REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, TRABAJO Y DEL NIÑO Y PROTECCIÓN DEL ADOLESCENTE

JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y
DE PROTECIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.



Barinas, 24 de septiembre de 2012
203° y 154º



Por cuanto en el día de hoy 24 de septiembre del año 2013, venció el lapso legal para dictar la correspondiente sentencia en el presente juicio, y debido a la competencia múltiple y exclusiva de este Tribunal no fue posible dictar la misma, se difiere el pronunciamiento para dentro de los treinta (30) días siguientes al de hoy; de conformidad con lo previsto en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.

La Jueza Suplente Especial,


Rosa Elena Quintero Altuve
La Secretaria,

Abg. Adriana Norviato Gil















REQA/sofíasl.-
Expediente N° 13-3566-C.P.