CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL
ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y
SUSTANCIACION.
BARINAS, 29 de abril de 2014
204 ° y 155 °
MD11-V-2013-000670.
ACTA SESION INICIAL DE LA FASE DE MED1ACION/ RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR/ ACUERDOS TOTALES
Siendo las (10:00 a.m.) del 29 de abril de 2014 día y hora señalados para que tenga lugar la Sesión inicial de la Fase de Mediación de la audiencia preliminar, en
la presente causa de Régimen de Convivencia Familiar, se anunció dicho acto por el alguacilazgo de este tribunal, compareciendo el Accionante ciudadano Luis Rafael Hernández Prieto, titular de la cedula de identidad C.I N° 15.480.450;
compareció también la Accionada ciudadana Karen Rosibel del Carmen Guedez
Davila, titular de la cedula de identidad C.I N° V-19.050.032, padres de la niña se omite , de 6 años de edad, a quienes se les impuso el motivo de la audiencia de mediación y bajo comediación de la Juez se logró llegar a los siguientes acuerdos: De común acuerdo ambos padres establecen un Régimen
de convivencia Familiar en el cual el padre podrá compartir con su hija todos los días viernes de 5pm a 6pm y los fines de semana cada 15 días el padre compartirá con su hija los días sábados y domingos de 9 am a 6 pm, sin pernota y a partir del mes de agosto del presente año la niña podrá pernotar con su padre cada 15 días desde los viernes a las 5pm y la reintegrará al hogar materno los
días domingos a las 6 pm, De igual manera acuerdan que la niña compartirá con la madre el día de las madres y con el padre el día del padre; el día de
cumpleaños de los padres, la niña compartirá ése día con el padre que esté de cumpleaños y el día del cumpleaños de la niña compartirá con ambos padres. En relación a las vacaciones la niña compartirá con el padre 15 días con pernota en el
mes de agosto y una semana en el mes de diciembre alternando todos los años;
es decir; un año la semana que incluye el 24 de diciembre con el padre y el próximo año la semana que incluye el 31 de diciembre. Acuerdos que en este
mismo acto conforme al artículo 470 LOPNNA este Tribunal Tercero homologa por no contrariar disposiciones legales ni el interés superior de la de autos. Se
declara el cese y archivo de la presente causa, es todo. Termino se leyó y conformes firman. QUIEN SUSCRIBE Judith zambrano, Secretaria del Circuito de
Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO que el anterior traslado es copia fiel y exacta de su original, Cursante al folio 15 del Expediente MD11-V-2013-000670, certificación que se hace de conformidad con el artículo 112 del Código de procedimiento Civil.