REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas
Barinas, dieciocho (18) de noviembre de dos mil catorce (2014)
204º y 155º
EXPEDIENTE Nº EP11-L-2014-000023
PARTE ACTORA: AUGUSTO AMADO FLORES SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.131.720.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: no constituyó
PARTE DEMANDADA: Sociedad mercantil AGROPECUARIA CARAJITO C.A., debidamente inscrita en los libros de Registro de Comercio llevado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil, Agrario, Transito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas bajo el Nro.10, folios Vto del 34 al 43, Tomo I Adicional I de fecha 08 de junio de 1987.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: JOSE JOVES y MARA RIVAS ZERPA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-8.009.767 y V-8.003.752, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros.28.060 y 20.780 respectivamente.
TERCEROS LLAMADOS A JUICIO: Ciudadanos, AURELIO ARIAS, RAFAEL FIGUEREDO, OSIRIS ARIAS, AGUSTIN FIGUEREDO, MARIA FIGUEREDO, ISIS CAMPOS, LIANELLA FUENMAYOR, MARITZA FLORES y JOSE ARIAS venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidades Nros.20.868.125, 4.262.647, 3.716.947, 4.256.550, 4.928.382, 5.073.992, 18.358.574, 1.986.308 y 896.448 respectivamente.
APODERADO DE LOS TERCEROS LLAMADOS A JUICIO: JOSE JOVES y MARA RIVAS ZERPA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-8.009.767 y V-8.003.752, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros.28.060 y 20.780 respectivamente.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES
En el día de hoy, martes 18 de noviembre de 2.014, siendo las 09:00 p.m., día y hora fijada por este juzgado para que tenga lugar la primigenia Audiencia Preliminar, se deja constancia que hizo acto de presencia la representación de la parte demandanda, así como de los terceros llamados a juicio, abogada, MARA RIVAS ZERPA, Inscrita en el Inpreabogado Nro.20.780, se deja constancia de la incomparecencia de la parte demandante ni por si ni por medio de apoderado alguno, por lo que se aplica la consecuencia jurídica establecida en el primer aparte del articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por todo lo anteriormente expuesto este Juzgado Tercero de Sustanciación Mediación y Ejecución declara DESISTIDO y terminado el procedimiento. Es todo, se terminó, se leyó y conformes firman.
El Juez Temporal
Abg. Luis Eduardo Camejo
Los Comparecientes;
Apoderado Judicial de la Parte Demandada
La Secretaria
Abg. Carmen Montilla
En esta misma fecha se dictó y publico en la sala de este Juzgado la sentencia a las 09:15 a.m,. Conste
La secretaria
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