REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, TRABAJO Y DEL NIÑO Y PROTECCIÓN DEL ADOLESCENTE
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y
DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
Barinas, 21 de julio del año 2014
204° y 155°
Por recibido por distribución el presente RECURSO DE HECHO, interpuesto personalmente por el abogado en ejercicio ciudadano: Jorge Humberto Cuevas González, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 9.267.844, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el n° 37.011, con el carácter de apoderado judicial de la parte actora en la causa signada con el nº 14-9920-CO., que se tramita ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, se da por introducido y se ordena formar expediente.
Aunque el Recurso fue introducido sin acompañar copias certificadas de las actas conducentes de conformidad con lo previsto en el articulo 306 del Código de Procedimiento Civil, se da por introducido en esta fecha; y de conformidad con los artículo 7 y 196 ejusdem, se fija un lapso de cinco (05) días de despacho para que el recurrente consigne las copias conducentes, vencido el cual comenzara a computarse el lapso para decidir previsto en el articulo 307 del Código de Procedimiento Civil.
La Juez Suplente Especial,
Rosa Elena Quintero Altuve
La Secretaria,
Abg. Adriana Norviato Gil
En la misma fecha se le dio entrada bajo el Nº 2014-3706-R.H. conste.
La Scria.
Expediente N°: 2014-3706-R.H.
REQA/ANG/ana maría