REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, TRABAJO Y DEL NIÑO Y PROTECCIÓN DEL ADOLESCENTE

JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y
DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.

Barinas, 2 de octubre del año 2014
204º y 155º

Vista la decisión dictada por este Tribunal Superior, en fecha ocho de agosto del año dos mil catorce (8/8/2014), según la cual declaró con lugar el Recurso de Hecho, interpuesto por el abogado en ejercicio Jorge Humberto Cuevas González, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el nº 37.011, con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Iván Ramón Barazarte Contreras, Atilia Valentina Olivo Gómez, Zoraida del Carmen Padrón, Martha Lucia Villamil Sánchez, América del Pilar Velásquez Ron, Espíritu Santo Trejo Morales y José Alirio Pereira Rodríguez, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V- 4.304.088, V- 8.029.181, V- 3.591.471, V-14.574.689, V- 9.381.649, V- 1.557.147 y V- 4.258.804, en el juicio de: nulidad absoluta y nulidad de asiento registral, contra el auto dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en fecha 9 de julio del año 2014, según el cual negó la admisión del recurso de apelación interpuesto contra el auto de fecha 2 de julio de 2014, quedando definitivamente firme, se ordena el archivo del presente expediente.
Déjese constancia en el Libro Diario.


La Jueza Suplente Especial,

Rosa Elena Quintero Altuve
La Secretaria,

Abg. Adriana Norviato Gil


Expediente n°: 2014-3706-R.H.
REQA/ANG/ana maría