REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas
204º y 155º
En el día de hoy, martes 15 de Octubre del año 2014, siendo las nueve y treinta de la mañana (09:30 a.m.), día y hora fijada por este Juzgado para que tenga lugar la audiencia de juicio, oral y publica en la causa signada con el Nº EP11-L-2014-000040, contentiva del juicio por Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales, incoado por la ciudadana MARIA ELENA PEREZ ALTUVE, titular de la cedula de identidad número V.-9.181.147, contra la ciudadana AURISTELA DEL VALLE HIDALGO, titular de la cedula de identidad número V.-12.204.678, se constituye este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas en Sala de Audiencia, presidido por la Jueza, Abg. Tahis Camejo, el secretario, Abg. Jhonny Vela Vásquez y el Alguacil Antonio Guerrero, por lo cual se da inicio a la audiencia. Se deja constancia que la reproducción audiovisual de la audiencia se llevará a cabo por el técnico adscrito a éste Tribunal, Jhonny Azuaje. El Secretario certifica el motivo por el cual se desarrolla la audiencia así como la presencia de la partes, dejándose constancia de la incomparecencia de la parte demandante ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno y por la parte demandada comparece el abogado Nelson Ramón Mercado Hidalgo, inscrito en el Ipsa bajo el Nº 69.774. quien consigna en este acto poder original constante de tres (3) folios útiles. A continuación la Jueza establece: vista la incomparecencia de la parte demandante, en consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: EL DESISTIMIENTO DE LA ACCION, de conformidad con lo establecido en el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Es todo, término, se leyó y conformes firman:
La Jueza,
Abg. Tahís Camejo El Apoderado judicial de la parte Demandada,
Abg. Nelson Ramón Mercado Hidalgo
El Técnico Audiovisual,
Jhonny Azuaje
El Alguacil,
Antonio Guerrero
El Secretario,
Abg. Jhonny Vela Vásquez
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