REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE
MEDIACIÓN, SUSTANCIACION Y EJECUCION.
Barinas,05 de Mayo de 2014. 204 ° y 155 °
Vista la solicitud de ADMINISTRACION DE BIENES por el fallecimiento del ciudadano PEDRO JOSE MOLINA ARIAS, venezolano, mayor de edad, C.I N° V¬15.728.745, padre de las se omiten de 04 y 10 años de edad, respectivamente, suscrita por la ABOG. ANGELA MARIA RODRIGUEZ HERNANDEZ, Fiscal Séptima del Ministerio Público del Estado Barinas, por cuanto la misma no es contraria al orden público, a la moral, a las buenas costumbres y a ninguna disposición expresa de la ley de conformidad con lo prevista en el Parágrafo Segundo literal "A" del Artículo 177 y 457 LOPNNA, SE ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO, DESELE ENTRADA Y EL CURSO DE LEY CORRESPONDIENTE, Désele el curso de ley conforme el procedimiento de jurisdicción voluntaria (Art. 511 al 517 ibidem). Por Aplicación preferente a los procedimientos especiales y ordinarios previstos en la LOPNNA a que ordena el artículo 452 Ejusdem. Vista la naturaleza del asunto que se presenta óbviese la fase de Mediación de la Audiencia Preliminar. Se obvia la notificación de la Fiscal del Ministerio Público, por ser actor en la presente solicitud. Ofíciese a las entidades señaladas, para que remitan a este Tribunal Cheque de gerencia de las cantidades de dinero solicitadas para la respectiva apertura de la cuenta de ahorros a cargo de la Oficina Control de Consignaciones (OCC) de este tribunal. En consecuencia se advierte que una vez recibidos los cheques de gerencia requeridos, se fijará por auto separado día y hora para que tenga lugar la fase de sustanciación de la Audiencia preliminar en la presente causa a los fines de proveer con la opinión del Fiscal de Ministerio Público y la madre sobre la mejor administración de los recursos consignados por ante este Tribunal. Y ASI SE DECIDE. Diarícese y Cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la Juez Primera de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución, Abog. Yolanda Guerrero y el Secretario. Quien suscribe, Secretario del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO que anterior traslado es copia fiel y exacta de sus originales, cursantes en el Expediente MD11-J-2014-000438, todo de conformidad con el artículo 112 del Código de procedimiento Civil.