CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACION.
BARINAS, 23 de Octubre de 2013
203 2 y 154 2
Expediente: MD11-V-2010-000048
Acta de Sesión de Mediación de la Audiencia Preliminar/Desistimiento Legal
Siendo hoy 23-10-2013 a las (10:00 a.m.) Día y hora señalados para que tenga lugar la Fase de Mediación de la Audiencia Preliminar, en la presente causa de OBLIGACION DE MANUTENCION, se anunció dicho acto por el alguacilazgo de este Tribunal, no compareció la accionante ciudadana ROSA MARIA ORELLANA FAJARDO, titular de la cedula de identidad Nº V- 17.234.349 ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, no se presentó el accionado ciudadano IDELFONSO GUTIERREZ, titular de la cedula de identidad Nº 15.146.367 ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno padres de la niña se omite de 7 años de edad, presente la abogado Marisol D Amico Defensora Publica quinta con competencia en materia de protección del niño niña y adolescente . En consecuencia de conformidad con el artículo 472 lopnna. Que reza: "Si la parte demandante no comparece personalmente o mediante apoderado o apoderada sin causa justificada a la fase de mediación de la audiencia preliminar se considera desistido el procedimiento., se termina el proceso mediante sentencia oral que se reducirá en un acta y debe publicarse en el mismo día. Este desistimiento extingue la instancia, pero la parte demandante no podrá volver a presentar su demanda antes que transcurra un mes. No se considerará como comparecencia la presencia del apoderado o apoderada en aquellas causas en las cuales la ley ordena la presencia personal de las partes. Subrayado y resaltado nuestro). Resulta forzoso en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declarar desistida la misma. Y así
se decide. Sigue firma ilegible de la Secretaria. Quien suscribe , en mi carácter de
secretaria del este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de esta
Circunscripción Judicial, CERTIFICO que anterior traslado es I y exacta de sus
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originales, cursantes al folio _del Expediente , es todo de
conformidad con el artículo 112 del Códi•ce d i m ie "Ctilioll'ilo,---f4, 741
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