REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, TRABAJO Y DEL NIÑO Y PROTECCIÓN DEL ADOLESCENTE

JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y
DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS


Barinas, 12 de mayo del año 2014
204º y 155º


Por cuanto siendo las 3:30 p.m., del día de hoy, lunes doce de mayo del año dos mil catorce (12/5/2014), han concluido las horas de Despacho para la presentación de los INFORMES y se observa que solo la parte demandante de autos, hizo uso de tal derecho, se deja constancia que a partir del día de Despacho siguiente al de hoy, comenzará a computarse el lapso previsto en el artículo 519 del Código de Procedimiento Civil, para que las partes si así lo deciden presenten OBSERVACIONES ESCRITAS sobre los informes presentados.

La Jueza Suplente Especial,

Rosa Elena Quintero Altuve

La Secretaria,

Abg. Adriana Norviato Gil


Expediente nº 2014-3666-C.P.
REQA/ANG/ana maría