REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Corte de Apelaciones Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 14 de Julio de 2014
204º y 155º
ASUNTO PRINCIPAL: EP01-P-2013-001173
ASUNTO: EP01-R-2014-000059
PONENCIA DE LA DRA. ANA MARÍA LABRIOLA.
Solicitante: Yajaira Josefina Figueroa.
Defensora Privada: Abogada, Linda Desire de los Ríos Rattia.
Asunto: Solicitud de Entrega de Vehiculo.
Representación Fiscal: Fiscalía Décima Cuarta del Ministerio Público Barinas. Abg. Yvan Rangel
Motivo: Apelación de Auto. (admisibilidad)
Visto el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada Linda Desire de los Ríos Rattia, en su carácter de Defensora Privada de la solicitante, ciudadana Yajaira Josefina Figueroa, en contra del auto dictado en fecha 13 de diciembre de 2013, dictado por el Tribunal de Juicio Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, que negó la solicitud de entrega de vehiculo, esta Corte de Apelaciones a los fines de pronunciarse sobre su admisibilidad; observa: PRIMERO: El Recurso de Apelación fue interpuesto por una de las partes a quién la Ley reconoce expresamente el derecho a recurrir, como lo es la Solicitante, ciudadana Yajaira Josefina Figueroa, debidamente asistida por la Abogada, Linda Desire de los Ríos Rattia. SEGUNDO: Que el recurso se interpuso en el lapso legal correspondiente, como se evidencia en la certificación de días de audiencias inserta al folio nueve (09) del presente Recurso de Apelación. TERCERO: Que la decisión impugnada es recurrible, según el artículo 439 numeral 5 del Código Orgánico Procesal Penal Vigente. En consecuencia, estando llenos los extremos legales antes señalados, por mandato del artículo 442 Ejusdem, el Recurso de Apelación interpuesto por la ciudadana Yajaira Josefina Figueroa, debidamente asistida por la Abogada, Linda Desire de los Ríos Rattia, debe ser declarado ADMISIBLE. Así se decide.
D I S P O S I T I V A
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; DECLARA: ADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada Linda Desire de los Ríos Rattia, en su carácter de Defensora Privada de la solicitante, ciudadana Yajaira Josefina Figueroa, en contra del auto dictado en fecha 13 de diciembre de 2013, dictado por el Tribunal de Juicio Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, que negó la solicitud de entrega de vehiculo, y se acordó publicar la decisión dentro de los DIEZ (10) DÍAS siguientes a la publicación del presente auto. Notifíquese a las partes.
LA JUEZA DE APELACIONES PRESIDENTA. Ponente
DRA. ANA MARÍA LABRIOLA.
LA JUEZA DE APELACIONES, EL JUEZ DE APELACIONES,
DRA. VILMA MARÍA FERNÁNDEZ DR. TRINO RUBÉN MENDOZA ISTURI
LA SECRETARIA
ABG. JEANETTE GARCÍA
Seguidamente se cumplió con lo ordenado en autos. Conste.
La Secretaria.
Asunto: EP01-R-2014-000059
AML/VMF/TRM/JG/rr