REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas
Barinas, dos de diciembre de dos mil catorce
204º y 155º

ASUNTO: EP11-S-2014-000084




SENTENCIA


PARTE OFERENTE: WALTER JOSE CHIRINOS CERVANTES, titular de la cedula de identidad Nº V- 6.029.304 actuando en representación de la Sociedad Mercantil CENTRO DIAGNOSTICO DEL OCCIDENTE C.A representada MARIA JARA CASTILLO titular de la cedula de identidad Nº V-9.385.563, en su condición de director Gerente.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE OFERENTE: abogada BLANCA CECILIA DUARTE, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el Nº 54.506;
PARTE OFERIDA: CEFERINA DEL CARMEN LINAREZ DE GAIVIS titular de la cedula de identidad Nº V-9.992.600
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE OFERIDA: NARESKA ARIAS CAMARGO, venezolana, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número: 230.269
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO

En el día de hoy; martes dos (02) de diciembre de 2014, siendo las dos y treinta de la tarde (2:30 p.m.); se deja constancia de la presencia por una parte de la ciudadana MARIA JARA CASTILLO titular de la cedula de identidad Nº V-9.385.563, en su condición de Gerente General asistida por la abogada BLANCA CECILIA DUARTE, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el Nº 54.506; igualmente se encuentra presente la parte oferida ciudadana CEFERINA DEL CARMEN LINAREZ DE GAIVIS titular de la cedula de identidad Nº V-9.992.600 y su asistente abogado NARESKA ARIAS CAMARGO, venezolana, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número: 230.269; quienes de común acuerdo le han solicitado a este Tribunal mediante diligencia que fue suscrita por todas las partes en el día de hoy que se efectúe la Audiencia a los fines de que sea entregado el cheque consignado a favor de la Oferida; Ciudadana CEFERINA DEL CARMEN LINAREZ DE GAIVIS ,jurada la urgencia fue acordado por este Tribunal por ser procedente. Verificada la presencia de las partes seguidamente se procede a la celebración de la misma y se le concede el derecho de palabra a cada una de las partes quienes expusieron sus puntos de vista, por una parte la parte Oferente insiste en la Oferta Real de Pago efectuada y el Oferido le señala a este Tribunal que esta de acuerdo con la Oferta Real y solicita que se le efectúe la entrega del dinero consignado. Ahora bien este Tribunal observa que por tratarse de un procedimiento de jurisdicción voluntaria y por cuanto se encuentra admitida la relación de trabajo dada la oferta real de pago, lo cual conlleva al pago de lo que le corresponde al trabajador por el tiempo de servicio prestado, y siendo criterio constante en materia laboral, que en caso de que el patrono efectúe una oferta Real de Pago puede el trabajador recibir el monto ofertado, sin que esto se entienda como abandono del derecho que tiene de reclamar posteriormente las diferencia que pudieran originarse (criterio establecido por la Sala de Casación Social en Sentencia de fecha: 24 de octubre del año 2006- Caso:J.I Soler contra Preparados Alimenticios Internacionales, C.A (PAICA). En virtud de lo antes expuesto este Tribunal acuerda lo solicitado y ordena librar oficio a la oficina de consignaciones de esta Coordinación Laboral a los fines de que se proceda a la entrega del monto consignado en fecha :27 de noviembre de 2014 en un cheque de Gerencia Nº 07908756 con las siguientes características Banco Exterior, Código de cuenta Cliente número: 0115-0079-063000159878 por un monto de: SETENTA Y UN MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE BOLIVARES CON SESENTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs. 71.979,69), que incluye indemnización por discapacidad parcial permanente como parte Oferida en la presente causa, el cual ha formado parte del expediente llevado por este Tribunal, con la entrega del presente cheque se da por terminado el presente procedimiento y se ordena el resguardo del presente expediente para su posterior remisión al archivo Judicial. Terminó, se leyó y conformes firman. El apoderado de la parte oferente solicita copia certificada de la presente actuación siendo concedida por este despacho por lo que deberá realizar las actuaciones correspondientes para su entrega.-
La Jueza;


Abg. Zor Virginia Valero
LOS COMPARECIENTES,

Parte Oferente:

MARIA JARA CASTILLO

ABOGADO ASISTENTE DEL OFERENTE

Abg. BLANCA CECILIA DUARTE


PARTE OFERIDA

CEFERINA DEL CARMEN LINAREZ DE GAIVIS

ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE OFERIDA

Abg. NARESKA ARIAS CAMARGO,

La Secretaria

Abg Maria Hidalgo