REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN

CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESECENTE DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA
INSTANCIA DE MEDIACiÓN, SUSTANCIACION y EJECUCIÓN
BARINAS, 15 DE OCTUBRE DE 2013
EXPEDIENTE MD11-S-2012-000044
ACTA DE SESION DE LA FASE DE SUSTANCIACION DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR
Siendo el día 15-10-2013 a las hora 9:00 am para que tenga lugar la sesión inicial de la
audiencia preliminar fase de sustanciación, en la presente causa de APLICACiÓN DE
SANCIONES A PARTICULARES, se anunció dicho acto por el alguacilazgo de este
tribunal, no se presentó la accionante ciudadana YULlBETH DEL VALLE PEREZ
CANELONES, titular de la cedula de identidad el Nº 15.461.242, ni por si ni por medio
de apoderado judicial alguno, presente los apoderados judiciales de la parte accionada
Pepsi Cola Venezuela eA abogados ROGER ELY CARTAY GILLY y ANDRES LEONARDO
ALBARRAN RIVAS; titulares de la cedula de identidad el Nº 14.814.211 Y 14.933.963;
IMPREABOGADO Nº 88.744 Y 88.542. Expresamente se declara no se cuenta con
medios, ni técnicos para la reproducción audiovisual de la presente audiencia razón
por la cual se prescinde de la formalidad dispensable prevista en el art 478 lopnna,
este Tribunal dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 477 LOPNNA 11 No
comparecencia a la fase de Sustanciación. Si la parte demandante o la demandada no
comparece sin causa justificada a la fase de sustanciación de la audiencia preliminar, se
debe continuar esta con la parte presente hasta cumplir con su finalidad" por lo que se
inició la misma conforme se preceptúa en el artículo 477 lopnna, en tal sentido se
informó ampliamente por la jueza la finalidad de la aludida audiencia visto que al folio
63 de fecha 25 de Septiembre de 2013; se ofició al ciudadano Gerente del Banco
Provincial, a los fines de que informe a este Tribunal razones por las cuales se hace
reverso de las cantidades de dinero depositadas por la empresa ya indicada
anteriormente y siendo necesario para la resolución del presente asunto este Tribunal
acuerda suspender audiencia de sustanciación y ratifica oficio enviado en fecha ya
indicada una vez conste en autos dicho informe se fija por auto separado nueva

oportunidad para realizar audiencia de sustanciación. fue todo terminó, se leyó y
conformes firman. CONSTE: SIGUE FIRMA ILEGIBLE DE LA SECRETARIA. QUIEN SUSCRIBE EN
MI CARÁCTER DE SECRETARIA DEL ESTE TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE
MEDIACiÓN Y SUSTANCIACIÓN DE ESTA CIRCUNSCRIPCiÓN JUDICIAL, CERTIFICO QUE
ANTERIOR TRASLADO ES COPIA FIEL Y EXACTA DE SUS BIG.lNA.!..tS, CURSANTES A LOS rouos
___ DEL EXPEDIENTE--------------------------------------, TODO DE CONFO'frMN~~AD CON EL
ARTICULO 112 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIEN IVIL.
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