CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACION.
BARINAS, 28 de Octubre de 2013
203 º y 154 2
Expediente: MD11-V-2013-000473
Acta de Sesión de Mediación de la Audiencia Preliminar/Desistimiento Legal
Siendo hoy 28-10-2013 a las (11:00 a.m.) Día y hora señalados para que tenga lugar la Fase de Mediación de la Audiencia Preliminar, en la presente causa de REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, se anunció dicho acto por el alguacilazgo de este Tribunal, no compareció el accionante ciudadano CARLOS EDUARDO RAMIREZ YBARRA, titular de la cedula de identidad Nº V- 12.683.110 ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, presente la accionada ciudadana GENESIS YUNESIS PEÑA LOPEZ, titular de la cedula de identidad N2 24.111.680 asistida del abogado MIGUEL RAMON RAUSSEO ORTIZ, titular de la cedula de identidad C.I Nº 9.683.404 INPREABOGADO Nº 181.192. En consecuencia de conformidad con el artículo 472 lopnna. Que reza: "Si la parte demandante no comparece personalmente o mediante apoderado o apoderada sin causa justificada a la fase de mediación de la audiencia preliminar se considera desistido el procedimiento., se termina el proceso mediante sentencia oral que se reducirá en un acta y debe publicarse en el mismo día. Este desistimiento extingue la instancia, pero la parte demandante no podrá volver a presentar su demanda antes que transcurra un mes. No se considerará como comparecencia la presencia del apoderado o apoderada en aquellas causas en las cuales la ley ordena la presencia personal de las partes. Subrayado y resaltado nuestro). Resulta forzoso en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declarar desistida la misma. Y así se decide.
Jueza Tercera de Primera Instancia de
Mediación, Sustanciación y Ejecución
Abog. Dayana Vivas
La Secretaria.
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