REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas
Barinas, veintiuno (21) de enero de dos mil catorce (2014)
203º y 154º
EXPEDIENTE N°: EP11-L-2013-000177

PARTE ACTORA: VICTOR HUGO MONSALVE, ISAIAS TORRES VELASQUEZ y GONZALO ALBERTO MENDEZ MOLINA, titulares de la cédula de identidad N° V-3.450.966; V-4.953.748 y V-4.956.777 respectivamente.

APODERADO JUDICIAL: DENIS TERAN, titular de la cédula de identidad N° V-3.497.069 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 28.278.

PARTE DEMANDADA: ALCALDIA DEL MUNICIPIO EZEQUIEL ZAMORA DEL ESTADO BARINAS, en la persona del ciudadano Alcalde FRANCISCO JAVIER HURTADO DIAZ.

APODERADO JUDICIAL: DANIEL GRATEROL, titular de la cédula de identidad N° V-14.259.386, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.825. Representación que consta en poder debidamente autenticado por ante la Oficina de Registro Público con Funciones Notariales de los Municipios Ezequiel Zamora y Andrés Eloy Blanco del Estado Barinas, anotado bajo los N° 09, Tomo I, de fecha siete (07) de enero de 2.014.

MOTIVO: CUMPLIMIENTO DE CLAUSULA CONTRACTUAL

En el día hábil de hoy, martes veintiuno (21) de enero del año 2014, siendo las 9:30 a.m., del día y hora para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se deja expresa constancia de la comparecencia únicamente del Apoderado Judicial de la parte demandada, Abogado DANIEL GRATEROL supra identificado, quien consigna instrumento poder donde consta su representación constante de cuatro (04) folios útiles, en original y copia simple para su vista y devolución. Seguidamente se deja expresa constancia que la parte demandante no compareció ni por sí, ni por medio de Apoderado alguno a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.

La Juez Temporal;

Abg. MARIA JOSE DURAN GUERRERO

Los Comparecientes;

Abg. DANIEL GRATEROL
Apoderado judicial de la parte Demandada

La Secretaria

Abg. CARMEN MONTILLA