REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas
Barinas, dos de abril de dos mil catorce
203º y 155º
ASUNTO : EP11-L-2014-000008
SENTENCIA
PARTE ACTORA: Ciudadano YAY ALEXANDER URQUIOLA MORENO de cedula de identidad Nº V.- 15.829.433.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: HITHER MOISES AVILA PEREZ inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 181.129,
PARTE DEMANDADA: Empresa “TRANSPORTE EL TREBOL, C.A”, inscrita por ante el Registro Mercantil del Estado Barinas, en fecha: 21 de junio de 1996, anotada bajo el Nº 43, Tomo 10-A.
REPRESENTANTE DE LA DEMANDADA: Luigi Gonzaga Chiarello Makoul, titular de la cedula de identidad N-V- 11.714.007, presidente de la empresa.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: Juan Pedro Manríquez y Arturo Camejo, Inscritos en el inpreabogado bajo los Nº 31.249 y 25.544 respectivamente, según consta de poder notariado por ante la Notaria Publica Primera del Estado Barinas de fecha anotada bajo el Nº 26, tomo296.
MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES:
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En el día de hoy, miércoles dos (02) de abril de 2014, siendo las 9:00 a.m., día y hora fijada para que tenga lugar la celebración de la prolongación de la Audiencia Preliminar, se deja expresa constancia de la incomparecencia de la parte actora a la realización de la Audiencia Preliminar, estando presente únicamente el Representante Legal de la demandada Empresa “TRANSPORTE EL TREBOL, C.A”, inscrita por ante el Registro Mercantil del Estado Barinas, en fecha: 21 de junio de 1996, anotada bajo el Nº 43, Tomo 10-A coapoderado abogado Arturo Camejo, titular de la cédula de identidad número V-4.263.916, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 25.544, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Publíquese y regístrese la presente decisión.
La Jueza
Abg. Zor Virginia Valero Los Comparecientes,
Apoderado judicial del Demandado
Abg.Arturo Camejo
. El Secretario
Abg.Yhonny Vela
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