos fueron para el plan nacional de catastro, y la mayoría de los que nombre antes también eran para este plan nacional. ¿estuvo presente cuando realizo una visita el Inpsasel al Instituto? Si, a mi me realizaron una entrevista, primero fue una entrevista y luego un cuestionario, fueron en dos oportunidades, después fueron a una charla, se hizo la elección de los delegados. ¿En esa entrevistas algún funcionario de Inpsasel, le hizo alguna entrevista a la Sra. Violeta? Creo que no. ¿Le pregunto sobre si había existido algún tipo de maltrato del Sr. Francisco con la Sra. Violeta? No, en realidad todo giro alrededor del trato del Sr. Francisco con todos los empleados. Seguidamente se le concede se le concede el derecho de hacer preguntas a la parte querellante Abg. Cesar Quiroz, a lo que la testigo responde entre otras cosas. ¿Me puede indicar que el trabajo de la Sra. Violeta es eficiente? Porque cumplía con las funciones que estaba en el perfil de su cargo. ¿Su función es ser asistente del jefe? Eso es lo que es ser asistente ejecutivo. ¿El ING, usted realizaba las labores ordenadas por el Ing. Francisco Contreras? Si. ¿Su cargo quien se lo otorgó? Me lo otorgaron desde caracas ¿usted es empleada publica? Si. ¿Recuerda usted una remodelación que se hicieron en el instituto? Hubo que levantas la alfombra que estaba llena de acaro, después que levanto nos dimos cuenta de que los cables estaban pelados. ¿Cuándo fue la remodelación? No recuerdo la fecha creo que fue en el mes de marzo del 2010, hasta agosto más o menos. ¿Cuántos trabajadores había en el Instituto? Habíamos como 4 5 personas nada más. ¿Y trabajadores que hicieron esa remodelación cuantos? Pasaron como 20 personas, la mayoría del tiempo siempre estaba era yo, y cuando yo no estaba la Sra. Fanny. ¿La Sra. Violeta alternaba en sus trabajos? El horario que nosotros teníamos para hacer las guardias, era de 8 y 30 hasta la una de la tarde y de la una de la tarde hasta las 5 de la tarde. ¿Me puede indicar que función realizada en la sede del INE? No le puedo contestar eso porque no sabía que había ella allá ni que horario tenia ella allá. ¿La Sra. Violeta permanecía en la sede del INE? No todo el tiempo. ¿Con que frecuencia iba la Lic. Violeta al INE? No se. ¿Con que frecuencia se presentaba la Sra. Violeta en el ING? Cuando tenía guardia, había veces que ella tenía que ir instituto y tenia que llegar yo mas temprano, la Sra. Ana Ibarra era la administradora del Instituto y con el plan de catastro la administradora era la Sra. Violeta. ¿Tuvo conocimiento del reposo de la Sra. Violeta? Cuando llegue de mis vacaciones ¿En una oportunidad en el ING, hubo una discusión por un escritorio? No estaba presente. ¿Recuerda usted un ciudadano llamado Luis Navas que realizo trabajo de pintura? Si, pero no estuve presente en ese incidente. ¿Durante esta remodelación el Ing. Francisco tuvo acto de presencia en el Instituto? No le se decir, iba cuando tenia que firmar algo, pero no iba con una frecuencia de cada hora. ¿La Sra. Violeta manifestó que usted había tenido una discusión verbal con el Sr. Francisco? El ningún momento me agredió verbalmente, yo nunca presencie una agresión por parte del Ing. Francisco hacia la Sra. Violeta. ¿Recuerda cuantos trabajadores ingresaron para realizar el plan nacional de catastro? Era como 300 persona, entre lo que era el personal de planta, ejes supervisores de campo, auxiliares. ¿Trabajadores que cumplían funciones en el Instituto en ese momento? 22 a 25 personas. ¿La Abg. Susana Gamboa llevaba la parte de docente? No ella fue formadora, facilitadora del modulo jurídico de esa de formación. ¿Cuánto tiempo llevo eso? Esa no era una función del instituto, eso pudo haber durado varios meses, eses módulos eran repetitivos. ¿Recuerda usted si la Abg. Susana era la Abg. del ingeniero Francisco Contreras? No, era formadora de plan jurídico. ¿Conoció usted a la Ing. Aymara García? Si, en el Instituto, ella es coordinadora de eje. ¿Quién le indico a usted que debía declarar en este juicio? Se hizo por voluntad propia. ¿A quien le suministró los datos para ser promovida en este acto? A nadie. ¿En la sede del ING, hay una mesa de reunión? En el Instituto hay dos mesas de reunión que se utilizan, para realizar trabajo, son de usos múltiples una esta en la entrada y otra en la parte de atrás. ¿Usted observo a la Lic. Violeta Villafañe cumpliendo funciones de trabajo en esa mesa? Si, desde el tiempo que s reincorporo, pasa hacia el área de atrás, toma café, saluda al personal y se vuelve a sentar. ¿Quién da las ordenes en esa oficina? El Ing. Francisco. ¿La Sra. Violeta se encuentra cumpliendo funciones de trabajo en esa mesa por ordenes del sr. Francisco? No se. ¿Su esposo como se llama? No tengo esposo ¿tiene usted un familiar que fue contratado por el Instituto? Si cruz Raúl, el es mi pareja, y fue contratado por Caracas. ¿Quién suministraba los datos de las personas que fueron contratadas? Los coordinadores de ejes y eso a su vez lo pasan al supervisor de seguimiento y control del plan de catastro. Seguidamente se le concede se le concede el derecho de hacer preguntas a la parte querellante Abg. Gerardo Tazzo, a lo que la testigo responde entre otras cosas. ¿Tiene conocimiento de haber redactado algún tercer memorándum? No, redacte solo transcribí dos. ¿De los memorándum que se enviaron usted trascribió solicitudes a la Sra. Violeta? No lo recuerdo. ¿Usted puede explicar cual es la diferencia entre el ING, y el plan de catastro? Este es un plan que se lo otorgó el Consejo Federal de Gobierno, el ING y el plan catastro, el IGN, no tiene administradora el plan Nacional de catastro Si. ¿Qué trabajo hace la Sra. Violeta en este memento? Administrativo no, el IGN no tiene fondo. ¿En la actualidad el instituto no rinde cuenta a la región central? El plan nacional de catastro es quien rinde cuenta a través del ING. El Tribunal pregunta, a lo que el testigo responde entre otras cosas ¿Cómo era la relación entre el Sr. Francisco en relación a la Sra. Violeta? Normal de trabajo, no presencie ninguna discusión entre ellos ¿tiene usted conocimiento si el Sr. Francisco llamaba a la Sra. Violeta durante el tiempo de reposo? No, ni nosotras como trabajadores. ¿Cómo cataloga usted a la cantidad de trabajo en el Instituto? Desde que ingrese al Instituto ha aumentado mucho el trabajo, desde que ingreso el Sr. Francisco, quien quiere trabajar hora extras trabaja, se trabaja normal pero con abundante trabajo. ¿Usted como trabajadora del Instituto ha llegado a presenciar maltrato con otros trabajadores? No, el como jefes, no es un persona que te presiona, nos da estrategias de lo que hay que hacer, es un jefe normal, exige cuando tiene que exige, es cordial. ¿Qué función esta cumpliendo actualmente la Sra. Villafañe en la Institución que usted labora? En realidad ninguna, solo va a cumplir horario. Es todo.

DECLARACIÓN DEL CIUDADANO DOMENICO UCELLO NIEVES, a quien se le preguntó si tiene algún parentesco con el acusado o con alguna de las partes presentes en el presente proceso, a lo que manifestó que no, se le tomo juramento de ley y se le explicó el motivo por el cual fue traída a esta sala de Audiencias, quien se identificó como venezolano, titular de la Cedula de Identidad Nº V-5.938.379, con domicilio en la Urbanización la Motosa, calle 01, casa Nº 92, El vigía Estado Mérida, de profesión geógrafo, trabajo en el Instituto Nacional Geográfico Simon Bolívar en la sede de Caracas, en el Departamento de carácter, quien manifestó “Yo no estuve presente en ninguno de los juicios que se han realizado, ni del problema que se presento aquí, me imagino que me llaman para dar fe de cómo es el comportamiento de la Sra. Violeta que fue compañera de trabajo pero no tengo conocimiento de los pormenores de la situación que se presento, yo conocí a Violeta en una oportunidad cuando trabaje en el ING Simon Bolívar en la Sede de Barinas Ingrese en enero del año 2002, puedo dar fe del comportamiento de Violeta laboralmente en su vida personal no tuvimos mucho contacto, es una muchacha muy dedicada a su trabajo, su comportamiento con los compañeros de trabajo era bien aunque no tengo nada que decir sobre ella, mas bien soportaba muchas cosas de una jefa que teníamos nosotras que era medio ruda, luego la jefa se dio cuenta que éramos un buen grupo, de trabajo se acoplo rapidito, en el trabajo de ella que era parte administrativa de la oficina”. Es todo. Seguidamente se le concede se le concede el derecho de hacer preguntas a la parte Querellante Abg. Cesar Quiroz Sepúlveda, a lo que el testigo responde entre otras cosas: ¿Cuándo usted laboro allí cuando empleados eran? Éramos dos y luego llego Violeta y éramos 3, y una persona que hacia el aseo, era contratado por una empresa que hacia aseo. ¿Cuál era su cargo? Yo era profesional 3. ¿Quién era el jefe de esa coordinación? Claritza Carvajal ¿Cómo fue la contratación de la lic. Violeta? Hasta donde tengo entendido cuando se abrió la oficina regional había mucha expectativa de lo que ib a se el Sistema de catastro, se tenia mucha relación con la gente de la alcaldía, me imagino que publicaban por prensa, hasta donde tengo entendido ella metió los papeles por la alcaldía, luego llevábamos la oficina nosotros dos, Perqun día llego un oficio donde habían aprobado una persona, no sabíamos quien era, esa fue un selección de Caracas. ¿Cuándo designan a la Sra. Violeta que cargo le dan? De asistente administrativa. ¿Cuánto tiempo permaneció usted trabajando con la Lic. Violeta? Eso fue en el 2002 y me fui del Instituto en enero del 2005 fueron tres años aproximadamente. ¿La coordinadora en ese momento era ruda por que? Ella era difícil de trabajar con ella porque tenia su forma de decir las cosas, algunas veces era vejatorio, y sabiendo que yo venia de Caracas, había que hacer lo que ella quería para estar bien con ella, decía las cosas con un tono de voz fuerte, con Violeta era un poquito mas dura, pero luego eso se calmo pero al principio fue duro, hasta donde yo estuve allí. ¿Qué profesión tenia la Lcda. Carvajal? Licenciada en Geografía. ¿Hasta de fecha trabajo usted allá? Hasta el 25/01/2005.¿Usted presencio trato vejatorio de la Sra. Claritza a la Sra. Violeta? Si, presencie. ¿Qué tratos fueron esos? Específicamente decirle es difícil pero recuerdo que en una oportunidad se necesitaba contratar una persona de limpieza la ira Violeta tenia nada mas dos ofertas, y en esa oportunidad le dijo que como era posible que no sabia que tenia que tener tres que tenia que parirlos. ¿Recuerda algún otro hecho relevante? No, fueron varias oportunidades. ¿El trabajo de la Sra., Violeta como era? Era bien, no tengo nada que decir se acoplo a las directrices que dieron de Caracas, y hasta el día que yo me fui eso caminaba perfecto en la parte administrativa. ¿La Sra. Violeta cumplía a cabalidad su trabajo? Si, recuerdo que ella se quedaba un poquito mas y a veces no salía a almorzar. ¿La Sra. Violeta solicitaba reposo medico? No para nada recuerdo que una vez a su mama la operaron pero como teníamos que entregar el cierre de mes teníamos que trabajar igualito y no solicito el reposo por su mama. ¿Cuál es su cargo en el Instituto? Hasta ahorita no lo se, estaba en honorarios profesionales, o servicios profesionales cargo que comienzo hoy, no se específicamente el cargo, no le se decir. ¿A la fecha de hoy hace cuanto tiempo trabaja en el Instituto? Ingrese el año pasado el 16/06/2012 hasta ahorita. ¿Usted tuvo conocimiento de la causa de destitución de la ciudadana Claritza Carvajal? No específicamente, pero oí que tuvo problemas con un jefe creo que montenegro, fue un comentario no puedo dar fe de ello, pero no se. ¿En que fecha le hicieron ese comentario? El año pasado, exactamente no se, en agosto por allí cuando vi a un amigo de Claritza. ¿Indíqueme dirección de Instituto Nacional Geográfico Simon Bolívar en la sede de Barinas? Avenida Márquez del Pumar, entre calle 5 de Julio a media cuadra de la Plaza Bolívar. Posteriormente se le concede se le concede el derecho de hacer preguntas a la Fiscalía Décima Séptima del Ministerio Publico, quien manifestó no tener preguntas que realizar. Seguidamente se le concede se le concede el derecho de hacer preguntas la Defensa Privada Abg. Rafael Mitilo, a lo que el testigo responde entre otras cosas: ¿Conoció usted al Ing. Francisco Contreras? No. ¿Nunca trabajo con el en el Instituto Nacional Geográfico en Barinas? No. El tribunal pregunta, a lo que el testigo contesta entre otras cosas: ¿Le llego a comentar la Sra. Violeta algo entorno a la Situación laboral con la Sra. Claritza? Si de hecho esa situación era muy desagradable, éramos tres personas nada mas, cuando agarraba aquellas rabias Violeta se acercaba y preguntaba que era lo malo que ella había hecho, yo le decía que se calmara y yo le daba unos tips para que la relación fuera mejor. En algunas veces Violeta lloraba. ¿Esta situación que se presentaba con la Sra. Claritza era con ustedes dos o solo con la Sra., Violeta? Con cualquier cosa ella se mal entonaba, pero generalmente era con la Sra. Violeta, pero cuando tenia que decirme algo me lo decía. ¿Durante su tiempo cuantas jefas tuvo? Solamente la licenciada. Es todo.

DECLARACION DE LA CIUDADANA ALEXANDRA YANETH RANGEL LOBO, a quien se le preguntó si tiene algún parentesco con el acusado o con alguna de las partes presentes en el presente proceso, a lo que manifestó que no, se le tomo juramento de ley y se le explicó el motivo por el cual fue traída a esta sala de Audiencias, quien se identificó como venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.924.878, trabaja en la Galletera Trigo de Oro, es Licenciada Educación Integral, quien manifestó, lo que tengo que decir es que yo empecé a trabajar en la casa de la Sra. Violeta el 17/01/2011 hasta el 14/12/2012, lo que tengo conocimiento es que cuando empecé a atrabajar allá, mi trabajo era atender a la mamá de ella, a la Sra. Lilia tener su almuerzo preparado y la cena y en la tarde mas que todo ayudarla mantener limpia la casa, cuando conocí a la Sra. Violeta era muy alegre comunicativa llegaba del trabajo y conversábamos todo muy bien, ya después desde el mes de mayo del 2011 hubo un cambio en su forma de ser ya no era igual a la Violeta que yo conocía, cuando llegaba a eso de las 6:00pm, de repente comenzó con una depresión, se encerraba en el cuarto, yo la llamaba para que se acercara a cenar y decía que se sentía mal que le dolía le cabeza, al día siguiente se sentaba con nosotros a desayunar pero estaba decaída, en una oportunidad la encontré llorando y entré al cuarto, me senté en la silla de la peinadora y me dijo que tenia problemas en el trabajo, que tente problemas con su jefe, bueno yo pues la dejaba tranquila, no me podía meter en eso, al día siguiente era igual, hasta que pasaron los meses y por ahí en octubre del 2011 yo fui a trabajar un día y ella no llego en la noche y nos preocupo, me dijeron que estaba hospitalizada en la Clínica Unicor, con una subida de tensión, porque no aguantaba los maltratos del Jefe, que el Jefe la humillaba, Maltrataba y el Jefe le decía que ella no servia y que se fuera para su casa a leer la Biblia, a raíz de eso ella empezó con los reposos, yo trabaje casi todo el año con ellos y era peor, cada vez les tocaba ir al medico a validar los reposos. Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de hacer preguntas a la parte Querellante Abg. Gerardo Tazzo, a lo que la testigo responde entre otras cosas. ¿Noto unos cambios en la Sra. Violeta, como eran esos cambios? En su forma de ser ella es una mujer muy alegre siempre anda con una sonrisa, se sienta con nosotros, salía se sentaba con nosotros pero desde el mes de mayo fue un cambio muy rotundo. ¿Esos cambios los observo usted desde que tiempo? Desde mayo en adelante, cada vez que iba a trabajar notaba su cambio, ella tenía como un temor. ¿Ella le comento que tenía problemas con su jefe? Si Sr. ¿Qué comentario le hizo ella? Ella decía que el no estaba de acuerdo con unas cosas que ella hacia y la trataba mal, la humillaba, hubo un tiempo que estaba en remodelación donde ella trabaja y al Sr., no le importo humillarla delante de los trabajadores. ¿Cómo noto usted esos cambios? Ella no salía del cuarto llegaba saludaba y la mayoría de las veces la conseguía llorando. ¿En que fecha tuvo la hospitalización que dice usted? Recuerdo que fue en el mes de octubre del año 2011, en ese tiempo yo acompañaba a la mama de ella a unas terapias. ¿Ella luego de la crisis que le dio se incorporo al trabajo? No, ella a raíz de eso empezó con los reposos. ¿La Lcda. ingería unos tipos de medicamentos? Si, ella tomaba medicamentos y el psiquiatra le mando algo para tos nervios. ¿Antes de esa fecha octubre 2011 consumía la Lcda. Algún tipo de medicamento? No consumía. ¿Cuánto tiempo permaneció la Sra. Violeta de reposo? Casi un año como desde octubre del 2011 hasta octubre de 2012, después del reposo se incorporo al trabajo, tuvo que tomar unas terapias para llegar al trabajo. Seguidamente se le concede el derecho de hacer preguntas a la parte Querellante Abg. Cesar Quiroz, a lo que la testigo responde entre otras cosas. ¿En que lugar de esa casa que usted laboró encontró a la Sra. Violeta deprimida? ella tiene una mata y cuando estaba en su cuarto o con la mata, en ese tiempo ella bajo de peso. ¿En que momento usted se percato del cambio de la Sra. Violeta? ella era muy alegre y llegaba muy triste desde ese tiempo fue que yo observe eso. ¿Cual era su trabajo en la residencia de la Sra. Violeta? Atender a la Sra. Lilia Montilla mayormente y para que hiciera la cena. ¿Se mantuvo constante esa depresión? Reiteradamente. ¿Sabe donde labora la Sra. Violeta? En el Instituto Nacional Geográfico. ¿Cuál es su grado de instrucción? Soy Licenciada en Educación Integral. ¿A que hora consumía ella esos medicamentos o con que frecuencia? Se que en la noche, antes e dormir, ella se la tomaba sola. ¿Estuvo usted en una reunión de la familia donde comentaron algo de la Sra. Violeta? En una oportunidad ella llego llorando, que sed sentía muy mal, allí observe lo que estaba pasando. ¿La familia se reunió para comentar el problema de la Sra. Violeta? No. ¿Recuerda usted que horario tiene la Sra. Violeta? Bueno ella se iba en las mañanas como hasta las 06:00PM, que llegaba en la tarde. ¿Tuvo usted conocimiento si el hijo, el esposo y la mama de la Sra. Violeta por este Problema? La mama porque es su hija y le duele, el esposo porque dormía separada del esposo porque estaba muy afectada. Seguidamente se le concede el derecho de hacer preguntas al Ministerio Público, Abg. Carlos Ramírez, a lo que la testigo responde entre otras cosas: ¿Le comento la Sra. Lilia de esos problemas que tenía la Sra. Violeta? Si ella comento que a ella le preocupaba lo que le pasaba a la hija. ¿Qué le dijo? Que ella tenía problemas en el trabajo con el jefe. ¿En cuanto a las actividades como cambiaron las cosas? Antes del reposo llegaba a la casa y yo estaba allí hasta las 8 de la noche o yo esperaba que ella llegara para irme, pero los viernes el esposo de ella acostumbraba a ir a cenar a la casa de el y a raíz de ese problema ya no salía de la casa. ¿Qué otra actividad dejo de realizar la Sra. Violeta? Eso era lo que observaba, los viernes si salían pero desde eso no tenía ánimos de salir para nada. ¿En que momento le comunico ese problema? En varias oportunidades, si estaba sola entraba al cuarto y hablábamos. ¿Recuerda lo que le decía? Ella decía que la Ignoraban y que hubo un tiempo que la pusieron aislada en un escritorio, porque otra persona estaba ocupando su puesto, ella llegaba y daba los buenos días y nadie le saludaba ¿usted a tenido contacto con la Sra. Violeta después que dejo de trabajar? A veces paso por allí y los veo y los saludo. ¿Por qué dejo de trabajar allá en la casa de la Sra. Violeta? Porque me salió trabajo en donde estoy trabajando ahorita y me retire. Seguidamente se te concede se le concede el derecho de hacer preguntas la Defensa Privada Abg. Rafael Mitilo a lo que la testigo responde entre otras cosas: ¿Quién le consiguió eI trabajo? yo me gradúe en Barquisimeto en Septiembre del 2011 me vine, se me ha hecho difícil conseguir trabajo en una escuela y una vecina me dijo que estaban buscando una muchacha para trabajar y me entreviste con el hijo de la Sra. Violeta y empecé de una vez. ¿Qué grado de confianza tuvo usted con la Sra. Violeta? Confianza como tal no tenía pero si la Sra. Lilia la veía así se ponía mal. ¿Por qué entraba a la habitación? Porque la veía mal. ¿En que posición hablaban? Yo en la silla de peinadora y ella en la cama. ¿Había confianza entre ustedes? Ella me llego a contar lo que pasaba. ¿Por qué se movía a tratar de consolarla? Porque me preocupa la Sra. Lilia si ella la veía la Sra. Podría salir afectada. ¿Tenia usted interés en la salud de la Sra. Violeta? Ella no es familia mía pero no le voy a desear mal a nadie. ¿En esos casi dos años que laboro usted en esa casa sintió afecto por la familia? Si, sentí afecto, me trataban bien. Acto seguido el Tribunal Pregunta a lo que la testigo responde entre otras cosas. ¿Cuándo la Sra. Violeta se encontraba de reposo como fue su conducta? Ella se la pasaba encerrada en su cuarto, salía cuando iba a comer o algo. ¿Atendió llamadas telefónicas de parte del Sr. Francisco? No. ¿Llego a ver trabajadores del Instituto en la casa de la Sra. violeta? No. ¿Llego a ver al Sr. Francisco en la casa de la. Sra. Violeta? No. Es todo.

BLANCA STELA RANGEL CONTRERAS, haciéndole lectura de los artículos 242 y 245 del Código Penal y se le pregunta si tiene alguno parentesco con el acusado, una vez juramentado e impuesto de las generales de ley se identificó como venezolana, con cedula de identidad numero 8.010.049, medico psiquiatra, 20 años de psiquiatra, quien viene en carácter de sustitución del Dr. Eduardo Tálamo tal y como fue acordado en audiencia pasada de acuerdo a lo previsto en el 337 del Código Orgánico Procesal Penal se le exhibe el informe realizado por el Dr. Eduardo Tálamo en fecha: 09-01-2013 a los fines de que la experta le haga su lectura y sea controvertido por las partes. Se le concede el derecho de palabra al fiscal del Ministerio Público Abg. Carlos Ramírez quien pregunta: ¿Que significa anhedonia? es la incapacidad para sentir placer. ¿Que es Distimia? son sentimientos de tristeza angustia. ¿Podría explicar para que se usa estos medicamentos ariprin? es un anticicotico de utiliza para trastornos cunado pasa el limite de lo normal a lo anormal. El lamigtal: es un estabilizador de ánimo. El rivotril es una benzodeacepina seductor del sueño. Se utiliza como un anticulbiocibal. ¿Que es ID? impresión diagnostica. ¿Que es un síndrome depresivo mayor? eso quiere decir que paso de ser una situación hacer una enfermedad depresiva, se acompaña de otros síntomas como de ansiedad. ¿Qué significa desensibilización sistemática? es cuando reaccionan con ansiedad, enfrentar a es personas de menos intensidad a mayor intensidad es para poder solventar la situación. Seguidamente se le concede el derecho a la parte querellante: ¿Explique la diferencia de eutimia? el estado de eutimia es estado alterado de tristeza amargura. ¿Se puede comparar con la paranoia? No. ¿Que es paranoia? significa que ver al mundo alrededor como un agresor. ¿En cuanto a la terapia ese tipo de terapia se encuentra sensibilizada? Si se encuentra comprobada científicamente esta la parte conductual. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la defensa: ¿Usted ha oído hablar de Rafael Jusdem? No. Hay un mapa de cerebro si. ¿En que consiste el mapa del cerebro? Consiste que en bajo imágenes y se ve en el cerebro la actividad cerebral eso produce, donde se diferencia la actividad y que área del cerebro se esta desarrollando. ¿Que es la ceretomia? es la que regula la efectividad el estado de ánimo. La psiquiatría venezolana esta adaptada a la investigación moderna. No todo. El Tribunal pregunta, a lo que la experta responde entre otras cosas: ¿Se pudiera determinar que origino que esta paciente tuviera este diagnostico? No me atrevo de decir nada en relación a eso no hay antecedentes, un problema laboral pudiera generar patología, pudiera agravar algo que ya esta establecido de repente al tipo de personalidad no me atrevo a decir. ¿Un trastorno depresivo genera esta enfermedad? habría que realizar una evaluación para saber que personalidad tiene depende de la persona de cada quien no todo asumimos todo de la misma manera. ¿Este diagnostico podría desencadenar un mubbing laboral? Si donde dice estrés postraumático. ¿La impotencia a una situación también podría llevar la depresión? para que haya una enfermedad depresiva tiene que haber mas de 6 meses. Es todo.

Prueba Nueva:

Careo:
Entre ciudadana Maigualida Antonieta Vivas Limongi y el ciudadano José Adán Tovar Pirela, a quienes se le preguntaron si tienen algún parentesco con el acusado o con alguna de las partes quienes manifestaron que no, se les tomo juramento de ley explicándole el motivo por el cual fueron traído a esta sala. Seguidamente se le concede se le concede el derecho de hacer preguntas a la Fiscalía Décima Séptima del Ministerio Publico, a lo que el testigo contesta entre otras cosas: ¿Sra. Maigualida usted estuvo presente en la remodelación del Instituto Geográfico Simón Bolívar? Si cuando me tocaba si. ¿Cuándo usted estuvo allí usted presencio sí el Sr. Adán Tovar presenció alguna discusión entre la Sra. Violeta? No. ¿Estuvo usted todo en tiempo en esa remodelación? Cumplíamos turnos de trabajo, durante los trabajos de remodelación podían ser en la mañana o en la tarde y había fines de semana, que también esta en el instituto mientras hacían remodelación. ¿Usted estuvo presente todo el tiempo mientras se hacia la remodelación? Todo el tiempo mientras cumplía mi turno. ¿Los días específicos cuando usted estuvo presente presencio discusión entre el Sr. Francisco y la Sra. Violeta? En mi turno no. ¿Sr. Tovar puede recordar en que fecha y hora presencio esos reclamos que le hizo la Sra. Violeta? Eso fue a mediados de Julio como a las 9:00 AM. ¿Puede repetir quienes estaban presentes? estaba el Sr. ildebrando, el Sr. Luís, La Sra. Violeta y la Sra. Maigualida, que estaba en la puerta, la Sra. Maigualida incluso cuando se suscito la discución luego fue a tomar café y ella dijo que tuvo que decirles que dejaran la discusión porque habia personas ajenas a la Institución. Seguidamente se le concede el derecho de hacer preguntas a la parte Querellante a lo que la testigo responde entre otras cosas. ¿Sr. José quisiera que me dijera a que distancia se encontraba el Sr. Francisco de la Sra. Violeta? Como a 5 o 6 metros, en la entrada principal, a los metros hay un mesón, en la entrada hacia la oficina, esta otra oficina y esta dividida por una media pared, estábamos pasando unos cables, yo salí, se encontraba el Sr. Francisco donde estaba la primera oficina, y estaba la Sra. Fanny a la cual la Sra. Violeta le pregunta por un escritorio y que si ese era el de ella, cuando llega el Sr. Francisco le dijo que ella iba en otro lado, le dijo que ella no podía pacer lo que le daba la gana, que ella no tenia un cargo inamovible, y que si ella no actuaba el si iba actuar, al rato de le discusión estábamos tomando café y la Sra. Maigualida y dijo que si ellos iban a hacer eso no lo hicieran en público, que había gente ajena. ¿En esa distancia de tres (03) metros que se encontraba la Sra. Maigualida del Sr. Francisco había obstáculo para que la Sra., Maigualida presenciara la discusión? No porque había una puerta que siempre estaba abierta de par en par. ¿La Sra. Maigualida fuma? Si pero ella nunca lo hacia dentro de la oficina. ¿Cuánto tiempo duro esa discusión entre el Ing. Francisco y la Sra. Violeta? Fue entre 5 y 7 minutos, porque luego el seguía repitiendo que si quería lo denunciara. ¿A que distancia se encontraba la Sra. Fanny? Allí cerquita, casi se estaba terminando las remodelaciones, ella estaba allí. ¿Cuándo la Sra. Maigualida le hizo referencia de ese comentario? Ella porque yo le respondí si, porque yo estaba casi me iba, a mí no me gustan esos problemas, lo que ella me dijo es que ella le había dicho que no discutieran porque habían personas ajenas a la oficina. ¿Estos hechos acontecieron en el año 2011 en julio? Fue en la mañana pero hora exacta no le podría dar. ¿El sitio donde usted se encontraba ubicado recuerda si había algún obstáculo que le haya podido evitar presenciar la escena? No ninguno, estábamos pasando una guaya, yo le dije que iba a ver por donde salía esa guaya que es lo que siempre se hace allí todo el tiempo es media pared como de 1,20 1,40 y el resto es vidrio. ¿Recuerda usted cual fue la reacción de la Sra. Violeta después de esta discusión? Ella se marcho de la oficina, estaba llorando, pero creo que ese día no la vi más. ¿Cuál fue la reacción de la Sra. Fanny? Ella quedo en shock no dijo nada se metió dentro de una oficina creo. ¿La Sra. Maigualida posterior a los hechos se dirigió al Sr. Francisco? En el momento no, pero después si, ella pasó a donde estábamos tomando café y ella dijo eso que no se pusieran a discutir porque hablan personas ajenas a la oficina. ¿Ese hecho lo presenció el Sr. Luís? Si Sr. El estaba terminando de rematar y fijar esas paredes. ¿A que distancia se el Sr. Luis de la Sra. Violeta y el Sr. Francisco? Como a dos metros y medio. ¿Recuerda si entre el Sr. Luis y la Sra. Maigualida había algún obstáculo para presenciar? De pronto si pero estaba la puesta abierta y de no ver hay que estar ciego y si ella estaba allí desde temprano el debió haberla visto. ¿Sra. Maigualida, el día de la discusión del Ing. Francisco hacia la Lic. Violeta se encontraba presente? No. ¿Usted Fuma? Si, en las afueras. ¿Cuándo dice e n las afueras en que sitio fuma? En la calle. ¿A quién le pide permiso para ir a fumar? A nadie. ¿A que distancia de la puerta del Instituto? En la puerta de acceso, caminando en un arbolito que hay allí. ¿Conoció usted en el Instituto al Sr. Adán Tovar? Sí. ¿Llego usted a comunicarse con el Sr. Adán? Si. ¿Con que frecuencia dialogaba usted con el Sr. Adán? Con mucha frecuencia porque éramos lo que más estábamos en la Oficina durante la remodelación. ¿El Sr. Adán realizo trabajos de electricidad mes de julio del año 2011? Si. ¿Conoció usted al Sr. Ildebrando Garavis? Si el era ayudante de José. ¿Conoció usted al Sr. Luís? Si lo conocí. ¿Recuerda usted el incidente que se produjo relativo a un escritorio designado a la Sra. violeta? No. ¿Recuerda usted los comentarios que le hizo al Sr. Adán de los hechos ocurridos entre el Sr. Francisco en relación a la Sra. Violeta? No. ¿Conoce usted a Sra. Fanny? Si. ¿Cuál es la Sra. Fanny en el Instituto? Servicios generales, en horario de 8:30am a 1:00pm y de 2:00pm a 5:00pm, cumplíamos turnos en el mes de julio de 2011. ¿Recuerda o tuvo conocimiento si la Sra. Fanny le realizó algún comentario a usted sobre el incidente que menciona el Sr. Adán que hubo entre el Sr. Francisco y la Sra. Violeta? No. Seguidamente se le concede el derecho de hacer preguntas a la Defensa Abg. Rafael Mitilo a lo que la testigo responde entre otras cosas. ¿Sr. Tovar recuerda usted si la Sra. Maigualida estaba de frente o de espalda a los hechos? No se decirle, pero lo cierto es que el Sr. Francisco tiene la Voz un poco alta y tuvo haber escuchado, allí si no se decirle. ¿De dónde estaba usted pudo ver a la Sra. Maigualida? Si. ¿Refiere usted que hubo una conversación entre la Sra. Maigualida y Usted? Si en el área del café. ¿Sra. Maigualida usted no recuerda o no lo presencio? No lo presencie, nunca vi una discusión entre ellos. ¿Por qué razón el Sr. Tovar afirma que usted no la presencio? No. ¿La Sra. Fanny continúa trabajando allí? Si al Sra. Fanny Si, el Sr. Ildebrando No. ¿Qué hablaba usted con el Sr. José Tovar? Teníamos una buena relación les abría la puerta. El tribunal pregunta, a lo que los testigos contesten entre otras cosas. ¿Sra. Maigualida como era el horario que ustedes cumplían? Era de 8:00am a 1:30am de 2:00prn a 5:00pm, el cumplía en la mañana no cumplía en la tarde y viceversa ese horario lo fijábamos la Sra. violeta y mi persona, eso fue de boca, éramos la Sra. Violeta yo y Fanny era la que estaba mas flexible, coincidíamos al medio día que era que se cortaban los tumos. ¿Coincidían si o no? No. ¿Estas guardias eran semanales o como? Era rotativa, eran inter diarias. Es todo.

DECLARACION DE LA CIUDADANA FANNY RAMONA AVILEZ, quién manifestó no tener ningún vinculo ni parentesco con el acusado, se juramentó, se identificó como venezolana, titular de la cedula de identidad Nº 9.389.781, trabajo en el Instituto Nacional en el Área de la Limpieza tengo 8 años allí quien manifestó no saber nada. Es todo. Seguidamente se le concede se le concede el derecho de hacer preguntas a la Fiscalía Décima Séptima del Ministerio Público, a lo que el testigo contesta entre otras cosas: ¿Qué tiempo tiene usted en el Instituto Simón Bolívar? Primero estuve contratada y pase a fija. ¿Qué tipo de trabajo hacía la Sra. Violeta? Era la Administradora. ¿En ese trabajo que hace usted? Limpio las oficinas soy la que hago café. ¿Descríbanos el Instituto? Son cubículos. ¿Se puede observar de cualquier sitio los compañeros de trabajo? Si. ¿Dónde trabaja la Sra. Violeta ante de la remodelación? Estaba sola en un cubículo. ¿Cuanto tiempo de reposo estuvo la Sra. Violeta de reposo? Fecha no le se decir pero fue como un año. ¿Cuándo ella llega del reposo la ubicaron en su mismo puesto de trabajo? La ubicaron en el mismo puesto al lado de la Sra. Maigualida. ¿Usted presencio alguna discusión entra los trabajadores de la institución? No. ¿Usted recibió una notificación del ministerio público para que rindiera declaración como testigo? No. ¿La Sra. Violeta le manifestó a usted que se estaba requiriendo usted para que rindiera declaración? No. ¿Quién fe informo a usted que debía comparecer? La citación que me llego el viernes. ¿El Sr. Francisco se ha comunicado con usted a cerca de esta declaración? No. Seguidamente se le concede se le concede el derecho de hacer preguntas la parte Querellante Abg. Gerardo Tazzo, a lo que el testigo responde entre otras cosas: ¿Tiene usted conocimiento de una remodelación que se hicieron en el Instituto? Si, consistieron en una alfombras que tenia que quitar porque estaban molestando. ¿Puede nombrar a las personas que trabajaban en la remodelación? El Sr. Luis y creo que el Sr. José, no recuerdo el nombre. ¿Durante las remodelaciones fueron traídos inmobiliarios? No. ¿Trajeron escritorios? Sí. ¿A quien fueron asignados esos escritorios? No se. ¿Recuerda usted sí la ciudadana Violeta le indico a usted que le colocara el escritorio en un lugar específico? No. ¿Recuerda usted si el Ciudadano Francisco Contreras desaprobó el escritorio y la ubicación que eligió la ciudadana Violeta? No recuerdo. ¿Hubo una discusión entre el Sr. Francisco y la Sra. Violeta? No lo recuerdo. ¿Considera usted que el hecho de la ubicación del escritorio elegido por la Sra. Violeta es motivo para el reclamo alterado por parte del Sr. Francisco? No. ¿Tiene conocimiento de que se dieren horarios especiales para los empleados del Instituto al momento de la remodelación? No. ¿Todos los empleados durante la remodelación permanecieron laborando? Si. ¿Usted no recuerda que la Lcda. Violeta laboro durante la remodelación en el Instituto Nacional de estadísticas? Si. ¿Recuerda usted que la Sra. Violeta le planteo al ciudadano Francisco Contreras la necesidad de laborar alternativamente el instituto como consecuencia de las remodelaciones? No, no se. ¿Recuerda usted si en el mes de octubre 2011 la Sra. Violeta fue hospitalizada en la Clínica Unicor? No, lo sabía. ¿Recuerda usted que acudió a la Clínica Unicor a buscar las llaves que conservaba la Sra. Violeta? No, no fui a visitarla ¿Usted sufrió un desmayo el 17/12? No lo recuerdo si fue en esa fecha. ¿Hubo una reunión ese día? Si. ¿Recuerda quien la auxilio ese día de su desmayo? La Sra. Maigualida y la Sra. Violeta. ¿En el momento de las remodelaciones usted prepara el café y lo deja en el sitio de la cocina? Si. ¿Los trabajadores acudían al sitio a beber el café? No lo se yo lo hago. ¿A la Sra. Violeta le asignaron un escritorio? Si. ¿Qué funciones cumple la Sra. Violeta en ese escritorio? Es la administradora. ¿Recuerda usted el comentario que le hizo Francisco Contreras de que tanto a usted como a la Sra. Violeta las habían mandado a botar desde Caracas? No sabía. ¿Tiene conocimiento de que la Lcda. Violeta es la administradora y te tramita los viáticos al personal? Si. ¿Sabe usted si la Sra. Violeta se negó a darle unos viáticos al Sr. Francisco? No lo se, eso no me compete a mi, lo mío es la limpieza. ¿Durante su trabajo en los 8 años que leva cuantos jefes ha tenido el Instituto? La Lcda. Carvajal, el Lcdo. Montenegro, el Ing. Lucio Díaz y el Ing. Francisco Centraras. ¿Recuerda usted que en el tiempo donde habían turnos alternativos donde trabajaba la Lcda. Maigualida? En la oficina. ¿El Instituto Geográfico tiene un vehículo a su disposición? Si lo utiliza el Ingeniero. ¿Recuerda usted sí el Sr. Francisco andaba con la Sra. Maigualida en el vehículo? No. ¿La Sra. Maigualida fuma cigarro? Si. ¿Toma café la Sra. Maigualida? Ella tiene una taza y se sirve su café. ¿Recuerda usted que la ciudadana rompió el llanto, cuando el Ing. Francisco Contreras la humillo? No lo se. Seguidamente se le concede el derecho a hacer preguntas a la parte Querellante Abg. César Quiroz, a lo que la testigo responde entre otras cosas: ¿Cuál es el horario de trabajo? De 08:30am hasta la tarde, voy almuerzo y vengo, pero almuerzo en la oficina. ¿Quién posee la llave del instituto? El ing. Francisco y la Sra. Maigualida. ¿La Sra. Maigualida es personal de confianza del Ing. Francisco? Si. ¿Recuerda cuanto tiempo duro esa remodelación? No recuerdo. ¿Esas remodelaciones fueron en Mayo de 2011? No recuerdo. ¿Conoció usted un trabajador llamado Ildebrando Garavis? no lo conozco. ¿Ha observado si la Sra. Violeta trabaja en un mesón? Si la he observado. ¿Qué trabajo hace ella allí? Es la administradora. ¿Observa si ella hace el trabajo de administradora allí? No. ¿Conoció usted en el instituto a la Lcda. Ana Ibarra? Si. ¿Cuál era el trabajo de ella allí? es la administradora, del no recuerdo las palabras, de algo que se esta manejando ahorita. ¿Cuánto tiempo estuvo de reposo la Sra. Violeta? R: creo que un (01) año. ¿Tuvo usted conocimiento de la denuncia penal que puso la Sra. Violeta al Ing. Francisco? No tenía conocimiento. ¿Conoció en el instituto a la Abg. Susana Gamboa? Si la conocí, y no sabía que horario cumplía, porque ella salía y entraba. ¿Al momento de las remodelaciones cuantos empleados tenía el instituto? No recuerdo. ¿Después de la remodelación contrataron mas empleados? Si habíamos más. ¿Cuántos mas o menos? Como veinte (20) o más. ¿Recuerda usted si el Instituto Nacional Geográfico fue visitado por funcionarios de INPSASEL? Si lo recuerdo, fueron dos (02) que recuerde. ¿En que fecha hicieron acto de presencia estos funcionarios? No recuerdo. ¿Qué trabajo realizaron esos funcionarios? Hubo una que nos reunió a todo el personal y otra que nos reunieron en un cuartito aparte. ¿Llego a hablar personalmente con uno de ellos? No. ¿Quién da las órdenes en el instituto geográfico Venezuela? Yo recibo órdenes y directrices del Ing. Francisco. ¿Cuándo le da ordenes a usted el Ing. Francisco? Cuando va a haber una reunión me dice que tenga todo ordenadito. ¿Para el momento de la remodelación recuerda el horario de la Sra. Violeta? No lo recuerdo. ¿Para el momento de la remodelación que horario cumplía usted? Llegaba a las 08:00 am y me iba a la 05:00pm. ¿Qué horario cumplía el ing. Francisco? Llegaba a las 08:00am. ¿Permanecía todo el día el Ing. En el Instituto? No el se iba a las 12:00 y llegaba a las 02:00Pm. ¿En algún momento observo a la Sra. Maigualida en la puerta de Acceso? Donde siempre fuma, fuera de la Institución, detrás de la puerta del instituto. ¿En que área del Instituto se encuentra el sitio donde se prepara el café? Al fondo. ¿Los trabajadores que realizaron remodelaciones en el instituto, realizaron remodelaciones en esa área? Si, hicieron en el área de la cocina. ¿Hubo pintura general en la parte interna? Si estaban pintando, realizaron trabajo de electricidad. ¿Cuándo llego el mobiliario nuevo a la oficina, ayudo a ordenar el mismo? Si y el Ing. Francisco estuvo de acuerdo. ¿Tuvo conocimiento por otra persona sobre ese problema del escritorio? No tuve conocimiento. ¿En alguna oportunidad fue usted a la casa de la Sra. Villafañe? Si, ha llevar a la Sra. Ana Ibarra que necesitaba hablar con ella, no se de que. Acto Seguido se le concede el derecho a hacer preguntas a la Defensa Privada Abg. Rafael Mitilo Veliz, a lo que la testigo responde entre otras cosas: ¿En algunas de las veces que se ha desmayado por alguna discusión con el Ing. Francisco? No. ¿Aparte de eso presencio alguna discusión donde el Ing. Francisco humillara a la Sra. Violeta? No. ¿Cómo es la relación de los trabajadores con el jefe? Normal. ¿Cómo es la Lcda. Violeta con usted? Chévere una bella persona. ¿Cómo es el Ing. Con la Lcda. Violeta? Normal como todos. ¿Ha visto usted a la Lcda. Violeta sentada? Si la he visto. ¿Esta ella sentada allí por órdenes del ingeniero? No. ¿Se sienta ella exclusivamente allí? No, allí nos sentamos todos, gente que viene al instituto, el Secretario del Gobernador. ¿Cuándo la Sra. Maigualida fuma en la calle? Si fuma en la puerta de acceso. El Tribunal pregunta a lo que la testigo responde entre otras cosas: ¿Cómo era el ambiente laboral cuando estaba al Sr. Lucio? Chévere, hay más cantidad de trabajo ahorita que antes. ¿A que se dedicaba la Sra. Maigualida y la Sra. Violeta cuando el jefe era el Sr. Lucio? Maigualida ere la asistente y la Sra. Violeta era la administradora. ¿Cumplían horario de trabajo? Si, aunque sinceramente no se hacia nada. ¿Si yo le pido que me describa al Sr. Lucio como lo haría como Jefe? es un Jefe muy dulce, muy calladito. ¿El Sr. Lucio permanecía en la sede del Instituto todo el dia? Si, el nos daba las ordenes. ¿Descríbame al Sr. Francisco como su jefe como lo haría? Igual, un jefe igual, como todos los jefes, una bella persona, no es regañón, ni gritón. ¿Usted llego a tener algún problema con el Sr. Francisco donde la trato de manera grosera? No. ¿Cuándo usted dice no recuerdo a las pregunta realizadas por las demás partes es un no recuerdo o un no tengo conocimiento? No recuerdo. ¿En parte esta su puesto de trabajo? Tengo un sillita que compre, al lado del termo del café, cundo termino me siento allí, estoy pendiente cuando llega alguien para tocar el botón para abrir. ¿Cómo es esa puerta? Es un protector de hierro. ¿A que hora fue usted a la casa de la Sra. Violeta? No recuerdo se que fue en la mañana pero la hora no la recuerdo. ¿Cuándo hicieron la remodelación de la oficina quienes permanecían en la oficina? La Sra. Maigualida y la Sra. Violeta y yo, pero la Sra. Violeta permanecía afuera. ¿Usted llego a presenciar alguna discusión con la Sra. Violeta con el Sr. Francisco? No. ¿Llego a presenciar discusión del Sr. Francisco con otro trabajador? No. ¿Usted considera que el Sr. Francisco es una persona exigente en su trabajo? Si le gusta que le hagan las cosas bien. ¿E cuanto a esa exigencia es inmediata? No. ¿Le gusta el trabajo bajo presión? No. ¿Cómo percibe usted el ambiente laboral? Me siento muy bien prefiero estar en mi trabajo que en mi casa. ¿Desde que esta el Ing. Francisco siempre ha tenido ese animo? Siempre desde que trabajo allí. Es todo.

DOCUMENTALES:

Informe Psicológico, de fecha 25/10/2011, suscrita por la Psicólogo Ana Parra, adscrita a la Dirección de Salud de la Gobernación del Estado Barinas, quien realizo el Informe Psicológico, a la ciudadana Violeta Del Carmen Villafañe Montilla, titular de la cédula de identidad V-9.388.295. Inserto al folio veintiséis (26) de la presente causa.

Informe Psiquiátrico, de fecha 08/11/2012, suscrita por el Medico Psiquiatra Dr. José Acosta, Adscrito al Hospital Materno Infantil “Dr. Samuel Darío Maldonado”, quien practico el Informe a la ciudadana Violeta Del Carmen Villafañe Montilla, titular de la cédula de identidad V-9.388.295.Inserto del folio veintisiete al veintiocho (27 al 28) de la presente causa.

Informe Psiquiátrico Evolutivo, de fecha 28/05/2012, suscrita por el Medico Psiquiatra Dr. José Acosta, Adscrito al Hospital Materno Infantil “Dr. Samuel Darío Maldonado”, quien practico el Informe Psiquiátrico Evolutivo a la ciudadana Violeta Del Carmen Villafañe Montilla, titular de la cédula de identidad V-9.388.295.Inserto del folio veintinueve (29) de la presente causa.

Reconocimiento Psiquiátrico Forense Nº 9700-143-120, de fecha 30 de julio de 2012, suscrito por el Dr. Abilio Marrero, Psiquiatra Forense Adscrito a la Medicatura Forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas del Estado Barinas, quien practico la valoración psiquiátrica a la ciudadana Violeta Del Carmen Villafañe Montilla, titular de la cédula de identidad V-9.388.295. Inserto del folio treinta y cinco al treinta y siete (35 al 37) de la presente causa.

Informe Psiquiátrico, de fecha 09 de Enero de 2013, practicado por el Medico Psiquiatra Eduardo Tálamo, a la ciudadana Violeta Del Carmen Villafañe Montilla, titular de la cédula de identidad V-9.388.295. Inserto al folio ochenta y ocho (88) de la presente causa.

Copia de viáticos utilizados por el ciudadano Francisco Conteras en la fecha que la presunta victima indica que ocurrieron los hechos, constantes de 22 folios. Inserto del folio cien al ciento veintiuno (100 al 121).
Memorándum enviados a la Ciudadana Violeta Villafañe presunta victima, de fecha 22 de julio de 2011, 21 de septiembre de 2011, 08 de agosto de 211, por parte del ciudadano Francisco Javier Contreras Ramírez. Inserto del folio ciento veintisiete al ciento treinta y cuatro (127 al 134) de la presente causa.
Se le concede el derecho de palabra a la Representación Fiscal, quien manifestó que en relación al segundo memorándum que riela en el folio 131 de la presenta causa, solicitamos que no se valore la misma prueba, en virtud de que no esta recibido por la ciudadana Violeta Villafañe. Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la parte querellante quien manifiesta que en relación a esta documenta la parte querellante quiere hacer referencia puntuales, en primer lugar los memorándum recibos como pruebas por la defensa, el acusado Francisco Contreras evidencian el Acoso u Hostigamiento realizado por el referido ciudadano a la ciudadana Violeta Villafañe, en su relación laboral, al respecto el Art. 40 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, establece que la “persona mediante comportamiento, expresiones verbales o escrita …“ y en este caso los memorándum fueron dirigidos a la victima el cual se evidencia era totalmente infundado para aquel entonces, así podemos observar que el memorándum 061 de fecha 22/07/2011, suscrito por el Ing. Francisco Contreras, fue respondido oportunamente el día 28/07/2011, por la Lic. Violeta Villafañe, contradiciendo en todo y cada una de sus partes la falsas e infundadas aseveraciones del coordinadote de la oficina Ing. Francisco Contreras, por ejemplo en el punto uno explica muy bien mi representada lo concerniente a la solicitud de reposición del fondo de funcionamiento, en la cual hace mención que ella cumplió a cabalizada con la norma 33 del manual de Oficinas regionales, que establece que la reposición de salcita al agotarse el 65%. En relación a las actividades que se retrazaban y se reprogramaban por no haber fondo suficiente la Lic. Violeta le da oportuna y adecuada respuesta al infundado planteamiento del jefe Ing. Francisco Contreras dejando constancia que situación se debe al incremento significativo de las actividades producto del incremento de personal y que por el fondo era insuficiente y se ameritaba un incremento a la brevedad posible. En cuanto al rembolso de las facturas presentadas por los coordinadores de eje también la lic. Violeta Villafañe realizo una respuesta clara concisa y conducente en el que explicó que todas los reembolsos lo había venido realizando en forma regular, salvo dos casos que por el monto no podían ser pagados por caja chica sino que debían realizarse con cheque por lo cual lo realizo como lo indican las normas. En cuanto al segundo punto del memorándum concerniente a la solicitud de viáticos también dio oportuna respuesta la Lic. Violeta aseverando que el tramite se había realizado siempre con toda la normalidad y solo quedaba pendiente una la cual se encontraba pendiente para la fecha por problemas de conexión con Internet en el INE, pues recordemos que para la fecha a mediados de junio del 2011 la sede del Instituto Nacional Geográfico de Venezuela se encontraba en remodelación, en referencia al tercer punto del memorándum la lic., Violeta también respondió al Coordinador Funciona/ Ing. Francisco, que para aquel entonces se encontraba el ing., en obras de remodelación y estaba en espera de la conclusión de dichas Obras, tal como lo informo un funcionario de logística, y que era necesaria la culminación en la sede de la Institución a los fines de cumplir con las actas de control perceptivo, en relación del punto cuarto del memorándum suscrito por el Ing. Francisco Contreras en el que hace referencia al hecho de que las conciliaciones bancarias deben ser enviadas a la sede dentro de los 5 días de cada mes, la lic., Violeta en su condición de administradora también le da respuesta a dicha observación infundada del Ing. Francisco, cuando en la contestación le aclara que las conciliaciones deben enviarse mensualmente durante los primeros 10 días de cada mes según la norma 41 del Manual de Oficina Regional . Este es un punto de relevancia ciudadana jueza por cuanto se constata que las observaciones realizadas por el Ing. Francisco en el memorándum de fecha 22/07/2011, era infundado en las normas internas establecidas en el manual de la Oficina regional y allí en esa misma contestación la Lic. Le hace una serie de aseveraciones en el que hace conocimiento del Coordinador funcional que la Lic. Violeta Villafañe realizaba todo su trabajo apegada a la Normativa del manual de oficina regional y que solo por causas ajenas a su voluntad, en este caso concernientes a las Instituciones bancarias en algunos casos muy puntuales no había podido cumplir a cabalizada con la normativa esto es porque escapaba situaciones de la posibilidad de resolver las mismas pero que siempre en todo caso busco la manera de solucionar y de cumplir a cabalidad con su trabo y en cuanto al punto Nº 5 concerniente al saludo la Lic. Violeta Villafañe también dio una respuesta clara y precisa de que siempre saludaba a sus compañeros de trabajo, y si hubo un impace con el Ing. Francisco era producto del Acoso u hostigamiento del que fue objeto la licenciada Violeta por parte del Ing. Francisco Contreras quien en forma reiterada y sistemática la acosaba, la intimidaba, la descalificaba, en sitio de trabajo, eso es en cuanto al memorando 061, y la repuesta dada por la Ciudadana Violeta. Posteriormente aparece un memorándum pues el cual no tiene carácter de memorándum suscrito por el Ing. Francisco donde le recuerda que debe firmar como recibido el memorándum 109, de fecha 21/ 09/2011, posteriormente aparece otro memorándum el cual no consta que fue firmado por el Ing. Francisco Contreras, pero que fue utilizado para reforzar lo reiterado y sistemático de los hechos y actos utilizados por el Ing. Francisco en perjuicio de la Lic. Violeta Villafañe. En reilación al memorándum 170 que riela en los folios 132 de la presente causa de fecha 01/08/2011, en el cual el Ing. Francisco Contreras ejerce un derecho de replica a la contestación realizada por la ciudadana Violeta pero en el mismo deja al descubierto que el memorándum 161 de fecha 22/07/2011 suscrito por el fue infundado así las cosas el Ing. Francisco refiere que en reilación al Párrafo Nº 1, informa que la remisión del fondo de funcionamiento debe hacerse al alcanzar el 60% y posteriormente manifiesta que en la tabla que anexo la lic. Violeta Villafañe en el folio 134 de la presente causa, dice que la reoposición se hizo fue de 85.82% y en kla reposición Nº 3 se uso el 80.60% y en la Nº 2 se uso el 69,89%, quiere esto decir que la licenciada Violeta en ningún momento incurrió en algún manejo inadecuado del Manual del Manejo de Oficina Regional por cuanto la solicitud se realiza al agotarse el 65 % o el 60% como lo manifestó el Ing. Francisco. Quiere decir esto que el Ing. Le podía realizar observaciones a la Lic. Violeta solo en el caso de que hubiese pedido una reposición de fondo antes de agotarse el 65% o el 60% como el acoto verbalmente, circunstancia que no paso por cuanto la lic., Violeta acató la norma 33 del Manual de Oficina Regional, en reilación al párrafo 2 el Ing. Textualmente utiliza una frase muy explicita para aceptar que le asiste la razón a la ciudadana Violeta cuando textualmente establece lo siguiente “estamos de acuerdo en que el momento actual del fondo de funcionamiento es insuficiente para las actividades de esta Coordinación Regional…”, quiere esto decir que ese puno del memorándum era infundado y posteriormente en el párrafo 4º del memorándum 070, también acepta que en relación a las facturas presentadas por las coordinadoras de eje se representa por el mismo retardo de la solicitud de la reposición de fondos pero en este caso el mismo acepta que el fono es insuficiente por el incremento de personal que el mismo debía incrementarse y que dicha aprobación era realizado por caracas, así mismo el ingeniero Francisco asume que no había conexión con Internet para las solicitudes de viáticos y que el había realizado el seguimiento a las mismas y en reilación al control perceptivo hace referencia el Ing. Francisco al hecho de que ya había terminado unos trabajo con colocación de cerámicas, electricidad impermeabilización pero deja entre ver que la obra de regulación no estaba terminada y por consiguiente le debemos dar la razón a la Lic. Violeta Villafañe en el sentido de que no podía realizar el control perceptivo sino, se había culminado con la obra. Haría esta parte querellante la siguiente reflexión si hubiese existido una norma una orden o cualquier instructivo que ordenase la realización del control perceptivo ante de la culminación de la obra de remodelación del ING sede Barias, tenga lo por seguro que el Ing. Francisco Contreras hubiese hecho mención en sus dos memorándum , pero dicha mención de la revisión de los mismo no consta en ninguna parte y en reilación al punto 4 del memorando 061 ante la contundente contestación que realizo la ciudadana Violeta el Ing. Francisco solo se limitó a sugerir enviar las mismas a la brevedad posible y como punto final el Ing. Francisco en el memorándum 070 en el cual estoy haciendo como parte de este proceso en el ejercicio de control y contradicción el Ing. Francisco Contreras solo se limita a indicar que el habito de saludo en el momento de llegada y salida del lugar de trabajo ayuda a mantener un buen ambiente de trabajo pero en ningún memento hace referencia en un hecho concreto como tampoco lo hizo en el memorándum 061, luego en el ultimo párrafo del memorándum 070 , el ing. Francis Contreras concluye afirmando que mi representada Violeta incurrió según el Nº 1 del Art. 83 de la Ley del Estatuto de la función publica a la negligencia al incumplimiento de los deberes inherente al cargo y considera este memorándum como una amonestación escrita ahora bien, si analizamos estos instrumentos la contestación de la ciudadana Violeta, la circunstancias muy particulares que se suscitaron en la sede del ING, y el incremento del personal para el programa nacional de catastro se puede inferir que mi representada Violeta en ningún momento fue negligente en el cumplimiento de los deberes inherentes al cargo es mas, como prueba de ello tenemos que desde la ciudad de caracas en ningún momento le has realizado un llamado de atención todo lo contrario siempre ha sido su trabajo valorado y calificado como de intachable razón por la que ciudadana Jueza considera esta representación querellante que los memorando 061 y memorándum sin fecha y sin numero y sin firma del Ing. Francisco Conteras, y memorándum 070 son prueba escrita de las utilizadas por el Ing. Francisco Contreras para ejecutar actos de intimidación, chantaje, acoso u hostigamiento y descalificación que atentaron con la actividad emocional, familiar y laboral de la lic., Violeta Villafañe produciendo el Mobbing laboral como lo manifestó la Experto Lic. En Psicología Ana Parra cuando afirmó que el mobbing laboral no se realizaba solamente con actos verbales sino también se utilizaban escritos y prueba de ello tenemos las documentales que hemos incorporado a este juicio a través de la lectura por ello pido sean valorados conforme a mi justa y muy fundada petición. Es todo. Se le concede el derecho de palabra a la Defensa privada quien manifestó después de oír la prudente y acertada del Ministerio Publico por un lado y la brillante pero carente de Jurisdicción intervención del querellante esta defensa contradice en los siguientes términos, tiene razón el Ministerio Publico cuando afirma el memorando sin fecha ni firma no tiene carácter de prueba sin embargo el acta que obra al folio 135 del expediente explica el porque de tal circunstancia razón por la cual sostenemos su valor probatorio y respetamos el Criterio del Tribunal a la hora de valorar. En cuanto a la intervención de querellante lastimosamente formulada ante un tribunal incompetente por la materia, pues hubiese sido interesante oír el pronunciamiento de un juez administrativo o laboral al respecto, esta defensar considera que no hizo otra cosa el querellante sino fortalecer la tesis de la defensa ¿Por qué razón? Dice Jesús en el Sermón del Monte que no puede el buen árbol dar malos frutos ni el mal árbol dar buenos frutos para significar con ello que nada licito puede surgir de lo ilícito y viceversa para significar con ello que todo acto jurídico no enviste carácter penal y encuentra su basamento en normas de derecho positivo en este caso las leyes administrativa que rigen el territorio de la republica. Los memorándum que fueron admitidos como pruebas y aceptado como tal por l querellante dan fe de la forma publica y evidentemente respetuosa con que el jefe Francisco Contreras se dirige a la Subalterna Violeta Villafañe, cosa permitida en las leyes administrativas, pero al mismo tiempo dan fe y testimonio de que no existió tal acoso por lo menos dentro de la Jurisdicción Penal, como la ciudadana Violeta responde por demás con términos totalmente respetuoso, lo que dejo en evidencia que se trata de una incidencia propia de una relación laboral licita. La lic. Violeta como lo expresa y lo deja ver el querellante, respondió respetuosa pero inadecuadamente los memorándum enviados, sin negar el carácter de memorando que es una figura permitida por el derecho administrativo, que es una figura licita no clandestino ni delictuoso y digo inadecuadamente porque no utilizo los mecanismos jurídicamente viables, es decir el recurso de reconsideración y todos los establecido en la Ley de Procedimiento Administrativos, incluso una vez agotados esto espera las respuesta. De cualquier manera y ya para determinar no puede hablarse de acoso ni de mobbing laboral, cuando se parte en el caso del querellante del análisis a documentos públicos cuyo contenido son a todas luces fiel cumplidores de la normas establecidas en las leyes administrativas tanto sustantivas como adjetivas, es lo que el Dr. Roberto Delgado Salazar llama en su libro las pruebas en el Proceso Penal el Árbol del Fruto envenenado, es decir la Pruebas para incriminar deben dejar constancia de una conducta `prohibida por la ley y n el presente caso tal como sin darse cuenta lo admite el querellante eso no ocurrió, por lo tanto solicito al tribunal se sirva al momento de decidir tomar en cual las circunstancias expuestas en este Tribunal.
Acta levantada en fecha 09/07/2012, por parte del Ingeniero Francisco Javier Contreras Ramírez que riela en el folio 138 de la pieza Nº 01 de la presente causa. Se le concede el derecho de palabra a la Defensa: Una vez incorporada la prueba, Solicito al tribunal que valore en su justa medida e interprete el contenido de acuerdo a su necesidad y pertinencia, se le concede el derecho de palabra a la representación Fiscal: una vez incorporada por su lectura dicha acta, que se deje constancia de la fecha, 09/07/2012, por cuanto la acusación fue presentada por los meses mayo, Junio, julio, agosto y septiembre de 2011, por lo que no es pertinente, para ser valorada por el tribunal. se le concede el derecho de palabra a la parte querellante: Oída la exposición de la defensa, esta representación contradice en toda y cada una de sus partes la instrumental que se incorpora en este acto, por las siguientes razones de hecho y de derecho: en la audiencia preliminar, me opuse a la admisión de dicha instrumental, por considerarla impertinente e innecesaria, por cuanto la misma hace alusión a la fecha del día lunes 09/07/2012, prácticamente nueve (09) meses después de los hechos denunciados e imputados al hoy acusado Francisco Contreras, razón por la que no tiene relación directa con los hechos contenidos en la acusación fiscal, en segundo lugar, se trata de un acta levantada en la sede del mismo IGVSB, por le acusado Francisco Contreras, en cuyo contenido hace constar que la Lic. Violeta Villafañe no se había presentado a su sitio de trabajo, el día 01/06/2012, pero posteriormente el funcionario Francisco Contreras, deja constancia que le había sido otorgado en horas de la mañana otro reposo desde el 08/06/2012 al 12/07/2012, pero desconociendo que la Lic. Violeta Villafañe había ocurrido ante otro Centro asistencial en el que le habían otorgado un nuevo reposo medico, ante ese desconocimiento el funcionario Francisco Contreras, con el levantamiento del acta lo que incurre es en un nuevo acoso u hostigamiento, en conclusión, esta parte querellante solicita al tribunal que en la definitiva no sea valorada dicha instrumental, por impertinente e innecesaria y de hacerlo sea valorada como un instrumento utilizado por el hoy acusado para continuar manchando la imagen del expediente administrativo de mi representada, ratificándose el acoso u hostigamiento del que fuera objeto. Es todo.
De Las Pruebas No Recepcionadas:
Declaración de los (as) ciudadanos (as): Yhoverly Johana Fernández Gómez, Ana Ibarra, Nayirber Josefina bravo Bastidas, Julio José Colmenares García, Ildebrando Garavis, Lucio Abelardo Díaz, se prescindieron de los mismos. De la misma manera de las pruebas documentales:
Reposos así como solicitudes de pago de la presunta victima, y permisos otorgados a la misma, donde se puede observar las fechas y los diagnósticos. Inserto del folio ciento treinta y nueve al ciento sesenta y tres (139 al 163) de la presente causa.
Acta de recepción de la oficina de apoyo administrativo de la Oficina Región Llanos II, donde se demuestra la situación en que se encontraba el organismo. Inserto del folio ciento sesenta y cuatro al ciento sesenta y nueve (164 al 169) de la presente causa.
Oficios emanados de la Coordinación de la Oficina Regional de Barinas del Instituto Geográfico de Venezuela Simon Bolívar, para realizar gestiones a los fines de mejorar el ambiente laboral de la misma, pertinente por cuanto la victima manifiesta que el acusado los obligaba a laborar en malas condiciones. Inserto al folio ciento setenta y ciento setenta y dos (170 al 172) de la presente causa.
Copia de un croquis donde se estableció por consenso el orden en que quedarían las oficinas, siendo esto objeto de una discusión polémica entre la victima y la ciudadana Maigualida Vivas, a raíz de lo cual la victima acusa al ciudadano Francisco Contreras de maltrato, por ello su necesidad y pertinencia. Inserto al folio ciento setenta y tres (173) de la presente causa.
Oficio donde se puede verificar que la ciudadana Violeta del Carmen Villafañe, tuvo un problema igual con la anterior coordinadora antes de que fuera designado el ciudadano Francisco Javier Contreras. Inserto al folio ciento setenta y cuatro al ciento setenta y ocho (174 al 178).
Siete folios útiles donde se puede verificar los pasos que se deben realizar para diagnosticar el Mobbing Laboral. Inserto desde el folio ochenta y cuatro al ochenta y siete (84 al 87) de la presente causa.
Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 340 del Código Orgánico Procesal Penal.

Una vez llegada la oportunidad procesal pertinente, terminada la recepción de las pruebas se les concedió el derecho de palabra a las partes para que expusieran sus conclusiones de conformidad con el artículo 343 del Código Orgánico Procesal Penal, tanto el Ministerio Público, como la parte querellante y la defensa lo hicieron en igualdad de condiciones. Por su parte el Representante del Ministerio Público Fiscal Décimo Séptimo Abg. Carlos Ramírez entre otras cosas expuso lo siguiente: “ Buenos días, siendo la oportunidad legal para explanar las conclusiones en primer lugar, doy gracias a Dios, por llegar al final de este debate, primero en su clase en Venezuela, hablando de violencia contra la mujer, es una sola, va en detrimento de sus derechos, en menosprecio de la mujer, siendo una de estas el acoso u hostigamiento, establecida en el articulo 40 de la Ley Especial, la cual es sancionado con prisión de ocho (08) a veinte (20) meses, en este caso, se probo acá que el acusado tuvo omisiones y acciones, que se materializaron como acoso u hostigamiento, en contra de la ciudadana Violeta Villafañe, atentando contra la estabilidad laboral, emocional y familiar, en primer lugar se demostró la Corporeidad, que el delito se adecuo en tiempo, espacio y lugar del delito, se manifestó cuando la victima fue llevada a formular denuncia en contra del ciudadano Francisco Contreras, la cual fue ratificada en esta sala por la victima, manifestó que solicito reposos médicos, a partir de que el ciudadano tomo las riendas de la oficina y no antes. Los expertos como la lic. Ana Parra, estuvo en esta sala y dijo que observo el Síndrome de Mobbing, que significa acumular acoso, es una innovación en materia de investigación, jamás se había denunciado, destaco, crisis emotivas, la remitió a un medico psiquiatra, para que fuera tratada, en la fundación valoro a la paciente, a preguntas de la defensa, este Tribunal debe valorar los informes, en el estado Barinas no hay una oficina de atención a la victima en este tipo de delito, diagnostica además un estrés postraumático, incorporando la experticia en este debate, el otro medico psiquiatra que la trato fue el medico del CICPC, el cual informa que no hubo mitomanía, por parte de la víctima ni llanto sollozante, además de depresión reactiva, siendo una enfermedad mental. El medico José Acosta, trato a la victima y emitió dos informes donde diagnostica el Síndrome de Mobbing y un estrés postraumático, siendo concordante los expertos en esta sala, hubo otra experta de INPSASEL, la cual debe ser valorada como testigo, no como experta, dijo que faltaban dos pruebas que no se realizaron a la victima, en virtud de que no elaboro informa, ella manifestó que había que hacer un diagnostico, este procedimiento todavía esta inconcluso, se escucho en sala al esposo de la victima quién en sala manifestó que la victima se encontraba muy mal emocionalmente, que no se concentraba que estaba aislada, demostrando así el trauma familiar, debe este tribunal valorar este testimonio, los testigos, Tovar y vargas, fueron testigos de un hecho ocurrido en la remodelación, donde el acusado hostigo, vejo, a la victima en su oportunidad, la victima solicito el careo con Tovar y Maigualida, declarando esta ultima que la Lic. Nunca tuvo problemas con nadie en la oficina, Tovar le refuto en su momento que respondiera y esta solo asintió si o no, solicito que sean valoradas todas las pruebas, por lo que el ministerio público solicita al Tribunal dicte una sentencia Condenatoria. Es todo.-

Acto seguido se le concede el derecho de exponer sus conclusiones al Abogado Querellante, Abg. Cesar Alberto Quiroz, quien manifestó: El proceso tiene una estructura y un silogismo, tenemos la premisa mayor, el tipo penal, premisa menor, los hechos ocurridos en el Instituto geográfico desde 2011, seis (06) meses de circunstancias y comportamiento, que refleja en el delito de acoso y hostigamiento, el cual llevara a una sentencia, esta claro que los medios de prueba fueron elementos de convicción, traídos acá, surgieron acá nuevos elementos, el acusado ostentaba el carácter de jefe, pero no es el patrón, no vamos contra el Instituto geográfico, sino con el acusado debido a que la responsabilidad penal es personalísima, en esos 6 meses hubo actos que prueban fehacientemente que el acusado tenia plena conciencia que de ellos, tenia un fin que no era otro que acosar y hostigar a la victima, para tratar de sacar o expulsarla del trabajo, afectando estos actos la estabilidad emocional, familiar y económica. El medico forense Abilio Marrero manifestó que en 45 minutos de entrevista fueron necesarios existió un Mobbing laboral, por lo que la victima tenia un tratamiento farmacológica, José Acosta como medico, valoro a la victima por espacio de 8 meses, donde llego a la conclusión que era acosada por el jefe y que exploro otros ambiente, circunstancias, que era causa que el jefe la asediaba, descalificaba, ana parra manifestó muy bien el Mobbing, laboral, también se llevo de manera escrita, como lo son los memos, esto podía llevar a la victima inclusive a la muerta. La Dra. Rangel, explico que la recuperación se daba producto a un problema ocasionado en la Siquis de la paciente por un acoso laboral, de manera que tenemos que hacer Plena prueba que conllevará al tribunal a valorarlas, tenemos a José Martínez su esposo que dijo que hubo alteración en la esposa que cambio en su forma de ser que conllevó ana crisis laboral, debe ser valorado por el tribunal, La declaración de la victima, ratificando la denuncia y los hechos, circunstancias de modo tiempo y lugar, ciudadana jueza, el Mobbing, se trata de un calculo de viáticos, que no se suscribían en el manual, lo que no acepto la victima a realizar, el careo entre el Sr. Tovar y la Sra. Maigualida, Tovar, narró circunstancias de modo tiempo y lugar, mientras que la Sra. solo se refería que no se acordaba, inclusive el Sr. Tovar, le dijo a la Sra., que si recordaba lo sucedido en su momento y esta no refuto al Sr. Tovar, la Sra. Avilez cae en contradicción, los testigos de la defensa están subordinados al jefe, por lo que no declararon en contra por el pase de factura. En cuanto a las documentales quiero hacer mención a las promovidas por la defensa, los viáticos, los memos, deben ser valorados, en cuanto al tribunal, deberá aplicar las disposiciones del COPP., hago referencia a esto porque al hacer análisis de los memos, la defensa manifestó que era brillante la exposición del querellante pero en otra jurisdicción, no hay incompetencia del tribunal, porque el articulo 171 del COPP., dice que no puede ser declarada la incompetencia del tribunal, a menos que la contraparte lo solicite. De conformidad con el Articulo 145 del COPP. Es por lo que solicito al Tribunal una sentencia Condenatoria. Es todo.-

Seguidamente se le concede el derecho de exponer sus conclusiones al defensor Abg. Rafael Mitilo Veliz: Buenos días, cuando escuché a la contraparte, con todo el respeto que se merecen, recordé la película volver al futuro, me satisface el valor moral que le da el ministerio público y el querellante, pareciera que el lapso de evacuación de pruebas no existió, pareciera que al expresar sus conclusiones, estuvieron haciendo alegatos del inicio del Juicio, no voy a enumerar las pruebas, pero quiero observar tres puntos básicos, el Psiquiatra no supo que era el síndrome de Estocolmo. La Dra. Parra manifestó que era funcionaria pública y que se fue de vacaciones, llevándose a la Lic. Villafañe a la consulta privada, demostrando así que hay una confesión de la Dra. Ana Parra que hubo un vínculo con la victima, el Dr. Marrero dijo que en 45 minutos observo el Mobbing laboral, sabiendo que debe hacerse una investigación muy a fondo. Las copias simples evacuadas acá, el Dr. Tazzo en comunicación al Jefe del instituto geográfico Venezuela, afirma que el único órgano en capacidad para determinar el Mobbing, es el INPSASEL, por lo que hecha por tierra la solicitud del ministerio público que valore a la psicóloga de INPSASEL como testigo y no victima. Acá se hablo del careo, Tovar dijo que Maigualida y Fanny presenciaron la agresión en contra de la Lic. Violeta por parte del Ing. Francisco, el Fiscal dijo que las declaraciones del esposo, trabajadores de la remodelación, pero dice que no valore a los trabajadores del instituto por ser dependientes, diciendo que la responsabilidad penal es personalísima, y no contra el Instituto, Fanny Avilez no presencio ninguna vejación ni maltrato contra la Lic. Violeta, la investigación por parte de INPSASEL no ha terminado, por lo que no se puede hablar de Mobbing laboral, no se probó acá el delito de acoso u hostigamiento. Que memorándum ofende la reputación de la lic., Violeta, mi defendido dijo aquí que la ciudadana Violeta era excelente persona Es por lo que solicito al Tribunal una Sentencia Absolutoria a favor de mi defendido. Es todo.

Fenecida las conclusiones en igualdad de condiciones a las partes les fue otorgado el derecho de réplica de conformidad con el artículo 343 ejusdem, la Fiscalía del Ministerio Público manifestó: Seguidamente se le otorga el derecho a replica al Ministerio Público. Una vez oído al defensor, le quiero decir que si es verdad que pareciera esto a la película volver al futuro, en virtud de que esta tiene tres partes, una cuando regresa al pasado, necesariamente tenemos que remontarnos al pasado porque en el año 2011, ocurrieron los hechos que nos tiene en este acto hoy, en cuanto a las testigos Fanny y Maigualida, es cierto que las respuestas aquí fueron evasivas, Ej.: No se, no estaba allí, etc., pero también es cierto que ambas manifestaron bajo juramento que la Lic. Violeta, jamás tuvo problemas en el trabajo con compañeros o jefe, hasta que se incorporo como coordinador el ing. Contreras, los testigos manifestaron aquí que la Lic. Violeta en todo momento mantuvo una conducta intachable, en cuanto a la descalificación de los expertos que se refería la defensa, quiero dejar claro que los expertos solo debatirán en sala lo expresado en la experticia, las preguntas se realizaran en torno a la misma y no tiene porque un psicólogo conocer absolutamente todo sobre la psicología, el síndrome de Estocolmo, es el clásico de la violencia, secuestro sucedido en la ciudad de Estocolmo, la Lic. Ana Parra no tiene ningún vínculo con la lic. Villafañe, solo se limito a hacer su trabajo, en cuanto a la Psicóloga de INPSASEL, debe valorarse como una testigo, en virtud de que no realizó ningún informe en la presenta causa, solo recomendaciones, además, el que no este culminada la investigación por Mobbing Laboral, no quiere decir que el ciudadano es inocente por el delito de acoso u hostigamiento, que es el delito por el cual nos encontramos acá, por lo antes expuesto ratifico mi solicitud de que la sentencia sea condenatoria. Es todo. Se le otorga el derecho a replica al Abogado Querellante, Abg. Cesar Alberto Quiroz: Oída la exposición de la defensa ejerzo mi derecho a replica, primera vez que el defensor Mitilo, a quién admiro y respeto trata de ofenderme, ahora bien existen elementos de convicción que probaron en esta sala que el Ing. Francisco Contreras, cometió el delito de Acoso u hostigamiento, comportándose el acusado trato a la lic. Violeta Villafañe de una manera peyorativa, vejatoria, con el memo Nº 070, el cual no le dio tiempo de responder a la Lic. En virtud de que fue objeto de otro memo, el Ing. No cumplió con el procedimiento Administrativo, acá se esta valorando prueba por el delito de Acoso u hostigamiento, Art. 40 de la Ley especial, no por un Mobbing Laboral, se encuentra mas que probado el delito que reza el articulo 40 de dicha ley, en cuanto a los expertos, se vio en esta sala que los tres coincidieron en que la ciudadana, padece serios problemas o trastornos emocionales, laborales y familiares, en cuanto a la jurisdicción cuando la defensa alega que mi intervención fue brillante pero en otra Jurisdicción, tengo que señalar, que la responsabilidad penal es personalísima, por lo que este Tribunal de Juicio con Competencia en Delitos contra la Mujer, es el competente, en virtud de que aquí no se esta Juzgando al Instituto Geográfico Venezuela, tomando en cuenta todos los elementos traídos acá, reitero mi solicitud de sentencia condenatoria para el acusado de autos. Es todo. Se le otorga el derecho a replica a la otra parte Querellante Abg. Gerardo Uzctegui Tazzo: En cuanto a escrito que le enviara al director nacional del instituto Venezuela, se refiere a que la Lic. Solicito una comisión de servicio, envié el escrito solicitando paralizara la de comisión de servicio, para que la investigación realizada por INPSASEL, siguiera su curso normal, ya que de comisión de servicio, no pudiera INPSASEL realizar una buena investigación una Es todo. Se le otorga el derecho a contra replica a la defensa Abg. Rafael Mitilo Veliz. Ciudadano fiscal es que hay un adagio muy famoso que dice que la justicia es ciega, son los elementos de convicción, que traídos al debate probaran, la culpabilidad o inocencia de mi defendido, no quise faltar el respeto a nadie en esta sala y creo que no lo hice, porque si no la Jueza me hubiese advertido, el fiscal dijo en esta sala lo que el experto no dijo, que el Síndrome de Diógenes afecta apersonas mayores, el experto debe saber todo sobre su profesión, debería conocer mas en su ámbito, solo deje claro que para hablar de Mobbing laboral se debe conocer mucho sobre ese tema, en cuanto al Dr. Quiroz no quise ofenderle, el sistema acusatorio nos permite interpretar las pruebas objetivamente, no solo lo que le convenga a una parte u otra, menciono los testigos que presenciaron o no la presunta discusión entre la Lic. Violeta y el ing. Contreras, tanto la Sra. Fanny como la Sra. Maigualida manifestaron que no presenciaron ninguna discusión entre ambos, en cuanto al Dr. Tazzo el escrito existe fue evacuado acá, usted afirmo que el único que estaba capacitado para decretar el Mobbing laboral es INPSASEL, ustedes que son la parte querellante saben que es una realidad que vale en cualquier terreno, la moral y la Ley deben compenetrarse, dijeron que la investigación no ha terminado, queda de parte del Tribunal determinar si hubo acoso o no solo el Tribunal decidirá ajustado a la Ley. Es todo.

Estando presente la víctima en el cierre del debate se le pregunto si tiene algo más que manifestar, por lo que le fue concedido el derecho de palabra manifestando: Quiero mencionar que es muy difícil para mi llegar a esta instancia, gracias a dios que me fortalece, a mi familia que me apoyó, al ministerio público y a los Abogados querellantes, el daño que me ocasiono el Ing. Contreras fue muy grave, tuve que pasar por muchas vicisitudes, mi familia me enseño a decir la verdad, valorar el respeto, valorar el trabajo, todos en la oficina saben que dedique mas de lo que correspondía en cuanto al trabajo, lo que hice como funcionario público, con la institución, con el proyecto de país, el Ing. Me humilló, mis compañeras la Sra. Fanny y la Sra. Maigualida, tuvieron miedo de declarar la verdad porque el Ing. Les pasaría factura, Francisco Contreras me ocasiono un daño laboral, personal y familiar, el es el único culpable del daño que se me ocasionó, tengo un slogan que dice “No Mas Al Acoso A Las Mujeres”, solicito justicia, que se me reivindiquen mis derechos, solicito sanción penal para el ing. Francisco Contreras. Es todo.

Seguidamente se le pregunta al acusado si tiene algo más que agregar, a lo que manifiesto: Buenos días a todos, quiero iniciar tomando la palabra del fiscal, sobre que era la primera vez en un caso como este, yo siempre fui a la Fiscalía y colabore en todas las fases del proceso, hasta llegar aquí, soy el mas interesado en que se sepa la verdad y se haga justicia, yo ratifico con la mayor claridad Moral que nunca he maltratado a ninguna mujer, hombre ni ser vivo, para mi todos son objeto de respeto y compasión, se cuales son mis derechos y deberes. Lo ratifico que nunca he vejado, maltratado a ningún ser vivo, principalmente a mis compañeros de trabajo, soy mas bien practico y conciliador, mediador, esa persona que busca el entendimiento entre las partes, porque esto es lo que nos permite avanzar el sol y la luna son tan resplandecientes como la verdad, estoy aquí colaborando con la justicia, el esposo de la victima lo dijo claro al momento de que la jueza le pregunto si la Lcda. le manifestó si temía perder su trabajo, el respondió que si, estoy convencido de que ese es el motivo por el cual la lic. Me denuncio, sobre los memos, niego que fueran para despedirla del trabajo, yo creo que aquí todos estamos claros, niego todo por lo que se me acusa. Es todo.

Se declaró cerrado el debate Oral a Puerta Cerrada y se retiró el Tribunal a los fines de preparar el dictamen en ocasión del presente debate oral.

Esta es la base fáctica sobre la cual versó el debate contradictorio de las partes, constituyendo para el Tribunal el “Thema Decidendum” en la presente causa. Así se declara.

DE LOS HECHOS QUE EL TRIBUNAL ESTIMA
QUEDARON ACREDITADOS Y VALORACIÓN
DE LAS PRUEBAS
Presenciado por esta juzgadora el juicio oral y público, a tenor de lo previsto en el artículo 106 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, se impone proceder al análisis del acervo probatorio incorporado en la aludida audiencia, conforme a las reglas de los artículos 80 de la mencionada ley, haciendo la salvedad que a través de los medios incorporados al debate no se logró obtener el grado de certeza suficiente,
para llevar al convencimiento del Tribunal los hechos atribuidos en la acusación fiscal y particular, ya que la sola declaración de la víctima no sirve para desvirtuar la presunción de inocencia que asiste al acusado; además en atención al análisis del tipo delictivo, ya que para demostrar el delito de Acoso u Hostigamiento, previsto y sancionado en el artículo 40 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, se debían acreditar los siguientes elementos:
1) Que el acusado mediante comportamientos, expresiones verbales o escritas o mensajes electrónicos realizó actos de intimidación u hostigamiento en contra de la ciudadana Violeta Villafañe.
2) Que dichos actos de intimidación, de chantaje, acoso u hostigamiento atentaron contra la estabilidad emocional, familiar o educativa de la víctima.
Así fueron incorporados al debate la deposición de la experta Licenciada ANA LOURDES PARRA MANZANO, quien manifestó haber elaborado un informe pericial el cual fue incorporado por su lectura como lo ordena la norma adjetiva, aduciendo la experta “que Violeta está preocupada por su situación laboral, ya que desde haces dos años su jefe, el señor Francisco Contreras, comenzó a ser exigente en sus actividades, a humillarla delante de sus compañeros… Presentando el Síndrome de Mobbing”. Siendo interrogada por el Fiscal 17º del Ministerio Público, de la siguiente manera: ¿Explique el síndrome de Mobbing? A lo que la experta manifestó: El acoso es directo entre el jefe y la persona, un cambio de lugar de trabajo, vejaciones, humillación, esto conlleva que la persona padezca de depresión, ansiedad, problemas físicos, tal como en este caso. ¿Durante los 28 años de experiencia ha visto varios casos donde se compruebe el Mobbing? R: desde los años 90, se ve el Mobbing, pero se dejaba pasar acá en Venezuela, en el año 2000, luego de los avances tecnológicos empiezan a verse este tipo de conducta, desde hace cinco años se ha acentuado este tipo de acoso, se mantiene y va en aumento, pero no hemos atacado, tenemos a Inpsasel, que es el encargado de revisar este tipo de conducta. A pregunta realizada por la Defensora Privada, la experta respondió: ¿Cómo se evalúa el Mobbing? Se evalúa con los test el paciente por tres meses, su parte laboral y su parte interna, lo ideal sería que pudiéramos tener el contacto con las empresas, pudiéramos asistir a Inpsasel, para que ellos conozcan la situación, ellos están facultados para eso, el diagnostico de éstos es importantísimo. ¿Para qué se configure el Mobbing, se diagnostica evaluando a la persona o hacerlo en conjunto con el ambiente laboral? Si el paciente presenta esta situación, lo ideal sería acudir a las empresas, para eso está Inpsasel, que se encarga del estudio en un ambiente laboral. De la deposición de la experta se observa que la misma solo hace referencia a lo manifestado por la accionante, asociado a que no tiene certeza de haber concluido que la actora, padeciese de los hechos investigados objetos de la pretensión, pues el solo hecho de que refiera lo manifestado por la accionante no le otorga suficiente convicción al Tribunal razones por las que se desecha. Y así se decide.
DECLARACION DEL EXPERTO DR. JOSE LUIS ACOSTA GARCIA, de la deposición del mencionado ciudadano se observa, que del estudio psiquiátrico realizado en la persona del accionante, no pudo determinar con certeza qué tipo de diagnóstico presentó la accionante, pues solo se limitó a esbozar doctrina relacionada con los hechos investigados, desconociendo en gran parte teorías científicas, lo cual le otorga desconfianza a esta valorante, lo que desencadena que deba desecharse del material probatorio. Y así se decide.

DECLARACION DEL EXPERTO DR. ABILIO NICOLAS MARRERO VALERO, de la deposición de este ciudadano se aprecia que al ser interrogado por las partes señaló entre otras cosa haber realizado recopilación de datos para haber arribado a su conclusión, empleando para ello el diálogo con el psiquiatra anteriormente referido, sin aplicar las técnicas adecuadas de orden científico, para concluir de forma inequívoca el diagnóstico de la accionante, motivo por lo que debe desecharse del abanico probatorio. Y así se decide.

DECLARACION DE LA EXPERTA MARIA ALEJANDRA OTALVARO LOPEZ, de la deposición de esta ciudadana se observa que en su condición de experto técnico científico, realizó y aplicó la metodología adecuada y autorizada por l legislador, las máximas de experiencias y la sana critica para tratar de determinar si la víctima presentaba intimación, chantaje, acoso u hostigamiento que atentasen contrata su estabilidad emocional, laboral, económica familiar o educativa, aplicando para ello l test como herramienta que de manera científica nos pudiese llevar a la conclusión racional, determinándose la no existencia en la persona de la actora, de alguna de las situaciones sancionadas por la ley que le tutelan e inclusive se pudo observar que dicho procedimiento aún resulta prematuro en base a su metodología, razones por las que este Tribunal le otorga valor probatorio a la referida experta. Así se decide.

DECLARACION DE LA EXPERTA BLANCA STELA RANGEL CONTRERAS, no se le otorga valor probatorio, ya que la misma no logro perfeccionar, a través de su explicación las deficiencias de la constancia médica emanada por el Dr. Tálamo, por cuanto quien depuso no es quien realizó la misma, no logró la experta sustituta explicar la relación detallada de los exámenes practicados, para obtener los resultados explanados en dicha constancia, aunado a ello dicha prueba no tramitó cumpliendo los extremos legales para este tipo de pruebas, por lo tanto la misma no merece fe para esta Juzgadora para demostrar los hechos que fueron objeto del proceso, en consecuencia se desecha del material probatorio. Y así se decide.

DECLARACION DE LA CIUDADANA VIOLETA DEL CARMEN VILLAFAÑE MONTILLA, de esta deposición se puede apreciar, la subjetividad de la actora al narrar hechos que por sí solos, sin el acotamiento de otros medios de prueba no le otorga credibilidad a esta juzgadora razón por las cuales debe desecharse. Y así se decide.
DECLARACION DEL CIUDADANO JOSE ADAN TOVAR PIRELA, esta declaración no aporta elementos de convicción suficiente, solo dio fe del comportamiento del acusado, donde se pudo apreciar que en los dos meses que estuvo laborando el en Instituto, solamente presenció dos discusiones entre el Ingeniero Francisco y la Licenciada Violeta; siendo este el valor que merece esta prueba para esta Juzgadora. Y así se decide.
DECLARACION DEL CIUDADANO LUIS ENRIQUE NIEVES VARGAS, esta deposición no aporta elementos de convicción suficiente, solo dio fe del comportamiento del acusado, donde se pudo apreciar que en los dos meses que tuvo laborando el en Instituto, solamente presenció una sola discusión entre el Ingeniero Francisco y la Lcda. Violeta; siendo este el valor que merece esta prueba para esta Juzgadora. Y así se decide.
DECLARACION DE LA CIUDADANA MARIA ISAULENY RAMIREZ ARIZA, esta deposición aportó elementos de convicción suficiente, mediante el cual dio fe del comportamiento del acusado, donde se pudo apreciar que en dos años que duró laborando para el Instituto, en ningún momento notó algo irregular, ni presenció discusiones entre ellos, ni observó a la licenciada aislada, que la accionante socializaba con todo el personal; siendo este el valor que le otorga esta Juzgadora a este prueba. Y así se decide.

DECLARACION DE LA CIUDADANA AIMARA MARIAELENA GARCIA SEGOVIA, esta declaración aportó elementos de convicción suficiente, mediante el cual dio fe del comportamiento del acusado, la testigo manifestó que no presenció tratos vejatorios del Ingeniero Francisco para con la Lcda. Violeta, que cuando ella iba al Instituto veía todo normal, que la presunta victima cordializaba con los demás trabajadores, siendo este el valor que le otorga esta Juzgadora a esta declaración. Y así se decide.

DECLARACION DEL CIUDADANO DON SIMON ENRIQUE SULBARAN VIVAS, esta declaración aportó elementos de convicción suficiente, mediante el cual dio fe del comportamiento del acusado, manifestando que en dos años que duró laborando para el Instituto, presenció un trato cordial, que la Licenciada socializaba con el resto del personal; siendo este el valor que le otorga esta Juzgadora a dicha declaración. Y así se decide.

DECLARACION DE LA CIUDADANA GIORBELIS VIGDALIA MARQUEZ, esta declaración aportó elementos de convicción suficiente, mediante el cual dio fe del comportamiento del acusado, esta testigo manifestó que no presencié conversaciones entre ellos, en el tiempo que ella estuvo laborando en el Instituto Nacional de Estadísticas, que fue tres meses y medio aproximadamente, no llegue a notar alguna conducta inadecuada del Ingeniero Francisco para con la Lcda. Violeta; siendo este el valor que le otorga esta Juzgadora a dicha declaración. Y así se decide.

DECLARACION DE LA CIUDADANA LIDIA CAROLINA MANRIQUE UMAÑA, esta testigo aportó elementos de convicción suficientes, en relación al comportamiento del acusado, al momento de deponer manifestó que presenció una conducta normal entre ellos, el tiempo que ella estuvo laborando en el Instituto Nacional de Estadísticas, el cual fue tres meses; siendo este el valor que le merece a esta juzgadora esta declaración. Y así se decide.

DECLARACION DE LA CIUDADANA NORIS JOSEFINA GARABOTE RODRIGUEZ, esta testigo aportó elementos de convicción suficientes, en relación al comportamiento del acusado, al momento de realizar su deposición la testigo manifestó que de las pocas veces que fue al Instituto presenció un trato amable y cortés entre ellos; siendo este el valor que le merece a esta Juzgadora esta declaración. Y así se decide.

DECLARACIÓN DEL CIUDADANO JOSE BOANERGES MARTINEZ FRIAS, de esta deposición se puede apreciar, la subjetividad del testigo al narrar hechos de los cuales tuvo conocimiento de manera referencial, los cuales por sí solos sin el acotamiento de otros medios de prueba no le otorga credibilidad a esta Juzgadora razón por las cuales debe desecharse. Y así se decide.

DECLARACIÓN DE LA CIUDADANA MAYGUALIDA ANTONIETA VIVAS LIMONGI, esta prueba no es valorada por esta Juzgadora en virtud de que esta ciudadana ha estado presente en las Audiencias de Juicio Oral y Público, violentándose de esta manera el contenido del artículo 338 del Código Orgánico Procesal Penal, relativo a la prohibición de comunicarse entre sí los testigos, ni ver, oír o ser informados de lo que ocurra en el debate, motivo por el cual a esta Juzgadora no le merece fe la declaración de esta ciudadana. Y así se decide.

DECLARACIÓN DEL CIUDADANO DOMENICO UCELLO NIEVES, al momento de realizar su deposición el testigo manifestó que no conoce al ingeniero Francisco Contreras, que no sabe nada de ese problema, motivo por el cual su deposición no aporta nada para el esclarecimiento de los hechos objetos del debate, en relación a la culpabilidad y autoría del acusado; siendo este el valor que le merece a esta juzgadora esta declaración. Y así se decide.

DECLARACION DE LA CIUDADANA ALEXANDRA YANETH RANGEL LOBO, de esta deposición se puede apreciar, que la testigo al narrar hechos de los cuales tenía conocimiento cayo en contradicción al manifestar que empezó a laborar en la casa de la señora Violeta en fecha 17 de Enero del año 2011 y posteriormente manifiesta que se graduó de Licenciada en Educación Integral en la ciudad de Barquisimeto en fecha Septiembre del año 2011 y debido a que se le dificultó conseguir trabajo se mudó para esta ciudad y desde entonces empezó a trabajar en la casa de la señora Violeta ya que una vecina le comentó que necesitaban a una muchacha para que trabajara en esa casa; motivo por el cual esta prueba no le otorga credibilidad a esta juzgadora razón por las cuales debe desecharse. Y así se decide.

DECLARACION DE LA CIUDADANA FANNY RAMONA AVILEZ, esta testigo aportó elementos de convicción suficientes, en relación al comportamiento del acusado, al momento de realizar su deposición la testigo manifestó que no recuerdo si hubo una discusión entre el Ingeniero Francisco y la Lcda. Violeta, que no presenció ninguna discusión entre ellos y nunca ha tenido problemas con el Ingeniero. Siendo este el valor que le merece a esta juzgadora esta declaración. Y así se decide.

DECLARACIÓN DEL ACUSADO FRANCISCO JAVIER CONTRERAS RAMÍREZ, fue estimada por esta Juzgadora como un medio de defensa, por lo tanto fueron analizados los hechos narrados por el mismo, de lo que se coligió simplemente en el presente proceso no se logro desvirtuar la presunción de inocencia con la cual esta protegido el acusado de autos, entendiendo esta Juzgadora que el acusado nada tiene que probar, siendo esta una carga del Estado, y ante la duda que ha surgido en esta Juzgadora, sobre los hechos objeto del presente proceso, dicha duda debe favorecer al acusado sin embargo, quien aquí juzga tomó en cuenta la constancia y el interés visiblemente prestado y colaboración que tuvo el Acusado desde el inicio de este proceso en su contra para que se realizaran todas las audiencias y se culminara el Juicio Oral, y en estos términos fue analizada la declaración del acusado.

Careo, esta prueba no aportó elementos de convicción suficientes, en relación al esclarecimiento de los hechos objetos del debate, en relación a la culpabilidad y autoría del acusado; siendo este el valor que le merece a esta juzgadora esta declaración. Y así se decide.

En la Audiencia de juicio oral y público fueron incorporadas como pruebas documentales, mediante su lectura y debidamente controvertidas, las siguientes:

INFORME PSICOLOGICO, de fecha 25/10/2011, suscrita por la PSICÓLOGO ANA PARRA, adscrita a la Dirección de Salud de la Gobernación del Estado Barinas, quien realizo el INFORME PSICOLÓGICO, a la ciudadana VIOLETA DEL CARMEN VILLAFAÑE MONTILLA, titular de la cédula de identidad V-9.388.295. Inserto al folio veintiséis (26) de la presente causa.

La presente prueba documental, es valorada a la luz de lo establecido en el artículo 80 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con el artículo 22 del Código Orgánico Procesal, aplicable por remisión expresa del articulo 64 de la Ley Especial, otorgándosele valor probatorio en cuanto a lo ratificado por el experto e informe, y del modo arriba expresado, Y así se decide.-

INFORME PSIQUIATRICO, de fecha 08/11/2012, suscrita por el MEDICO PSIQUIATRA DR. JOSE ACOSTA, Adscrito al Hospital Materno Infantil “Dr. Samuel Darío Maldonado”, quien practico el INFORME a la ciudadana VIOLETA DEL CARMEN VILLAFAÑE MONTILLA, titular de la cédula de identidad V-9.388.295.Inserto del folio veintisiete al veintiocho (27 al 28) de la presente causa.

La presente prueba documental, es valorada a la luz de lo establecido en el artículo 80 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con el artículo 22 del Código Orgánico Procesal, aplicable por remisión expresa del articulo 64 de la Ley Especial, otorgándosele valor probatorio en cuanto a lo ratificado por el experto e informe, y del modo arriba expresado, Y así se decide.-

INFORME PSIQUIATRICO EVOLUTIVO, de fecha 28/05/2012, suscrita por el MEDICO PSIQUIATRA DR. JOSE ACOSTA, Adscrito al Hospital Materno Infantil “Dr. Samuel Darío Maldonado”, quien practico el INFORME PSIQUIATRICO EVOLUTIVO a la ciudadana VIOLETA DEL CARMEN VILLAFAÑE MONTILLA, titular de la cédula de identidad V-9.388.295.Inserto del folio veintinueve (29) de la presente causa.

La presente prueba documental, es valorada a la luz de lo establecido en el artículo 80 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con el artículo 22 del Código Orgánico Procesal, aplicable por remisión expresa del articulo 64 de la Ley Especial, otorgándosele valor probatorio en cuanto a lo ratificado por el experto e informe, y del modo arriba expresado, Y así se decide.-

RECONOCIMIENTO PSIQUIATRICO FORENSE Nº 9700-143-120, de fecha 30 de julio de 2012, suscrito por el DR. ABILIO MARRERO, Psiquiatra Forense Adscrito a la Medicatura Forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas del Estado Barinas, quien practico la valoración psiquiátrica a la ciudadana VIOLETA DEL CARMEN VILLAFAÑE MONTILLA, titular de la cédula de identidad V-9.388.295. Inserto del folio treinta y cinco al treinta y siete (35 al 37) de la presente causa.

La presente prueba documental, es valorada a la luz de lo establecido en el artículo 80 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con el artículo 22 del Código Orgánico Procesal, aplicable por remisión expresa del articulo 64 de la Ley Especial, otorgándosele valor probatorio en cuanto a lo ratificado por el experto e informe, y del modo arriba expresado, Y así se decide.-

Informe Psiquiátrico, de fecha 09 de Enero de 2013, practicado por el Medico Psiquiatra Eduardo Tálamo, a la ciudadana Violeta Del Carmen Villafañe Montilla, titular de la cédula de identidad V-9.388.295. Inserto al folio ochenta y ocho (88) de la presente causa.

La presente prueba documental, es valorada a la luz de lo establecido en el artículo 80 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con el artículo 22 del Código Orgánico Procesal Penal aplicable por remisión expresa del articulo 64 de la Ley Especial, no otorgándosele valor probatorio, por no cumplir con los requisitos de un informe pericial conforme lo establece el artículo 225 del Código Orgánico Procesal Penal, no se tramitó cumpliendo los extremos legales previsto en el referido artículo. Y así se decide.-

Copia de viáticos utilizados por el ciudadano Francisco Conteras en la fecha que la presunta victima indica que ocurrieron los hechos, constantes de 22 folios. Inserto del folio cien al ciento veintiuno (100 al 121).
La presente prueba documental, es valorada a la luz de lo establecido en el artículo 80 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con el artículo 22 del Código Orgánico Procesal, aplicable por remisión expresa del articulo 64 de la Ley Especial, no otorgándosele valor probatorio en virtud de llenar los requisitos previstos en la Ley. Y así se aprecia.-

Memorándum enviados a la Ciudadana Violeta Villafañe presunta victima, de fecha 22 de julio de 2011, 21 de septiembre de 2011, 08 de agosto de 211, por parte del ciudadano Francisco Javier Contreras Ramírez. Inserto del folio ciento veintisiete al ciento treinta y cuatro (127 al 134) de la presente causa.
La presente prueba documental, es valorada a la luz de lo establecido en el artículo 80 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con el artículo 22 del Código Orgánico Procesal, aplicable por remisión expresa del articulo 64 de la Ley Especial, no otorgándosele valor probatorio en virtud de llenar los requisitos previstos en la Ley. Y así se aprecia.-

Acta levantada en fecha 09/07/2012, por parte del Ingeniero Francisco Javier Contreras Ramírez que riela en el folio 138 de la pieza Nº 01 de la presente causa.
La presente prueba documental, es valorada a la luz de lo establecido en el artículo 80 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con el artículo 22 del Código Orgánico Procesal, aplicable por remisión expresa del articulo 64 de la Ley Especial, no otorgándosele valor probatorio en virtud de llenar los requisitos previstos en la Ley. Y así se aprecia.-
Consecuente con los pasajes anteriores, aprecia el Tribunal que el punto medular de la acción estuvo dirigido a determinar, la existencia o el empleo de comportamientos, expresiones verbales, escritas, o mensajes electrónicos, que comportasen actos de intimidación , chantaje, acoso u hostigamiento, por parte del hoy acusado, en contra de la estabilidad emocional, laboral, económica, familiar de la identificada como víctima; evacuándose para ello los medios de prueba admitidos, y controlados a la luz de los principios rectores en la materia adjetiva, como lo ordena la Ley, de los cuales se evacuaron varios expertos quienes fueron desechados ya que solo aportaron el decir de la víctima sin aplicar las técnicas científicas en forma prudente y con la pericia necesaria para arribar a conclusiones ciertas que de forma inequívoca y convincente no le quedasen lugar a dudas al tribunal al momento de dictaminarse la sanción en la ley, por el contrario fue evacuado la experta María Alejandra Otalvaro López, quien al servicio del Instituto especializado en la materia fue hábil y conteste, no solo en determinarse la inexistencia de alguna conducta antijurídica por el acusado en forma sujetiva o por referencia de terceros, sino que aplicó la formula denominada test, que de manera inequívoca le pudiese llevar a concluir lo señalado por la misma; aunado a ello la mayoría de los testigos compañeros de trabajo de la víctima, dieron certeza de la inexistencia del comportamiento abusivo del hoy acusado, manifestando solamente los testigos José Adán Tovar, que presenció solo dos discusiones entre el hoy acusado y la presunta víctima y el testigo Luís Enrique Nieves Vargas, declaró que solamente presenció una sola discusión entre ellos dos, siendo una de estas la misma que presenció José Adán. Ahora bien en materia penal, por tratarse de la libertad personal el legislador exige plena prueba, de la existencia de conductas tipificadas dolosas y antijurídicas por el acusado que no permitan la minima duda para sancionarse, porque inclusive ante la existencia de la misma Principios Fundamentales entre ello el In Dubio Pro Reo, no permiten sanciones dudosas, pues la legislación en su postulado se requiere que se evidencie con plena prueba y sin lugar a dudas que el acusado hizo uso o exteriorizo comportamientos o expresiones de intimidación, chantaje, acoso u hostigamiento, en contra de la presunta víctima siendo esta como carga probatoria de esta el evidenciarlas en el ítem procesal, lo que no quedó suficientemente acreditado, sino por el contrario, son las razones suficientes por la que esta juzgadora deba arribar a la conclusión de que la presente sentencia deba ser absolutoria.
No obstante lo anterior, esta juzgadora considera necesario analizar el tipo penal de acoso u hostigamiento que sirvió de base para fundamentar la acusación, para poder así subsumir los hechos con los fundamentos de derecho y a todo evento se analiza el delito previsto en el artículo 40 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia, el cual describe una conducta calificada como ACOSO U HOSTIGAMIENTO, y se observa:
Conforme a la Exposición de Motivos de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia el acoso u hostigamiento, es una modalidad agravada del tipo penal de violencia psicológica, toda vez que constituyen acciones de carácter concreto y directo que comportan una lesión de derecho de la víctima a actuar y decidir con libertad.
Pero la define como una forma de violencia independiente de la violencia psicológica, y a todo evento, se observa:
1°.- La Convención de Belem Do Para, en su artículo 1, señala que “debe entenderse por violencia contra la mujer cualquier acción o conducta basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico”.
En este mismo sentido, el artículo 14 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, define que “la violencia contra las mujeres a que se refiere la presente Ley, comprende a todo acto sexista que tenga o pueda tener como resultado u daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico, emocional, laboral, económico o patrimonial, la coacción o la privación arbitraria de la libertad así como la amenaza de ejecutar tales actos, tanto si se producen en el ámbito público como en el privado”
2.- Que la conducta abusiva del agente activo de manera constante, se refiera a actos de intimidación, chantaje, acoso u hostigamiento, que atente contra la estabilidad emocional, laboral, económica, familiar o educativa.
En este particular, es necesario definir lo que se refiere el acoso y luego el hostigamiento y, así se observa:
En cuanto al acoso, la Real Academia Española, en el Diccionario de la Lengua Española (2001), expresa que es”…la acción y efecto de acosar”. Entendiéndose por acosar como “…Perseguir, apremiar, importunar a alguien con molestias o requerimientos…”
Conforme al Cabanellas Guillermo, en su Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual, Tomo I (1998) señala que acoso se refiere a “…Acosamiento…” y, por Acosamiento, esgrime que se refiere a la “…Persecución. II Insistencia que fatiga en el trabajo. II Importunar…”.
En cuanto al Hostigamiento, la Real Academia Española, en el Diccionario de la Lengua Española (2001), expresa que es”…la acción y efecto de hostigar”. Entendiéndose por hostigar como “…Molestar a alguien o burlarse de él insistentemente. II Incitar con insistencia a alguien para que haga algo…”.
Conforme al Cabanellas Guillermo, en su Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual, Tomo I (1998) señala que hostigamiento se refiere a “…Hostigar…” y, por Hostigar, esgrime que se refiere a“…Molestar, perseguir, perturbar….”.
De lo anterior, es menester señalar la diferencia entre perseguir y persecución, tomando como base la definición efectuada por Ossorio Manuel, en su Diccionario de Ciencias Jurídicas, Sociales y Políticas y señala que Perseguir, significa “…llevar a cabo una persecución…” y por persecución se refiere “…Materialmente, seguimiento del que escapa, para agredirlo (…). I Apremio, Acoso. I Exigencia Inoportuna…”

Así pues, esta juzgadora, se permite inferir que el acoso u hostigamiento en el caso sub iudice, se refiere que la conducta abusiva del agente activo de manera constante, verse a la persecución sistemática y frecuente para apremiar, importunar al sujeto pasivo mujer con molestias o requerimientos, con el fin de atentar contra la estabilidad emocional, dignidad, prestigio, integridad física o psíquica, o que puedan poner en peligro su empleo, promoción, reconocimiento en el lugar de trabajo o fuera de él.
Hecho el análisis anterior, esta juzgadora observa que de los hechos no se desprende el tipo penal de acoso u hostigamiento, por el cual fue acusado el ciudadano Francisco Javier Contreras Ramírez, en virtud de que dicha conducta no fue probada con los medios de pruebas traídos al proceso.

Según lo recoge la doctrina el principio que entonces rige la insuficiencia probatoria contra el imputado o acusado es el Principio In Dubio Pro Reo, de acuerdo al cual todo juzgador está obligado a decidir a favor del imputado o acusado cuando no exista certeza suficiente de su culpabilidad. Dicho principio, no tiene en nuestra legislación regulación específica, sólo indirecta, a través de diversas disposiciones legales como los artículos 13 entre otros, del Código Orgánico Procesal Penal. Sin embargo, es considerado como un principio general del Derecho Procesal Penal, y por ende, como todo principio general del Derecho, cumple con la función de ser fuente indirecta de esta rama del Derecho, bien como vía acogida por el legislador cuando se consagra expresamente en la ley, o través de la jurisprudencia cuando el juzgador lo acoge en su sentencia para resolver lagunas y carencias de las leyes procesales, en la solución de conflictos que acarrea el proceso penal; lo cual lo ha dejado sentado sentencia de Sala de Casación Penal; No. 397 de 21-06-05, Ponencia de la Dra. Deyanira Nieves Bastidas.

Así las cosas y según lo dispuesto en el numeral 2 del articulo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 8 del Código Orgánico Procesal Penal “Toda persona se presume inocente mientras no se pruebe lo contrario”, según ello esa verdad interina puede ser destruida por una sentencia condenatoria, pero para ello, es necesario que quede acreditada la culpabilidad del acusado, es decir, que el juzgador obtenga la convicción acerca de esta culpabilidad sin ningún tipo de duda racional, en el presente delito no se trajo al debate ninguna prueba convincente y fehaciente que acreditase la comisión del delito de acoso u hostigamiento, por ello la Sentencia que se dicte con relación a él debe ser ABSOLUTORIA. Y ASI SE DECIDE.

DISPOSITIVA

Por todos los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia Con Competencia en Materia de Delitos Contra la Mujer, en función de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. PRIMERO: Declara INCULPABLE, al ciudadano: FRANCISCO JAVIER CONTRERAS RAMIREZ, Venezolano, titular de la cédula de identidad V- 9.660.566, Nacido en Maracay Estado Aragua, de 41 años de edad Fecha de nacimiento 03/09/71, hijo de Julia de Contreras (V) y de José Contreras (V), de ocupación u oficio Coordinador Regional del Instituto Geográfico de Venezuela Simon Bolívar, residenciado: Barrio La Candelaria, callejón San José,52-81 teléfono 0273/5525930/ 0426/5171235 Barinas Estado Barinas, de la comisión del delito ACOSO U HOSTIGAMIENTO, previsto y sancionado en el Art. 40 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio VIOLETA DEL CARMEN VILLLAFAÑE DE MARTINEZ. SEGUNDO: En consecuencia se dicta SENTENCIA ABSOLUTORIA de conformidad con lo dispuesto en el artículo 348 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación a lo dispuesto en el artículo 107 de Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. TERCERO: Se ORDENA el cese de la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, que pesa sobre el acusado. CUARTO: No se condena en costas en la presente causa penal tomando en consideración los motivos expresados para la resolución del fondo del asunto. QUINTO: Quedan las partes presentes notificadas que el texto integro de la Sentencia será dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes al pronunciamiento de la presente dispositiva, para su publicación de conformidad con lo establecido en el último aparte del articulo 107 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Remítase la presente causa al Archivo Judicial de este Circuito Judicial Penal, una vez se dicte el íntegro de la presente sentencia y transcurra el lapso de Ley correspondiente. Publíquese y déjese copia para el archivo del Tribunal. Se deja constancia que se dio cumplimiento a la formalidades contempladas en los artículos 14, 15, 16, 17, y 18 del Código Orgánico Procesal Penal y a los principios procesales establecidos en el artículo 8 numerales 3, 5, 6 y 7 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, como lo son Inmediación, Oralidad, Concentración y Publicidad. Regístrese, publíquese y certifíquese por secretaria copia de la presente sentencia, la cual se ordena notificar a todas las partes, por haber sido publicada en su texto completo, fuera del lapso legal establecido en el penúltimo aparte del artículo 347 del Código Orgánico Procesal Penal.

Dada, sellada y refrendada en la sede del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, a los veinticinco (25) días del mes de noviembre de dos mil trece (2013) 203° año de la Independencia y 154 años de la Federación.-

La Jueza de Juicio Nº 01


ABG. Irleny Elizabeth Toledo Rodríguez


El Secretario


Abg. Enrique Chalbaud