En horas de Despacho del día de hoy, diecinueve de noviembre del año dos mil trece (19/11/2013), siendo las dos de la tarde (2:00 p.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la continuación de la Audiencia de Formalización del recurso de apelación interpuesto por el ciudadano: Aldo Gustavo Méndez Portillo, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad personal N° V-11.374.827, y de este domicilio, asistido del abogado en ejercicio: Adelis Alberto Paredes Angarita, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.683.376, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 117.745, de este domicilio, parte actora en el juicio de: Nulidad de Venta- Nota de Registro, que se sigue en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección del Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, diferimiento único que fue acordado en la audiencia celebrada en fecha 14 del presente mes y año, todo de conformidad con el artículo 488-D, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños y Niñas y Adolescentes. Anunciada la audiencia por el Alguacil José Morillo en la sede de este Juzgado Superior, condujo a la parte apelante a la Sala de Despacho ubicado en el Tercer Piso del Edificio El Marquéz, a quien le impuso las normas a seguir a los fines de celebrarse la continuación de la audiencia, presente la Secretaria del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, ciudadana: Abg. Adriana Norviato Gil. Se deja constancia que se encuentra presente el ciudadano Aldo Gustavo Méndez Portillo, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad personal N° V-11.374.827, y de este domicilio,parte actora apelante, asistido del abogado en ejercicio Adelis Alberto Paredes Angarita, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.683.376, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 117.745, de este domicilio, asimismo se encuentra presente en este Despacho la abogada Kalidia Santander, venezolanos, mayores de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.669.830, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 58.482, y de este domicilio, en su condición de Defensora Pública, y su representado el niño: XXXXXXXXXXXX, de once (11) años de edad. En este estado la ciudadana juez explicó el motivo del acto, se dejó constancia de conformidad con lo establecido en el artículo 488-D.
En este estado la Jueza Rosa Elena Quintero Altuve, siendo las 2:00 p.m. señala que se reanuda la audiencia sólo a los efectos de dictar el dispositivo del fallo en la presente causa, conforme a lo establecido en el artículo 488-D de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

Este Tribunal Superior, de conformidad con los artículos 26, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, dicta sentencia en los términos siguientes:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto.
SEGUNDO: Se ANULA el auto de fecha 26 de julio del año 2010, según el cual el Tribunal a quo ordenó la reconducción del proceso en la presente causa y ordenó la fijación por auto expreso del inicio de la la FASE DE SUSTANCIACIÓN, que corre inserto en el folio 198 de la primera pieza del presente expediente; y de igual forma se ANULAN todos los actos posteriores a dicho auto que sean una continuación del mismo, incluyendo la recurrida de fecha 16 de septiembre del 2013.
TERCERO: Se REPONE la causa al estado de celebrar válidamente el acto oral de evacuación de pruebas, de conformidad con el artículo 470 de la Ley Orgánica Para la Proptección del Niño y del Adolescente. Se ORDENA continuar el presente juicio hasta la setencia definitiva por los trámites de dicha ley, de conformidad con lo establecido en el Régimen Transitorio de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, según los artículos 680 y 681 literal c).
CUARTO: Dada la naturaleza de la presente decisión, no ha lugar al pronunciamiento en las costas del recurso.

Asimismo se deja constancia que la presente audiencia fue filmada por el funcionario José Hernández, titular de la cédula de identidad nº adscrito a la DAR – Barinas, utilizando una cámara HANDYCAM-1965490.
Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.

La Jueza

Rosa Elena Quintero Altuve.
La parte actora apelante,

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El apoderado Judicialde la parte actora apelante

Abg. Adelis Alberto Paredes Angarita.
El Niño de autos,

Jesús Alfredo Méndez Chona
La Defensora Pública Especializada

Abg. Kalidia Santander


La Secretaria,

Abg. Adriana Norviato Gil.


Expediente Nº 13-3617-Protección.
REQA/maité.-