CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
T :ZIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA iNSTANCIA 0[= MEDI.ACIÓN y
Barinas, 16 de Octubre de 2013.
2010 y 1520
Vistos los términos del acuerdo de OBLIGACiÓN DE MANUTENCiÓN,
proveniente de la Defensa Publica de Protección Barinas, alcanzado por los
ciudadanos GONZALEZ MEJIAS OSWALDO RAMON y HERNANDEZ BECERRA
YARISMA DEL CARM N, venezolanos, mayores de edad y ad ilescente, titula s de
las cSclul,"" de ¡(Jpnt¡d,~,c: uersonales Nros V-18.7 11664 V• í 9 619443
respectrvarr ente, padres d('>¡ niño se omite
de tres (~J)neses de edad f~CUERDAN[L F /\\~jRE APORTARA LA C/\NTIDAD DC
OCHOCIENTOS BOLlVARES (Bs. 800,00) MENSUALES. LOS GASTOS MEDICOS,
MEDICINAS SERAN EN PARTES IGUALES ES DECIR (50%). EN EL MES
DICIEMBRE LA CANTIDAD DE DOS MIL BOLlVARES (Bs. 2.000,00) Por no ser
contraria al orden público a las buenas costumbres y a ninquna disposición expresa
de la Ley, SE ADMITE CUANTO HA LUGAR EN OERECHO, DESI::LE I::N I RADA Y
EL CURSO. DE LEYCORRESPONDIENTE, CONFORME EL ARTlc LO 177 ""
PARAGF~AFO SEGUNDO LlTt:F~AL "L" REFORMA LOPNNA por el procedimiento de
jurisdicción voluntaria (Art 511 ni 517 ibidern) I=n consecuencia por la r'.'1t, 'ra!eza d01
asunto que se presenta óbviese la fase de mediación y sustanciación de la audiencia
preliminar y se procede a dictar la correspondiente resolución. En consecuencia en
Nombre de la República y por Autoridad de la Ley conforme el artículo 518 LOPNNA,
este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y
SUST!\~~C~!\C10~J lMPARTE HCMOLOGACION AL PRESE TE ACUERDO. En
consecuencia SE ACUERDA lL CE:.SE:. y ARCHIVO DE LAS í\Ci UACiONE~
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Expidanse ras copias certiticadas de Ley de la presente nornoloqacicn Devueivanse
los originales consignados a autos previa su certificacron de autos por la coordinadora
de secretarias, luego de lo cual remítanse las presentes actuaciones di Archivo
Judicial en un lapso prudencial de un año (01) calendario a partir de la fecha de dicha
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sentencia, de lo cual tómese nota por el archrvo de este Tribunal Diarícese y
Cúmplase. Siguen firmas ilegibles de l: Jueza Primer el de F'III IIL.;, fe' ,i~JLallGld '"~
Mediación y Sustanciación y la Secretaria. En la misma fecha se libraron copias
certifica as de Ley. Conste: Sigue firma ilegible de la Secretaria Quien suscribe E
secre a 1 el este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y
Sustanciación de esta Circuns cripcrón Judicial. CER I iFICO que anterior Traslado es
copia fiel y exacta de sus originales, cursantes a los folios del Expediente MD11-H-
2013-000740, todo d ~M, iidad con I articulo 112 del Código de procedimiento
C
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