EXPEDIENTE N° EP11-L-2014-000070
PARTE ACTORA: YULEIDA VÁSQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-19.882.931.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ELIBANIO UZCATEGUI, ANA MARIA ALMEIRA y MARIA FABIANA BRICEÑO, titulares de la cédula de identidad N° V-8.146.739; V-15.270.875 y V-19.429.035 e inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 90.610 ,143.129 y 200.283; respectivamente.
PARTE DEMANDADA: Sociedad mercantil INDUSTRIAS ALIMENTICIAS ITALIA C.A. (INAICA), en la persona de su representante ciudadano PIETRO LOPIPARO AMADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.988.529, en su condición de Gerente.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: CARLOS BONILLA, JESUS PARIS ORASMA, LIRIMAR GONZALEZ, GERALDYNE ROSALES, NATHALIE WHILCHY y JULIO CESAR BARAZARTE, titulares de la cédula de identidad Nº V-7.603.985; V-5.469.080; V-19.429.782; V-19.350.733; V-16.792.345 y V-4.263.575, e inscritos en el inpreabogado bajo los Nº 67.616; 55.992; 186.059; 205.354; 137.075 y 152.691 respectivamente.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES
En el día hábil de hoy, lunes ocho (08) de diciembre de 2014, siendo las 9:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de Audiencia Preliminar, conforme a lo establecido en el artículo 132 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se deja expresa constancia de la incomparecencia de la parte actora a la realización de la Audiencia Preliminar, estando presente únicamente el Representante Legal de la demandada coapoderada judicial abogada NATHALIE WHILCHY, titular de la cédula de identidad Nº V-16.792.345 inscrita en el inpreabogado bajo el número: 137.075 , por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. publíquese y regístrese la presente decisión. Es todo, Terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza
Abg. Zor virginia Valero
Los Comparecientes,
Apoderada de la Parte Demandada
Abg. Nathalie Whilchy
La Secretaria
Abg .Maria Hidalgo
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