REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, TRABAJO Y DEL NIÑO Y PROTECCIÓN DEL ADOLESCENTE
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y
DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
Barinas, 12 de agosto del año 2014
204° y 155°
Por recibido de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, el presente expediente contentivo del juicio de daños morales ocasionados en accidente de tránsito, se cancela su salida, se ordena su reingreso, se le da entrada y el curso legal correspondiente. Por cuanto se trata de una sentencia definitiva y se observa que se encuentra totalmente vencidos todos los lapsos previstos en los artículos 118, 517, 518, 519 y 520 del Código de Procedimiento Civil, la misma se encontraba en espera de sentencia, una vez dictada se notificará a las partes.
En virtud de lo ordenado en oficio n° 1984, de fecha 9 de julio de 2014, emanado de dicha Sala, se acuerda la notificación de las partes para la continuación del juicio; haciéndoles saber que una vez transcurrido el lapso de tres (3) días siguientes a que conste en autos la última notificación de las partes, la causa continuará su curso de ley. Líbrense boletas. Diarícese.
La Jueza Suplente Especial,
Rosa Elena Quintero Altuve
La Secretaria,
Abg. Adriana Norviato Gil
En la misma fecha, se le dio el reingreso y la entrada quedando anotado bajo el nº 09-3013-T. Conste.
La Scria.
Expediente n° 09-3013-T.
REQA/ANG/sofias.-