REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas
Barinas, veintiocho (28) de Octubre de dos mil catorce (2014)
203º y 154º
EXPEDIENTE Nº: EP11-L-2012-000309

PARTE ACTORA: DANIEL JOSE CORONA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.617.016.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: BLANCA CECILIA DUARTE y MIRELLYS CAROLINA SALAS CAMACHO, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-16.379.191 y V-17.550.218, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 54.506 y 129.332.

PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil CIC C.A, inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, bajo el Nº 36, Tomo 122-A, de fecha 23/10/1995. Representada por el ciudadano: TOMAS CONSTANTINO, titular de la cédula de identidad Nº V-10.843.723.

ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: YEISMAR CARRERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.843.723, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.104.199.-

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES

En el día de hoy martes, veintiocho (28) de Octubre de 2.014, siendo las 10:00 a.m., día y hora fijada por este juzgado para que tenga lugar la primigenia Audiencia Preliminar, se deja expresa constancia que no hizo acto de presencia ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno que lo represente la parte actora, asimismo se deja constancia que solo hizo acto de presencia el representante legal de la empresa demandada, ciudadano: TOMAS ENRIQUE CONSTANTINO MARTINS, debidamente asistido por el abogado en ejercicio: YEISMAR CARRERA, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se ordena el cierre y archivo de la presente causa. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
El Juez

Abg. Gustavo Adrián Lindarte

Los Comparecientes;


Representante de la Empresa demandada


Abogado Asistente de la demandada


La Secretaria

Abg. Carmen América Montilla

En misma fecha se publicó la anterior decisión. Conste.-


La Secretaria

Abg. Carmen América Montilla