CIRCUITO .JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y
. SUSTANCIACION.

Barinas, 08 de Octubre de 2013.
2030 Y 1540

Vistos los términos del acuerdo conjunto de REGIMEN DE CONVIVENCIA
FAMILIAR,proveniente de la Fiscalía Séptima de Protección de niños, niñas y
adolescenes del Estado Barinas, alcanzado por los ciudadanos RANIER
FRANCISCO CAME.JO MANZANO y MARBEL YS CLARIBEL LANDAETA
RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de
identidad personales Nros V-11713.2j9; V-18.117.396 respectivamente, padres
del niño se omite,de 03 años de edad, EN EL
CUAL ACUERDAN: "UN REGIMEN DE•CONVIVENCIA FAMILIAR AMPLIO"EL
PADRE COMPARTIRA CON" SUS HIJO UN FIN DE SEMANA CADA QUINCE
(15) OlAS. DESDE EL OlA S~BAOO,EN LA MAÑANA HASTA EL OlA DOMINGO
EN HORAS DE LA TARDE. LAS VACACIONES DE CARNAVALES, SEMANA
SANTA, ESCOLARES y DECEMBRINA$ SERAN COMPARTIDAS y ALTERNAS
PREVIO ACUERDO DE LOS PADRES." Por no ser contraria al orden público a las
buenas costumbres y a ninguna, disposición expresa de la Ley, SE ADMITE
CUANTO HA LUGAR EN DERECHO, DESELE ENTRADA y EL CURSO DE LEY
CORRESPONDIENTE. CONFORME EL ARTíCULO 177 PARAGRAFO
SEGUNDO LITERAL "L" REFORMA LOPNNA, por e! procedimiento de jurisdicción
voluntaria (Art. 511 al 517 ibidem). Por la naturaleza del asunto que se presenta se
obvia la fase de mediación y sustanciación de la audiencia preliminar y se procede
a dictar la correspondiente resolución. En consecuencia en Nombre de la
República y por Autoridad de la Ley conforme el articulo 518 LOPNNA, este
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIM~RA INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y
SUSTANCIACION IMPARTE ,I¡-IOMQLOGACION AL PRESENTE ACUERDO. SE
ACUERDA EL CESE Y ARCHIVO DE 'LAS ACTUACIONES. Expídanse las copias
certificadas de Ley de la presente homologación. Devuélvanse los originales
consignados a autos previa su certificación de autos por la secretaria Remítanse
las presentes actuaciones al Archivo Judicial en un lapso prudencial de un año
(01) calendario a partir de la fecha de dicha sentencia, de lo cual tómese nota por
el archivo de este Tribunal Diaticese y, Cúmplase Quien suscribe, Secretaria de
Audiencias del Tribunal Primero dé Primera Instancia de Mediación y
sustanciación de esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO que anterior traslado
es copia fiel y exacta de sus originales, cursantes en el Expediente MD11-H-2013-
000730, todo de conformidad con el1 articulo 112 del Código de procedimiento
Civil.