REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
Socopó, 12 de Mayo de 2014.
204º y 155º
DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Tercero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta el dispositivo Oral del Fallo en los siguientes términos:
PRIMERO: se declara SIN LUGAR, la DEMANDA DE NULIDAD DE CONTRATO DE COMPRA VENTA, que interpusieren los ciudadanos: JOSE ANTONIO SOSA RIVAS y ANA SOSA RIVAS, venezolanos mayores de edad, titulares des las cédulas de identidad Nros. V-2.499.940, y V-1.604.045, en su orden, accionistas de las Sociedad Mercantil, “AGROPECUARIA DOÑA LUISA, C.A.”, debidamente asistidos por los abogados en ejercicio, ALBA CRISTINA SOSA SOSA y PACHECO DE LIMA RUFO RAFAEL, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nros. V-13.947.238, y V--1.275.219,, respectivamente, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 83.047 y 19.365; asimismo el ciudadano: RAMÓN HOMERO SOSA, (quien actúa como tercero adhesivo a la parte demandante), en contra del ciudadano, JOSÉ GREGORIO SOSA, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad N° V-16.071.271, asistido por el abogado en ejercicio VICTORIANO RODRÍGUEZ MENDEZ, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 21.916.
SEGUNDO: Se levanta la MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR dictada el 13 de Abril 2011, por el Tribunal Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Barinas.
TERCERO: no hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada por Secretaría de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil y a los fines de los Ordinales 3° y 9° del artículo 92 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, en Socopó a los doce (12) días del mes de Mayo de 2014.
EL JUEZ,
Abg. ORLANDO CONTRERAS.
LA SECRETARIA,
Abg. ELIANA JIMÉNEZ MEZA.
En la misma fecha, siendo las tres y treinta minutos de la mañana (3:30 p.m.) se publicó y registro la anterior decisión. Conste.
LA SECRETARIA,
Abg. ELIANA JIMÉNEZ MEZA.
Exp: N° 5.312-11.
OC/EJM/Ca.-.
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