REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE
MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCION
Barinas, 05 de Mayo de 2014.
203° y 154°
Por examinados detenidamente la solicitud de DECLARACIÓN DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, que antecede suscrita por la defensora Carmen Adela Pérez en beneficio de los adolescentes se omiten de 13 Y 17 años de edad (se omite de conformidad con el artículo 65 Lopnna); con ocasión a la muerte del ciudadano CARLOS EDUARDO COLMENARES RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad Nro. V-4.256.719. Oídos los testigos DORIS VIOLETA ALTUVE ACOSTA Y SONIA DEL CARMEN COLMENARES RODRIGUEZ, titulares de las cédulas de identidad N° V¬4.928.099 y V-8.136.096 respectivamente; las cuales manifestaron poder declarar y leídoles los particulares de la solicitud contestaron con respecto al particular PRIMERO: la primera respondió: Si, me consta; la segunda testigo respondió: Si, me consta. SEGUNDO: la primera respondió: Si, falleció en esa fecha; la segunda testigo respondió: Si, falleció en esa fecha. TERCERO: la primera respondió: Si me consta que es su esposa y dejo cinco hijos; la segunda testigo respondió: Si, me consta que es su esposa y que dejo cinco hijos. CUARTO: la primera respondió: No dejo testamento alguno; la segunda testigo respondió: No dejo testamento alguno. ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, de conformidad con los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, en nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la Ley considera dichos testimoniales y recaudos bastantes y suficientes por lo que en consecuencia DECLARA UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, Del Cujus CARLOS EDUARDO COLMENARES RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad Nro. V¬4.256.719 a los ciudadanos DALIA ROSA GOMEZ LINARES, CI: 8.143.327, MARIANA EMANUEL COLMENARES SUAREZ, KUENNET OTONIEL COLMENAREZ SUAREZ, PEDRO ELIAS COLMENARES SUAREZ y los adolescentes se omiten , CI: 27.986.931 Y 25.399.642 de 13 y 17 años de edad. DEJANDO A SALVO EVENTUALES DERECHOS DE TERCEROS. Devuélvanse original con sus resultas al solicitante. Anótese su salida en el libro respectivo. Diarícese y Cúmplase.
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