CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y
SUSTANCIACION.
Barinas, 071 de Octubre de 2013.
2030 Y 1540
Vistos los términos del acuerdo conjunto de REGIMEN DE CONVIVENCIA
FAMILIAR.proveniente de la Fiscalía Séptima de Protección de niños, niñas y
adolescentes del Estado Barinas, alcanzado por los ciudadanos ANTONIO JOSE
PEÑA GAFARO y YOLEIMA DEL CARMEN SOTO SALAS, venezolano y
Colombiana, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad personales
Nros V-14.549.595; V-18.224.496 respectivamente, padres del niño se omite de 02 años de edad, EN EL CUAL ACUERDAN: "UN
REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR AMPLIO. "EL PADRE COMPARTIRA
CON SU HIJO LOS OlAS LUNES, MARTES MIERCOLES y VIERNES DESDE
LAS (04:00 P.M) HASTA LAS (08:00 P.M). ASI MISMO LOS FINES DE SEMANA
SABADOS y DOMi; GOS DESDE LA MAÑANA Y LO REINTEGRARA EN
HORAS DE LA ~ARDE (SIN PERNOTAR). LAS VACACIONES DE
CARNAVALES, S!::1,/ \f\,A SANTA, ESCOLARES Y DECEMBRINAS SERAN
COMPARTIDAS y ALTERNAS PREVIO ACUERDO DE LOS PADRES." Por no
ser contraria al orden público a las buenas costumbres y a ninguna disposición
expresa de la Ley, Se ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO, DESELE
ENTRADA y EL CJRSO DE LEY CORRESPONDIENTE.CONFORME EL
ARTíCULO 177 PA,U\GRAFO SEGUNDO LITERAL "L" REFORMA LOPNNA, por
el procedimiento e jurisdicción voluntaria (Art. 511 al 517 ibidem). Por la
naturaleza del asi '.'» que se presenta se obvia la fase de mediación y
sustanciación de la a.idiencia preliminar y se procede a dictar la correspondiente
resolución. En concz.cuencia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley
conforme el artículo 518 LOPNNA, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA
INSTANCIA DE I.~r' 'ACIÓ y SUSTANCIACION IMPARTE HOMOLOGACION
AL PRESENTE AF ~RDO. SE ACUERDA EL CESE Y ARCHIVO DE LAS
ACTUACIONES.F . 'danse las copias certificadas de Ley de la, presente
homologación. De -lvanse los originales consignados a autos previa su
certificación de au' ~. por la secretaria. Remítanse las presentes actuaciones al
Archivo Judicial e.: '1 lapso prudencial de un año (01) calendario a partir de la
fecha de dicha ser .Ia, de lo cual tómese nota por el archivo de este Tribunal.
Diarícese y Cúm, ,Quien suscribe, Secretaria de Audiencias del Tribunal
Primero d Prirr ~'J Instancia de Mediación y sustanciación de esta
Circunscripción Juc 1, CERTIFICO que anterior traslado es copia fiel y exacta de
sus originales, CL, ,)~.~. '. el Expediente MD11-H-2013-000721, todo de
conformid j e n fj' -: " ~'~~~1:~' . el Código de procedimiento Civil.
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